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Document 62009CA0086

Asunto C-86/09: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 10 de junio de 2010 (petición de decisión prejudicial planteada por el VAT and Duties Tribunal, Manchester — Reino Unido) — Future Health Technologies Ltd/Her Majesty’s Commissioners of Revenue and Customs (Impuesto sobre el valor añadido — Directiva 2006/112/CE — Exenciones — Artículo 132, apartado 1, letras b) y c) — Hospitalización y asistencia sanitaria y las demás prestaciones relacionadas directamente — Asistencia a personas físicas realizada en el ejercicio de profesiones médicas y sanitarias — Extracción, análisis y procesamiento de la sangre del cordón umbilical — Conservación de las células progenitoras — Posible uso terapéutico futuro — Prestaciones constituidas por un conjunto de elementos y de actos)

DO C 221 de 14.8.2010, p. 11–12 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

14.8.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 221/11


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 10 de junio de 2010 (petición de decisión prejudicial planteada por el VAT and Duties Tribunal, Manchester — Reino Unido) — Future Health Technologies Ltd/Her Majesty’s Commissioners of Revenue and Customs

(Asunto C-86/09) (1)

(Impuesto sobre el valor añadido - Directiva 2006/112/CE - Exenciones - Artículo 132, apartado 1, letras b) y c) - Hospitalización y asistencia sanitaria y las demás prestaciones relacionadas directamente - Asistencia a personas físicas realizada en el ejercicio de profesiones médicas y sanitarias - Extracción, análisis y procesamiento de la sangre del cordón umbilical - Conservación de las células progenitoras - Posible uso terapéutico futuro - Prestaciones constituidas por un conjunto de elementos y de actos)

2010/C 221/18

Lengua de procedimiento: inglés

Órgano jurisdiccional remitente

VAT and Duties Tribunal, Manchester

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Future Health Technologies Ltd

Demandada: Her Majesty’s Commissioners of Revenue and Customs

Objeto

Petición de decisión prejudicial — VAT and Duties Tribunal, Manchester — Interpretación del artículo 132, apartado 1, letras b) y c), de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido — Exención — Concepto de «prestaciones de servicios de hospitalización y asistencia sanitaria y las demás relacionadas directamente con las mismas» y «asistencia» — Servicios de extracción, transporte, análisis y conservación de sangre y de células madre del cordón umbilical de recién nacidos destinadas a un eventual tratamiento médico.

Fallo

1)

Cuando las actividades consistentes en el envío de un material de extracción de sangre del cordón umbilical de los recién nacidos así como el análisis y el procesamiento de esa sangre, y en su caso la conservación de las células progenitoras contenidas en dicha sangre con vistas a un posible uso terapéutico futuro, sólo tratan de garantizar la disponibilidad de un recurso a efectos de un tratamiento médico en el supuesto incierto de que éste llegue a ser necesario, pero no persiguen, por sí mismas, diagnosticar, tratar o curar enfermedades o problemas de salud, dichas actividades, ya se aprecien en conjunto o por separado, no están comprendidas en el concepto de «hospitalización y asistencia sanitaria», que figura en el artículo 132, apartado 1, letra b), de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, ni en el de «asistencia a personas físicas», que figura en el artículo 132, apartado 1, letra c), de la Directiva 2006/112. Únicamente sería distinta su calificación, en lo que se refiere al análisis de la sangre del cordón umbilical, si ese análisis pretendiera efectivamente permitir la elaboración de un diagnóstico médico, lo que incumbe comprobar, si fuera preciso, al tribunal remitente.

2)

El concepto de prestaciones «relacionadas directamente» con la «hospitalización y asistencia sanitaria», a efectos del artículo 132, apartado 1, letra b), de la Directiva 2006/112, debe interpretarse en el sentido de que no comprende actividades, como las que son objeto del litigio principal, consistentes en el envío de un material de extracción de sangre del cordón umbilical de los recién nacidos así como el análisis y el procesamiento de esa sangre, y en su caso la conservación de las células progenitoras contenidas en esa sangre con vistas a un posible uso terapéutico futuro, con el que esas actividades sólo están relacionadas de forma potencial, y que no es efectivo, ni está en curso ni aún se ha planificado.


(1)  DO C 102, de 1.5.2009.


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