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Document 62014TN0343

    Asunto T-343/14: Recurso interpuesto el 19 de mayo de 2014 — Arrigo Cipriani/OAMI — Hotel Cipriani (CIPRIANI)

    DO C 261 de 11.8.2014, p. 29–30 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    11.8.2014   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 261/29


    Recurso interpuesto el 19 de mayo de 2014 — Arrigo Cipriani/OAMI — Hotel Cipriani (CIPRIANI)

    (Asunto T-343/14)

    2014/C 261/53

    Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

    Partes

    Demandante: Arrigo Cipriani (Venecia, Italia) (representantes: A. Vanzetti, S. Bergia y G. Sironi, abogados)

    Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

    Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Hotel Cipriani (Venecia, Italia)

    Pretensiones

    La parte demandante solicita al Tribunal General que:

    Anule la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) de 14 de marzo de 2014 adoptada en el asunto R 224/2012-4 y declare la nulidad, conforme al artículo 52, apartado 1, letra b) y al artículo 53, apartado 2, letra a), del Reglamento no 207/2009 en relación con el artículo 8.3 del Código Italiano de Propiedad Intelectual, de la marca «Cipriani», no 1 15  824 registrada por Hotel Cipriani para todos los productos y servicios para los que la marca está registrada o;

    Con carácter subsidiario, para todos los productos y servicios distintos de los servicios de «hoteles y reservas hoteleras» o;

    Con carácter subsidiario, en relación con los servicios de «restaurantes, cafeterías, establecimientos públicos para comer, bares, servicios de restauración; reparto de bebidas para su consumo inmediato» o;

    Remita el expediente a la OAMI para que proceda a declarar dicha nulidad;

    Ordene que las costas del Sr. Arrigo Cipriani en este procedimiento sean completamente reembolsadas.

    Motivos y principales alegaciones

    Marca comunitaria registrada, respecto de la que se interpuso una solicitud de nulidad: La marca denominativa «CIPRIANI» para productos y servicios de las clases 16, 35 y 42 — Marca comunitaria no 115824

    Titular de la marca comunitaria: Hotel Cipriani

    Solicitante de la nulidad de la marca comunitaria: La demandante

    Motivación de la solicitud de nulidad: La marca fue registrada de mala fe y vulnerando el derecho a un apellido de renombre «CIPRIANI»

    Resolución de la División de Anulación: Desestimación de la solicitud de declaración de invalidez

    Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso

    Motivos invocados:

    Infracción del artículo 53, apartado 2, letra a) del Reglamento no 207/2009, leído conjuntamente con el artículo 8.3 del Código Italiano de la Propiedad Intelectual

    Infracción del artículo 52, apartado 1, letra b) del Reglamento no 207/2009.


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