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Document 62007TA0405

Asuntos acumulados T-405/07 y T-406/07: Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 20 de mayo de 2009 — CFCMCEE/OAMI (P@YWEB CARD y PAYWEB CARD) [Marca comunitaria — Solicitudes de marcas denominativas comunitarias P@YWEB/email CARD y PAYWEB CARD — Motivo de denegación absoluto — Falta parcial de carácter distintivo — Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n o  40/94]

DO C 153 de 4.7.2009, p. 37–37 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

4.7.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 153/37


Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 20 de mayo de 2009 — CFCMCEE/OAMI (P@YWEB CARD y PAYWEB CARD)

(Asuntos acumulados T-405/07 y T-406/07) (1)

(Marca comunitaria - Solicitudes de marcas denominativas comunitarias P@YWEB/email CARD y PAYWEB CARD - Motivo de denegación absoluto - Falta parcial de carácter distintivo - Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 40/94)

2009/C 153/70

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Caisse fédérale du Crédit mutuel Centre Est Europe (CFCMCEE) (Estrasburgo, Francia) (representantes: P. Greffe, J. Schouman y L. Paudrat, abogados)

Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (representante: A. Folliard-Monguiral, agente)

Objeto

Recursos interpuestos contra las resoluciones de la Primera Sala de Recurso de la OAMI de 10 de julio de 2007 (asunto R 119/2007-1) y de 12 de septiembre de 2007 (asunto R 120/2007-1), respectivamente, relativas a sendas solicitudes de registro de los signos verbales P@YWEB CARD y PAYWEB CARD como marcas comunitarias.

Fallo

1)

Anular las resoluciones de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI) de 10 de julio de 2007 (asunto R 119/2007-1) y de 12 de septiembre de 2007 (asunto R 120/2007-1) en la medida en que deniegan el registro como marcas comunitarias de los signos denominativos P@YWEB CARD y PAYWEB CARD para los aparatos e instrumentos fotográficos, cinematográficos, de señalización, de control (inspección), aparatos para el registro, la transmisión, la reproducción del sonido o de las imágenes; discos acústicos, agendas electrónicas, distribuidores automáticos, cintas de vídeo, distribuidores de billetes, de entradas, de extractos de cuentas, cámaras (aparatos cinematográficos), cámaras de vídeo, casetes de vídeo, cederroms, lectores de códigos de barras, discos compactos (audio-vídeo), discos ópticos compactos, detectores de falsa moneda, disquetes, soportes de datos magnéticos, soporte de datos ópticos, pantallas de vídeo, aparatos para el tratamiento de la información, aparatos de intercomunicación, interfaces (informáticas), lectores (informáticos), softwares informáticos (programas grabados), monitores (programas de ordenador), ordenadores, periféricos de ordenador, programas de ordenador grabados, programas del sistema de explotación grabados (para ordenador), aparatos radiotelefónicos, receptores (audio, vídeo), aparatos telefónicos, aparatos de televisión, relojes para fichar, transmisores (telecomunicación), unidades centrales de procesamiento (procesadores) comprendidos en la clase 9, así como los servicios denominados agencias de información (noticias), en particular, en el sector bancario, comunicaciones radiofónicas, comunicaciones telefónicas, expedición de despachos, transmisión de despachos, difusión de programas de televisión, emisiones radiofónicas, emisiones televisivas, alquiler de aparatos de telecomunicación, alquiler de aparatos para la transmisión de mensajes, alquiler de teléfonos, radiotelefonía móvil, servicios telefónicos comprendidos en la clase 38 según lo previsto en el Arreglo de Niza relativo a la clasificación internacional de los productos y los servicios para el registro de marcas, de 15 de junio de1957, en su versión revisada y modificada.

2)

Desestimar el recurso en todo lo demás.

3)

La Caisse fédérale du Crédit mutuel Centre Est Europe (CFCMCEE) y la OAMI cargarán con sus propias costas.


(1)  DO C 8, de 12.1.2008.


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