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Document 52006XC1229(02)

    Publicación de una solicitud con arreglo al artículo 6, apartado 2, del Reglamento (CE) n o 510/2006 del Consejo, sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios

    DO C 321 de 29.12.2006, p. 9–12 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

    29.12.2006   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 321/9


    Publicación de una solicitud con arreglo al artículo 6, apartado 2, del Reglamento (CE) no 510/2006 del Consejo, sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios

    (2006/C 321/05)

    La presente publicación otorga el derecho a oponerse al registro con arreglo al artículo 7 del Reglamento (CE) no 510/2006 del Consejo. Las declaraciones de oposición deberán remitirse a la Comisión en un plazo de seis meses a partir de la fecha de la presente publicación.

    FICHA RESUMEN

    REGLAMENTO (CE) No 510/2006 DEL CONSEJO

    Solicitud de registro con arreglo al artículo 5 y al artículo 17, apartado 2

    «CASTAGNA CUNEO»

    No CE: IT/PGI/005/0342/20.04.2004

    DOP ( ) IGP ( X )

    La presente ficha es un resumen de carácter informativo. Para más información, las personas interesadas pueden consultar la versión íntegra del pliego de condiciones dirigiéndose a las autoridades nacionales indicadas en la sección 1 o a los servicios competentes de la Comisión Europea (1).

    1.   Servicio competente del Estado miembro:

    Nombre:

    Ministero delle politiche agricole e forestali

    Dirección:

    Via XX Settembre, n. 20

    I-00187 Roma

    No de teléfono:

    (39-06) 481 99 68

    No de fax:

    (39-06) 42 01 31 26

    Correo electrónico:

    qtc3@politicheagricole.it

    2.   Agrupación solicitante:

    Nombre:

    Società Asprofrut Società Consortile Cooperativa a r.l.

    Dirección:

    Via Caraglio, 16

    I-12100 Cuneo

    No de teléfono:

    (39-0175) 28 23 11

    No de fax:

    Correo electrónico:

    Composición:

    Productores/transformadores ( X ) otros ( )

    3.   Tipo de producto:

    Categoría 1.6 — Frutas, hortalizas y cereales en estado natural o transformados.

    4.   Descripción del pliego de condiciones (resumen de las condiciones del artículo 4, apartado 2)

    4.1   Nombre del producto: «Castagna Cuneo»

    4.2   Descripción del producto: Mediante la IGP «Castagna Cuneo» únicamente pueden designarse las siguientes variedades de castañas pertenecientes a la especie «Castanea sativa», con exclusión de los híbridos interespecíficos: Ciapastra, Tempuriva, Bracalla, Contessa, Pugnante, Sarvai d'Oca, Sarvai di Gurg, Sarvaschina, Siria, Rubiera, Marrubia, Gentile, Verdesa, Castagna della Madonna, Frattona, Gabiana, Rossastra, Crou, Garrone Rosso, Garrone Nero, Marrone di Chiusa Pesio, Spina Lunga.

    Queda excluido, asimismo, el producto obtenido de castaños de monte bajo, castaños de monte medio y fustes derivados de castaños de monte bajo envejecidos, incluso de la especie citada.

    La «Castagna Cuneo» IGP posee un sabor dulce y delicado y un epicarpio crujiente que la hacen especialmente idónea tanto para el consumo en fresco como transformada.

    En el momento de su despacho al consumo, la castaña fresca presenta una coloración externa del pericardio que oscila entre el castaño claro y el marrón oscuro; un hilo más o menos amplio, que no desborda sobre las caras laterales, de color avellana; estrías irradiantes; epicarpio de color amarillo a marrón claro, de consistencia fundamentalmente crujiente; semilla de color blanco a crema; sabor dulce y delicado; calibrado: número máximo de aquenios por kilogramo = 110.

