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Document 52009XX1205(04)

Anuncio de solicitud de permiso de exploración de hidrocarburos líquidos y gaseosos denominado Biancavilla — República Italiana — Región de Sicilia — Consejería Regional de Industria — Departamento Regional de Industria y Minas — Ufficio Regionale per gli Idrocarburi e la Geotermia (Oficina Regional de Hidrocarburos y Geotermia) (U.R.I.G.)

DO C 296 de 5.12.2009, p. 28–29 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

5.12.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 296/28


ANUNCIO DE SOLICITUD DE PERMISO DE EXPLORACIÓN DE HIDROCARBUROS LÍQUIDOS Y GASEOSOS DENOMINADO BIANCAVILLA

REPÚBLICA ITALIANA — REGIÓN DE SICILIA

CONSEJERÍA REGIONAL DE INDUSTRIA — DEPARTAMENTO REGIONAL DE INDUSTRIA Y MINAS

UFFICIO REGIONALE PER GLI IDROCARBURI E LA GEOTERMIA (OFICINA REGIONAL DE HIDROCARBUROS Y GEOTERMIA) (U.R.I.G.)

2009/C 296/10

La empresa EniMed — Eni Mediterranea Idrocarburi S.p.A. con domicilio social en Gela (CL), Strada Statale 117 bis — Contrada Ponte Olivo (código postal 93012), ITALIA — C.F. 12300000150, representante único con cuota de titularidad del 50 %, y la empresa Edison S.p.A. con sede legal en Milán, Foro Buonaparte 31 (código postal 20121), ITALIA con cuota de titularidad del 50 %, mediante solicitud de 12 de junio de 2009 dirigida al Consejero de Industria, autoridad competente para la concesión de los títulos mineros en el ámbito de la Región de Sicilia, con sede en Via Ugo La Malfa 87/89, 90146 Palermo PA, ITALIA, han solicitado, con arreglo a la L.R.S. no 14 de 3 de julio de 2000, de transposición y aplicación de la Directiva 94/22/CE, les sea concedido el permiso para llevar a cabo prospecciones de hidrocarburos líquidos y gaseosos convencionalmente denominado «Biancavilla», en una zona de una extensión de 7 400 HA (74,00 Km2) situada en Sicilia centrooriental, territorio de las provincias de Enna y Catania. Esta zona limita al sur con el permiso denominado «Paternò» (Edison 100 %) y en las demás direcciones con zonas libres.

En la provincia de Enna: Centuripe y Regalbuto. En la provincia de Catania: Adrano, Biancavilla, Santa Maria di Licodia y Regalna.

El perímetro de la zona para la que se solicita el permiso describe un polígono delimitado por trazos de la línea continua comprendidos entre los vértices «A», «B», «C», «D» y «E», definidos como sigue:

A.

Punto situado en el ángulo SE de la casa ubicada en la cota 457 a 420 metros al NE de Grotte Rosse.

B.

Punto situado en el ángulo NO de la casa ubicada en la cota 648 en Paricchia.

C.

Punto situado en el ángulo SE de la casa ubicada en la cota 615 de C. Ingiulla a 400 metros al NO de Chiusa di Don Ascenzio.

D.

Punto situado en la bifurcación, hacia el pueblo de S. Francesco, de la calle entre S. Maria Licodia y Ragalna oeste, que coincide con el vértice «B» del permiso de «Paternò».

E.

Punto situado en el campanario de la iglesia de S. Maria della Croce de Regalbuto, que coincide con el vértice «A» del permiso de «Paternò».

Coordenadas geográficas

Vértice

Latitud N

Longitud E (M. Mario)

A

37°41′37″,562

2°22′21″,065

B

37°40′45″,437

2°23′19″,485

C

37°39′07″,573

2°25′33″,957

D

37°37′51″,000

2°28′53″,000

E

37°38′57″,367

2°11′20″,230

Los interesados pueden presentar una solicitud de permiso en la misma zona en el plazo de 90 días a partir de la fecha de publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de la Unión Europea; no se admitirán las solicitudes recibidas después de dicho plazo. El decreto de concesión del permiso de prospección será promulgado en el plazo de seis meses a partir de la fecha última admitida para la presentación de posibles solicitudes de las entidades en competencia. En relación con el artículo 5, apartado 1, de la Directiva 94/22/CE, se comunica además que los criterios según los cuales se conceden los permisos de prospección y exploración y de concesión de producción ya han sido publicados en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas C 396, de 19 de diciembre de 1998, con referencia a las disposiciones del Decreto Legislativo del Presidente de la República no 625 de 25 de noviembre de 1996 (publicado en la Gazzetta Ufficiale della Repubblica Italiana no 293 de 14 de diciembre de 1996), de transposición y ejecución en el ordenamiento jurídico italiano de la citada Directiva y especificados por la Ley de la Región Siciliana no 14, de 3 de julio de 2000, citada en el epígrafe (publicada en la Gazzetta Ufficiale della Regione Siciliana no 32 de 7 de julio de 2000).

Las condiciones y los requisitos relativos al ejercicio o al cese de las actividades están fijados por la Ley de la Región de Sicilia no 14 de 3 de julio de 2000 y por el modelo de pliego de condiciones, adoptado mediante Decretos no 91 de 30 de octubre de 2003 y no 88 de 20 de octubre de 2004 del Consejero de Industria, y publicados en la Gazzetta Ufficiale della Regione Siciliana no 49, parte I, de 14 de noviembre de 2003 y no 46, parte I, de 5 de noviembre de 2004, respectivamente.

La documentación que acompaña a la solicitud se ha depositado en la Oficina Regional de Hidrocarburos y Geotermia del Departamento Regional de Industria y Minas, Via Ugo La Malfa 101, 90146 Palermo PA, ITALIA, a disposición de los interesados que deseen consultarla.

Palermo, a 23 de octubre de 2009.

El ingeniero jefe

Dr. Ing. Salvatore GIORLANDO


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