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Document 32009D0051

    2009/51/CE: Decisión de la Comisión, de 15 de diciembre de 2008 , relativa a la asignación de cuotas de importación de sustancias reguladas con arreglo al Reglamento (CE) n o  2037/2000 del Parlamento Europeo y del Consejo en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009 [notificada con el número C(2008) 8100]

    DO L 21 de 24.1.2009, p. 43–52 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 31/12/2009

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2009/51(1)/oj

    24.1.2009   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 21/43


    DECISIÓN DE LA COMISIÓN

    de 15 de diciembre de 2008

    relativa a la asignación de cuotas de importación de sustancias reguladas con arreglo al Reglamento (CE) no 2037/2000 del Parlamento Europeo y del Consejo en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009

    [notificada con el número C(2008) 8100]

    (Los textos en lengua alemana, eslovena, española, francesa, griega, húngara, inglesa, italiana, letona, lituana, maltesa, neerlandesa, polaca y portuguesa son los únicos auténticos)

    (2009/51/CE)

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

    Visto el Reglamento (CE) no 2037/2000 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de junio de 2000, sobre las sustancias que agotan la capa de ozono (1), y, en particular, su artículo 7,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    Los límites cuantitativos en relación con la puesta en el mercado de sustancias reguladas en la Comunidad se fijan en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 2037/2000 y en su anexo III.

    (2)

    El artículo 4, apartado 3, inciso i), letra f), del Reglamento (CE) no 2037/2000 fija el nivel calculado total de hidroclorofluorocarburos que los productores e importadores pueden poner en el mercado o utilizar por cuenta propia en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009.

    (3)

    La Comisión publicó un anuncio a los importadores en la Comunidad Europea de sustancias reguladas que agotan la capa de ozono (2) y, en respuesta, recibió declaraciones de importaciones previstas para 2009.

    (4)

    La asignación de las cuotas de hidroclorofluorocarburos a los productores e importadores se ajusta a lo dispuesto en la Decisión 2007/195/CE de la Comisión, de 27 de marzo de 2007, por la que se fija un mecanismo para asignar cuotas a los productores e importadores de hidroclorofluorocarburos para los años 2003 a 2009 en virtud del Reglamento (CE) no 2037/2000 del Parlamento Europeo y del Consejo (3).

    (5)

    Al efecto de velar por que los operadores y empresas aprovechen a su debido tiempo las cuotas de importación asignadas de forma que quede garantizada la necesaria continuidad de sus operaciones, conviene que la presente Decisión se aplique a partir del 1 de enero de 2009.

    (6)

    Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité establecido en el artículo 18, apartado 1, del Reglamento (CE) no 2037/2000.

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    1.   La cantidad de sustancias reguladas del grupo I (clorofluorocarburos 11, 12, 113, 114 y 115) y del grupo II (otros clorofluorocarburos totalmente halogenados) sometidas al Reglamento (CE) no 2037/2000 que puede despacharse a libre práctica en la Comunidad en 2009 a partir de fuentes exteriores a la Comunidad será de 11 227 000,00 kilogramos ponderados según el potencial de agotamiento del ozono (PAO).

    2.   La cantidad de sustancias reguladas del grupo III (halones) sometidas al Reglamento (CE) no 2037/2000 que puede despacharse a libre práctica en la Comunidad en 2009 a partir de fuentes exteriores a la Comunidad será de 11 231 300,00 kilogramos ponderados según el PAO.

    3.   La cantidad de sustancias reguladas del grupo IV (tetracloruro de carbono) sometidas al Reglamento (CE) no 2037/2000 que puede despacharse a libre práctica en la Comunidad en 2009 a partir de fuentes exteriores a la Comunidad será de 16 500 330,00 kilogramos ponderados según el PAO.

    4.   La cantidad de sustancias reguladas del grupo V (1,1,1-tricloroetano) sometidas al Reglamento (CE) no 2037/2000 que puede despacharse a libre práctica en la Comunidad en 2009 a partir de fuentes exteriores a la Comunidad será de 400 060,00 kilogramos ponderados según el PAO.

    5.   La cantidad de sustancias reguladas del grupo VI (bromuro de metilo) sometidas al Reglamento (CE) no 2037/2000 que puede despacharse a libre práctica en la Comunidad en 2009 a partir de fuentes exteriores a la Comunidad será de 1 441 891,20 kilogramos ponderados según el PAO.

