Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 52017XG0615(01)

    Conclusiones del Consejo sobre el papel del trabajo con los jóvenes para apoyar el desarrollo en los jóvenes de habilidades para la vida que faciliten su transición con éxito a la edad adulta, la ciudadanía activa y la vida laboral

    DO C 189 de 15.6.2017, p. 30–34 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    15.6.2017   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 189/30


    Conclusiones del Consejo sobre el papel del trabajo con los jóvenes para apoyar el desarrollo en los jóvenes de habilidades para la vida que faciliten su transición con éxito a la edad adulta, la ciudadanía activa y la vida laboral

    (2017/C 189/06)

    EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    RECORDANDO:

    1.

    Los antecedentes políticos de este asunto, recogidos en el anexo I de las presentes Conclusiones.

    RECONOCE QUE:

    2.

    La Unión Europea se enfrenta a importantes desafíos económicos y sociales, que en parte son el fruto del incremento de la migración, tras la crisis económica y financiera.

    3.

    Esta evolución constituye un reto especial para los valores democráticos, la cohesión social, las perspectivas de empleo y la vida laboral, así como para la integración y el bienestar de los jóvenes, especialmente de aquellos que se encuentran en una situación de riesgo y que cuentan con menos oportunidades.

    4.

    Para hacer frente a estos retos de una forma adecuada es esencial reforzar entre los jóvenes la noción de ciudadanía activa, sus derechos y responsabilidades, el reconocimiento y el respeto de los valores democráticos, la diversidad cultural, la garantía de las libertades de expresión y de creencia, mediante la adquisición de las habilidades para la vida necesarias (1).

    5.

    El desarrollo de las habilidades para la vida es de igual importancia, y no solo para abordar los costes económicos, políticos, sociales y humanos derivados de la elevada tasa de desempleo juvenil, sino también para ayudar a los jóvenes a determinar y forjar su futuro mediante empleos de calidad, integración social y una ciudadanía activa.

    TENIENDO EN CUENTA:

    6.

    La Resolución del Consejo sobre «Una nueva Agenda de Capacidades para una Europa integradora y competitiva» (2) y, en particular, su reconocimiento de que «es importante ir más allá de las necesidades inmediatas del mercado laboral y centrarse también en los aspectos educativos y formativos que puedan impulsar la innovación, el espíritu empresarial y la creatividad, moldear los sectores, crear empleos y nuevos mercados, capacitar a las personas (incluidas las más vulnerables), enriquecer la vida democrática y potenciar el desarrollo de ciudadanos comprometidos, activos y con talento».

    7.

    La revisión de la Recomendación sobre las competencias clave para el aprendizaje permanente (3), que ofrece la oportunidad de establecer un enfoque integrador para el desarrollo de competencias que puedan ayudar a los jóvenes y facilitar una transición satisfactoria a la edad adulta, la ciudadanía activa y la vida laboral. Pese a su distinta terminología, el actual marco europeo de competencias clave ya hace referencia a muchas de las habilidades para la vida que se definen en las presentes Conclusiones del Consejo.

    SUBRAYA QUE:

    8.

    Aunque hay muchos aspectos que entran en juego a la hora de hacer frente a los retos que plantea el desempleo juvenil y la consiguiente alteración del tejido social y alienación política, a través de un trabajo eficaz con los jóvenes, el sector juvenil tiene una función que desempeñar posibilitando que los jóvenes adquieran y desarrollen habilidades para la vida que contribuyan a aprovechar al máximo su potencial y les ayude a lograr y mantener una satisfactoria y productiva vida social, personal y laboral. Tales habilidades para la vida pueden ayudar también a evitar la marginalización y contrarrestar la propaganda, los discursos y comportamientos que pueden llevar a la radicalización y conducir al extremismo violento.

    RECONOCE QUE:

    9.

    Si bien el trabajo con los jóvenes comprende una amplia gama de medidas, proyectos, programas, actividades e iniciativas propuestas por diversas fuentes en una variedad de formas, una característica esencial de la práctica del trabajo con jóvenes es el hecho de que se centre en el desarrollo personal y social de los jóvenes.

    10.