    No se admiten defectos internos ni externos (frutos partidos, con podredumbre, enmohecidos, con parásitos en el interior) que afecten a más del 10 % de los frutos.

    Las castañas secas peladas deberán presentarse enteras, sanas, de color amarillo claro. No se admiten defectos (frutos con indicios de podredumbre, deformados, rotos, con restos de pericarpio, etc.) que afecten a más del 10 % de los frutos secos.

    El grado de humedad del fruto seco entero así obtenido no podrá ser superior al 15 %.

    4.3   Zona geográfica: La zona de producción de la «Castagna Cuneo» IGP está formada aproximadamente por 110 municipios de la provincia de Cuneo, que se enumeran en el pliego de condiciones de producción.

    4.4   Prueba del origen: Cada una de las fases del proceso de producción es objeto de supervisión y se exige que se documenten las entradas y salidas de productos con respecto a todas ellas. De esta manera, así como mediante la inscripción en los registros previstos al efecto, gestionados por el organismo de control, de las explotaciones que reúnen condiciones idóneas para la producción de la «Castagna Cuneo» IGP, de los productores y de los envasadores, y a través del mantenimiento de registros de producción y envasado y la comunicación a la estructura de control de las cantidades producidas y de todas las partidas de producto envasado y etiquetado antes de la comercialización para despacho al consumo, queda garantizada la identificación y trazabilidad (de un extremo a otro de la cadena de producción) del producto. Todas las personas, físicas y jurídicas, inscritas en los registros correspondientes serán inspeccionadas por el organismo de control de acuerdo con lo dispuesto en el pliego de condiciones de producción y en el correspondiente plan de control.

    4.5   Método de obtención: El pliego de condiciones establece, entre otras cosas, que los castañares deben estar situados en lugares expuestos al sol y al abrigo del viento. Esta prohibida la utilización de fertilizantes y productos fitosanitarios de síntesis, excepto los autorizados en la agricultura ecológica (Reglamento (CEE) no 2092/91 y otra normativa posterior).

    La densidad de plantas en producción no puede superar los 150 árboles por hectárea.

    Debe evitarse que se produzca en el terreno un desarrollo excesivo de la vegetación herbácea y arbustiva, para lo cual se procederá a la siega anual de la hierba y a la eliminación de matas, helechos y plantas muertas antes de la cosecha, a fin de permitir que pueda llevarse a cabo la recogida periódica de los frutos. Se autorizan las podas periódicas para sanear las plantas afectadas por ataques de parásitos.

    La cosecha puede realizarse manualmente o con medios mecánicos (máquinas cosechadoras), aunque deberá salvaguardarse siempre la integridad del producto.

    El periodo de cosecha comienza a principios de septiembre y concluye en el mes de noviembre.

    La conservación del producto fresco puede realizarse mediante un tratamiento en agua caliente, de acuerdo con las buenas técnicas tradicionalmente utilizadas.

    Se permite la utilización de la técnica denominada «curatura», que consiste en sumergir el fruto en agua a temperatura ambiente durante un período de 7 a 9 días. Esta técnica da lugar a que se produzca una ligera fermentación láctica que, al bloquear el desarrollo de los hongos patógenos, crea un medio prácticamente estéril sin incorporación de aditivos. Se admite, asimismo, la conservación mediante descortezamiento y posterior congelación, de acuerdo con los procedimientos previstos para los productos congelados.

    La «Castagna Cuneo» seca debe elaborarse mediante la técnica tradicional de deshidratación a fuego lento y continuo en secadores consistentes preferentemente en locales de mampostería. En ellos, las castañas se colocan en una parrilla debajo de la cual está situado el fogón o el intercambiador de calor. No pueden utilizarse como combustible los restos y subproductos de la elaboración de la madera que hayan sido tratados químicamente. El proceso se prolonga por término medio 30 días.

    Las operaciones de selección, calibrado, tratamiento y conservación de los frutos deben desarrollarse en la zona delimitada en el artículo 3 del pliego de condiciones.