    6.   La cantidad de sustancias reguladas del grupo VII (hidrobromofluorocarburos) sometidas al Reglamento (CE) no 2037/00 que puede despacharse a libre práctica en la Comunidad en 2009 a partir de fuentes exteriores a la Comunidad será de 120 292,00 kilogramos ponderados según el PAO.

    7.   La cantidad de sustancias reguladas del grupo VIII (hidroclorofluorocarburos) sometidas al Reglamento (CE) no 2037/2000 que puede despacharse a libre práctica en la Comunidad en 2009 a partir de fuentes exteriores a la Comunidad será de 10 115 600,440 kilogramos ponderados según el PAO.

    8.   La cantidad de sustancias reguladas del grupo IX (bromoclorometano) sometidas al Reglamento (CE) no 2037/2000 que puede despacharse a libre práctica en la Comunidad en 2009 a partir de fuentes exteriores a la Comunidad será de 176 252,00 kilogramos ponderados según el PAO.

    Artículo 2

    1.   La asignación de cuotas de importación de clorofluorocarburos 11, 12, 113, 114 y 115, y de otros clorofluorocarburos totalmente halogenados, durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009 corresponderá a los fines indicados y a las empresas que figuran en el anexo I.

    2.   La asignación de cuotas de importación de halones durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009 corresponderá a los fines indicados y a las empresas que figuran en el anexo II.

    3.   La asignación de cuotas de importación de tetracloruro de carbono durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009 corresponderá a los fines indicados y a las empresas que figuran en el anexo III.

    4.   La asignación de cuotas de importación de 1,1,1-tricloroetano durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009 corresponderá a los fines indicados y a las empresas que figuran en el anexo IV.

    5.   La asignación de cuotas de importación de bromuro de metilo durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009 corresponderá a los fines indicados y a las empresas que figuran en el anexo V.

    6.   La asignación de cuotas de importación de hidrobromofluorocarburos durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009 corresponderá a los fines indicados y a las empresas que figuran en el anexo VI.

    7.   La asignación de cuotas de importación de hidroclorofluorocarburos durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009 corresponderá a los fines indicados y a las empresas que figuran en el anexo VII.

    8.   La asignación de cuotas de importación de bromoclorometano durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009 corresponderá a los fines indicados y a las empresas que figuran en el anexo VIII.

    9.   Las cuotas de importación de clorofluorocarburos 11, 12, 113, 114 y 115, otros clorofluorocarburos totalmente halogenados, halones, tetracloruro de carbono, 1,1,1-tricloroetano, bromuro de metilo, hidrobromofluorocarburos, hidroclorofluorocarburos y bromoclorometano durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009 se ajustarán a lo dispuesto en el anexo IX.

    Artículo 3

    La presente Decisión será aplicable a partir del 1 de enero de 2009 y expirará el 31 de diciembre de 2009.

    Artículo 4

    Los destinatarios de la presente Decisión serán las empresas siguientes:

     

    Albemarle Europe SPRL

    Parc Scientifique Einstein

    Rue du Bosquet 9

    B-1348 Louvain-la-Neuve

     

    Albemarle Chemicals SAS

    28, Étang de la Gafette

    F-13521 Port-de-Bouc

     

    Alcobre SA

    Luis I, nave 6-B

    Polígono Industrial Vallecas

    E-28031 Madrid

     

    ΑΛΦΑ Γεωργικά Εφόδια ΑΕΒΕ

    Εθνικής Αντιστάσεως 73

    GR-152 31 Χαλάνδρι, Αθήνα

     

    ALFA Agricultural Supplies SA

    73, Ethnikis Antistaseos str.

    GR-152 31 Halandri, Athens

     

    Arkema SA

    420, rue d’Estienne-d’Orves

    F-92705 Colombes Cedex

     

    Arkema Química SA

    Avenida de Burgos, 12

    E-28036 Madrid

     

    Avantec SA

    26, avenue du Petit Parc

    F-94683 Vincennes Cedex

     

    Bang & Bonsomer

    Baltā iela 3/9

    LV-1055 Rīga

    LATVIA

     

    BASF Agri Production SAS

    32, rue de Verdun

    F-76410 Saint-Aubin-lès-Elbeuf

     

    BaySystems Ibérica SL

    Crta. Vilaseca – La Pineda s/n

    E-43006 Tarragona

     

    Blye Engineering Co Ltd

    Naxxar Road

    San Gwann SGN 07

    MALTA

     

