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Document 32018R0609

    Reglamento de Ejecución (UE) 2018/609 de la Comisión, de 19 de abril de 2018, relativo al precio máximo de compra de intervención de leche desnatada en polvo para la segunda licitación específica efectuada en el marco de la licitación abierta por el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/154

    DO L 101 de 20.4.2018, p. 68–68 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2018/609/oj

    20.4.2018   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 101/68


    REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2018/609 DE LA COMISIÓN

    de 19 de abril de 2018

    relativo al precio máximo de compra de intervención de leche desnatada en polvo para la segunda licitación específica efectuada en el marco de la licitación abierta por el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/154

    LA COMISIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

    Visto el Reglamento (UE) n.o 1370/2013 del Consejo, de 16 de diciembre de 2013, por el que se establecen medidas relativas a la fijación de determinadas ayudas y restituciones en relación con la organización común de mercados de los productos agrícolas (1), y en particular su artículo 3,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El Reglamento de Ejecución (UE) 2018/154 de la Comisión (2) ha abierto la compra de intervención de leche desnatada en polvo mediante licitación para el período de intervención pública comprendido entre el 1 de marzo y el 30 de septiembre de 2018, de conformidad con las condiciones previstas en el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1240 de la Comisión (3).

    (2)

    De conformidad con el artículo 14, apartado 1, del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1240, sobre la base de las ofertas recibidas en respuesta a cada una de las licitaciones específicas, la Comisión debe fijar un precio máximo de compra de intervención o decidir no fijarlo.

    (3)

    A la luz de las ofertas recibidas para la segunda licitación específica, no procede fijar un precio máximo de compra de intervención.

    (4)

    Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de la Organización Común de Mercados Agrarios.

    HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

    Artículo 1

    En la segunda licitación específica para la compra de intervención de leche desnatada en polvo en el marco de la licitación abierta por el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/154, cuyo plazo de presentación de ofertas terminó el 17 de abril de 2018, no procede fijar un precio máximo de compra de intervención.

    Artículo 2

    El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

    El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

    Hecho en Bruselas, el 19 de abril de 2018.

    Por la Comisión,

    en nombre del Presidente,

    Jerzy PLEWA

    Director General

    Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural


    (1)  DO L 346 de 20.12.2013, p. 12.

    (2)  Reglamento de Ejecución (UE) 2018/154 de la Comisión, de 30 de enero de 2018, por el que se abre el procedimiento de licitación para las compras de intervención de leche desnatada en polvo durante el período de intervención pública comprendido entre el 1 de marzo y el 30 de septiembre de 2018 (DO L 29 de 1.2.2018, p. 6).

    (3)  Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1240 de la Comisión, de 18 de mayo de 2016, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a la intervención pública y a la ayuda para el almacenamiento privado (DO L 206 de 30.7.2016, p. 71).


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