This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 32020R1000
Commission Regulation (EU) 2020/1000 of 9 July 2020 correcting certain language versions of Regulation (EU) No 1253/2014 implementing Directive 2009/125/EC of the European Parliament and of the Council with regard to ecodesign requirements for ventilation units (Text with EEA relevance)
Reglamento (UE) 2020/1000 de la Comisión de 9 de julio de 2020 que corrige determinadas versiones lingüísticas del Reglamento (UE) n.o 1253/2014, por el que se desarrolla la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a los requisitos de diseño ecológico aplicables a las unidades de ventilación (Texto pertinente a efectos del EEE)
Reglamento (UE) 2020/1000 de la Comisión de 9 de julio de 2020 que corrige determinadas versiones lingüísticas del Reglamento (UE) n.o 1253/2014, por el que se desarrolla la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a los requisitos de diseño ecológico aplicables a las unidades de ventilación (Texto pertinente a efectos del EEE)
C/2020/4567
DO L 221 de 10.7.2020, p. 105–106
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
Relation | Act | Comment | Subdivision concerned | From | To |
---|---|---|---|---|---|
Modifies | 32014R1253 | (SV) sustitución | anexo IV punto 1 letra (o) | 30/07/2020 | |
Modifies | 32014R1253 | (SV) sustitución | anexo I punto 1 punto 9 | 30/07/2020 | |
Modifies | 32014R1253 | (SV) sustitución | anexo V punto 1 letra (o) | 30/07/2020 | |
Modifies | 32014R1253 | (BG, ES, CS, DA, ET, EL, DE, HR, IT, LT, LV, HU, MT, NL, PL, SK, FI, SL, SV) sustitución | artículo 1 apartado 2 letra (g) | 30/07/2020 | |
Modifies | 32014R1253 | (MT) sustitución | artículo 1 apartado 2 letra (h) | 30/07/2020 |
10.7.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 221/105 |
REGLAMENTO (UE) 2020/1000 DE LA COMISIÓN
de 9 de julio de 2020
que corrige determinadas versiones lingüísticas del Reglamento (UE) n.o 1253/2014, por el que se desarrolla la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a los requisitos de diseño ecológico aplicables a las unidades de ventilación
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Vista la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por la que se instaura un marco para el establecimiento de requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos relacionados con la energía, (1) y en particular su artículo 15, apartado 1,
Considerando lo siguiente:
(1) |
Las versiones en lenguas alemana, búlgara, checa, croata, danesa, eslovaca, eslovena, española, estonia, finesa, griega, húngara, italiana, letona, lituana, maltesa, neerlandesa, polaca y sueca del Reglamento (UE) n.o 1253/2014 de la Comisión (2) contienen errores en su artículo 1, apartado 2, letra g), en lo que respecta a las unidades de ventilación que no entran en su ámbito de aplicación. Esos errores afectan al fondo de esa disposición. |
(2) |
La versión maltesa del Reglamento (UE) n.o 1253/2014 contiene también un error en el artículo 1, apartado 2, letra h), en cuanto se refiere a las unidades de ventilación que quedan excluidas de su ámbito de aplicación. Dicho error afecta al fondo de esa disposición. |
(3) |
La versión en lengua sueca del Reglamento (UE) n.o 1253/2014 contiene un error adicional en el anexo I, punto 1 (9),, en el anexo IV, punto 1, letra o), y en el anexo V, punto 1, letra o), en lo que respecta a uno de los términos definidos a efectos de los anexos II a IX. Ese error afecta al fondo de esas disposiciones. |
(4) |
Por lo tanto, las versiones en lenguas alemana, búlgara, checa, croata, danesa, eslovaca, eslovena, española, estonia, finesa, griega, húngara, italiana, letona, lituana, maltesa, neerlandesa, polaca y sueca del Reglamento (UE) n.o 1253/2014 deben corregirse en consecuencia. Las demás versiones lingüísticas no se ven afectadas. |
(5) |
Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité creado en virtud del artículo 19, apartado 1, de la Directiva 2009/125/CE. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El Reglamento (UE) n.o 1253/2014 queda modificado como sigue:
1) |
El artículo 1, apartado 2, queda modificado como sigue:
|
2) |
(no afecta a la versión española). |
3) |
(no afecta a la versión española). |
4) |
(no afecta a la versión española). |
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 9 de julio de 2020.
Por la Comisión
La Presidenta
Ursula VON DER LEYEN
(1) DO L 285 de 31.10.2009, p. 10.
(2) Reglamento (UE) n.o 1253/2014 de la Comisión, de 7 de julio de 2014, por el que se desarrolla la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a los requisitos de diseño ecológico aplicables a las unidades de ventilación (DO L 337 de 25.11.2014, p. 8).