    Bromotirrena Srl

    Via Torino, 4

    I-04022 Fondi (LT)

     

    Calorie Fluor SAS

    503, rue Hélène-Boucher

    BP 33

    F-78534 Buc Cedex

     

    Chemosyntha NV

    Gentstraat 58

    B-8760 Meulebeke

     

    Dow Deutschland Anlagegesellschaft mbH

    Buetzflether Sand

    D-21683 Stade

     

    DuPont de Nemours (Nederland) BV

    Baanhoekweg 22

    3313 LA Dordrecht

    Nederland

     

    Dyneon GmbH & Co KG

    Werk Gendorf

    D-84504 Burgkirchen

     

    Empor d.o.o.

    Leskoškova 9a

    SI-1000 Ljubljana

     

    ERAS Labo

    222, RN 90

    F-38330 Saint-Nazaire-les-Eymes

     

    Etis d.o.o.

    Tržaška 333

    SI-1000 Ljubljana

     

    Fenner Dunlop

    Oliemolenstraat 2

    9203 ZN Drachten

    Nederland

     

    Freolitus

    Centrinė Str. 1D

    Ramučiai, Kauno raj. LT-54464

    LITHUANIA

     

    Fujifilm Electronic Materials (Europe) NV

    Keetberglaan 1A

    Havennr 1061

    B-2070 Zwijndrecht

     

    G.A.L. Cycle-Air Ltd

    Σινώπης 3

    Στρόβολος

    CY-28385 Λευκωσία

     

    G.A.L. Cycle-Air Ltd

    3, Sinopis Str.,

    Strovolos

    CY-28385 Nicosia

     

    Galco SA

    Avenue Carton de Wiart 79

    B-1090 Bruxelles

     

    Harp International Ltd

    Gellihirion Industrial Estate

    Rhondda Cynon Taff

    Pontypridd CF37 5SX

    United Kingdom

     

    Honeywell Fluorine Products Europe BV

    Laarderhoogtweg 18,

    1101 EA Amsterdam

    Nederland

     

    Hovione Farmaciencia SA

    Sete Casas

    P-2674-506 Loures

     

    ICL-IP Europe BV (ex-Eurobrom)

    Fosfaatweeg 48

    1013 BM Amsterdam

    Nederland

     

    Ineos Fluor Ltd

    PO Box 13, The Heath

    Runcorn

    Cheshire WA7 4QX

    United Kingdom

     

    Kay y Sol Iberia SA

    P.I. Can Roca c/Carrerade s/n

    E-08107 Martorelles (Barcelona)

     

    Laboratorios Miret SA (LAMIRSA)

    Géminis, 4

    E-08228 Terrassa (Barcelona)

     

    Linde Gaz Polska Sp. z o.o.

    al. Jana Pawła II 41a

    PL-31-864 Kraków

     

    Matero Ltd

    Ταχ. θυρ. 51744

    CY-3508 Λεμεσός

     

    Matero Ltd

    P.O. Box 51744

    CY-3508 Limassol

     

    Mebrom NV

    Assenedestraat 4

    B-9940 Rieme Ertvelde

     

    Meridian Technical Services Ltd

    PO Box 16919

    London SE3 9WE

    United Kingdom

     

    Poż-Pliszka Sp. z o.o.

    ul. Szczecińska 45

    PL-80-392 Gdańsk

     

    PUPH Solfum Sp. z o.o.

    ul. Ziemiańska 21

    PL-95-070 Rąbień AB

     

    Refrigerant Products Ltd

    Banyard Road

    Portbury West

    Bristol BS20 7XH

    United Kingdom

     

    Savi Technologie Sp. z o.o.

    ul. Wolności 20, Psary

    PL-51-180 Wrocław

     

    Sigma Aldrich Company Ltd

    The Old Brickyard, New Road

    Gillingham SP8 4XT

    United Kingdom

     

    Sigma Aldrich Logistik GmbH

    Riedstraße 2

    D-89555 Steinheim

     

    SJB Energy Trading BV

    Slagveld 15

    3230 AG Brielle

    Nederland

     

    Solquimia Iberia SL

    México, 3

    E-50196 La Muela (Zaragoza)

     

    Solvay Fluor GmbH

    Hans-Böckler-Allee 20

    D-30173 Hannover

     

    Solvay Organics GmbH

    Hans-Böckler-Allee 20

    D-30173 Hannover

     

