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Document 32018R1874

    Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1874 de la Comisión, de 29 de noviembre de 2018, sobre los datos que deben facilitarse para 2020 de conformidad con el Reglamento (UE) 2018/1091 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a las estadísticas integradas sobre explotaciones agrícolas y por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.° 1166/2008 y (UE) n.° 1337/2011, en lo que respecta a la lista de variables y su descripción (Texto pertinente a efectos del EEE.)

    C/2018/7861

    DO L 306 de 30.11.2018, p. 14–49 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2018/1874/oj

    30.11.2018   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 306/14


    REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2018/1874 DE LA COMISIÓN

    de 29 de noviembre de 2018

    sobre los datos que deben facilitarse para 2020 de conformidad con el Reglamento (UE) 2018/1091 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a las estadísticas integradas sobre explotaciones agrícolas y por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.o 1166/2008 y (UE) n.o 1337/2011, en lo que respecta a la lista de variables y su descripción

    (Texto pertinente a efectos del EEE)

    LA COMISIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

    Visto el Reglamento (UE) 2018/1091 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a las estadísticas integradas sobre explotaciones agrícolas y por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.o 1166/2008 y (UE) n.o 1337/2011 (1), y en particular su artículo 5, apartado 4, y su artículo 8, apartado 1,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El Reglamento (UE) 2018/1091 establece un marco para las estadísticas europeas a nivel de explotaciones agrícolas y para la integración de la información sobre su estructura con la información relativa a los métodos de producción, las medidas de desarrollo rural, los aspectos agroambientales y otra información relacionada.

    (2)

    Los Estados miembros deben recopilar datos básicos, datos relativos a la ampliación del marco y datos sobre los temas y los temas detallados de los módulos, según establece el Reglamento (UE) 2018/1091.

    (3)

    No debe haber en total más de 300 variables para los datos básicos y los módulos, de conformidad con el artículo 8, apartado 2, del Reglamento (UE) 2018/1091.

    (4)

    De conformidad con el artículo 8, apartado 5, del Reglamento (UE) 2018/1091, no deben imponerse costes adicionales significativos que den lugar a una carga desproporcionada e injustificada sobre las explotaciones agrícolas y los Estados miembros.

    (5)

    Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité del Sistema Estadístico Europeo.

    HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

    Artículo 1

    1.   La descripción de las variables correspondientes a los datos estructurales básicos enumeradas en el anexo III del Reglamento (UE) 2018/1091 será la que figura en el anexo I del presente Reglamento.

    2.   La lista de las variables correspondientes a los temas y los temas detallados de cada módulo figura en el anexo II.

    3.   La descripción de las variables que deben utilizar los Estados miembros para los temas y los temas detallados de cada módulo enumeradas en el anexo II será la que figura en el anexo III.

    Artículo 2

    El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

    El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

    Hecho en Bruselas, el 29 de noviembre de 2018.

    Por la Comisión

    El Presidente

    Jean-Claude JUNCKER


    (1)  DO L 200 de 7.8.2018, p. 1.


    ANEXO I

    Descripción de las variables que han de utilizarse para los datos estructurales básicos y la ampliación del marco según se especifican en el anexo III del Reglamento (UE) 2018/1091

    I.

    VARIABLES GENERALES

    Información de las encuestas

    CGNR 001

    Identificador de la explotación agrícola

    El identificador único de la explotación agrícola es un identificador numérico único para la transmisión de datos.

    Localización de la explotación agrícola

    La explotación agrícola está localizada allí donde desarrolla su principal actividad agrícola.

    CGNR 002

    Situación geográfica

    El código de la cuadrícula de la red de unidades estadísticas Inspire para uso paneuropeo (1) de 1 km donde está localizada la explotación. Este código solo se utilizará a efectos de transmisión.

    A efectos de difusión de datos, además de los mecanismos normales de control de la divulgación de datos tabulares, la red de 1 km se utilizará solamente si hay en ella más de 10 explotaciones agrícolas; de lo contrario, se utilizarán, según sea necesario, redes anidadas de 5 km, 10 km o más.

    CGNR 003

    Región NUTS 3

    El código de la región NUTS 3 (2) [según el Reglamento (CE) n.o 1059/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo (3)] en la que está localizada la explotación.

    CGNR 004

    En la explotación agrícola existen zonas con limitaciones naturales con arreglo al Reglamento (UE) n.o 1305/2013

    La información sobre zonas con limitaciones naturales debe suministrarse en consonancia con el artículo 32 del Reglamento (UE) n.o 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (4).

     

    L: la explotación agrícola se encuentra en una zona distinta de las de montaña, con limitaciones naturales significativas

     

    M: la explotación agrícola se encuentra en una zona de montaña

     

    O: la explotación agrícola se encuentra en otra zona con limitaciones específicas

     

    N: la explotación agrícola no se encuentra en una zona con limitaciones naturales

    Personalidad jurídica de la explotación agrícola

    La personalidad jurídica de la explotación agrícola depende de la situación del titular.

     

    La responsabilidad jurídica y económica de la explotación agrícola recae en:

    CGNR 005

    Titular único que es persona física, cuando la explotación agrícola es independiente

    Una sola persona física es la titular de una explotación agrícola que no está vinculada a ninguna explotación agrícola de otros titulares, ni por una gestión común ni por disposiciones similares.

    Las explotaciones agrícolas que cumplen esta condición se denominan explotaciones agrícolas de titular único .

    CGNR 006

    En caso afirmativo, ¿el titular es también el jefe de la explotación?

    CGNR 007

    En caso negativo, ¿el jefe de la explotación es un miembro de la familia del titular?

    CGNR 008

    En caso afirmativo, ¿el jefe de la explotación es el cónyuge del titular?

    CGNR 009

    Titularidad compartida

    Personas físicas que son las titulares únicas de una explotación agrícola que no está vinculada a ninguna explotación agrícola de otros titulares, y que comparten la propiedad y la gestión de la explotación agrícola.

    CGNR 010

    Dos o más personas físicas que son socias, cuando la explotación es una agrupación de explotaciones

    Los asociados en una agrupación de explotaciones son personas físicas que conjuntamente tienen la propiedad de una explotación agrícola o conjuntamente la arriendan o gestionan de otra forma, o que gestionan conjuntamente sus explotaciones individuales como si se tratara de una sola explotación. Esta cooperación debe establecerse conforme a la legislación o por acuerdo escrito.

    CGNR 011

    Persona jurídica

    Una entidad jurídica que no es una persona física, pero que tiene los derechos y las obligaciones normales de un particular, por ejemplo, la posibilidad de litigar (capacidad jurídica general propia).

    CGNR 012

    En caso afirmativo, ¿la explotación agrícola forma parte de un grupo de empresas?

    Un grupo de empresas es una asociación de empresas unidas por lazos jurídicos o financieros y controladas por la matriz del grupo.

    Una «empresa» es la combinación más pequeña de unidades jurídicas que constituye una unidad organizativa de producción de bienes y servicios y que disfruta de una cierta autonomía de decisión, principalmente a la hora de emplear los recursos corrientes de que dispone. Una empresa ejerce una o más actividades en uno o varios lugares. Una empresa puede corresponder a una única unidad jurídica.

    CGNR 013

    La explotación agrícola es una unidad de tierras comunales

    A efectos de recogida y registro de datos, una explotación agrícola en forma de «unidad de tierras comunales» es una entidad consistente en la superficie agrícola utilizada (SAU) que otras explotaciones agrícolas utilizan con arreglo a derechos comunes.

    CGNR 014

    El titular se beneficia del apoyo de la UE para la tierra o los animales de la explotación agrícola y está, por tanto, incluido en el sistema integrado de gestión y control (SIGC)

    El titular es un agricultor activo a tenor del artículo 9 del Reglamento (UE) n.o 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (5), y la solicitud de subvención ha sido aceptada.

    CGNR 015

    El titular es un joven agricultor o un nuevo agente del sector que ha recibido una ayuda financiera para este fin en el marco de la política agrícola común (PAC) en los tres años anteriores

    La ayuda financiera puede referirse a pagos directos a tenor de los artículos 50 y 51 del Reglamento (UE) n.o 1307/2013 o a la ayuda proporcionada por programas de desarrollo rural conforme al artículo 19, apartado 1, letra a), inciso i) (ayuda destinada a la creación de empresas para jóvenes agricultores), del Reglamento (UE) n.o 1305/2013.

    Jefe de la explotación agrícola

    El jefe de la explotación agrícola es la persona física responsable de las actividades financieras y de producción corrientes y cotidianas de la explotación agrícola.

    Se considera trabajo agrícola todo tipo de labor realizada en la explotación agrícola que contribuye a:

    i)

    las actividades definidas en el artículo 2, letra a), del Reglamento (UE) 2018/1091;

    ii)

    el mantenimiento de los medios de producción, o

    iii)

    las actividades directamente derivadas de estas labores productivas.

    El tiempo empleado en el trabajo agrícola en la explotación es el que se ha dedicado realmente al trabajo agrícola para la explotación, excluido el trabajo en el hogar del titular o del jefe.

    La unidad de trabajo anual es el empleo equivalente a tiempo completo, es decir, las horas totales trabajadas divididas por la media de horas anuales trabajadas en empleos a tiempo completo en el país.

    Se considera tiempo completo el número mínimo de horas exigido por las disposiciones nacionales que rigen los contratos laborales. Si en dichas disposiciones no se indica el número de horas por año, se tomará como mínimo la cifra de 1 800 horas (8 horas diarias por 225 jornadas de trabajo).

    CGNR 016

    Año de nacimiento

    El año de nacimiento del jefe de la explotación agrícola.

    CGNR 017

    Sexo

    El sexo del jefe de la explotación agrícola.

     

    M: masculino

     

    F: femenino

    CGNR 018

    Trabajo agrícola en la explotación agrícola (excepto labores domésticas)

    Tramo de porcentajes de las unidades de trabajo anuales (6) de trabajo agrícola realizado por el jefe de la explotación agrícola.

