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Document 32005D0347

2005/347/CE: Decisión del Consejo, de 22 de diciembre de 2004, relativa a la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y el Principado de Mónaco por el que se prevén medidas equivalentes a las establecidas en la Directiva 2003/48/CE del Consejo en materia de fiscalidad de los rendimientos del ahorro en forma de pago de intereses

DO L 110 de 30.4.2005, p. 40–41 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)
DO L 352M de 31.12.2008, p. 131–132 (MT)

Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (BG, RO, HR)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2005/347/oj

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30.4.2005   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 110/40


DECISIÓN DEL CONSEJO

de 22 de diciembre de 2004

relativa a la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y el Principado de Mónaco por el que se prevén medidas equivalentes a las establecidas en la Directiva 2003/48/CE del Consejo en materia de fiscalidad de los rendimientos del ahorro en forma de pago de intereses

(2005/347/CE)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 94, en relación con su artículo 300, apartado 2, párrafo primero, apartado 3, párrafo primero, y apartado 4,

Vista la propuesta de la Comisión,

Visto el dictamen del Parlamento Europeo (1),

Considerando lo siguiente:

(1)

El 16 de octubre de 2001, el Consejo autorizó a la Comisión a negociar con el Principado de Mónaco un Acuerdo apropiado para garantizar la adopción, por parte de ese Estado, de medidas equivalentes a las que se habrán de aplicar en la Comunidad para garantizar la fiscalidad efectiva de los rendimientos del ahorro en forma de pago de intereses.

(2)

El texto del Acuerdo resultante de esas negociaciones, se atiene a las directrices de negociación adoptadas por el Consejo. Lleva adjunto una Declaración de intenciones entre la Comunidad Europea y el Principado de Mónaco. Los dos textos figuran como anexos a la Decisión 2005/35/CE del Consejo (2).

(3)

La aplicación de las disposiciones de la Directiva 2003/48/CE (3), depende de la aplicación, por parte del Principado de Mónaco, de medidas equivalentes a las establecidas en dicha Directiva, con arreglo a un Acuerdo celebrado entre ese país y la Comunidad Europea.

(4)

De conformidad con la Decisión 2005/35/CE, el 7 de diciembre de 2004, se firmó el Acuerdo, en nombre de la Comunidad Europea, a reserva de la adopción posterior de una Decisión relativa a la celebración del mismo.

(5)

Es conveniente aprobar el Acuerdo y la Declaración de intenciones adjunta en nombre de la Comunidad.

(6)

Es necesario establecer un procedimiento sencillo y rápido para las posibles adaptaciones de los anexos 1 y 2 del Acuerdo.

DECIDE:

Artículo 1

Queda aprobado, en nombre de la Comunidad Europea, el Acuerdo entre la Comunidad Europea y el Principado de Mónaco, y la Declaración de intenciones adjunta, por el que se prevén medidas equivalentes a las establecidas en la Directiva 2003/48/CE, en materia de fiscalidad de los rendimientos del ahorro en forma de pago de intereses.

El texto del Acuerdo y la Declaración de intenciones se adjuntan a la presente Decisión (4).

Artículo 2

Se autoriza a la Comisión para que apruebe, en nombre de la Comunidad, las modificaciones a los anexos del Acuerdo necesarias para garantizar la conformidad de dichos anexos con los datos correspondientes a las autoridades competentes que resulten de las notificaciones a que se refieren el artículo 5, letra a), de la Directiva 2003/48/CE y el anexo de dicha Directiva.

Artículo 3

El Presidente del Consejo procederá, en nombre de la Comunidad Europea, a la notificación prevista en el artículo 16, apartado 1, del Acuerdo (5).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 22 de diciembre de 2004.

Por el Consejo

El Presidente

C. VEERMAN


(1)  Dictamen emitido el 2 de diciembre de 2004 (no publicado aún en el Diario Oficial).

(2)  DO L 19 de 21.1.2005, p. 53.

(3)  DO L 157 de 26.6.2003, p. 38. Directiva cuya última modificación la constituye la Directiva 2004/66/CE (DO L 168 de 1.5.2004, p. 35).

(4)  DO L 19 de 21.1.2005, p. 55.

(5)  La Secretaría General del Consejo se encargará de publicar en el Diario Oficial de la Unión Europea la fecha de entrada en vigor del Acuerdo.


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