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Document JOL_2012_286_R_0148_01

2012/564/UE: Decisión del Parlamento Europeo, de 10 de mayo de 2012 , sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto del Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional para el ejercicio 2010
Resolución del Parlamento Europeo, de 10 de mayo de 2012 , que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión por la que se aprueba la gestión en la ejecución del presupuesto del Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional para el ejercicio 2010

DO L 286 de 17.10.2012, p. 148–154 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

17.10.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 286/148


DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

de 10 de mayo de 2012

sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto del Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional para el ejercicio 2010

(2012/564/UE)

EL PARLAMENTO EUROPEO,

Vistas las cuentas anuales definitivas del Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional relativas al ejercicio 2010,

Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales definitivas del Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional correspondientes al ejercicio 2010, acompañado de las respuestas del Centro (1),

Vista la Recomendación del Consejo de 21 de febrero de 2012 (06083/2012 — C7-0051/2012),

Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (2), y, en particular, su artículo 185,

Visto el Reglamento (CEE) no 337/75 del Consejo, de 10 de febrero de 1975, por el que se crea un Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional (3), y, en particular, su artículo 12 bis,

Visto el Reglamento (CE, Euratom) no 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 (4), y, en particular, su artículo 94,

Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,

Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales (A7-0129/2012),

1.

Aprueba la gestión del Director del Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional en la ejecución del presupuesto del Centro para el ejercicio 2010;

2.

Presenta sus observaciones en la Resolución que acompaña a la presente Decisión;

3.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de la misma al Director del Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).

El Presidente

Martin SCHULZ

El Secretario General

Klaus WELLE


(1)  DO C 366 de 15.12.2011, p. 127.

(2)  DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

(3)  DO L 39 de 13.2.1975, p. 1.

(4)  DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.


RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

de 10 de mayo de 2012

que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión por la que se aprueba la gestión en la ejecución del presupuesto del Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional para el ejercicio 2010

EL PARLAMENTO EUROPEO,

Vistas las cuentas anuales definitivas del Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional relativas al ejercicio 2010,

Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales definitivas del Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional correspondientes al ejercicio 2010, acompañado de las respuestas del Centro (1),

Vista la Recomendación del Consejo de 21 de febrero de 2012 (06083/2012 — C7-0051/2012),

Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (2), y, en particular, su artículo 185,

Visto el Reglamento (CEE) no 337/75 del Consejo, de 10 de febrero de 1975, por el que se crea un Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional (3), y, en particular, su artículo 12 bis,

Visto el Reglamento (CE, Euratom) no 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 (4), y, en particular, su artículo 94,

Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,

Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales (A7-0129/2012),

A.

Considerando que el Tribunal de Cuentas ha declarado haber obtenido garantías suficientes de que las cuentas anuales del Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional (en adelante, «el Centro») correspondientes al ejercicio 2010 son fiables y de que las operaciones subyacentes son legales y regulares;

B.

Considerando que el 10 de mayo de 2011, el Parlamento aprobó la gestión del Director del Centro en lo que se refiere a la ejecución de su presupuesto para el ejercicio 2009 (5), y que, en su Resolución aneja a la decisión de aprobación de la gestión, el Parlamento, en particular:

pidió al Centro que aplicara los principios presupuestarios de especificación y transparencia con mayor rigor,

tomó nota de que el Centro había prorrogado créditos (un 31 % del gasto administrativo-título II) y anulado créditos de pago (un 24 % del total de créditos para actividades operativas),

pidió al Director del Centro que facilitara información más específica sobre el contenido de las 15 recomendaciones abiertas desde el 31 de diciembre de 2008 y de las 14 nuevas recomendaciones abiertas desde el 31 de diciembre de 2009, formuladas en ambos casos por el Servicio de Auditoría Interna (SAI),

pidió al Centro que informara a la autoridad encargada de la aprobación de la gestión de las medidas adoptadas respecto del procedimiento de liberación de créditos para mejorar la transparencia del inventario de activos;

C.

Considerando que el presupuesto total del Centro para el ejercicio 2010 ascendía a 18 300 000 EUR, lo que supone un incremento del 1,6 % con respecto al ejercicio 2009;

D.

Considerando que la contribución de la Unión al presupuesto del Centro para el ejercicio 2010 fue de 16 920 000 EUR, lo que representa un incremento del 2 % en comparación con 2009;

Gestión presupuestaria y financiera

1.