    CGNR 019

    Año en que empezó a trabajar como jefe de la explotación agrícola

    El año en que el jefe de la explotación agrícola empezó a desempeñar este cargo.

    CGNR 020

    Formación agrícola del jefe de explotación

    Nivel más elevado de educación agrícola obtenido por el jefe:

     

    PRACT: experiencia agrícola meramente práctica, si el jefe ha adquirido su experiencia trabajando directamente en una explotación agrícola.

     

    BASIC: formación agrícola básica, si el jefe ha completado cursos de formación en una escuela de agronomía de carácter general o en un centro especializado en determinadas disciplinas (como horticultura, viticultura, silvicultura, piscicultura, veterinaria, tecnología agrícola y disciplinas análogas); se considerará formación básica una formación completada como aprendiz agrícola.

     

    FULL: formación agrícola completa, si el jefe ha seguido sin interrupción cualquier curso de formación durante el equivalente a por lo menos dos años a tiempo completo tras acabar la enseñanza obligatoria, completado en una escuela superior de agronomía, una universidad u otro centro de enseñanza superior en agricultura, horticultura, viticultura, silvicultura, piscicultura, veterinaria, tecnología agrícola o una disciplina análoga.

    CGNR 021

    Formación profesional recibida por el jefe en los últimos doce meses

    Si el jefe ha seguido una formación profesional, o una medida o actividad de formación impartida por un instructor o un centro de formación, cuyo objetivo principal es la adquisición de nuevas capacidades relacionadas con las actividades agrícolas o con actividades que guardan directamente relación con la explotación agrícola, o bien el desarrollo y la mejora de capacidades que ya tiene.

    Régimen de tenencia de la SAU (con respecto al titular)

    El régimen de tenencia depende de la situación en un día de referencia del año de la encuesta.

    CGNR 022

    En propiedad

    Hectáreas de superficie agrícola utilizada que son trabajadas por la explotación agrícola y están en poder del titular como propiedad, o que son trabajadas por el titular en calidad de usufructuario, enfiteuta o equivalente.

    CGNR 023

    En arrendamiento

    Hectáreas de superficie agrícola utilizada arrendadas por la explotación agrícola mediante una renta fijada de antemano (pagada en metálico, en especie o de otro modo) en un contrato de arrendamiento (escrito o verbal). La superficie agrícola utilizada se asigna a una única explotación agrícola. Si la superficie agrícola utilizada se arrienda a más de una explotación agrícola durante el año de referencia, se asigna normalmente a la explotación agrícola con la que está asociada el día de referencia de la encuesta, o a la que la utilizó durante el período más largo durante el año de referencia.

    CGNR 024

    En aparcería u otros regímenes de tenencia

    Hectáreas de superficie agrícola utilizada:

    a)

    compartida, es decir, trabajada en asociación por el propietario y el aparcero conforme a un contrato de aparcería escrito o verbal; la producción (económica o física) de la superficie de cultivo compartida se reparte entre las dos partes en la forma convenida;

    b)

    sujeta a otros regímenes de tenencia no incluidos en los puntos anteriores.

    CGNR 025

    Tierras comunales

    Hectáreas de superficie agrícola utilizada empleadas por la explotación agrícola pero que no le pertenecen directamente, es decir, a las que se aplican derechos comunes.

    CGNR 026

    Agricultura ecológica

    La producción de la explotación agrícola se incluye en prácticas agrícolas conformes con determinadas normas y reglas especificadas en: i) el Reglamento (CE) n.o 834/2007 del Consejo (7) o el Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo (8), o, en su caso, en la legislación más reciente, y ii) las correspondientes normas de ejecución nacionales aplicables a la agricultura ecológica.

    CGNR 027

    SAU total de la explotación agrícola en la que se aplican métodos de agricultura ecológica certificados con arreglo a normas nacionales o de la Unión Europea

    Hectáreas de la superficie agrícola utilizada de la explotación agrícola en las que el método de producción aplicado se ajusta plenamente a los principios de la agricultura ecológica en las explotaciones, según lo dispuesto en: i) el Reglamento (CE) n.o 834/2007 o el Reglamento (UE) 2018/848, o, en su caso, la legislación más reciente, y ii) las correspondientes normas nacionales de ejecución para la certificación de la producción ecológica.

    CGNR 028

    SAU total de la explotación agrícola en conversión a métodos de agricultura ecológica que deben certificarse con arreglo a normas nacionales o de la Unión Europea

    Hectáreas de la superficie agrícola utilizada de la explotación agrícola en las que se aplican métodos de agricultura ecológica durante la transición de la producción no ecológica a la producción ecológica en un período determinado («período de conversión»), conforme a: i) el Reglamento (CE) n.o 834/2007 o el Reglamento (UE) 2018/848, o, en su caso, la legislación más reciente, y ii) las correspondientes normas nacionales de ejecución para la certificación de la producción ecológica.

    CGNR 029

    Participación en otros programas de certificación medioambiental

    La explotación agrícola participa en programas de certificación medioambiental nacionales o regionales como los mencionados en el artículo 43, apartado 2, y apartado 3, letra b), o en el anexo IX del Reglamento (UE) n.o 1307/2013, por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la política agrícola común (actuales programas de certificación equivalentes al pago de ecologización de la PAC), y la solicitud de subvención ha sido aceptada.


    II.   VARIABLES RELATIVAS A LAS TIERRAS

    La superficie total de la explotación agrícola se compone de la superficie agrícola utilizada (tierra arable, pastos permanentes, cultivos permanentes y huertos familiares) y de otras tierras agrícolas (superficie agrícola no utilizada, superficie forestal y otras tierras no clasificadas en otra categoría).

    La superficie que debe consignarse respecto a cada elemento es la conocida como superficie principal y se refiere a la superficie física de las parcelas, con independencia de que hubiera un solo cultivo o varios cultivos durante la campaña agrícola. En caso de cultivos anuales, la superficie principal corresponde a la superficie sembrada; en caso de cultivos permanentes, la superficie principal es toda la superficie plantada; en caso de cultivos sucesivos, corresponde a la superficie ocupada por el cultivo principal de la parcela durante el año; en caso de cultivos simultáneos, corresponde a la superficie en la que coexisten los cultivos. De esta forma, cada superficie se enumera una sola vez.

    El cultivo principal es el que tiene el mayor valor económico. Cuando no sea posible determinar cuál es el cultivo principal en función del valor de producción, el cultivo principal será aquel que ocupe el terreno durante más tiempo.

    La superficie agrícola utilizada es la superficie total de tierra arable, pastos permanentes, cultivos permanentes y huertos familiares utilizada por la explotación agrícola, con independencia del régimen de tenencia.

    La rotación de cultivos es la práctica de alternar los cultivos en un campo específico siguiendo un modelo o una secuencia planificados en campañas agrícolas sucesivas, de modo que en el mismo campo no se producen, de forma ininterrumpida, cultivos de la misma especie. Aunque en la rotación de cultivos lo normal es que estos se cambien con periodicidad anual, también es posible practicarla con cultivos plurianuales.

    Los cultivos al aire libre y las superficies de invernadero deben consignarse por separado.

    CLND 001

    SAU

    Hectáreas de superficie agrícola utilizada.

    CLND 002

    Tierra arable

    Hectáreas de tierra trabajadas (aradas o cultivadas) con regularidad, generalmente por el sistema de rotación de cultivos.

    CLND 003

    Cereales para la producción de grano (incluidas semillas)

    Hectáreas de todos los cereales cosechados secos para grano, con independencia de su uso.

    CLND 004

    Trigo blando y escanda

    Hectáreas de Triticum aestivum L. emend. Fiori et Paol., Triticum spelta L. y Triticum monococcum L.

    CLND 005

    Trigo duro

    Hectáreas de Triticum durum Desf.

    CLND 006

    Centeno y mezclas de cereales de invierno (tranquillón)

    Hectáreas de centeno (Secale cereale L.) sembrado en cualquier momento, mezclas de centeno y otros cereales y otras mezclas de cereales sembradas antes o en el transcurso del invierno (tranquillón).

    CLND 007

    Cebada

    Hectáreas de cebada (Hordeum vulgare L.).

    CLND 008

    Avena y mezclas de cereales de primavera (mezcla de cereales distintos del tranquillón)

    Hectáreas de avena (Avena sativa L.) y otros cereales sembrados en primavera, cultivados como mezclas y cosechados en grano seco, incluidas las semillas.

    CLND 009

    Maíz en grano y mezcla de mazorca de maíz

    Hectáreas de maíz (Zea mays L.) cosechado para grano, como semillas o como mezcla de mazorca.

    CLND 010

    Triticale

    Hectáreas de triticale (x Triticosecale Wittmack).

    CLND 011

    Sorgo

    Hectáreas de sorgo [Sorghum bicolor (L.) Conrad Moench o Sorghum x sudanense (Piper) Stapf.]

    CLND 012

    Otros cereales no clasificados en otra parte (alforfón, mijo, alpiste, etc.)

    Hectáreas de cereales, cosechados para grano seco, no recogidos en los epígrafes anteriores, como el mijo (Panicum miliaceum L.), el alforfón (Fagopyrum esculentum Mill.), el alpiste (Phalaris canariensis L.) y otros cereales no clasificados en otra parte (n.c.o.p.).

    CLND 013

    Arroz

    Hectáreas de arroz (Oryza sativa L.).

    CLND 014

    Leguminosas y proteaginosas secas para la producción de grano (incluidas las semillas y las mezclas de cereales con leguminosas)

    Hectáreas de leguminosas y proteaginosas cosechadas secas para grano, con independencia de su uso.