    4.6   Vínculo: La solicitud de registro como IGP se basa en la indiscutible reputación de este fruto, que, desde las épocas más antigüas, ha encontrado en la zona de producción su hábitat natural. De hecho, en la provincia de Cuneo las primeras referencias al castaño se remontan a fines del siglo XII, ya que la correspondencia de la Cartuja de Pesio acerca de la compra de terrenos atestigua que entre los años 1173 y 1277 una quinta parte de las tierras de cultivo estaban ocupadas por castaños. A comienzos del siglo XIX, en el paisaje agrario de la provincia de Cuneo destacaban, junto a las tierras de cultivo, extensas superficies de castañares formados predominantemente por árboles de fuste alto. En ese siglo, al igual que en siglos anteriores, el castañar seguía siendo el eje de la organización de la vida campesina. El castaño constituía una de las pocas posibilidades de actividad comercial de la montaña, pues, durante el otoño, los campesinos bajaban de las aldeas de los Alpes y de los Apeninos con sus sacos de castañas. El mercado más importante era el de Cuneo, destacando especialmente la feria de san Martín, celebrada el 11 de noviembre, en la que las castañas alcanzaban el precio de las uvas más cotizadas. Ya desde fines del siglo XVI Cuneo era un mercado muy dinámico y, con el transcurso de los años, se ha convertido en un mercado de importancia europea; de hecho, la comercialización en el mercado interior y en los mercados externos ha ido adquiriendo cada vez más auge, gracias al constante incremento de la demanda de castañas de Cuneo. La fama de esta IGP no se limita al mercado europeo, y en particular a Francia, Alemania, Austria, Suiza e Inglaterra, sino que este producto también tiene una excelente acogida en otros países, como los Estados Unidos y Argentina.

    Como muestra de la notoriedad de la castaña de Cuneo pueden citarse las numerosas ferias y certámenes que se organizan para ensalzar la calidad de esta IGP, entre los que destacan la «Settimana del Castagno», que se organiza en Cuneo y en la que los mejores técnicos y operadores del sector tienen ocasión de tratar las distintas problemáticas asociadas a este cultivo. Anteriormente tenía gran importancia la feria anual «Sagra del Marrone», celebrada en Chiusa di Pesio, a la que prestaban gran atención los periódicos locales, donde siempre se informaba prolijamente de todo lo relativo a esta iniciativa; esta feria alcanzó tanto éxito que se trasladó muy pronto a Cuneo, donde se celebra con gran pompa, organizándose espectáculos de todo tipo entre los cuales destacan las muestras de castañas. No obstante, la feria otoñal más antigua y famosa sigue siendo la «Fiera fredda di San Dalmazzo», la última antes de de la llegada de los rigores del invierno, que, con sus 430 años de historia, encarna desde siempre el vínculo incuestionable que existe entre la zona de origen, la población y la castaña.

    El amplio recetario de la cocina local, del que la castaña de Cuneo es la reina indiscutible, constituye la expresión más evidente de la presencia tradicional del castaño en la zona de origen. Además de su consumo en fresco, la castaña se utiliza en innumerables platos, desde los más simples de la tradición campesina hasta las recetas más elaboradas. Al lado de las castañas hervidas o asadas o de los «mundaj», símbolo de fiesta y alegría durante las celebraciones, encontramos también los «marron glacé», el rollo de chocolate con castañas e incluso preparaciones saladas, como el asado de cerdo o la carne de corzo con castañas.

    4.7   Estructura de control:

    Nombre:

    Istituto Nord-Ovest Qualità Soc. Coop. a r.l.