Observa, de acuerdo con las cuentas anuales del Centro para el ejercicio 2010 que, a mediados de diciembre de ese mismo año, este recibió un presupuesto suplementario y rectificativo por valor de 810 000 EUR para financiar estudios solicitados por la DG de Empleo en el marco de la previsión de futuras necesidades en materia de cualificaciones;

2.

Toma nota de la declaración del consejo de administración recogida en su dictamen sobre las cuentas anuales definitivas del Centro correspondientes al ejercicio 2010, en virtud de la cual el presupuesto de 2010 financiado gracias a la contribución de la Unión se ejecutó en un 99 %;

3.

Constata asimismo que, según las cuentas anuales del Centro, los gastos de representación y de reunión aumentaron respectivamente en un 233 % y un 37 % en comparación con los de 2009; acusa recibo de la justificación de este aumento de los gastos mediante carta de 23 de febrero de 2012; toma nota, en particular, de que el aumento en los gastos de representación se debió, en particular, a la organización de una recepción con motivo de la marcha del antiguo Director; pide al Centro que limite los gastos de presentación y los relacionados con las reuniones a las necesidades reales;

4.

Observa que el Centro recibe contribuciones anuales de dos Estados no pertenecientes a la Unión Europea, que se benefician del trabajo del Centro; constata que la contribución de Noruega e Islandia al presupuesto del Centro para el ejercicio 2010 ascendió a 421 308 EUR; recuerda que esos fondos se gestionan como ingresos afectados, lo que exige que se comprometan para proyectos específicos; toma nota de que, en 2010, el Centro no cumplió el objetivo de utilización de dichos fondos; hace hincapié en que, en el ejercicio 2009, el Tribunal de Cuentas ya hizo una observación sobre el empleo deficiente de estos fondos por parte del Centro; acusa recibo de la explicación de esta situación mediante carta de 23 de febrero de 2012; se felicita, en este sentido, de que en 2011 se alcanzara el objetivo y se ejecutara el 100 % del presupuesto previsto; toma nota de la declaración del Centro según la cual el objetivo previsto para 2010 no se alcanzó como consecuencia del aplazamiento de las obras de reparación en los edificios del Centro; toma asimismo nota del compromiso del Centro de agotar en 2012 las contribuciones de Noruega e Islandia correspondientes a ejercicios anteriores; pide al Centro que mantenga a la autoridad responsable de la aprobación de la gestión informada sobre el uso de estas contribuciones;

Créditos prorrogados

5.

Toma nota de que, según las cuentas anuales del Centro, este prorrogó de 2010 a 2011 créditos del título 1 (Personal) al título 2 (Gastos administrativos) por un importe de 794 700 EUR; reitera que las prórrogas automáticas de créditos solo se refieren a gastos relacionados con los títulos 1 y 2;

6.

Constata, asimismo que, según las cuentas anuales del Centro, se realizó una prórroga automática por valor de 55 910 EUR en relación con el gasto del título 2;

7.

Constata que se han realizado algunos progresos, ya que los créditos de pago anulados disminuyeron, pasando de un 24 % en 2009 a un 14 % en 2010; acoge con satisfacción, además, el compromiso del Centro de seguir reduciendo las prórrogas, controlando para ello a través de modelos normalizados la ejecución del presupuesto (compromisos, pagos) y los procedimientos de contratación pública;

8.

Pide no obstante al Centro que se esfuerce aún más por reducir las prórrogas de créditos a fin de respetar plenamente el principio de anualidad; recuerda al Centro que esto puede conseguirse mediante una mejora de su programación y sistema de control, así como llevando a cabo las contrataciones en fechas más tempranas del año natural;

Transferencias

9.

Se congratula de que el Centro pudiera garantizar a la autoridad responsable de la aprobación de la gestión que había aplicado efectivamente el principio de transparencia, informando regularmente al consejo de administración de todas las transferencias realizadas entre líneas presupuestarias a lo largo del año; constata, en particular, que, desde el 20 de septiembre de 2011, el Centro ha realizado cinco transferencias de créditos de compromiso (de un importe máximo de 35 000 EUR) entre líneas presupuestarias y que el consejo de administración ha sido regularmente informado de las mismas; pide, no obstante, al Centro que reduzca todo lo posible dichas transferencias para aplicar también el principio de especialidad;

Recursos humanos

10.

Toma nota de que el Director del Centro dejó este el 15 de octubre de 2010, coincidiendo con el final de su mandato, para ocupar otro cargo en la agencia italiana para la enseñanza y la formación profesional, el empleo y la política social;

11.

