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Document 22005D0312
2005/312/EC: Decision No 1/2005 of the Joint Committee established under the Agreement on Mutual Recognition between the European Community and Canada of 21 March 2005 related to the listing of a Conformity Assessment Body under the Sectoral Annex on Recreational Craft
2005/312/CE: Decisión n° 1/2005 del Comité Mixto establecido en virtud del Acuerdo sobre el reconocimiento mutuo entre la Comunidad Europea y Canadá, de 21 de marzo de 2005, por la que se da efecto a la inclusión de un organismo de evaluación de la conformidad en el anexo sectorial sobre embarcaciones de recreo
2005/312/CE: Decisión n° 1/2005 del Comité Mixto establecido en virtud del Acuerdo sobre el reconocimiento mutuo entre la Comunidad Europea y Canadá, de 21 de marzo de 2005, por la que se da efecto a la inclusión de un organismo de evaluación de la conformidad en el anexo sectorial sobre embarcaciones de recreo
DO L 99 de 19.4.2005, p. 16–16
(ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)
DO L 272M de 18.10.2005, p. 273–273
(MT)
In force
|
19.4.2005 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 99/16 |
DECISIÓN N o 1/2005 DEL COMITÉ MIXTO ESTABLECIDO EN VIRTUD DEL ACUERDO SOBRE EL RECONOCIMIENTO MUTUO ENTRE LA COMUNIDAD EUROPEA Y CANADÁ
de 21 de marzo de 2005
por la que se da efecto a la inclusión de un organismo de evaluación de la conformidad en el anexo sectorial sobre embarcaciones de recreo
(2005/312/CE)
EL COMITÉ MIXTO,
Visto el Acuerdo sobre el reconocimiento mutuo entre la Comunidad Europea y Canadá y, en particular, sus artículos VII y XI,
Considerando que el Comité mixto debe adoptar una decisión para dar efecto a la inclusión de un organismo de evaluación de la conformidad en alguno de los anexos sectoriales del Acuerdo,
DECIDE:
1. El organismo de evaluación de la conformidad que figura en el anexo A de la presente Decisión se añade a la lista de organismos de evaluación de la conformidad de Canadá que contiene el suplemento 2 del anexo sectorial sobre embarcaciones de recreo.
2. El alcance concreto de la inclusión de ese organismo en lo referente a los productos y a los procedimientos de evaluación de la conformidad ha sido acordado por las Partes y será mantenido por ellas.
La presente Decisión, hecha por duplicado, será firmada por los representantes del Comité mixto que estén facultados para actuar en nombre de las Partes en lo relacionado con la modificación del Acuerdo. La Decisión surtirá efectos a partir de la fecha en que tenga lugar la última firma.
Firmado en Ottawa el 21 de marzo de 2005.
En nombre de Canadá
Allison YOUNG
Firmado en Bruselas el 16 de marzo de 2005.
En nombre de la Comunidad Europea
Joanna KIOUSSI
ANEXO A
Organismo de evaluación de la conformidad que se añade a la lista de organismos canadienses de evaluación de la conformidad dentro del suplemento 2 del anexo sectorial sobre embarcaciones de recreo
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IMCI-NA |
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1084 Cedar Grove Boulevard |
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Oakville, Ontario L6J 2C4 |
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Tel. (905) 845 49999 |
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Fax (905) 849 3776 |