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Document 62020CN0215
Case C-215/20: Request for a preliminary ruling from the Verwaltungsgericht Wiesbaden (Germany) lodged on 19 May 2020 — JV v Bundesrepublik Deutschland
Asunto C-215/20: Petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Wiesbaden (Alemania) el 19 de mayo de 2020 — JV / Bundesrepublik Deutschland
Asunto C-215/20: Petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Wiesbaden (Alemania) el 19 de mayo de 2020 — JV / Bundesrepublik Deutschland
DO C 279 de 24.8.2020, p. 27–29
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
24.8.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 279/27 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Wiesbaden (Alemania) el 19 de mayo de 2020 — JV / Bundesrepublik Deutschland
(Asunto C-215/20)
(2020/C 279/39)
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Verwaltungsgericht Wiesbaden
Partes en el procedimiento principal
Demandante: JV
Demandada: Bundesrepublik Deutschland
Cuestiones prejudiciales
1. |
La Directiva (UE) 2016/681 (1) (en lo sucesivo, «Directiva PNR»), en virtud de la cual las empresas de transporte aéreo transfieren extensos registros de datos relativos a todos los pasajeros sin excepción a las Unidades de Información sobre los Pasajeros establecidas por los Estados miembros, donde los datos se utilizan sin motivos en una comparación automatizada con las bases de datos y patrones y se conservan a continuación durante cinco años, ¿es, habida cuenta del objetivo perseguido por la Directiva PNR y de los requisitos de precisión y proporcionalidad, compatible con la Carta de los Derechos Fundamentales, y en particular con los artículos 7, 8 y 52 de esta? |
2. |
En particular:
|
3. |
¿Es compatible el artículo 11 de la Directiva PNR con los artículos 7 y 8 de la Carta en la medida en que permite la transferencia de datos del PNR a terceros países que no disponen de un nivel adecuado de protección de datos? |
4. |
¿Brinda el artículo 6, apartado 4, cuarta frase, de la Directiva PNR protección suficiente contra el tratamiento de categorías especiales de datos personales, a los efectos del artículo 9 del Reglamento (UE) 2016/679 (2) (en lo sucesivo, «RGPD») y del artículo 10 de la Directiva (UE) 2016/680, (3) si en el marco del campo de texto libre «observaciones generales» (anexo I, punto 12, de la Directiva PNR) se puede comunicar, por ejemplo, la comida solicitada, que permite extraer conclusiones sobre dichas categorías especiales de datos personales? |
5. |
¿Es compatible con el artículo 13 del RGPD que la página web de las empresas de transporte aéreo simplemente remita a los pasajeros a la normativa nacional de transposición [en este caso, la Gesetz über die Verarbeitung von Fluggastdaten zur Umsetzung der Richtlinie (EU) 2016/681 [Ley sobre tratamiento de los datos de pasajeros de transposición de la Directiva (UE) 2016/681], de 6 de junio de 2017, BGBl. I, p. 1484]? |
(1) Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativa a la utilización de datos del registro de nombres de los pasajeros (PNR) para la prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de los delitos de terrorismo y de la delincuencia grave (DO 2016, L 119, p. 132).
(2) Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (DO 2016, L 119, p. 1).
(3) Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por parte de las autoridades competentes para fines de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales o de ejecución de sanciones penales, y a la libre circulación de dichos datos y por la que se deroga la Decisión Marco 2008/977/JAI del Consejo (DO 2016, L 119, p. 89).