Observa que, según el informe anual del Centro, el 31 de diciembre de 2010, el Centro tenía en plantilla a 96 trabajadores, es decir, cinco puestos menos que los previstos en el organigrama; constata que, a ese total de efectivos, venían a sumarse 24 agentes contractuales y cinco expertos nacionales en comisión de servicios, y que la relación entre el personal operativo y el administrativo era de 90 a 35;

12.

Toma nota de la declaración del consejo de administración en su dictamen sobre las cuentas anuales definitivas del Centro relativas al ejercicio 2010 de que los procedimientos de contratación para los cinco puestos abiertos estaban en curso o habían concluido con éxito antes del 31 de diciembre de 2010;

13.

Acoge con satisfacción que el Centro acabara de poner a punto en 2010 una herramienta en línea para la contratación de personal, llamada RECON (Recruitment Online), gracias a la cual el Centro podrá contratar con mayor celeridad y eficacia;

Rendimiento

14.

Observa con satisfacción que, tal y como solicitó la autoridad responsable de la aprobación de la gestión, el Centro haya facilitado diagramas de Gantt para todas las actividades operativas clave de 2011; recuerda al Centro que esos diagramas indican de forma concisa el tiempo dedicado por cada miembro del personal a un proyecto y favorecen un enfoque orientado a la obtención de resultados;

15.

Constata que, según el informe anual de actividad del Centro, el sistema de evaluación de resultados se ha aplicado íntegramente, y alienta al Centro a seguir desarrollando evaluaciones cualitativas para complementar los indicadores de dicho sistema que tienen un carácter más cuantitativo;

Auditoría interna

16.

Constata, según el Centro, que este tiene todavía que aplicar algunas de las recomendaciones realizadas por el SAI en el marco de las auditorías de 2008 y 2009 acerca, respectivamente, de la gestión de los recursos humanos y de la deontología; acusa recibo de una nota explicativa mediante carta de 23 de febrero de 2012; se felicita de que, en el caso de la auditoría sobre la gestión de los recursos humanos, se hayan aplicado 13 de las 14 recomendaciones; se congratula, asimismo, de que, en el caso de la auditoría sobre deontología de 2009, se hayan aplicado 16 de las 17 recomendaciones; pide al Centro que informe a la autoridad responsable de la aprobación de la gestión sobre los progresos realizados en la aplicación de las recomendaciones restantes;

17.

Constata, según el informe anual del Centro, que el SAI llevó a cabo en 2010 una evaluación del riesgo de las TIC; se felicita de la aplicación, a 31 de diciembre de 2011, de todas las acciones previstas por parte del Centro, a raíz de las conclusiones de esta evaluación del riesgo de las TI;

18.

Toma nota asimismo de que en abril de 2010 el SAI llevó a cabo otra auditoría sobre el informe anual de actividad del Centro y sobre el establecimiento de un bloque de fiabilidad dentro del mismo; tiene en cuenta que, según el Centro, el informe final del SAI se facilitó a aquel el 5 de julio de 2010, y que dicho informe ofrecía garantías razonables respecto de la elaboración del informe anual, incluida la declaración de fiabilidad del Director; se felicita de la información facilitada por el Centro mediante carta de 23 de febrero de 2012, según la cual, a finales de diciembre de 2011, se habían aplicado las siete recomendaciones del SAI;

19.

Constata que, según el informe anual de actividad del Centro, este empezó a aplicar sus nuevas normas de control interno en 2009 y que los requisitos básicos se cumplieron íntegramente a finales de 2010, con excepción de las normas de control interno 8 y 10; se felicita de la información recibida mediante carta de 23 de febrero de 2012, según la cual a finales de 2011 se habían cumplido íntegramente los requisitos básicos para la norma de control interno 8; toma nota del compromiso del Centro de cumplir los requisitos básicos para la norma de control interno 10 durante el primer semestre de 2012;

Estructura de auditoría interna (EAI)

20.

Constata que, según el informe anual de actividad del Centro, el plan de auditoría de la EAI para 2010 preveía varias auditorías ex post y en los procedimientos de contratación pública, en particular para examinar los contratos y los procedimientos de concesión de subvenciones; toma nota, asimismo, de que, a resultas de una auditoría de la EIA sobre los procedimientos de concesión de subvenciones, el Centro recuperó importes abonados a beneficiarios de subvenciones a nivel nacional por un total de 23 647,67 EUR;

21.