    CLND 015

    Guisantes, habas y altramuces dulces

    Hectáreas de todas las variedades de guisantes (Pisum sativum L. convar. sativum, Pisum sativum L. convar. arvense L. o convar. speciosum) cosechadas secas, más las hectáreas de todas las variedades de habas [Vicia faba L. (partim)] cosechadas secas, más las hectáreas de todos los altramuces dulces (Lupinus sp.) cosechados secos para grano, incluidas las semillas, con independencia de su uso.

    CLND 016

    Cultivos de raíces

    Hectáreas de plantas cultivadas por su raíz, tubérculo o tallo modificado. Se excluyen raíces, tubérculos y bulbos como la zanahoria, la remolacha común o el colinabo, entre otros.

    CLND 017

    Patatas (incluidas las patatas de siembra)

    Hectáreas de patatas (Solanum tuberosum L.).

    CLND 018

    Remolacha azucarera (excepto las semillas)

    Hectáreas de remolacha azucarera (Beta vulgaris L.) destinada a la industria azucarera y a la producción de alcohol.

    CLND 019

    Otros cultivos de raíces n.c.o.p.

    Hectáreas de remolacha forrajera (Beta vulgaris L.) y plantas de la familia Brassicae cosechadas principalmente para alimentación animal, con independencia de que sea la raíz o el tallo, y otras plantas cultivadas principalmente por su raíz para forraje, no clasificadas en otra parte.

    CLND 020

    Cultivos industriales

    Hectáreas de cultivos industriales, que normalmente no se venden para el consumo directo porque precisan una transformación industrial previa a su utilización final.

    CLND 021

    Oleaginosas

    Hectáreas de colza (Brassica napus L.), nabina [Brassica rapa L. var. Oleifera (Lam.)], semillas de girasol (Helianthus annus L.), soja [Glycine max (L.) Merril], linaza (Linum usitatissimum L.), mostaza blanca (Sinapis alba L.), adormidera (Papaver somniferum L.), cártamo (Carthamus tinctorius L.), sésamo (Sesamum indicum L.), chufa (Cyperus esculentus L.), cacahuete (Arachis hypogea L.), calabaza para aceite (Cucurbita pepo var. Styriaca) y cáñamo (Cannabis sativa L.) cultivados para la producción de aceite, cosechados en grano seco, excepto semillas de algodón (Gossypium spp.).

    CLND 022

    Semillas de colza y nabina

    Hectáreas de colza (Brassica napus L.) y nabina [Brassica rapa L. var. Oleifera (Lam.)] cultivadas para la producción de aceite, cosechadas en grano seco.

    CLND 023

    Semillas de girasol

    Hectáreas de girasol (Helianthus annuus L.), cosechado en grano seco.

    CLND 024

    Soja

    Hectáreas de soja (Glycine max L. Merril), cosechada en grano seco, para la producción de aceite y proteína.

    CLND 025

    Linaza (lino oleaginoso)

    Hectáreas de variedades de linaza (Linum usitatissimum L.) cultivadas principalmente para la producción de aceite y cosechadas en grano seco.

    CLND 026

    Otros cultivos de semillas oleaginosas n.c.o.p.

    Hectáreas de otras plantas cultivadas principalmente por su contenido en aceite, cosechadas en grano seco, no clasificadas en otra parte (excepto semillas de algodón).

    CLND 027

    Cultivos fibrosos

    Hectáreas de lino textil (Linum usitatissimum L), cáñamo (Cannabis sativa L.), algodón (Gossypium spp.), yute (Corchorus capsularis L.), abacá (Musa textilis Née), kenaf (Hibiscus cannabinus L.) y sisal (Agave sisalana Perrine).

    CLND 028

    Lino textil

    Hectáreas de variedades de lino textil (Linum usitatissimum L.) cultivadas principalmente para la producción de fibra.

    CLND 029

    Cáñamo

    Hectáreas de cáñamo (Cannabis sativa L.) cultivado para la producción de paja.

    CLND 030

    Algodón

    Hectáreas de algodón (Gossypium spp.) cosechado para la producción de fibra o semillas oleaginosas.

    CLND 031

    Otros cultivos fibrosos n.c.o.p.

    Hectáreas de otras plantas cultivadas principalmente por su contenido en fibra, no clasificadas en otra parte, como yute (Corchorus capsularis L.), abacá (Musa textilis Née), sisal (Agave sisalana Perrine) y kenaf (Hibiscus cannabinus L.).

    CLND 032

    Tabaco

    Hectáreas de tabaco (Nicotiana tabacum L.) cultivado para la producción de hojas.

    CLND 033

    Lúpulo

    Hectáreas de lúpulo (Humulus lupulus L.) cultivado para la producción de conos de semillas.

    CLND 034

    Plantas aromáticas, medicinales y culinarias

    Hectáreas de plantas aromáticas, medicinales y culinarias cultivadas con fines farmacéuticos, para la fabricación de perfumes o para el consumo humano.

    CLND 035

    Cultivos energéticos n.c.o.p.

    Hectáreas de cultivos energéticos utilizados exclusivamente para la producción de energía renovable, no clasificados en otra parte, y cultivados en tierra arable.

    CLND 036

    Otros cultivos industriales n.c.o.p.

    Hectáreas de otros cultivos industriales no clasificados en otra parte.

    CLND 037

    Cultivos cosechados en verde en tierras arables

    Hectáreas de todos los cultivos de tierras arables cosechados «en verde» y destinados principalmente a alimentación animal, forraje o producción de energía renovable, concretamente cereales, gramíneas, leguminosas o cultivos industriales y otros cultivos de tierras arables cosechados o utilizados «en verde».

    CLND 038

    Pastos y prados temporales

    Hectáreas de gramíneas para pastizales, heno o ensilado en rotación normal de cultivos, que ocupen el suelo durante al menos una campaña y normalmente menos de cinco años, tanto si las siembras son solo de gramíneas como si lo son de mezclas.

    CLND 039

    Leguminosas cosechadas en verde

    Hectáreas de leguminosas cultivadas y cosechadas en verde enteras, principalmente para forraje o para producir energía.

    Incluye las mezclas predominantemente de leguminosas (normalmente más del 80 %) con gramíneas, cosechadas en verde o como heno.

    CLND 040

    Maíz forrajero

    Hectáreas de todas las formas de maíz (Zea mays L.) cultivado principalmente para ensilado (mazorca entera, partes de la planta o planta entera) y no cosechado para la producción de grano.

    CLND 041

    Otros cereales cosechados en verde (excepto el maíz forrajero)

    Hectáreas de todos los cereales (excepto el maíz forrajero) cultivados y cosechados en verde como planta entera para forraje o para la producción de energía renovable (producción de biomasa).

    CLND 042

    Otros cultivos cosechados en verde en tierras arables n.c.o.p.

    Hectáreas de otros cultivos anuales o plurianuales (menos de cinco años) destinados principalmente a forraje y cosechados en verde. Asimismo, los restos de cultivos no clasificados en otra parte, cuando la cosecha principal se ha destruido pero los residuos pueden todavía utilizarse (como forraje o para la producción de energía renovable).

    CLND 043

    Hortalizas frescas (incluidos melones) y fresas

    Hectáreas de todas las crucíferas, hortalizas de hoja y de tallo, hortalizas cultivadas por su fruto, raíces, tubérculos y bulbos, legumbres frescas, otras hortalizas cosechadas frescas (no secas) y fresas, cultivados en tierra arable al aire libre, en rotación con otros cultivos agrícolas u hortícolas.

    CLND 044

    Hortalizas frescas (incluidos melones) y fresas cultivadas en rotación con cultivos hortícolas (horticultura comercial)

    Hectáreas de hortalizas frescas, melones y fresas cultivados en tierra arable en rotación con otros cultivos hortícolas.

    CLND 045

    Hortalizas frescas (incluidos melones) y fresas cultivadas en rotación con cultivos no hortícolas (al aire libre)

    Hectáreas de hortalizas frescas, melones y fresas cultivados en tierra arable en rotación con otros cultivos agrícolas.

    CLND 046

    Flores y plantas ornamentales (excepto viveros)

    Hectáreas de todas las flores y plantas ornamentales destinadas a la venta como flores cortadas (por ejemplo, rosas, claveles, orquídeas, gladiolos, crisantemos, hojas cortadas y otros productos cortados), como flores y plantas de maceta, parterre y balcón (por ejemplo, rododendros, azaleas, crisantemos, begonias, geranios, impatiens y otras plantas de maceta, parterre y balcón) y como flores de bulbos y cormos y otras plantas ornamentales (tulipanes, jacintos, orquídeas, narcisos y otras).

    CLND 047

    Semillas y plántulas

    Hectáreas de semillas de raíces (excepto patatas y otras plantas cuyas raíces se utilizan también como semillas), cultivos forrajeros, gramíneas, cultivos industriales (excepto semillas oleaginosas) y semillas y plántulas de hortalizas y flores.

    CLND 048

    Otros cultivos de tierras arables n.c.o.p.

    Hectáreas de cultivos arables no clasificados en otra parte.

    CLND 049

    Barbecho

    Hectáreas de toda la tierra arable incluida en un sistema de rotación de cultivos o mantenida en buenas condiciones agrarias y medioambientales (BCAM (9)), trabajada o no, pero sin intención de producir ninguna cosecha durante una campaña agrícola. La característica esencial de la tierra en barbecho es que se deja en descanso, generalmente durante toda una campaña agrícola, para su recuperación. El barbecho podrá ser:

    i)

    tierra yerma sin ningún cultivo, o

    ii)

    tierra con vegetación espontánea, que podrá ser utilizada como pienso o enterrada, o

    iii)

    tierra sembrada exclusivamente para la producción de abono verde (barbecho verde).

    CLND 050

    Pastos permanentes

    Hectáreas de tierra que se utiliza permanentemente (varios años consecutivos, en general cinco o más) para el cultivo de forrajes herbáceos, cultivos forrajeros o cultivos energéticos, ya sea mediante labranza (sembrados) o de forma natural (autosembrados), y que no está incluida en la rotación de cultivos de la explotación agrícola.

