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Document 62018TA0485

    Asunto T-485/18: Sentencia del Tribunal General de 6 de febrero de 2020 — Compañía de Tranvías de La Coruña/Comisión [«Acceso a los documentos — Reglamento (CE) n.° 1049/2001 — Documentos de la Comisión relativos a la interpretación de una disposición del Derecho de la Unión — Documentos originarios de un tercero — Documentos originarios de un Estado miembro — Reglamento (CE) n.° 1370/2007 — Denegación parcial de acceso — Denegación total de acceso — Obligación de motivación — Excepción relativa a la protección de los procedimientos judiciales — Interés público superior»]

    DO C 95 de 23.3.2020, p. 23–24 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    23.3.2020   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 95/23


    Sentencia del Tribunal General de 6 de febrero de 2020 — Compañía de Tranvías de La Coruña/Comisión

    (Asunto T-485/18) (1)

    («Acceso a los documentos - Reglamento (CE) n.o 1049/2001 - Documentos de la Comisión relativos a la interpretación de una disposición del Derecho de la Unión - Documentos originarios de un tercero - Documentos originarios de un Estado miembro - Reglamento (CE) n.o 1370/2007 - Denegación parcial de acceso - Denegación total de acceso - Obligación de motivación - Excepción relativa a la protección de los procedimientos judiciales - Interés público superior»)

    (2020/C 95/28)

    Lengua de procedimiento: inglés

    Partes

    Demandante: Compañía de Tranvías de La Coruña, S. A. (A Coruña) (representante: J. Monrabà Bagan, abogado

    Demandada: Comisión Europea (representantes: W. Mölls y C. Ehrbar, agentes)

    Objeto

    Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la decisión de la Comisión de 7 de junio de 2018 mediante la que se deniega, parcial o totalmente, el acceso de la demandante a los documentos relativos al dictamen de la Comisión sobre la validez del contrato de las líneas de metro hasta 2039 comunicado a la República Francesa.

    Fallo

    1)

    Anular la decisión de la Comisión Europea de 7 de junio de 2018 por la que se deniega, parcial o totalmente, a la Compañía de Tranvías de La Coruña, S. A., el acceso a los documentos relacionados con el dictamen de la Comisión sobre la validez del contrato de las líneas de metro hasta 2039 comunicado a la República Francesa, en la medida en que denegó parcialmente el acceso a datos —distintos de los de carácter personal— contenidos en el escrito de la Comisión de 25 de octubre de 2010 dirigido a las autoridades francesas y en los escritos del vicepresidente de la Comisión, el Sr. Kallas, de 27 de julio de 2012 y 5 de junio de 2013 dirigidos a la RATP.

    2)

    Desestimar el recurso en todo lo demás.

    3)

    Condenar a la Comisión a cargar con sus propias costas y con una quinta parte de las costas de la Compañía de Tranvías de La Coruña.

    4)

    Condenar a la Compañía de Tranvías de La Coruña a cargar con cuatro quintas partes de sus propias costas.


    (1)  DO C 381 de 22.10.2018.


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