    Un trabajo efectivo con los jóvenes puede dar lugar a unos resultados positivos para los jóvenes a través de:

    el desarrollo de sus competencias y la consolidación de su desarrollo personal,

    la promoción y fomento de valores, comportamientos y actitudes sociales positivos, en particular en sus relaciones con terceros,

    el fomento de su potencial y capacidades innovadoras y creativas, lo que les permitirá participar con éxito en la vida laboral,

    el fomento de los valores democráticos, reforzando así la ciudadanía activa y la participación democrática.

    11.

    Las habilidades para la vida son positivas, afirman y resuelven problemas de comportamiento cuando se utilizan adecuadamente y de manera responsable en la vida cotidiana — en el hogar, en internet, en la comunidad, en la educación y la formación y en el lugar de trabajo. Se trata de un conjunto de capacidades personales y sociales adquiridas a través de la educación y la formación, el trabajo con los jóvenes y el aprendizaje no formal e informal que pueden utilizarse para resolver asuntos, cuestiones y problemas que se suscitan habitualmente a lo largo de la vida diaria.

    ACUERDA QUE:

    12.

    Las habilidades para la vida son importantes para todos los jóvenes, pero tienen un significado e importancia especiales para aquellos que se encuentran en situación de riesgo y para los que tienen menos oportunidades en lo que respecta a sus necesidades de empleo, integración social y participación democrática.

    13.

    Fomentar la adquisición y el desarrollo de habilidades para la vida entre los jóvenes y proporcionárselas puede formar parte integrante de la política de juventud tanto a nivel europeo como de los Estados miembros.

    OBSERVA QUE:

    14.

    En el anexo II se ofrece un compendio de las habilidades para la vida indicando algunos de sus atributos. Este compendio no es ni prescriptivo ni exclusivo y refleja aquellas habilidades para la vida que el trabajo con los jóvenes puede fomentar y ayudar a adquirir a los jóvenes (4).

    15.

    Las habilidades para la vida, tal como se definen en el anexo II, están en proceso de cambio, y la determinación de la prioridad que se tiene que dar entre ellas y cómo se han de presentar y promover es competencia de los Estados miembros y de las partes interesadas a nivel europeo, nacional y local.

    EXHORTA A LOS ESTADOS MIEMBROS A QUE, RESPETANDO DEBIDAMENTE EL PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD:

    16.

    Promuevan que el trabajo con los jóvenes contribuya al desarrollo de habilidades para la vida en los jóvenes dentro del marco de la política de juventud y de las medidas dirigidas a apoyar a los jóvenes.

    17.

    Difundan y promuevan entre los proveedores que ofrecen trabajo con jóvenes herramientas, metodologías y prácticas de aprendizaje, en particular las desarrolladas por trabajadores con los jóvenes, que pueden ayudar a los jóvenes a adquirir habilidades para la vida.

    18.

    Presten un mayor apoyo en materia de educación, formación y aprendizaje entre iguales a los proveedores de trabajo con jóvenes para mejorar su capacidad de apoyo a los jóvenes en la adquisición de habilidades para la vida.

    19.

    Cuando proceda, reconozcan y validen programas de educación y formación que mejoren la capacidad de los trabajadores con jóvenes, remunerados o voluntarios, y de los dirigentes juveniles para que utilicen satisfactoriamente las herramientas, metodologías y prácticas de aprendizaje que ayuden a los jóvenes a identificar, adquirir y desarrollar habilidades para la vida, empleando herramientas y métodos de evaluación y autoevaluación.

    20.

    Promuevan y refuercen el voluntariado entre los jóvenes que pueda facilitar la adquisición de habilidades para la vida y contribuir a su participación junto con los proveedores de trabajo con jóvenes en iniciativas y proyectos en el ámbito de los jóvenes.

    EXHORTA A LOS ESTADOS MIEMBROS Y A LA COMISIÓN, DENTRO DE SUS RESPECTIVAS COMPETENCIAS, A:

    21.

    Promover y proporcionar oportunidades de aprendizaje mutuo y entre iguales, proyectos e iniciativas para los proveedores de trabajo con jóvenes a fin de compartir conocimientos, instrumentos y experiencias para fomentar y desarrollar habilidades para la vida en los jóvenes.

    22.

    Examinar qué habilidades para la vida adquiridas por los jóvenes a través de su trabajo con ellos pueden identificar y de qué manera, y cómo documentarlo para facilitar la evaluación y la certificación mediante mecanismos de validación del aprendizaje no formal e informal (5).