    Los pastos pueden utilizarse para pastoreo, segarse para ensilado y heno o utilizarse para producir energía renovable.

    CLND 051

    Prados permanentes y pastos, excepto los pastos pobres

    Hectáreas de prados permanentes en suelos de calidad buena o mediana, que normalmente pueden ser utilizados para pastoreo intensivo.

    CLND 052

    Pastos pobres

    Hectáreas de pastos permanentes de bajo rendimiento, situados por lo general en suelos de mala calidad, tales como zonas accidentadas o a gran altitud, normalmente no mejorados mediante abono, labranza, resiembra ni drenado. Normalmente, estas superficies solo pueden utilizarse para pastoreo extensivo y no se siegan o se siegan de forma extensiva; pues no soportan una gran densidad de ganado.

    CLND 053

    Pastos permanentes que ya no se destinan a la producción y que pueden recibir subvenciones

    Hectáreas de pastos permanentes y prados ya no destinados a la producción, que, conforme al Reglamento (UE) n.o 1307/2013 o, en su caso, la legislación más reciente, se mantienen en un estado adecuado para el pastoreo o la labranza sin necesidad de preparativos que exijan algo más que los métodos o la maquinaria agrícolas habituales, y que pueden recibir ayuda financiera.

    CLND 054

    Cultivos permanentes (incluidas plantaciones jóvenes y abandonadas temporalmente, excluidas zonas de producción exclusivamente para consumo propio)

    Hectáreas de todos los árboles frutales, los cítricos, los árboles de frutos de cáscara, las plantaciones de bayas, las viñas, los olivos y los demás cultivos permanentes destinados al consumo humano (por ejemplo, té, café o algarrobo) y otros fines (por ejemplo, viveros, árboles de Navidad o plantas para trenzado o tejido, como junco o bambú).

    CLND 055

    Frutas, bayas y frutos de cáscara (excepto los cítricos, las uvas y las fresas)

    Hectáreas de huertos de frutas de pepita, frutas de hueso, bayas, frutos de cáscara y frutas de zonas de clima subtropical y tropical.

    CLND 056

    Frutas de pepita

    Hectáreas de huertos de frutas de pepita, como manzanas (Malus spp.), peras (Pyrus spp.), membrillos (Cydonia oblonga Mill.) o nísperos (Mespilus germanica, L.).

    CLND 057

    Frutas de hueso

    Hectáreas de huertos de frutas de hueso, como melocotones y nectarinas [Prunus persica (L.) Batch], albaricoques (Prunus armeniaca L. y otros), cerezas dulces y ácidas (Prunus avium L., P. cerasus), ciruelas (Prunus domestica L. y otros) y otras frutas de hueso no clasificadas en otra parte, como el endrino (Prunus spinosa L.) o el níspero/níspero del Japón [Eriobotrya japonica (Thunb.) Lindl.].

    CLND 058

    Frutas de zonas de clima subtropical y tropical

    Hectáreas de todas las frutas de zonas de clima subtropical y tropical, como kiwis (Actinidia chinensis Planch.), aguacates (Persea americana Mill.) o plátanos (Musa spp.).

    CLND 059

    Bayas (excepto fresas)

    Hectáreas de todas las bayas cultivadas, como grosella negra (Ribes nigrum L.), grosella roja (Ribes rubrum L.), frambuesa (Rubus idaeus L.) o arándano (Vaccinium corymbosum L.).

    CLND 060

    Frutos de cáscara

    Hectáreas de todos los árboles de frutos de cáscara: nogal, avellano, almendro, castaño y otros.

    CLND 061

    Cítricos

    Hectáreas de cítricos (Citrus spp.): naranjas, pequeños cítricos, limones, limas, pomelos/toronjas y otros cítricos.

    CLND 062

    Uvas

    Hectáreas de vides (Vitis vinifera L.)

    CLND 063

    Uvas de vinificación

    Hectáreas de vides de variedades de uva cultivadas normalmente para la producción de zumo, mosto o vino.

    CLND 064

    Uvas de vinificación para vinos con denominación de origen protegida (DOP)

    Hectáreas de vides de variedades de uva cultivadas normalmente para la producción de vinos con denominación de origen protegida que cumplan los requisitos de: i) el Reglamento (CE) n.o 491/2009 del Consejo (10) o, en su caso, la legislación más reciente, y ii) las normas nacionales correspondientes.

    CLND 065

    Uvas de vinificación para vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

    Hectáreas de vides de variedades de uva cultivadas normalmente para la producción de vinos con indicación geográfica protegida que cumplan los requisitos de: i) el Reglamento (CE) n.o 491/2009 del Consejo o, en su caso, la legislación más reciente, y ii) las normas nacionales correspondientes.

    CLND 066

    Uvas de vinificación para otros vinos n.c.o.p. (sin DOP/IGP)

    Hectáreas de vides de variedades de uva cultivadas normalmente para la producción de vinos sin DOP ni IGP.

    CLND 067

    Uvas de mesa

    Hectáreas de vides de variedades de uva cultivadas normalmente para la producción de uvas frescas.

    CLND 068

    Uvas para pasas

    Hectáreas de vides de variedades de uva cultivadas normalmente para la producción de pasas.

    CLND 069

    Aceitunas

    Hectáreas de olivos (Olea europea L.) cultivados para la producción de aceitunas.

    CLND 070

    Viveros

    Hectáreas de viveros con plantas jóvenes leñosas cultivadas al aire libre y destinadas a ser trasplantadas.

    CLND 071

    Otros cultivos permanentes, incluidos otros cultivos permanentes para consumo humano

    Hectáreas de cultivos permanentes para consumo humano no clasificados en otra parte y árboles plantados como árboles de Navidad en la superficie agrícola utilizada.

    CLND 072

    Árboles de Navidad

    Hectáreas de árboles de Navidad plantados con fines comerciales, fuera del bosque, en la superficie agrícola utilizada. Se excluyen las plantaciones de árboles de Navidad que ya no se mantienen y se encuentran en zonas boscosas.

    CLND 073

    Huertos familiares

    Hectáreas de tierra ocupada normalmente con hortalizas, cultivos de raíces y cultivos permanentes, entre otros, destinados al autoconsumo por el titular y su familia, normalmente separada del resto de la superficie agrícola y reconocible como huerto familiar.

    CLND 074

    Otras tierras agrícolas

    Hectáreas de superficie agrícola no utilizada (superficie agrícola que ya no se explota por razones económicas, sociales o de otro tipo y que no se utiliza en el sistema de rotación de cultivos), superficie forestal y demás superficies ocupadas por edificios, corrales, caminos, estanques, canteras, tierras estériles, roquedales, etc.

    CLND 075

    Superficie agrícola no utilizada

    Hectáreas de superficie utilizada anteriormente con fines agrícolas, pero que, durante el año de referencia de la encuesta, ya no se trabaja ni se utiliza en el sistema de rotación de cultivos, es decir, que no se destina a ningún uso agrícola.

    Dicha superficie podría volver a cultivarse con los recursos normalmente disponibles en una explotación agrícola.

    CLND 076

    Superficie forestal

    Hectáreas de tierra cubierta de árboles o arbustos forestales, incluidas las alamedas y plantaciones similares, ya sea dentro o fuera de los bosques, así como los viveros forestales que se encuentren en el bosque y estén destinados a las necesidades propias de la explotación agrícola, y las instalaciones forestales (caminos forestales, depósitos de madera de construcción, etc.).

    CLND 077

    Monte bajo de ciclo corto

    Hectáreas de superficie forestal destinada al cultivo de plantas leñosas con un período de rotación máximo de veinte años.

    El período de rotación es el tiempo que transcurre entre la primera siembra/plantación de los árboles y la cosecha del producto final, sin que la cosecha incluya actividades normales de gestión como el aclareo.

    CLND 078

    Otras superficies (terreno edificado, corrales, caminos, estanques y otras zonas no productivas)

    Hectáreas de tierra que forman parte de la superficie total de la explotación agrícola, pero que no constituyen ni superficie agrícola utilizada, ni superficie agrícola no utilizada, ni superficie forestal, como es la superficie ocupada por edificios (salvo si se dedican al cultivo de setas), corrales, caminos, estanques, canteras, tierras estériles o roquedales.

     

     

    Superficies de explotación agrícola especiales

    CLND 079

    Setas cultivadas

    Hectáreas de setas cultivadas tanto en construcciones especialmente levantadas o adaptadas a tal fin como en locales subterráneos, cuevas o bodegas.

    CLND 080

    SAU en invernadero o en abrigo alto accesible

    Hectáreas de cultivos que, durante todo el ciclo vegetativo o la mayor parte de él, están cubiertos por invernaderos o por abrigos altos, fijos o móviles (vidrio o plástico rígido o flexible). Estas superficies no deben incluirse en las variables mencionadas anteriormente.

    CLND 081

    Hortalizas, incluidos melones y fresas cultivados en invernadero o en abrigo alto accesible

    Hectáreas de todas las crucíferas, hortalizas de hoja y de tallo, hortalizas cultivadas por su fruto, raíces, tubérculos y bulbos, legumbres frescas, otras hortalizas cosechadas frescas (no secas) y fresas, cultivados en invernadero o en abrigo alto accesible.

    CLND 082

    Flores y plantas ornamentales (excluidos viveros) cultivadas en invernadero o en abrigo alto accesible

    Hectáreas de todas las flores y plantas ornamentales destinadas a la venta como flores cortadas (por ejemplo, rosas, claveles, orquídeas, gladiolos, crisantemos, hojas cortadas y otros productos cortados), como flores y plantas de maceta, parterre y balcón (por ejemplo, rododendros, azaleas, crisantemos, begonias, geranios, impatiens y otras plantas de maceta, parterre y balcón) y como flores de bulbos y cormos y otras plantas ornamentales (tulipanes, jacintos, orquídeas, narcisos y otras), cultivados en invernadero o en abrigo alto accesible.