    Solvay Solexis SpA

    Viale Lombardia 20

    I-20021 Bollate (MI)

     

    Syngenta Crop Protection

    Surrey Research Park

    30 Priestly Road

    Guildford

    Surrey GU2 7YH

    United Kingdom

     

    Tazzetti Fluids Srl

    Corso Europa n. 600/a

    I-10070 Volpiano (TO)

     

    Total Feuerschutz GmbH

    Industriestraße 13

    D-68526 Ladenburg

     

    Trédi Séché global solutions

    Parc industriel de la Plaine de l’Ain

    BP 55

    Saint-Vulbas

    F-01152 Lagnieu Cedex

     

    Unitor Servicios Navales SA

    Puerto de Barcelona (P.T.P Delta 1)

    Puerto de Miami 4 (MIM5)

    E-08039 Barcelona

     

    Unitor Trading France SAS

    1, avenue Jean-Moulin

    F-13110 Port-de-Bouc

     

    Veolia Environmental Services

    Bridges Road

    Ellesmere Port

    South Wirrel

    Cheshire CH65 4EQ

    United Kingdom

     

    Vrec-Co Import-Export Kft.

    6763 Szatymaz

    Kossuth u. 12.

    MAGYARORSZÁG

     

    Wigmors

    ul. Irysowa 5

    PL-51-117 Wrocław

     

    Wilhelmsen Ships Services AS

    Willem Barentszstraat 50,

    3165 AB Rotterdam/Albrandswaard

    Nederland

     

    Zakłady Azotowe w Tarnowie-Mościcach

    al. Kwiatkowskiego 8

    PL-33-101 Tarnów

     

    Zephyr Kereskedelmi és Szolgáltató Kft.

    6000 Kecskemét

    Tatár sor 18.

    MAGYARORSZÁG

    Hecho en Bruselas, el 15 de diciembre de 2008.

    Por la Comisión

    Stavros DIMAS

    Miembro de la Comisión


    (1)  DO L 244 de 29.9.2000, p. 1.

    (2)  DO C 114 de 9.5.2008, p. 15.

    (3)  DO L 88 de 29.3.2007, p. 51.


    ANEXO I

    GRUPOS I Y II

    Contingentes de importación de clorofluorocarburos 11, 12, 113, 114 y 115 y de otros clorofluorocarburos totalmente halogenados que se asignan a los importadores de acuerdo con el Reglamento (CE) no 2037/2000 para su uso como materia prima, agente de transformación y para su destrucción en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009.

    Empresas

     

    Avantec SA (FR)

     

    Ineos Fluor Ltd (UK)

     

    Honeywell Fluorine Products Europe (NL)

     

    Meridian Technical Services (UK)

     

    Solvay Fluor (DE)

     

    Solvay Solexis SpA (IT)

     

    Syngenta Crop Protection (UK)

     

    Tazzetti Fluids Srl (IT)

     

    Trédi Séché global solutions (FR)

     

    Unitor Servicios Navales (ES)

     

    Unitor Trading France (FR)

     

    Veolia Environmental Services (UK)

     

    Wilhelmsen Ships Services (NL)


    ANEXO II

    GRUPO III

    Cuotas de importación de halones que se asignan a los importadores de acuerdo con el Reglamento (CE) no 2037/2000 para su uso como materia prima, para su destrucción y para usos críticos en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009.

    Empresas

     

    Avantec SA (FR)

     

    BASF Agri Production (FR)

     

    ERAS Labo (FR)

     

    Meridian Technical Services (UK)

     

    Trédi Séché global solutions (FR)

     

    Unitor Servicios Navales (ES)

     

    Unitor Trading France (FR)

     

    Poż-Pliszka (PL)

     

    Savi Technologie (PL)

     

    Total Feuerschutz (DE)

     

    Veolia Environmental Services (UK)

     

    Wilhelmsen Ships Services (NL)


    ANEXO III

    GRUPO IV

    Cuotas de importación de tetracloruro de carbono que se asignan a los importadores de acuerdo con el Reglamento (CE) no 2037/2000 para su uso como materia prima en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009.

    Empresas

     

    Dow Deutschland (DE)

     

    Fenner Dunlop (NL)


    ANEXO IV

    GRUPO V

    Cuotas de importación de 1,1,1–tricloroetano que se asignan a los importadores de acuerdo con el Reglamento (CE) no 2037/2000 para su uso como materia prima en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009.