    23.

    Aprovechar al máximo Erasmus + y otros programas de financiación de la UE para apoyar que se lleve a cabo un trabajo con jóvenes que sirva para fomentar y desarrollar habilidades para la vida en los jóvenes.

    24.

    Reforzar el diálogo entre aquellos que se ocupan del trabajo con jóvenes, de la política y la investigación en el ámbito de la juventud, así como la coordinación entre los niveles local, regional, nacional y europeo con el fin de facilitar el establecimiento de redes, la cooperación, el aprendizaje entre iguales y el intercambio con respecto a la promoción y el desarrollo de habilidades para la vida entre los jóvenes.

    25.

    Definir, apoyar y difundir herramientas, metodologías y prácticas existentes e innovadoras que fomenten las habilidades para la vida en diversos contextos del trabajo con jóvenes.

    26.

    Promuevan y apoyen las asociaciones e iniciativas intersectoriales, en particular entre los proveedores de trabajo con jóvenes y centros de formación, servicios sociales y de empleo, y los interlocutores sociales que ayuden a los jóvenes a adquirir y desarrollar habilidades para la vida.

    EXHORTA A LA COMISIÓN EUROPEA A QUE:

    27.

    Contribuya a la obtención de conocimiento sobre las habilidades para la vida que se fomentan y desarrollan a través del trabajo con jóvenes y apoye a los Estados miembros en el fomento de la creación de capacidades y el desarrollo profesional de los trabajadores en el ámbito de la juventud.

    28.

    Promueva el trabajo con jóvenes como parte integrante de la Nueva Agenda de Capacidades, que aporta tanto un valor añadido como complementario, y apoye todos los aspectos de la Agenda.

    29.

    Promueva y apoye un enfoque intersectorial a la hora de ayudar a los jóvenes a adquirir y desarrollar las competencias necesarias para facilitarles una transición satisfactoria a la edad adulta, la ciudadanía activa y la vida laboral.

    30.

    Garantice que las presentes Conclusiones del Consejo contribuyan a la revisión de la Recomendación sobre las competencias clave para el aprendizaje permanente a fin de reforzar la dimensión relativa a las habilidades para la vida en el marco europeo de competencias clave y ser coherente con el mismo.


    (1)  Se encuentra una definición de las habilidades para la vida tal como se conciben en estas Conclusiones del Consejo en los puntos 10 a 12 y en el anexo II.

    (2)  Resolución del Consejo sobre «Una nueva Agenda de Capacidades para una Europa integradora y competitiva» (DO C 467 de 15.12.2016, p. 1).

    (3)  Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, sobre las competencias clave para el aprendizaje permanente (DO L 394 de 30.12.2006, p. 10).

    (4)  A los efectos de las presentes Conclusiones del Consejo se entiende por proveedores de trabajo con jóvenes todas las organizaciones, agencias y otros organismos que, con ayuda pública o sobre la base de voluntariado, ejercen un trabajo con jóvenes basado en programas, proyectos, iniciativas y actividades para jóvenes.

    (5)  Véase la Recomendación del Consejo sobre la validación del aprendizaje no formal e informal (DO C 398 de 22.12.2012, p. 1).


    ANEXO I

    Contexto político

    Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las competencias clave para el aprendizaje permanente (DO L 394 de 30.12.2006, p. 10).

    Recomendación del Consejo sobre la validación del aprendizaje no formal e informal (DO C 398 de 22.12.2012, p. 1).

    Recomendación del Consejo relativa a Itinerarios de mejora de las capacidades: Nuevas oportunidades para los adultos (DO C 484 de 24.12.2016, p. 1).

    Conclusiones del Consejo sobre la contribución de un trabajo de calidad en el ámbito de la juventud al desarrollo, bienestar e inclusión social de los jóvenes (DO C 168 de 14.6.2013, p. 5).

    Conclusiones del Consejo sobre la maximización del potencial de la política de la juventud a la hora de perseguir los objetivos de la Estrategia Europa 2020 (DO C 224 de 3.8.2013, p. 2).

    Conclusiones del Consejo sobre la inclusión social de los jóvenes que no trabajan ni siguen estudios ni formación (DO C 30 de 1.2.2014, p. 5).

    Conclusiones del Consejo sobre la promoción del emprendimiento juvenil a fin de fomentar la inclusión social de los jóvenes (DO C 183 de 14.6.2014, p. 18).

