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Document 52017XG1011(02)
Communication from the Government of the Republic of Poland concerning Directive 94/22/EC of the European Parliament and of the Council on the conditions for granting and using authorisations for the prospection, exploration and production of hydrocarbons in the ‘Lelików’ area
Comunicación del Gobierno de la República de Polonia relativa a la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos en la zona de Lelików
Comunicación del Gobierno de la República de Polonia relativa a la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos en la zona de Lelików
DO C 340 de 11.10.2017, pp. 12–13
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
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11.10.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 340/12 |
Comunicación del Gobierno de la República de Polonia relativa a la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos en la zona de Lelików
(2017/C 340/05)
El procedimiento se refiere a la adjudicación de una concesión para la extracción de gas natural del yacimiento de gas natural de Lelików, situado en los municipios de Cieszków y Milicz, en la provincia de Dolnośląskie:
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Nombre |
Sistema de coordenadas PL-1992 |
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X |
Y |
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Lelików |
413 340,09 |
387 890,42 |
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414 099,85 |
390 405,72 |
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412 230,65 |
391 534,72 |
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411 773,93 |
390 022,65 |
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411 841,09 |
388 795,82 |
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Las solicitudes deben referirse a la zona arriba mencionada.
Las solicitudes de concesión deben llegar a la sede central del Ministerio de Medio Ambiente no más tarde de las 12:00 horas (CET/CEST) del último día de un período de 91 días contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de este anuncio en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Las solicitudes se examinarán de acuerdo con los siguientes criterios:
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a) |
la tecnología de trabajo propuesta (40 %); |
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b) |
la capacidad técnica y financiera del licitador (50 %); |
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c) |
la cuantía de la cuota propuesta en pago del usufructo minero (10 %). |
La cuantía mínima de la cuota por usufructo minero para la zona de Lelików es de:
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1) |
para la prospección de yacimientos de gas natural:
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2) |
para la prospección de yacimientos de gas natural:
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3) |
para la prospección de yacimientos de gas natural:
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El procedimiento de evaluación de solicitudes se llevará a cabo en un plazo de seis meses a partir de la fecha límite de presentación de solicitudes. Los solicitantes serán informados por escrito del resultado del procedimiento.
Las solicitudes deben presentarse en polaco.
La autoridad competente adjudicará la concesión para la prospección o exploración de yacimientos de gas natural al solicitante seleccionado, previo dictamen de las autoridades pertinentes, y celebrará con él un contrato de usufructo minero.
Para poder realizar actividades de prospección o exploración de hidrocarburos en yacimientos en Polonia, el operador deberá contar a la vez con derechos de usufructo minero y con una concesión.
Las solicitudes deberán enviarse a la dirección siguiente:
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Ministerstwo Środowiska (Ministerio de Medio Ambiente) |
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Departament Geologii i Koncesji Geologicznych (Departamento de geología y concesiones geológicas) |
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ul. Wawelska 52/54 |
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00-922 Warszawa |
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POLSKA/POLAND |
Para mayor información, consúltese:
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la web del Ministerio de Medio Ambiente: www.mos.gov.pl |
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