Expresa su inquietud por el hecho de que la EAI dejara el Centro el 31 de agosto de 2010; opina que los informes de la EAI podrían suponer una mejora continua de las medidas de control interno respecto de los procedimientos de contratación pública y de concesión de subvenciones;

22.

Toma nota, no obstante, de las observaciones realizadas por el Centro acerca de que las funciones de la EAI están ahora cubiertas bien por contratistas externos, como en el caso de la auditoría de los programas informáticos para funciones financieras (FIBUS) del Centro, que se contrató y concluyó en 2011, bien por grupos de proyectos internos;

23.

Llama la atención sobre las recomendaciones realizadas en anteriores informes de aprobación de la gestión y que se recogen en el anexo de la presente Resolución;

24.

Remite, en relación con otras observaciones de carácter horizontal que acompañan a la Decisión de aprobación de la gestión, a su Resolución de 10 de mayo de 2012 (6) sobre el rendimiento, la gestión financiera y el control de las Agencias.


(1)  DO C 366 de 15.12.2011, p. 127.

(2)  DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

(3)  DO L 39 de 13.2.1975, p. 1.

(4)  DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.

(5)  DO L 250 de 27.9.2011, p. 130.

(6)  Textos aprobados, P7_TA(2012)0164 (Véase la página 388 del presente Diario Oficial).


ANEXO

RECOMENDACIONES REALIZADAS POR EL PARLAMENTO EUROPEO EN EJERCICIOS ANTERIORES

Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional

2006

2007

2008

2009

Rendimiento

s.o.

Los indicadores de objetivos y de rendimiento no suelen ser mensurables → el Centro debería mejorar su programación. Debería establecer vínculos claros y coherentes entre los objetivos fijados y los recursos presupuestarios necesarios para alcanzarlos.

Pide a la Agencia que fije objetivos SMART e indicadores RACER, así como que elabore un diagrama de Gantt → promover un enfoque orientado a los resultados

Pide a la Agencia que establezca un análisis diacrónico de las actividades realizadas en este ejercicio y en ejercicios anteriores

Pide al Centro y a la Fundación Europea de Formación que incluyan en el informe de actividad sobre 2009 un informe detallado de seguimiento sobre el acuerdo de cooperación

Pide al Centro que presente una comparación clara entre las actividades realizadas durante el ejercicio examinado y las realizadas durante el ejercicio precedente

Gestión presupuestaria y financiera

No se observó escrupulosamente el principio de especialidad, transfiriéndose al siguiente ejercicio el 43 % de los compromisos. Para las actividades operativas se anularon más del 20 % de los créditos de pago. El número de transferencias presupuestarias fue muy elevado

Cuestiones relacionadas con la transparencia en los procedimientos de contratación pública

s.o.

Deficiencias en la programación y el seguimiento de los créditos disociados relacionados con los gastos operativos: se prorrogó el 25 % de los créditos de pago

Pide al Centro que aplique más rigurosamente los principios presupuestarios de especificación y transparencia

Recursos humanos

Cuestiones relacionadas con la transparencia: en dos ocasiones, el Centro no verificó correctamente la experiencia profesional necesaria para el puesto vacante en la fase de preselección

s.o.

s.o.

Observa que, a raíz de las observaciones del Tribunal de Cuentas en su informe de 2009 sobre el Centro, este último ha introducido cambios en su procedimiento de contratación con el fin de mejorar la transparencia; celebra la iniciativa, que aplica el Centro desde junio de 2010, de introducir preguntas en las pruebas escritas y entrevistas antes de la preselección

Auditoría interna

Los procedimientos de control interno no se llevaron a término

s.o.

Pide a la Agencia que aplique 15 de las 30 recomendaciones hechas por el SAI, a saber, la gestión de los recursos humanos (competencia del personal, fijación de objetivos personales y fijación de las funciones y responsabilidades del Comité de Personal).

Pide al Director del Centro que facilite información específica sobre el contenido de las 15 recomendaciones abiertas el 31 de diciembre de 2008 y de las 14 nuevas recomendaciones abiertas el 31 de diciembre de 2009, formuladas en ambos casos por el SAI

Pide al Centro que informe a la autoridad encargada de la aprobación de la gestión de las medidas adoptadas respecto del procedimiento de liberación de créditos para mejorar la transparencia del inventario de activos. Además, el Centro comenzó a documentar los principales procesos de control


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