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Document 62010CN0588

Asunto C-588/10: Petición de decisión prejudicial planteada por el Naczelny Sąd Administracyjny (República de Polonia) el 14 de diciembre de 2010 — Minister Finansów/Kraft Foods Polska S.A.

DO C 89 de 19.3.2011, p. 5–5 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

19.3.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 89/5


Petición de decisión prejudicial planteada por el Naczelny Sąd Administracyjny (República de Polonia) el 14 de diciembre de 2010 — Minister Finansów/Kraft Foods Polska S.A.

(Asunto C-588/10)

2011/C 89/10

Lengua de procedimiento: polaco

Órgano jurisdiccional remitente

Naczelny Sąd Administracyjny

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: Minister Finansów

Recurrida: Kraft Foods Polska SA

Cuestión prejudicial

A la vista de que, de conformidad con el artículo 90, apartado 1, de la Directiva 2006/112/CE, (1) en caso de reducción del precio después del momento en que la operación quede formalizada, la base imponible se reducirá en la cuantía correspondiente y en las condiciones que los Estados miembros determinen, ¿está comprendida una condición como la formulada en el artículo 29, apartado 4a, de la Ley del IVA, que supedita el derecho a reducir la base imponible respecto a la base establecida en la factura expedida a que el sujeto pasivo, antes de la expiración del plazo para la presentación de la declaración tributaria correspondiente al período fiscal en el que el adquirente del bien o servicio haya recibido la factura rectificada, tenga en su poder una confirmación de la recepción de la factura rectificada por el adquirente del bien o del servicio por el que se ha expedido la factura, y que no vulnera el principio de neutralidad del IVA ni el principio de proporcionalidad?


(1)  DO L 347, p. 1.


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