    CLND 083

    Otros cultivos de tierras arables en invernadero o en abrigo alto accesible

    Hectáreas de otros cultivos de tierras arables no clasificados en otra parte, cultivados en invernadero o en abrigo alto accesible.

    CLND 084

    Cultivos permanentes cultivados en invernadero o en abrigo alto accesible

    Hectáreas de cultivos permanentes cultivados en invernadero o en abrigo alto accesible.

    CLND 085

    Otras SAU en invernadero o en abrigo alto accesible n.c.o.p

    Hectáreas de superficie agrícola utilizada no clasificada en otra parte y cultivada en invernadero o en abrigo alto accesible.

    Agricultura ecológica

    En la explotación agrícola hay tierras en las que se utilizan métodos de producción de la agricultura ecológica conformes con determinadas normas y reglas especificadas en: i) el Reglamento (CE) n.o 834/2007 o el Reglamento (UE) 2018/848, o, en su caso, en la legislación más reciente, y ii) las correspondientes normas de ejecución nacionales aplicables a la agricultura ecológica, incluso durante el período de conversión.

    Los cultivos se definen en la sección básica II, VARIABLES RELATIVAS A LAS TIERRAS.

    CLND 086

    Superficie agrícola utilizada dedicada a la agricultura ecológica

    CLND 087

    Tierra arable dedicada a la agricultura ecológica

    CLND 088

    Cereales de agricultura ecológica para la producción de grano (incluidas semillas)

    CLND 089

    Trigo blando y escanda de agricultura ecológica

    CLND 090

    Trigo duro de agricultura ecológica

    CLND 091

    Leguminosas y proteaginosas secas de agricultura ecológica para la producción de grano (incluidas las semillas y las mezclas de cereales con leguminosas)

    CLND 092

    Cultivos de raíces de agricultura ecológica

    CLND 093

    Patatas de agricultura ecológica (incluidas las patatas de siembra)

    CLND 094

    Remolacha azucarera de agricultura ecológica (excepto las semillas)

    CLND 095

    Cultivos industriales de agricultura ecológica

    CLND 096

    Semillas oleaginosas de agricultura ecológica

    CLND 097

    Soja de agricultura ecológica

    CLND 098

    Cultivos de agricultura ecológica cosechados en verde en tierras arables

    CLND 099

    Pastos y prados temporales de agricultura ecológica

    CLND 100

    Leguminosas de agricultura ecológica cosechadas en verde

    CLND 101

    Hortalizas frescas (incluidos melones) y fresas de agricultura ecológica

    CLND 102

    Semillas y plántulas de agricultura ecológica

    CLND 103

    Pastos permanentes de agricultura ecológica

    CLND 104

    Prados permanentes y pastos de agricultura ecológica, excepto los pastos pobres

    CLND 105

    Pastos pobres de agricultura ecológica

    CLND 106

    Cultivos permanentes de agricultura ecológica (incluidas plantaciones jóvenes y abandonadas temporalmente, excluidas zonas de producción exclusivamente para consumo propio)

    CLND 107

    Frutas, bayas y frutos de cáscara de agricultura ecológica (excepto los cítricos, las uvas y las fresas)

    CLND 108

    Cítricos de agricultura ecológica

    CLND 109

    Uvas de vinificación de agricultura ecológica

    CLND 110

    Aceitunas de agricultura ecológica

    CLND 111

    Hortalizas de agricultura ecológica, incluidos melones y fresas cultivados en invernadero o en abrigo alto accesible

    Regadío en superficies cultivadas al aire libre

    CLND 112

    Superficie total de regadío

    Hectáreas de la superficie agrícola utilizada máxima total que, durante el año de referencia, podría regarse con los equipos y la cantidad de agua normalmente disponibles en la explotación agrícola.


    III.   VARIABLES RELATIVAS AL GANADO

    Los animales no tienen que ser necesariamente propiedad del titular. Pueden encontrarse en la explotación agrícola (en superficies agrícolas utilizadas o en establos utilizados por la explotación agrícola) o fuera de ella (en pastos comunes, durante la trashumancia, etc.).

     

     

    Bovinos

    Se refiere al ganado vacuno (Bos taurus L.) y al búfalo (Bubalus bubalis L.), incluidos los híbridos como el «beefalo».

    CLVS 001

    Bovinos de menos de un año

    Cabezas de bovinos machos y hembras de menos de un año.

    CLVS 002

    Bovinos de entre un año y menos de dos años

    Cabezas de bovinos de entre un año y menos de dos años

    CLVS 003

    Bovinos machos de entre un año y menos de dos años

    Cabezas de bovinos machos de entre un año y menos de dos años

    CLVS 004

    Terneras de entre un año y menos de dos años

    Cabezas de bovinos hembras de entre un año y menos de dos años

     

     

     

    Bovinos de dos años o más

    CLVS 005

    Bovinos machos de dos años o más

    Cabezas de bovinos machos de dos años o más

    CLVS 006

    Bovinos hembras de dos años o más

    Cabezas de bovinos hembras de dos años o más

    CLVS 007

    Terneras de dos años o más

    Cabezas de bovinos hembras de dos años o más que aún no han parido.

    CLVS 008

    Vacas

    Cabezas de bovinos hembras de dos años o más que ya han parido.

    CLVS 009

    Vacas lecheras

    Cabezas de bovinos hembras que ya han parido (incluidas las de menos de dos años) y que, en virtud de su raza o sus cualidades particulares, se guardan exclusiva o principalmente para producir leche destinada al consumo humano o a la transformación en productos lácteos.

    CLVS 010

    Vacas no lecheras

    Cabezas de bovinos hembras que ya han parido (incluidas las de menos de dos años) y que, en virtud de su raza o sus cualidades particulares, se guardan exclusiva o principalmente para producir becerros, y cuya leche no está destinada al consumo humano ni a la transformación en productos lácteos.

    CLVS 011

    Búfalas

    Cabezas de búfalas (hembras de la especie Bubalus bubalis, L.) que ya han parido (incluidas las de menos de dos años).

    CLVS 012

    Ovinos (todas las edades)

    Cabezas de animales domésticos de la especie Ovis aries L.

    CLVS 013

    Ovinas reproductoras

    Cabezas de ovejas y corderas apareadas, con independencia de su aptitud láctea o cárnica.

    CLVS 014

    Otros ovinos

    Cabezas de los demás ovinos distintos de las hembras reproductoras.

    CLVS 015

    Caprinos (todas las edades)

    Cabezas de animales domésticos de la subespecie Capra aegagrus hircus L.

    CLVS 016

    Caprinas reproductoras

    Cabezas de caprinas que ya han parido y de caprinas que se han apareado.

    CLVS 017

    Otros caprinos

    Cabezas de los demás caprinos distintos de las hembras reproductoras.

     

     

    Porcinos

    Se refiere a los animales domésticos de la especie Sus scrofa domesticus Erxleben.

    CLVS 018

    Lechones con un peso vivo de menos de 20 kg

    Cabezas de lechones con un peso vivo de menos de 20 kg.

    CLVS 019

    Porcinas reproductoras con un peso vivo de 50 kg o más

    Cabezas de porcinas de 50 kg o más destinadas a fines de reproducción, con independencia de si han parido o no.

    CLVS 020

    Otros porcinos

    Cabezas de porcinos no clasificados en otra parte.

     

     

    Aves de corral

    Se refiere a las gallinas y los pollos domésticos (Gallus gallus L.), pavos (Meleagris spp.), patos (Anas spp. y Cairina moschata L.), gansos (Anser anser domesticus L.), avestruces (Struthio camelus L.) y otras aves de corral no clasificadas en otra parte, como codornices (Coturnix spp.), faisanes (Phasianus spp.), pintadas (Numida meleagris domestica L.) y palomas (Columbinae spp.). Sin embargo, se excluyen las aves criadas en cautividad con fines cinegéticos y no destinadas a la producción de carne o huevos.

    CLVS 021

    Pollos de engorde

    Cabezas de animales domésticos de la especie Gallus gallus L. destinados a la producción de carne.

    CLVS 022

    Gallinas ponedoras

    Cabezas de animales domésticos de la especie Gallus gallus L. que han llegado a la madurez para la puesta y se destinan a la producción de huevos.

    CLVS 023

    Otras aves de corral

    Cabezas de aves de corral no incluidas en las rúbricas de pollos de engorde o gallinas ponedoras. Se excluyen los pollitos.

    CLVS 024

    Pavos

    Cabezas de animales domésticos del género Meleagris.

    CLVS 025

    Patos

    Cabezas de animales domésticos del género Anas y la especie Cairina moschata L.

    CLVS 026

    Gansos

    Cabezas de animales domésticos de la especie Anser anser domesticus L.

    CLVS 027

    Avestruces

    Cabezas de avestruces (Struthio camelus L.).

    CLVS 028

    Otras aves de corral n.c.o.p.

    Cabezas de otras aves de corral no clasificadas en otra parte.

     

     

    Conejos

    Se refiere a los animales domésticos del género Oryctolagus.

    CLVS 029

    Conejas reproductoras

    Cabezas de conejas (Oryctolagus spp.) dedicadas a la producción de conejos para carne y que ya han parido.

    CLVS 030

    Abejas

    Número de colmenas ocupadas por abejas (Apis mellifera L.) destinadas a la producción de miel.

    CLVS 031

    Ciervos

    Presencia de animales tales como ciervos (Cervus elaphus L.), ciervos sika (Cervus nippon Temminck), renos (Rangifer tarandus L.) o gamos (Dama dama L.) para la producción de carne.

