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Document 32017D2322

    Decisión (PESC) 2017/2322 del Consejo, de 29 de mayo de 2017, relativa a la firma y celebración del Acuerdo entre Canadá y la Unión Europea sobre procedimientos de seguridad para el intercambio y la protección de información clasificada

    DO L 333 de 15.12.2017, p. 1–1 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2017/2322/oj

    15.12.2017   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 333/1


    DECISIÓN (PESC) 2017/2322 DEL CONSEJO

    de 29 de mayo de 2017

    relativa a la firma y celebración del Acuerdo entre Canadá y la Unión Europea sobre procedimientos de seguridad para el intercambio y la protección de información clasificada

    EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    Vistos el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 37, en relación con su artículo 218, apartado 5, y el artículo 218, apartado 6, párrafo primero, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

    Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    En su reunión de 27 y 28 de noviembre de 2003, el Consejo decidió autorizar a la Presidencia, asistida por el Secretario General/Alto Representante, a entablar negociaciones, a fin celebrar un acuerdo sobre seguridad de la información entre la Unión Europea y Canadá.

    (2)

    Tras dicha autorización, la Presidencia negoció un Acuerdo con Canadá sobre procedimientos de seguridad para el intercambio y la protección de información clasificada.

    (3)

    Procede aprobar dicho acuerdo.

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    Queda aprobado, en nombre de la Unión, el Acuerdo entre Canadá y la Unión Europea sobre procedimientos de seguridad para el intercambio y la protección de información clasificada (en lo sucesivo, «Acuerdo»).

    El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión.

    Artículo 2

    Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a la persona o personas facultadas para firmar el Acuerdo con efectos vinculantes para la Unión.

    Artículo 3

    La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

    Hecho en Bruselas, el 29 de mayo de 2017.

    Por el Consejo

    El Presidente

    C. CARDONA


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