    Conclusiones del Consejo sobre el refuerzo del trabajo en el ámbito de la juventud para garantizar la cohesión social (DO C 170 de 23.5.2015, p. 2).

    Resolución del Consejo sobre el fomento de la participación política de los jóvenes en la vida democrática de Europa (DO C 417 de 15.12.2015, p. 10).

    Informe conjunto de 2015 del Consejo y de la Comisión sobre la aplicación del marco renovado para la cooperación europea en el ámbito de la juventud (2010-2018) (DO C 417 de 15.12.2015, p. 17).

    Conclusiones del Consejo sobre el papel de las actividades de voluntariado deportivo en la promoción de la ciudadanía activa (DO C 372 de 20.12.2011, p. 24).

    Conclusiones del Consejo sobre la maximización del papel del deporte de base en el desarrollo de aptitudes transversales, especialmente entre los jóvenes (DO C 172 de 27.5.2015, p. 8).

    Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones – Una nueva agenda de capacidades para Europa – Trabajar juntos para reforzar el capital humano, la empleabilidad y la competitividad (2016).

    Resolución del Consejo sobre «Una nueva Agenda de Capacidades para una Europa integradora y competitiva» (DO C 467 de 15.12.2016, p. 1).

    Conclusiones del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, sobre la prevención de la radicalización que conduce al extremismo violento (DO C 467 de 15.12.2016, p. 3).

    Estudios, informes de grupos de expertos y declaraciones

    Trabajar con los jóvenes: el valor del trabajo en el ámbito de la juventud en la UE (2014).

    Desarrollar la creatividad y el potencial innovador de los jóvenes a través de un aprendizaje informal de modo que sea relevante para el empleo (2014).

    Trabajo de calidad en el ámbito de la juventud-Un marco común para un mayor impulso del trabajo en el ámbito juvenil (2015).

    Contribución del trabajo en el ámbito de la juventud a la hora de abordar los desafíos a los que se enfrentan los jóvenes, en particular la transición de la educación al empleo (2015).

    Declaración de la primera Convención europea sobre el trabajo en el ámbito de la juventud (2010).

    Informe y Declaración de la segunda Convención europea sobre el trabajo en el ámbito de la juventud (2015).


    ANEXO II (1)

    Compendio de las capacidades esenciales y sus atributos

    Capacidades interpersonales

    Capacidades de comunicación

    Capacidades cognitivas

    Capacidades personales

    Liderazgo, resolución de conflictos, programación y organización, trabajo en equipo, sensibilidad hacia la interculturalidad.

    Expresión (y saber escuchar) de ideas y opiniones, argumentar y debatir, alfabetización digital y mediática, presentación y defensa.

    Pensamiento crítico, análisis razonado, pensamiento creativo, resolución de problemas, capacidad de decisión, interpretación y juicio.

    Confianza en sí mismo, autoestima, resiliencia, autonomía, iniciativa y empatía.

    Las características de dichas capacidades esenciales son:

     

    holísticas, en el sentido en que se proponen el desarrollo de la persona como un todo y ayudar a lograr una realización personal positiva, tanto como individuos que como seres sociales.

     

    valiosas por sí mismas, en el sentido en que ofrecen a los jóvenes experiencias de aprendizaje positivas y enriquecedoras que apoyan su desarrollo.

     

    complementarias y que se refuerzan entre sí, en el sentido en que apoyan el aprendizaje y el desarrollo de los jóvenes en la educación y formación, en la familia, la comunidad, la vida social y cívica, y en el lugar de trabajo.

     

    transversales e intersectoriales, independientemente del contexto, ya sea en la educación, el lugar de trabajo, en la comunidad o en la realización de actividades culturales, sociales o políticas, las capacidades adquiridas son de relevancia y utilidad inmediata.

     

    empoderadoras y capacitadoras, en el sentido en que permiten que el talento, las capacidades y competencias de los jóvenes, así como sus conductas y actitudes encuentren una expresión constructiva en la vida personal, cívica, cultural y laboral.


    (1)  El compendio de capacidades esenciales abarca algunas de las capacidades y competencias a las que se hace referencia con mayor frecuencia en la bibliografía internacional y en particular en los Estudios e Informes de los Grupos de Expertos enumerados en el anexo I


    Top