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Document 62009CA0496

    Asunto C-496/09: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 17 de noviembre de 2011 — Comisión Europea/República Italiana ( «Incumplimiento de Estado — Sentencia del Tribunal de Justicia por la que se declara un incumplimiento de Estado — No ejecución — Artículo 228 CE — Sanciones pecuniarias» )

    DO C 25 de 28.1.2012, p. 5–5 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    28.1.2012   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 25/5


    Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 17 de noviembre de 2011 — Comisión Europea/República Italiana

    (Asunto C-496/09) (1)

    (Incumplimiento de Estado - Sentencia del Tribunal de Justicia por la que se declara un incumplimiento de Estado - No ejecución - Artículo 228 CE - Sanciones pecuniarias)

    (2012/C 25/07)

    Lengua de procedimiento: italiano

    Partes

    Demandante: Comisión Europea (representantes: L. Pignataro, E. Righini y B. Stromsky, agentes)

    Demandada: República Italiana (representantes: G. Palmieri, agente, F. Arena y S. Fiorentino, avvocati dello Stato)

    Objeto

    Incumplimiento de Estado — Artículo 228 CE — No ejecución de la sentencia del Tribunal de Justicia de 1 de abril de 2004 en el asunto C-99/02 — Pretensión de que se imponga una multa.

    Fallo

    1)

    Declarar que la República Italiana ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Decisión 2000/128/CE, de la Comisión, de 11 de mayo de 1999, relativa al régimen de ayudas concedidas por Italia en favor del empleo, y del artículo 228 CE, apartado 1, al no haber adoptado, en la fecha en que venció el plazo señalado por la Comisión de las Comunidades Europeas en el dictamen motivado emitido el 1 de febrero de 2008 en aplicación del artículo 228 CE, todas las medidas necesarias para ejecutar la sentencia de 1 de abril de 2004, Comisión/Italia (C-99/02), relativa a la recuperación de los beneficiarios de las ayudas que, con arreglo a la mencionada Decisión, fueron declarados ilegales e incompatibles con el mercado común.

    2)

    Condenar a la República Italiana a pagar a la Comisión Europea, en la cuenta «Recursos propios de la Unión Europea», una multa coercitiva de un importe correspondiente a la multiplicación del importe de base de 30 millones de euros por el porcentaje de las ayudas ilegales incompatibles cuya recuperación aún no ha sido efectuada o no ha sido probada al vencimiento del período correspondiente, calculado en relación con la totalidad de los importes que aún no han sido recuperados en la fecha en que se dicta la presente sentencia, y ello por cada semestre de retraso en la aplicación de las medidas necesarias para dar cumplimiento a la sentencia de 1 de abril de 2004, Comisión/Italia (C-99/02), desde la fecha de la presente sentencia y hasta la ejecución de la mencionada sentencia de 1 de abril de 2004.

    3)

    Condenar a la República Italiana a pagar a la Comisión Europea, en la cuenta «Recursos propios de la Unión Europea», una suma a tanto alzado de 30 millones de euros.

    4)

    Condenar en costas a la República Italiana.


    (1)  DO C 24, de 30.1.2010.


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