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Document 52014XG0131(03)

    Notificación de las autoridades francesas a la Comisión de las informaciones en virtud del artículo 9 de la Directiva 2009/119/CE del Consejo, por la que se obliga a los Estados miembros a mantenir un nivel mínimo de reservas de petróleo crudo o productos petrolíferos

    DO C 28 de 31.1.2014, p. 10–10 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    31.1.2014   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 28/10


    Notificación de las autoridades francesas a la Comisión de las informaciones en virtud del artículo 9 de la Directiva 2009/119/CE del Consejo, por la que se obliga a los Estados miembros a mantenir un nivel mínimo de reservas de petróleo crudo o productos petrolíferos

    2014/C 28/08

    En virtud del artículo 9, apartado 4, de la Directiva 2009/119/CE del Consejo, de 14 de septiembre de 2009, por la que se obliga a los Estados miembros a mantener un nivel mínimo de reservas de petróleo crudo o productos petrolíferos, las autoridades francesas tienen el honor de transmitir a la Comisión las informaciones siguientes.

    1.

    Las autoridades francesas se fijan el objetivo de mantener un nivel de reservas específicas equivalente a treinta días de consumo medio diario.

    2.

    Este objetivo de almacenamiento será válido durante el período comprendido entre el 1 de febrero de 2014 y el 31 de enero de 2015.

    3.

    Las reservas específicas estarán compuestas por productos pertenecientes a las siguientes categorías:

    gasolina de motor,

    carburante para reactores de tipo queroseno,

    gasóleo/carburante diésel (fuelóleo destilado).


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