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Document 62013TA0254

    Asunto T-254/13: Sentencia del Tribunal General de 4 de junio de 2015 — Stayer Ibérica/OAMI — Korporaciya «Masternet» (STAYER) [«Marca comunitaria — Procedimiento de nulidad — Marca comunitaria figurativa STAYER — Marca internacional denominativa anterior STAYER — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), y artículo 53, apartado 1, letra a), del Reglamento no 207/2009»]

    DO C 236 de 20.7.2015, p. 33–34 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    20.7.2015   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 236/33


    Sentencia del Tribunal General de 4 de junio de 2015 — Stayer Ibérica/OAMI — Korporaciya «Masternet» (STAYER)

    (Asunto T-254/13) (1)

    ([«Marca comunitaria - Procedimiento de nulidad - Marca comunitaria figurativa STAYER - Marca internacional denominativa anterior STAYER - Motivo de denegación relativo - Riesgo de confusión - Artículo 8, apartado 1, letra b), y artículo 53, apartado 1, letra a), del Reglamento no 207/2009»])

    (2015/C 236/44)

    Lengua de procedimiento: inglés

    Partes

    Demandante: Stayer Ibérica, S.A. (Pinto, España) (representante: S. Rizzo, abogado)

    Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (representante: P. Geroulakos)

    Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la OAMI, coadyuvante ante el Tribunal General: ZAO Korporaciya «Masternet» (Moscú, Rusia) (representante: N. Bürglen, abogado)

    Objeto

    Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 4 de marzo de 2013 (asunto R 2196/2011-2) relativa a un procedimiento de nulidad entre ZAO Korporaciya «Masternet» y Stayer Ibérica, S.A.

    Fallo

    1)

    Anular la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI) de 4 de marzo de 2013 (asunto R 2196/2011-2) en la medida en que declara la nulidad de la marca comunitaria figurativa STAYER para las «piezas de máquinas con diamante para cortar y pulir; brocas y discos de corte para las siguientes producciones: mármol, granito, piedra, gres, baldosas, tejas y ladrillos y, en general, herramientas para cortar como piezas de máquinas comprendidas en la clase 7», comprendidas en la clase 7, así como para los «instrumentos abrasivos manuales (ruedas y muelas)», comprendidos en la clase 8.

    2)

    Desestimar el recurso en todo lo demás.

    3)

    La OAMI, Stayer Ibérica, S.A. y ZAO Korporaciya «Masternet» cargarán cada una con sus propias costas.


    (1)  DO C 207, de 20.7.2013.


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