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Document 32005E0776
Council Joint Action 2005/776/CFSP of 7 November 2005 amending the mandate of the European Union Special Representative for Moldova
Acción Común 2005/776/PESC del Consejo, de 7 de noviembre de 2005, por la que se modifica el mandato del Representante Especial de la Unión Europea para Moldova
Acción Común 2005/776/PESC del Consejo, de 7 de noviembre de 2005, por la que se modifica el mandato del Representante Especial de la Unión Europea para Moldova
DO L 292 de 8.11.2005, p. 13–14
(ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)
DO L 173M de 27.6.2006, p. 113–114
(MT)
No longer in force, Date of end of validity: 28/02/2006
8.11.2005 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 292/13 |
ACCIÓN COMÚN 2005/776/PESC DEL CONSEJO
de 7 de noviembre de 2005
por la que se modifica el mandato del Representante Especial de la Unión Europea para Moldova
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 14, su artículo 18, apartado 5, y su artículo 23, apartado 2,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El 23 de marzo de 2005, el Consejo adoptó la Acción Común 2005/265/PESC (1) por la que se nombra al Sr. Adriaan JACOBOVITS de SZEGED Representante Especial de la Unión Europea (REUE) para Moldova. |
(2) |
El 28 de julio de 2005, el Consejo adoptó la Acción Común 2005/584/PESC (2) por la que se prorroga el mandato del REUE hasta el 28 de febrero de 2006. |
(3) |
El 2 de junio de 2005, el Presidente de Moldova, Sr. Voronin, y el Presidente de Ucrania, Sr. Yushenko, enviaron una carta conjunta en la que, entre otras cosas, solicitaban a la Unión Europea que estudiase la posibilidad de brindar asistencia para la creación de un control fronterizo internacional en el tramo de la frontera entre Moldova y Ucrania correspondiente a Trans-Dniéster, así como para la creación de un sistema internacional de supervisión eficaz en dicho tramo de frontera. |
(4) |
El 20 de septiembre de 2005, el Comité Político y de Seguridad acordó establecer una misión fronteriza de la UE para Moldova y Ucrania, que incluye el refuerzo del equipo del REUE para Moldova. |
(5) |
Dadas las nuevas funciones atribuidas al REUE para Moldova en relación con la misión fronteriza de la UE para Moldova y Ucrania, su mandato debe modificarse en consecuencia. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE ACCIÓN COMÚN:
Artículo 1
La Acción Común 2005/265/PESC queda modificada como sigue:
a) |
en el apartado 1 del artículo 2 se añade la siguiente letra:
|
b) |
en el apartado 1 del artículo 3 se añade la siguiente letra:
|
c) |
en el artículo 5, el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente: «1. El importe de referencia financiera previsto para cubrir los gastos relacionados con el mandato del REUE será de 430 000 EUR.»; |
d) |
en el artículo 8, el único párrafo pasa a ser el apartado 1 y se añade un nuevo apartado del siguiente tenor: «2. El Consejo y la Comisión velarán, cada uno en el ámbito de sus respectivas competencias, por la coherencia entre la ejecución de la presente Acción Común y la acción exterior de la Comunidad de conformidad con el artículo 3, párrafo segundo, del Tratado. El Consejo y la Comisión cooperarán a tal efecto.»; |
e) |
en el artículo 10, el párrafo segundo se sustituye por el texto siguiente: «Se aplicará hasta el 28 de febrero de 2006.». |
Artículo 2
La presente Acción Común surtirá efecto el 1 de diciembre de 2005.
Artículo 3
La presente Acción Común se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 7 de noviembre de 2005.
Por el Consejo
El Presidente
J. STRAW
(1) DO L 81 de 30.3.2005, p. 50.
(2) DO L 199 de 29.7.2005, p. 95.