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Document 62017TB0560

Asunto T-560/17: Auto del Tribunal General de 6 de noviembre de 2018 — Fortischem/Parlamento y Consejo [«Recurso de anulación — Medio Ambiente — Reglamento (UE) 2017/852 — Protección de la salud humana y del medio ambiente — Prohibición de producir cloro-álcali utilizando el mercurio como electrodo — Artículo 263 TFUE, párrafo cuarto — Inexistencia de afectación individual — Inadmisibilidad»]

DO C 44 de 4.2.2019, pp. 62–63 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

4.2.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 44/62


Auto del Tribunal General de 6 de noviembre de 2018 — Fortischem/Parlamento y Consejo

(Asunto T-560/17) (1)

([«Recurso de anulación - Medio Ambiente - Reglamento (UE) 2017/852 - Protección de la salud humana y del medio ambiente - Prohibición de producir cloro-álcali utilizando el mercurio como electrodo - Artículo 263 TFUE, párrafo cuarto - Inexistencia de afectación individual - Inadmisibilidad»])

(2019/C 44/81)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Fortischem a.s. (Nováky, Eslovaquia) (representantes: C. Arhold, P. Hodál y M. Staroň, abogados)

Demandadas: Parlamento Europeo (representantes: I. McDowell, L. Darie y A. Tamás, agentes) y Consejo de la Unión Europea (representantes: M. Moore y J. Kneale, agentes)

Objeto

Recurso interpuesto con arreglo al artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación del anexo III, parte I, letra d) del Reglamento (UE) 2017/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2017, sobre el mercurio y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 1102/2008 (DO 2017, L 137, p. 1).

Fallo

1)

Declarar la inadmisibilidad del recurso.

2)

Sobreseer las demandas de intervención de la Comisión Europea y del Reino de Suecia.

3)

Fortischem a.s. cargará con sus propias costas y con las del Consejo de la Unión Europea y del Parlamento Europeo a excepción de las relativas a las demandas de intervención.

4)

Fortischem, el Consejo, el Parlamento, la Comisión y el Reino de Suecia cargarán cada una con sus propias costas relativas a las demandas de intervención.


(1)  DO C 369 de 30.10.2017.


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