    CLVS 032

    Animales de peletería

    Presencia de animales tales como visones (Neovison vison Schreber), turones (Mustela putorius L.), zorros (Vulpes spp. y otros), perros mapache (Nyctereutes spp.) o chinchillas (Chinchilla spp.) para la producción de pieles.

    CLVS 033

    Ganado n.c.o.p.

    Presencia de ganado no clasificado en otra parte de esta sección.

    Métodos de ganadería ecológica

    En la explotación agrícola hay animales a los que se aplican prácticas agropecuarias conformes con determinadas normas y reglas especificadas en: i) el Reglamento (CE) n.o 834/2007 o el Reglamento (UE) 2018/848, o, en su caso, en la legislación más reciente, y ii) las correspondientes normas de ejecución nacionales aplicables a la producción ecológica, incluso durante el período de conversión.

    Los animales se definen en la sección básica III, VARIABLES RELATIVAS AL GANADO.

    CLVS 034

    Ganado ecológico de bovinos

    Cabezas de ganado ecológico de bovinos

    CLVS 035

    Ganado ecológico de vacas lecheras

    Cabezas de ganado ecológico de vacas lecheras

    CLVS 036

    Ganado ecológico de vacas no lecheras

    Cabezas de ganado ecológico de vacas no lecheras

    CLVS 037

    Ganado ecológico de búfalas

    Presencia de ganado ecológico de búfalas

    CLVS 038

    Ganado ecológico de ovinos (todas las edades)

    Cabezas de ganado ecológico de ovinos

    CLVS 039

    Ganado ecológico de caprinos (todas las edades)

    Cabezas de ganado ecológico de caprinos

    CLVS 040

    Ganado ecológico de porcinos

    Cabezas de ganado ecológico de porcinos

    CLVS 041

    Ganado ecológico de aves de corral

    Cabezas de ganado ecológico de aves de corral

    CLVS 042

    Ganado ecológico de pollos de engorde

    Cabezas de ganado ecológico de pollos de engorde

    CLVS 043

    Ganado ecológico de gallinas ponedoras

    Cabezas de ganado ecológico de gallinas ponedoras


    (1)  Reglamento (UE) n.o 1089/2010 de la Comisión, de 23 de noviembre de 2010, por el que se aplica la Directiva 2007/2/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a la interoperabilidad de los conjuntos y los servicios de datos espaciales (DO L 323 de 8.12.2010, p. 11).

    (2)  NUTS: Nomenclatura común de unidades territoriales estadísticas.

    (3)  Reglamento (CE) n.o 1059/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de mayo de 2003, por el que se establece una nomenclatura común de unidades territoriales estadísticas (NUTS) (DO L 154 de 21.6.2003, p. 1).

    (4)  Reglamento (UE) n.o 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 1698/2005 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 487).

    (5)  Reglamento (UE) n.o 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la política agrícola común y por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.o 637/2008 y (CE) n.o 73/2009 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 608).

    (6)  Tramo de porcentajes 2 de las unidades de trabajo anuales: (> 0 a < 25), (≥ 25 a < 50), (≥ 50 a < 75), (≥ 75 a < 100), (100).

    (7)  Reglamento (CE) n.o 834/2007 del Consejo, de 28 de junio de 2007, sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento (CEE) n.o 2092/91 (DO L 189 de 20.7.2007, p. 1).

    (8)  Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre producción ecológica y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 834/2007 del Consejo (DO L 150 de 14.6.2018, p. 1).

    (9)  Reglamento (UE) n.o 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la política agrícola común, por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 352/78, (CE) n.o 165/94, (CE) n.o 2799/98, (CE) n.o 814/2000, (CE) n.o 1290/2005 y (CE) n.o 485/2008 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 549).

    (10)  Reglamento (CE) n.o 491/2009 del Consejo, de 25 de mayo de 2009, que modifica el Reglamento (CE) n.o 1234/2007 por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM) (DO L 154 de 17.6.2009, p. 1).


    ANEXO II

    Lista de variables por módulo

    MÓDULO 1. MANO DE OBRA Y OTRAS ACTIVIDADES LUCRATIVAS

    Variables

    Unidades/categorías

    Tema: Gestión de la explotación

     

     

    Temas detallados: titular y equilibrio hombres/mujeres

     

    MLFO 001

    Sexo del titular

    Masculino/Femenino

    MLFO 002

    Año de nacimiento

    Año

     

    Tema detallado: Utilización de mano de obra

     

    MLFO 003

    Trabajo agrícola del titular en la explotación agrícola

    Tramo UTA 1 (1)

     

    Tema detallado: Medidas de seguridad, incluido un plan de seguridad de la explotación

     

    MLFO 004

    Plan de seguridad de la explotación

    Sí/No

    Tema: Mano de obra familiar

     

     

    Temas detallados: Utilización de mano de obra, número de personas implicadas y equilibrio hombres/mujeres

     

    MLFO 005

    Miembros masculinos de la familia que realizan trabajo agrícola

    Número de personas por tramo UTA 2 (2)

    MLFO 006

    Miembros femeninos de la familia que realizan trabajo agrícola

    Número de personas por tramo UTA 2 (2)

    Tema: Mano de obra no familiar

     

     

    Temas detallados: Utilización de mano de obra, número de personas empleadas y equilibrio hombres/mujeres

     

     

     

    Mano de obra no familiar que trabaja regularmente en la explotación agrícola

     

    MLFO 007

    Mano de obra no familiar masculina que trabaja regularmente en la explotación

    Número de personas por tramo UTA 2 (2)

    MLFO 008

    Mano de obra no familiar femenina que trabaja regularmente en la explotación

    Número de personas por tramo UTA 2 (2)

     

    Tema detallado: Mano de obra sin ocupación regular empleada en la explotación

     

    MLFO 009

    Mano de obra no familiar empleada esporádicamente: masculina y femenina

    Jornadas a tiempo completo

     

    Tema detallado: Mano de obra empleada por los contratistas

     

    MLFO 010

    Personas no empleadas directamente por la explotación agrícola y no incluidas en las categorías anteriores.

    Jornadas a tiempo completo

    Tema: Otras actividades lucrativas relacionadas directamente con la explotación agrícola

     

     

    Tema detallado: Tipos de actividades

     

    MLFO 011

    Prestación de servicios sanitarios, sociales o educativos

    Sí/No

    MLFO 012

    Turismo, alojamiento y otras actividades recreativas

    Sí/No

    MLFO 013

    Artesanía

    Sí/No

    MLFO 014

    Transformación de productos agrarios

    Sí/No

    MLFO 015

    Producción de energía renovable

    Sí/No

    MLFO 016

    Transformación de la madera

    Sí/No

    MLFO 017

    Acuicultura

    Sí/No

     

     

    Trabajo bajo contrato (que utiliza los medios de producción de la explotación agrícola):

     

    MLFO 018

    Trabajo agrícola bajo contrato

    Sí/No

    MLFO 019

    Trabajo no agrícola bajo contrato

    Sí/No

    MLFO 020

    Silvicultura

    Sí/No

    MLFO 021

    Otras actividades lucrativas relacionadas directamente con la explotación agrícola n.c.o.p.

    Sí/No

     

    Tema detallado: Importancia para la explotación agrícola

     

    MLFO 022

    Porcentaje de otras actividades lucrativas relacionadas directamente con la explotación agrícola respecto de la producción final de esta.

    Tramos de porcentajes (3)

     

    Tema detallado: Utilización de mano de obra

     

    MLFO 023

    Titular con otras actividades lucrativas (relacionadas con la explotación agrícola).

    P/S/N (4)

    MLFO 024

    Miembros de la familia que trabajan en la explotación agrícola y tienen otras actividades lucrativas (relacionadas con la explotación agrícola) que son su actividad principal.

    Número de personas

    MLFO 025

    Miembros de la familia que trabajan en la explotación agrícola y tienen otras actividades lucrativas (relacionadas con la explotación agrícola) que son su actividad secundaria.

    Número de personas

    MLFO 026

    Mano de obra no familiar que trabaja regularmente en la explotación agrícola y tiene otras actividades lucrativas (relacionadas con la explotación agrícola) que son su actividad principal.

    Número de personas

    MLFO 027

    Mano de obra no familiar que trabaja regularmente en la explotación agrícola y tiene otras actividades lucrativas (relacionadas con la explotación agrícola) que son su actividad secundaria.

    Número de personas

    Tema: Otras actividades lucrativas no relacionadas directamente con la explotación agrícola

     

     

    Tema detallado: Utilización de mano de obra

     

    MLFO 028

    El titular único es también el jefe de la explotación agrícola de titular único y tiene otras actividades lucrativas (no relacionadas con la explotación agrícola).

    P/S/N (4)

    MLFO 029

    Miembros de la familia del titular único (si el titular único es el jefe de la explotación agrícola) que trabajan en la explotación agrícola y tienen otras actividades lucrativas (no relacionadas con la explotación agrícola) que son su actividad principal.

    Número de personas

    MLFO 030

    Miembros de la familia del titular único (si el titular único es el jefe de la explotación agrícola) que trabajan en la explotación agrícola y tienen otras actividades lucrativas (no relacionadas con la explotación agrícola) que son su actividad secundaria.

