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Document 62008CA0253

Asunto C-253/08: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 19 de mayo de 2009 — Comisión de las Comunidades Europeas/República Portuguesa (Incumplimiento de Estado — Directiva 2006/22/CE — Aproximación de las legislaciones — Legislación social relativa a las actividades de transporte por carretera — No adaptación en el plazo señalado)

DO C 153 de 4.7.2009, p. 14–14 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

4.7.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 153/14


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 19 de mayo de 2009 — Comisión de las Comunidades Europeas/República Portuguesa

(Asunto C-253/08) (1)

(Incumplimiento de Estado - Directiva 2006/22/CE - Aproximación de las legislaciones - Legislación social relativa a las actividades de transporte por carretera - No adaptación en el plazo señalado)

2009/C 153/26

Lengua de procedimiento: portugués

Partes

Demandante: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: N. Yerrell y M. Teles Romão, agentes)

Demandada: República Portuguesa (representantes: L. Inez Fernandes y F. Fraústo de Azevedo, agentes)

Objeto

Incumplimiento de Estado — No adopción, dentro del plazo establecido, de las disposiciones necesarias para dar cumplimiento a la Directiva 2006/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006, sobre las condiciones mínimas para la aplicación de los Reglamentos del Consejo (CEE) no 3820/85 y (CEE) no 3821/85 en lo que respecta a la legislación social relativa a las actividades de transporte por carretera y por la que se deroga la Directiva 88/599/CEE del Consejo (DO L 102, p. 35).

Fallo

1)

Declarar que la República Portuguesa ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 2006/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006, sobre las condiciones mínimas para la aplicación de los Reglamentos del Consejo (CEE) no 3820/85 y (CEE) no 3821/85 en lo que respecta a la legislación social relativa a las actividades de transporte por carretera y por la que se deroga la Directiva 88/599/CEE del Consejo, al no haber adoptado las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a dicha Directiva.

2)

Condenar en costas a la República Portuguesa.


(1)  DO C 223, de 30.8.2008.


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