    Empresas

     

    Arkema SA (FR)

     

    Fujifilm Electronic Materials Europe (BE)


    ANEXO V

    GRUPO VI

    Cuotas de importación de bromuro de metilo que se asignan a los importadores de acuerdo con el Reglamento (CE) no 2037/2000 para su uso como materia prima, para cuarentena y operaciones previas a la expedición, y para su destrucción en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009.

    Empresas

     

    Albemarle Chemicals (FR)

     

    Albemarle Europe (BE)

     

    ALFA Agricultural (EL)

     

    Bang & Bonsomer (LV)

     

    Bromotirrena S.r.l. (IT)

     

    ICL-IP Europe (ex Eurobrom) (NL)

     

    Mebrom N.V. (BE)

     

    PUPH SOLFUM (PL)

     

    Sigma Aldrich Logistik (DE)

     

    Veolia Environmental Services (UK)

     

    Zephyr Kereskedelmi és Szolgáltató Kft. (HU)


    ANEXO VI

    GRUPO VII

    Cuotas de importación de hidrobromofluorocarburos que se asignan a los importadores de acuerdo con el Reglamento (CE) no 2037/2000 para su uso como materia prima y para su destrucción en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009.

    Empresas

     

    Chemosyntha NV (BE)

     

    Hovione Farmaciencia (PT)

     

    Veolia Environmental Services (UK)


    ANEXO VII

    GRUPO VIII

    Cuotas de importación para hidroclorofluorocarburos que se asignan a productores y a importadores de acuerdo con el Reglamento (CE) no 2037/2000 y con la Decisión 2007/195/CE de la Comisión, en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009, para su uso como materia prima, para su destrucción, para su uso en laboratorio y para otros usos permitidos de conformidad con el artículo 5 del Reglamento (CE) no 2037/2000, y cuotas de importación que se asignan a los productores para hidroclorofluorocarburos no puros, para regeneración o para usos permitidos de conformidad con el artículo 5 del Reglamento (CE) no 2037/2000.

    Productores

     

    Arkema SA (FR)

     

    Arkema Química (SA)

     

    DuPont de Nemours (Nederland) B.V. (NL)

     

    Honeywell Fluorine Products Europe B.V. (NL)

     

    Ineos Fluor Ltd (UK)

     

    Solvay Fluor GmbH (DE)

     

    Solvay Organics GmbH (DE)

     

    Solvay Solexis SpA (IT)

    Importadores

     

    Alcobre SA (ES)

     

    Avantec SA (FR)

     

    Bay Systems Iberia (ES)

     

    Blye Engineering Co Ltd (MT)

     

    Calorie Fluor SAS (FR)

     

    Dyneon (DE)

     

    Empor d.o.o. (SI)

     

    Etis d.o.o. (SI)

     

    Freolitus (LT)

     

    Galco SA (BE)

     

    G.AL. Cycle Air Ltd (CY)

     

    Harp International Ltd (UK)

     

    Linde Gaz Polska Sp. Z o.o. (PL)

     

    Kay y Sol (ES)

     

    Matero Ltd (CY)

     

    Mebrom NV (BE)

     

    Refrigerant Products Ltd. (UK)

     

    SJB Energy Trading B.V. (NL)

     

    Sigma Aldrich Company (UK)

     

    Solquimia Iberia, SL (ES)

     

    Tazzetti Fluids S.r.l. (IT)

     

    Unitor Servicios Navales (ES)

     

    Unitor Trading France (FR)

     

    Veolia Environmental Services (UK)

     

    Vrec-Co Export-Import Kft. (HU)

     

    Wigmors (PL)

     

    Wilhelmsen Ships Services (NL)

     

    Zakłady Azotowe (PL)


    ANEXO VIII

    GRUPO IX

    Cuotas de importación de bromoclorometano que se asignan a los importadores de acuerdo con el Reglamento (CE) no 2037/2000, para su uso como materia prima y para su destrucción en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009.

    Empresas

     

    Albemarle Europe (BE)

     

    Chemosyntha NV (BE)

     

    ICL-IP Europe (ex Eurobrom) (NL)

     

    Laboratorios Miret SA (LAMIRSA) (ES)

     

    Sigma Aldrich Logistik GmbH (DE)

     

    Trédi Séché global solutions (FR)

     

    Veolia Environmental Services (UK)


    ANEXO IX

    (El presente anexo no se publica porque contiene información comercial confidencial).


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