    Número de personas

    MÓDULO 2. DESARROLLO RURAL

    Variables

    Unidades/categorías

    Tema: Explotaciones agrícolas apoyadas por medidas de desarrollo rural

     

    MRDV 001

    Servicios de asesoramiento, de gestión y de sustitución en las explotaciones

    Sí/No

    MRDV 002

    Sistemas de calidad para los productos agrícolas y los productos alimenticios

    Sí/No

    MRDV 003

    Inversión en activos físicos

    Sí/No

    MRDV 004

    Restablecimiento del potencial de producción agrícola afectado por desastres naturales y catástrofes e introducción de medidas de prevención adecuadas

    Sí/No

     

     

    Desarrollo de explotaciones y empresas

     

    MRDV 005

    Ayuda destinada a la creación de empresas para jóvenes agricultores

    Sí/No

    MRDV 006

    Ayuda destinada a la creación de empresas para el desarrollo de pequeñas explotaciones

    Sí/No

    MRDV 007

    Pagos directos nacionales complementarios para Croacia

    Sí/No

    MRDV 008

    Inversiones en el desarrollo de zonas forestales y mejora de la viabilidad de los bosques

    Sí/No

     

     

    Pagos agroambientales y climáticos

     

    MRDV 009

    Agroambiente y clima

    Sí/No

    MRDV 010

    Servicios silvoambientales y climáticos y conservación de los bosques

    Sí/No

    MRDV 011

    Agricultura ecológica

    Sí/No

    MRDV 012

    Pagos al amparo de Natura 2000 y de la Directiva marco del agua

    Sí/No

    MRDV 013

    Pagos a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas

    Sí/No

    MRDV 014

    Bienestar de los animales

    Sí/No

    MRDV 015

    Gestión del riesgo

    Sí/No

    MÓDULO 3. ESTABULACIÓN Y GESTIÓN DEL ESTIÉRCOL

    Variables

    Unidades/categorías

    Tema: Estabulación

     

     

    Tema detallado: Estabulación de bovinos

     

    MAHM 001

    Vacas lecheras

    Promedio de animales

    MAHM 002

    Vacas lecheras en establos trabados (estiércol líquido)

    Plazas

    MAHM 003

    Vacas lecheras en establos trabados (estiércol sólido)

    Plazas

    MAHM 004

    Vacas lecheras en establos libres/cubículos (estiércol líquido)

    Plazas

    MAHM 005

    Vacas lecheras en establos libres/cubículos (estiércol sólido)

    Plazas

    MAHM 006

    Vacas lecheras en otros tipos de estabulación (estiércol líquido)

    Plazas

    MAHM 007

    Vacas lecheras en otros tipos de estabulación (estiércol sólido)

    Plazas

    MAHM 008

    Vacas lecheras siempre al aire libre

    Plazas

    MAHM 009

    Vacas lecheras parcialmente al aire libre (mientras pacen)

    Meses

    MAHM 010

    Vacas lecheras con acceso a espacios de ejercicio

    Sí/No

    MAHM 011

    Otros bovinos

    Promedio de animales

    MAHM 012

    Otros bovinos en establos trabados (estiércol líquido)

    Plazas

    MAHM 013

    Otros bovinos en establos trabados (estiércol sólido)

    Plazas

    MAHM 014

    Otros bovinos en establos libres/cubículos (estiércol líquido)

    Plazas

    MAHM 015

    Otros bovinos en establos libres/cubículos (estiércol sólido)

    Plazas

    MAHM 016

    Otros bovinos en otros tipos de estabulación (estiércol líquido)

    Plazas

    MAHM 017

    Otros bovinos en otros tipos de estabulación (estiércol sólido)

    Plazas

    MAHM 018

    Otros bovinos siempre al aire libre

    Plazas

    MAHM 019

    Otros bovinos parcialmente al aire libre (mientras pacen)

    Meses

    MAHM 020

    Otros bovinos con acceso a espacios de ejercicio

    Sí/No

     

    Tema detallado: Estabulación de porcinos

     

    MAHM 021

    Porcinas reproductoras

    Promedio de animales

    MAHM 022

    Porcinas reproductoras en suelos totalmente enrejillados

    Plazas

    MAHM 023

    Porcinas reproductoras en suelos parcialmente enrejillados

    Plazas

    MAHM 024

    Porcinas reproductoras en alojamiento de suelo sólido (excepto cama profunda)

    Plazas

    MAHM 025

    Porcinas reproductoras en superficie cubierta íntegramente de cama profunda

    Plazas

    MAHM 026

    Porcinas reproductoras en otros tipos de alojamientos

    Plazas

    MAHM 027

    Porcinas reproductoras al aire libre (camperas)

    Plazas

    MAHM 028

    Porcinas reproductoras al aire libre (camperas)

    Meses

    MAHM 029

    Otros porcinos

    Promedio de animales

    MAHM 030

    Otros porcinos en suelos totalmente enrejillados

    Plazas

    MAHM 031

    Otros porcinos en suelos parcialmente enrejillados

    Plazas

    MAHM 032

    Otros porcinos en alojamiento de suelo sólido (excepto cama profunda)

    Plazas

    MAHM 033

    Otros porcinos en superficie cubierta íntegramente de cama profunda

    Plazas

    MAHM 034

    Otros porcinos en otros tipos de alojamientos

    Plazas

    MAHM 035

    Otros porcinos al aire libre (camperos)

    Plazas

    MAHM 036

    Otros porcinos con acceso a espacios de ejercicio

    Sí/No

     

    Tema detallado: Estabulación de gallinas ponedoras

     

    MAHM 037

    Gallinas ponedoras

    Promedio de animales

    MAHM 038

    Gallinas ponedoras en alojamientos con cama profunda

    Plazas

    MAHM 039

    Gallinas ponedoras en aviario (sin cama)

    Plazas

    MAHM 040

    Gallinas ponedoras en jaulas con cintas de gallinaza

    Plazas

    MAHM 041

    Gallinas ponedoras en jaulas con fosas profundas

    Plazas

    MAHM 042

    Gallinas ponedoras en jaulas sobre zancos

    Plazas

    MAHM 043

    Gallinas ponedoras en otros tipos de alojamientos

    Plazas

    MAHM 044

    Gallinas ponedoras al aire libre (camperas)

    Plazas

    Tema: Uso de nutrientes y de estiércol en la explotación

     

     

    Tema detallado: SAU fertilizada

     

    MAHM 045

    SAU total fertilizada con fertilizantes minerales

    ha

    MAHM 046

    SAU total fertilizada con estiércol

    ha

     

    Tema detallado: Estiércol exportado e importado por la explotación agrícola

     

     

     

    Exportación neta de estiércol de la explotación

     

    MAHM 047

    Exportación neta de estiércol líquido de la explotación

    m3

    MAHM 048

    Exportación neta de estiércol sólido de la explotación

    toneladas

     

    Tema detallado: Fertilizantes orgánicos y de residuos distintos del estiércol

     

    MAHM 049

    Fertilizantes orgánicos y de residuos distintos del estiércol utilizados en la explotación agrícola

    toneladas

    Tema: Técnicas de aplicación de estiércol

     

     

    Tema detallado: Tiempo de incorporación por tipo de esparcimiento

     

     

     

    Difusión

     

    MAHM 050

    Incorporación en cuatro horas

    Tramos de porcentajes (5)

    MAHM 051

    Incorporación después de cuatro horas

    Tramos de porcentajes (5)

    MAHM 052

    Sin incorporación

    Tramos de porcentajes (5)

     

     

    Esparcimiento en surcos

     

    MAHM 053

    Latiguillo trasero

    Tramos de porcentajes (5)

    MAHM 054

    Zapata trasera

    Tramos de porcentajes (5)

     

     

    Inyección

     

    MAHM 055

    Ranuras poco profundas (ranuras abiertas)

    Tramos de porcentajes (5)

    MAHM 056

    Ranuras profundas (ranuras cerradas)

    Tramos de porcentajes (5)

    Tema: Instalaciones para estiércol

     

     

    Tema detallado: Instalaciones y capacidad para el almacenamiento del estiércol

     

    MAHM 057

    Almacenamiento del estiércol en montones

    %

    MAHM 058

    Estiércol almacenado en pilas de compost

    %

    MAHM 059

    Estiércol almacenado en fosas bajo el alojamiento de los animales

    %

    MAHM 060

    Estiércol almacenado en sistemas con cama profunda

    %

    MAHM 061

    Almacenamiento de estiércol líquido sin cubierta

    %

    MAHM 062

    Almacenamiento de estiércol líquido con cubierta permeable

    %

    MAHM 063

    Almacenamiento de estiércol líquido con cubierta impermeable

    %

    MAHM 064

    Estiércol almacenado en otras instalaciones n.c.o.p.

    %

    MAHM 065

    Esparcimiento diario

    %

    MAHM 066

    Estiércol almacenado en pilas de compost

    Meses

    MAHM 067

    Almacenamiento del estiércol en fosas bajo el alojamiento de los animales

    Meses

    MAHM 068

    Almacenamiento del estiércol en sistemas con cama profunda

    Meses

    MAHM 069

    Almacenamiento de estiércol líquido

    Meses

    MAHM 070

    Estiércol almacenado en otras instalaciones n.c.o.p.

    Meses


    (1)  Tramo de porcentajes 1 de las unidades de trabajo anuales: (0), (> 0-< 25), (≥ 25-< 50), (≥ 50-< 75), (≥ 75-< 100), (100).

    (2)  Tramo de porcentajes 2 de las unidades de trabajo anuales: (> 0 a < 25), (≥ 25 a < 50), (≥ 50 a < 75), (≥ 75 a < 100), (100).

    (3)  Tramos de porcentajes de la producción final de la explotación: (≥ 0-≤ 10), (> 10-≤ 50), (> 50-< 100).

    (4)  P = actividad principal; S = actividad secundaria; N = ninguna.

    (5)  Tramos de porcentajes del estiércol aplicado con una técnica de aplicación específica (0), (> 0-< 25), (≥ 25-< 50), (≥ 50-< 75), (≥ 75-< 100), (100).


    ANEXO III

    Descripción de las variables que deben utilizarse para los módulos de datos de la explotación especificados en el anexo II del Reglamento de Ejecución

    MÓDULO 1. MANO DE OBRA Y OTRAS ACTIVIDADES LUCRATIVAS

    DESCRIPCIÓN DE LAS VARIABLES DE LA MANO DE OBRA

    Titular

    El titular es la persona física (o la persona física seleccionada, en el caso de una agrupación de explotaciones) por cuya cuenta y en cuyo nombre se hace funcionar la explotación, y que es jurídica y económicamente responsable de ella. Si el titular es una persona jurídica, no se recogen datos relativos al titular.

