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Document 62017CN0618

    Asunto C-618/17: Petición de decisión prejudicial planteada por el tribunal d’instance de Limoges (Francia) el 30 de octubre de 2017 — BNP Paribas Personal Finance SA, sucesora de la sociedad Solfea / Roger Ducloux, Josée Ducloux, de soltera Lecay

    DO C 22 de 22.1.2018, p. 25–25 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    22.1.2018   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 22/25


    Petición de decisión prejudicial planteada por el tribunal d’instance de Limoges (Francia) el 30 de octubre de 2017 — BNP Paribas Personal Finance SA, sucesora de la sociedad Solfea / Roger Ducloux, Josée Ducloux, de soltera Lecay

    (Asunto C-618/17)

    (2018/C 022/37)

    Lengua de procedimiento: francés

    Órgano jurisdiccional remitente

    Tribunal d’instance de Limoges

    Partes en el procedimiento principal

    Demandante: BNP Paribas Personal Finance SA, sucesora de la sociedad Solfea

    Demandadas: Roger Ducloux, Josée Ducloux, de soltera Lecay

    Cuestión prejudicial

    Si la tasa anual equivalente de un crédito al consumo es de 5,97377 %, ¿permite la regla establecida en las Directivas 98/7/CE, de 16 de febrero de 1998 (1), y 2008/48/CE, de 23 de abril de 2008, (2) según la cual, en su versión francesa, «El resultado del cálculo se expresará con una [exactitud] de un decimal como mínimo. Si la cifra del decimal siguiente es superior o igual a 5, el primer decimal se redondeará a la cifra superior», considerar correcta una TAE indicada de 5,95 %?


    (1)  Directiva 98/7/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de febrero de 1998 que modifica la Directiva 87/102/CEE relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros en materia de crédito al consumo (DO 1998, L 101, p. 17).

    (2)  Directiva 2008/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2008, relativa a los contratos de crédito al consumo y por la que se deroga la Directiva 87/102/CEE del Consejo (DO 2008, L 133, p. 66).


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