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Document 62014TN0380
Case T-380/14: Action brought on 30 May 2014 — Pshonka v Council
Asunto T-380/14: Recurso interpuesto el 30 de mayo de 2014 — Pshonka/Consejo
Asunto T-380/14: Recurso interpuesto el 30 de mayo de 2014 — Pshonka/Consejo
DO C 261 de 11.8.2014, p. 37–38
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
11.8.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 261/37 |
Recurso interpuesto el 30 de mayo de 2014 — Pshonka/Consejo
(Asunto T-380/14)
2014/C 261/62
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante: Artem Viktorovych Pshonka (Moscú, Rusia) (representantes: C. Constantina y J.-M. Reymond, abogados)
Demandada: Consejo de la Unión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
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Anule parcialmente, sobre la base del artículo 263 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), la Decisión 2014/119/PESC del Consejo, de 5 de marzo de 2014, y el Reglamento (UE) no 208/2014 del Consejo, de 5 de marzo de 2014, en la medida en que afectan al demandante y, más concretamente, ordene:
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Anule parcialmente, sobre la base del artículo 263 TFUE, la Decisión 2014/119/PESC del Consejo, de 5 de marzo de 2014, y el Reglamento (UE) no 208/2014 del Consejo, de 5 de marzo de 2014, en la medida en que no son conformes con la Propuesta Conjunta. |
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Condene al Consejo a cargar con las costas del presente procedimiento y conceda al demandante el reembolso de sus gastos. |
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca tres motivos.
1. |
Primer motivo, basado en la falta de competencia del Consejo y en la violación de las competencias del juez natural, en la medida en que:
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2. |
Segundo motivo, basado en errores obvios en la apreciación de los hechos. El demandante sostiene que no se inició investigación alguna contra él en relación con la malversación de los fondos del Estado de Ucrania y/o su transferencia ilegal hacia fuera de Ucrania antes de la adopción de las medidas controvertidas o en el momento de su adopción. Además, el demandante alega que, aun cuando hubiera existido la investigación mencionada, no se habría apoyado en ningún fundamento fáctico o jurídico y estaría exclusivamente motivada por razones políticas. Por último, el demandante señala que las razones esgrimidas por el Consejo para incluir al demandante en la lista no se ajustan a los requisitos establecidos a tal efecto en las medidas impugnadas y no están respaldadas por ninguna prueba. |
3. |
Tercer motivo, basado en que se vulneraron los derechos fundamentales del demandante. El demandante alega que:
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