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Document 31993R2039

Reglamento (CEE) nº 2039/93 de la Comisión, de 27 de julio de 1993, por el que se determina el importe de la ayuda para la producción de patatas en las islas Canarias, fijada en ecus por el Consejo y reducida como consecuencia de los reajustes monetarios

DO L 185 de 28.7.1993, p. 9–9 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT)

Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (FI, SV, CS, ET, LV, LT, HU, MT, PL, SK, SL)

Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 02/06/2006; derogado por 32006R0793

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/1993/2039/oj

31993R2039

Reglamento (CEE) nº 2039/93 de la Comisión, de 27 de julio de 1993, por el que se determina el importe de la ayuda para la producción de patatas en las islas Canarias, fijada en ecus por el Consejo y reducida como consecuencia de los reajustes monetarios

Diario Oficial n° L 185 de 28/07/1993 p. 0009 - 0009
Edición especial en finés : Capítulo 3 Tomo 51 p. 0068
Edición especial sueca: Capítulo 3 Tomo 51 p. 0068


REGLAMENTO (CEE) No 2039/93 DE LA COMISIÓN de 27 de julio de 1993 por el que se determina el importe de la ayuda para la producción de patatas en las islas Canarias, fijada en ecus por el Consejo y reducida como consecuencia de los reajustes monetarios

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 3813/92 del Consejo, de 28 de diciembre de 1992, relativo a la unidad de cuenta y a los tipos de conversión aplicables en el marco de la Política Agrícola Común (1) y, en particular, el apartado 1 de su artículo 9,

Considerando que el Reglamento (CEE) no 3824/92 de la Comisión, de 28 de diciembre de 1992, por el que se determinan los precios e importes fijados en ecus que deben modificarse como consecuencia de los reajustes monetarios (2), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1663/93 (3), recoge la lista de precios e importes afectados por el coeficiente de 1,013088, fijado por el Reglamento (CEE) no 537/93 de la Comisión (4), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1331/93 (5), a partir del comienzo de la campaña de comercialización 1993/94, en el marco del régimen de desmantelamiento automático de las desviaciones monetarias negativas; que el artículo 2 del Reglamento (CEE) no 3824/92 establece la determinación de la reducción de los precios e importes resultantes para cada sector afectado y la fijación del valor de los precios reducidos;

Considerando que el Reglamento (CEE) no 1601/92 del Consejo (6), modificado por el Reglamento (CEE) no 3714/92 de la Comisión (7), establece una ayuda para la producción local de patatas de consumo en las islas Canarias; que procede ajustar su importe en aplicación de las disposiciones arriba mencionadas;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de las semillas,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Queda fijado en 494 ecus por hectárea el importe de la ayuda contemplado en el apartado 2 del artículo 20 del Reglamento (CEE) no 1601/92, reducido con arreglo a lo dispuesto en el artículo 2 del Reglamento (CEE) no 3824/92.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Será aplicable a partir del 1 de julio de 1993.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 27 de julio de 1993.

Por la Comisión

René STEICHEN

Miembro de la Comisión

(1) DO no L 387 de 31. 12. 1992, p. 1.

(2) DO no L 387 de 31. 12. 1992, p. 29.

(3) DO no L 158 de 30. 6. 1993, p. 18.

(4) DO no L 57 de 10. 3. 1993, p. 18.

(5) DO no L 132 de 29. 5. 1993, p. 114.

(6) DO no L 173 de 27. 6. 1992, p. 13.

(7) DO no L 378 de 23. 12. 1992, p. 23.

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