    Dirección:

    Piazza Carlo Alberto Grosso, n. 82

    Moretta (CN)

    No de teléfono:

    (39-0172) 91 13 23

    No de fax:

    (39-0172) 91 13 20

    Correo electrónico:

    inoq@isiline.it

    4.8   Etiquetado: La comercialización en fresco de la «Castagna Cuneo» IGP puede realizarse, en el momento del despacho al consumo, utilizando los siguientes envases:

    bolsas de materiales diversos, de un peso comprendido entre 0,10 y 30 kg, y principalmente de los pesos siguientes: 0,10-0,25-0,5-1-2,5-5-10-25-30 kg;

    cajas de madera o plástico de las siguientes dimensiones: 30 x 50 y 40 x 60 cm;

    sacos de yute de un peso comprendido entre 5 y 100 kg (5-10-25-30-50-100 kg).

    La comercialización de la «Castagna Cuneo» IGP seca puede realizarse, en el momento del despacho al consumo, utilizando los siguientes envases:

    bolsas de materiales diversos, de un peso comprendido entre 0,10 y 30 kg, y principalmente de los pesos siguientes: 0,10-0,25-0,5-1-2,5-5-10-25-30 kg.

    En cualquier caso, la castaña únicamente puede comercializarse si se envasa previamente o se envasa en el momento de la venta.

    En la etiqueta colocada en los envases o embalajes deberá constar la indicación geográfica protegida «Castagna Cuneo» en caracteres claros e indelebles, que se distingan netamente de cualquier otra mención, inmediatamente seguida de los términos «indicación geográfica protegida».

    Concretamente, en los envases figurarán en caracteres de imprenta de las mismas dimensiones los términos «Castagna Cuneo» o «Castagna Cuneo» — Secca, inmediatamente seguidos de la mención «indicación geográfica protegida».

    En el mismo campo visual deberán figurar el nombre, la razón social y la dirección del envasador, así como el peso bruto de origen.

    La mención «indicación geográfica protegida» podrá repetirse en otra parte del contenedor o de la etiqueta, incluso utilizando el acrónimo «IGP».

    Está permitido utilizar junto a la indicación geográfica protegida otras indicaciones o símbolos gráficos que hagan referencia a razones sociales, marcas colectivas o marcas de empresas concretas, siempre que no tengan un significado elogioso ni induzcan a engaño al comprador.

    Descripción del logotipo

    Los elementos figurativos del logotipo representan la silueta de una castaña ligeramente inclinada hacia el lado derecho. El perfil izquierdo del fruto está dibujado con la mención «castagna», realizada con caracteres caligráficos exclusivos, mientras que el perfil derecho se traza con un signo gráfico manual que imita un toque de pincel rápido y firme. La marca se completa con una hoja de castaño colocada en la base de la fruta, que lleva en su parte interior la mención «Cuneo» en color blanco, realizada en caracteres caligráficos exclusivos. En la parte inferior izquierda aparece la mención IGP, realizada en caracteres «Frutiger light».

    Los productos en cuya preparación se utilice la IGP «Castagna Cuneo», incluso tras la aplicación de procesos de elaboración y transformación, pueden despacharse al consumo en envases donde se haga referencia a dicha denominación sin que figure el logotipo comunitario, siempre que el producto que lleve la denominación protegida, certificado como tal, constituya el componente exclusivo de la categoría comercial a la que pertenezca; los usuarios de la denominación protegida deben ser autorizados por los titulares del derecho de propiedad intelectual que confiere el registro de la IGP que constituyen el Consorcio al que el Ministerio de política agrícola y forestal (MIPAF) ha encargado la tutela de la denominación. Dicho Consorcio procederá, asimismo, a inscribirlos en los registros establecidos al efecto y a vigilar la correcta utilización de la denominación protegida.

    En caso de que no exista un Consorcio responsable de la tutela, las funciones anteriormente citadas las desempeñará el MIPAF, autoridad nacional encargada de la aplicación del Reglamento (CE) no 510/2006.

    4.9   Requisitos nacionales: —


    (1)  Comisión Europea, Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural, Unidad de Política de calidad de los productos agrícolas


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