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Document 62014TN0351

Asunto T-351/14: Recurso interpuesto el 20 de mayo de 2014  — Construlink/OAMI — Wit-Software (GATEWIT)

DO C 261 de 11.8.2014, p. 30–31 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

11.8.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 261/30


Recurso interpuesto el 20 de mayo de 2014 — Construlink/OAMI — Wit-Software (GATEWIT)

(Asunto T-351/14)

2014/C 261/54

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

Partes

Demandante: Construlink (Lisboa, Portugal) (representante: M. Lopes Rocha, abogado)

Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Wit-Software, Consultoria e Software para a Internet Móvel, SA (Coímbra, Portugal)

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) de 6 de marzo de 2014 en el asunto R 1059/2013-1.

Declare plenamente válida la solicitud de marca no 1 0 1 28  262 GATEWIT.

Condene en costas a la OAMI y a la oponente.

Motivos y principales alegaciones

Solicitante de la marca comunitaria: La demandante

Marca comunitaria solicitada: Marca denominativa «GATEWIT», para servicios de la clase 42 — Solicitud de marca comunitaria no 1 0 1 28  262

Titular de la marca o del signo invocado en el procedimiento de oposición: Wit-Software, Consultoria e Software para a Internet Móvel, SA

Marca o signo invocado: La marca figurativa con los elementos denominativos «wit software» para bienes y servicios de las clases 9, 38 y 42, así como el registro nacional de la denominación social «Wit-Software, Consultoria e Software para a Internet Móvel, SA»

Resolución de la División de Oposición: Desestimación de la oposición

Resolución de la Sala de Recurso: Anulación de la resolución de la División de Oposición y desestimación de la solicitud de marca comunitaria

Motivos invocados:

Violación del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento no 207/2009

Violación del artículo 8, apartado 4, del Reglamento no 207/2009.


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