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Document 22013X0726(01)

    Nota relativa a la aplicación provisional entre la Unión Europea y Perú del Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Colombia y Perú, por otra

    DO L 201 de 26.7.2013, p. 7–7 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    26.7.2013   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 201/7


    Nota relativa a la aplicación provisional entre la Unión Europea y Perú del Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Colombia y Perú, por otra

    El Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Colombia y Perú, por otra, firmado en Bruselas el 26 de junio de 2012, se aplicará provisionalmente entre la Unión Europea y Colombia, con arreglo a lo dispuesto en su artículo 330, apartado 3, a partir del 1 de agosto de 2013. En virtud del artículo 3, apartado 1, de la Decisión del Consejo, de 31 de mayo de 2012, relativa a la firma y aplicación provisional del Acuerdo, la UE no aplica provisionalmente los artículos 2, 202, apartado 1, 291 y 292 del Acuerdo, hasta que se ultimen los procedimientos para su celebración.


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