    El trabajo agrícola se define en el anexo I, VARIABLES GENERALES.

    Tema: Gestión de la explotación

     

    Temas detallados: titular y equilibrio hombres/mujeres

    MLFO 001

    Sexo del titular

    Sexo del titular

     

    M: masculino

     

    F: femenino

    MLFO 002

    Año de nacimiento

    Fecha de nacimiento del titular

     

    Tema detallado: Utilización de mano de obra

    MLFO 003

    Trabajo agrícola del titular en la explotación agrícola

    Tramo de porcentajes de las unidades de trabajo anuales de trabajo agrícola realizado en la explotación agrícola por el titular, aparte de las labores domésticas.

     

    Tema detallado: Medidas de seguridad, incluido un plan de seguridad de la explotación

    MLFO 004

    Plan de seguridad de la explotación

    La explotación ha llevado a cabo una evaluación del riesgo del lugar de trabajo a fin de reducir los peligros relacionados con el trabajo, y ha plasmado los resultados en un documento escrito (por ejemplo, un «plan de seguridad de la explotación»).

    Tema: Mano de obra familiar

     

    Temas detallados: Utilización de mano de obra, número de personas implicadas y equilibrio hombres/mujeres

     

    Miembros de la familia que realizan trabajo agrícola

    Este punto se aplica solamente a las explotaciones de titular único, ya que se considera que las agrupaciones de explotaciones y las personas jurídicas no tienen mano de obra familiar.

    En las en explotaciones de titular único, los miembros de la familia que realizan trabajo agrícola (aparte de labores domésticas) son el cónyuge, los parientes en línea ascendente o descendente y los hermanos y las hermanas del titular o de su cónyuge. En su caso, se incluye el jefe que es miembro de la familia del titular.

    MLFO 005

    Miembros masculinos de la familia que realizan trabajo agrícola

    Número de miembros masculinos de la familia por tramo de porcentajes de las unidades de trabajo anuales

    MLFO 006

    Miembros femeninos de la familia que realizan trabajo agrícola

    Número de miembros femeninos de la familia por tramo de porcentajes de las unidades de trabajo anuales

    Tema: Mano de obra no familiar

     

    Temas detallados: Utilización de mano de obra, número de personas empleadas y equilibrio hombres/mujeres

     

     

    Mano de obra no familiar que trabaja regularmente en la explotación agrícola

    La mano de obra empleada regularmente está compuesta por las personas distintas del titular y de los miembros de la familia que han realizado trabajo agrícola cada semana en la explotación agrícola durante los doce meses anteriores al día de referencia de la encuesta, con independencia de la duración de la semana laboral y de si recibieron algún tipo de remuneración (sueldo, jornal, beneficio u otros pagos, incluidos los pagos en especie). El término incluye también a las personas que no pudieron trabajar durante todo el período debido a:

    i)

    condiciones especiales de producción en explotaciones agrícolas especializadas, o

    ii)

    ausencia por vacaciones, servicio militar, enfermedad, accidente o fallecimiento, o

    iii)

    comienzo o cese del empleo en la explotación agrícola, o

    iv)

    paralización total del trabajo en la explotación agrícola por causas accidentales (inundación, incendio, etc.).

    MLFO 007

    Mano de obra no familiar masculina que trabaja regularmente en la explotación

    Número de componentes masculinos de la mano de obra no familiares, por tramo de porcentajes de las unidades de trabajo anuales

    MLFO 008

    Mano de obra no familiar femenina que trabaja regularmente en la explotación

    Número de componentes femeninos de la mano de obra no familiares, por tramo de porcentajes de las unidades de trabajo anuales

     

    Tema detallado: Mano de obra sin ocupación regular empleada en la explotación

     

     

    La mano de obra no familiar empleada esporádicamente son las personas que no trabajaron cada semana en la explotación agrícola en los doce meses anteriores al día de referencia de la encuesta, por una razón distinta de las que figuran en el punto relativo a la mano de obra no familiar que trabaja regularmente en la explotación agrícola.

    Las jornadas de trabajo realizadas por la mano de obra no familiar empleada esporádicamente son todas aquellas de una duración tal que el trabajador percibe el sueldo o cualquier clase de remuneración (jornal, beneficio u otros pagos, incluidos los pagos en especie) correspondiente a un día de trabajo completo, y durante las cuales realiza el trabajo normalmente efectuado por un trabajador agrícola a tiempo completo. Los días de vacaciones y de enfermedad no se computarán como jornadas de trabajo.

    MLFO 009

    Mano de obra no familiar empleada esporádicamente: masculina y femenina

    Total de jornadas de trabajo a tiempo completo de las personas empleadas esporádicamente en la explotación agrícola.

     

    Tema detallado: Mano de obra empleada por los contratistas

    MLFO 010

    Personas no empleadas directamente por la explotación agrícola y no incluidas en las categorías anteriores.

    Total de jornadas de trabajo a tiempo completo realizadas en la explotación agrícola por las personas no empleadas directamente por esta (por ejemplo, subcontratistas empleados por terceros).

    Tema: Otras actividades lucrativas relacionadas directamente con la explotación agrícola

    La información sobre otras actividades lucrativas se consigna con respecto a:

    i)

    los titulares de explotaciones de titular único y de agrupaciones de explotaciones;

    ii)

    los miembros de la familia de explotaciones de titular único;

    y, en el caso de otras actividades lucrativas relacionadas directamente con la explotación agrícola, también con respecto a:

    iii)

    la mano de obra no familiar que trabaja regularmente en la explotación.

    En relación con las explotaciones de personas jurídicas, no se recoge información sobre otras actividades lucrativas.

    Con otras actividades lucrativas relacionadas directamente con la explotación agrícola se hace referencia a otras actividades lucrativas desempeñadas:

    a)

    en la explotación agrícola, o

    b)

    fuera de la explotación agrícola.

    Las otras actividades lucrativas relacionadas directamente con la explotación agrícola son aquellas en las que se utilizan o bien los recursos de la explotación agrícola (superficie, edificios, maquinaria, etc.) o bien sus productos. Se incluyen tanto el trabajo no agrícola como el trabajo agrícola efectuado para otras explotaciones agrícolas. Se excluyen las inversiones meramente financieras. También se excluye el alquiler del suelo para actividades diversas en las que no se tiene mayor implicación.

     

    Tema detallado: Tipos de actividades

    MLFO 011

    Prestación de servicios sanitarios, sociales o educativos

    Presencia de actividades relacionadas con la prestación de servicios sanitarios, sociales o educativos, o actividades empresariales con contenido social, que utilicen o bien los recursos de la explotación agrícola o bien sus productos primarios.

    MLFO 012

    Turismo, alojamiento y otras actividades recreativas

    Presencia de actividades turísticas, servicios de alojamiento, visitas de la explotación agrícola por turistas u otros grupos, actividades deportivas y recreativas, etc. en las que se utilicen la superficie, los edificios u otros recursos de la explotación agrícola.

    MLFO 013

    Artesanía

    Presencia de manufactura de objetos artesanales fabricados en la explotación agrícola o bien por el titular o los miembros de su familia o bien por la mano de obra no familiar, con independencia de la forma de vender los productos.

    MLFO 014

    Transformación de productos agrarios

    Presencia en la explotación agrícola de cualquier tipo de transformación de un producto agrícola básico en un producto secundario transformado, con independencia de que la materia prima se produzca en la explotación agrícola o se traiga del exterior.

    MLFO 015

    Producción de energía renovable

    Presencia de actividades de producción de energía renovable para el mercado, como biogás, biocombustibles o electricidad, mediante turbinas eólicas, equipos de otro tipo o materias primas agrícolas. No incluye la energía renovable producida para uso propio de la explotación agrícola.

    MLFO 016

    Transformación de la madera

    Presencia en la explotación agrícola de actividades de transformación de la madera bruta destinada al mercado (aserrado de madera de construcción, etcétera).

    MLFO 017

    Acuicultura

    Presencia en la explotación agrícola de actividades de producción de peces, crustáceos, etc. No incluye las actividades meramente pesqueras.

     

     

    Trabajo bajo contrato (que utiliza los medios de producción de la explotación agrícola)

    Trabajo bajo contrato en el que se utiliza el equipo de la explotación agrícola, diferenciando entre el trabajo que es propio del sector agrícola y el que no lo es.

    MLFO 018

    Trabajo agrícola bajo contrato

    Presencia de trabajo propio del sector agrícola.

    MLFO 019

    Trabajo no agrícola bajo contrato

    Presencia de trabajo que no es propio del sector agrícola (por ejemplo, limpieza de la nieve, labores de transporte, mantenimiento del paisaje, servicios agrícolas y ecológicos, etc.).

    MLFO 020

    Silvicultura

    Presencia de trabajo forestal que utiliza tanto la mano de obra agrícola como la maquinaria y el equipo de la explotación agrícola que generalmente se utilizan con fines agrícolas.

    MLFO 021

    Otras actividades lucrativas relacionadas directamente con la explotación agrícola n.c.o.p.

    Presencia de otras actividades lucrativas relacionadas directamente con la explotación agrícola no clasificadas en otra parte.

     

    Tema detallado: Importancia para la explotación agrícola

    MLFO 022

    Porcentaje de otras actividades lucrativas relacionadas directamente con la explotación agrícola respecto de la producción final de esta

    El tramo de porcentajes de otras actividades lucrativas relacionadas directamente con la explotación agrícola respecto de la producción final de esta. La proporción de otras actividades lucrativas relacionadas directamente con la explotación agrícola respecto de la producción final de esta se calcula como la parte del volumen de negocios generado por estas actividades en la suma del volumen de negocios total de la explotación agrícola más los pagos directos recibidos por esta con arreglo al Reglamento (UE) n.o 1307/2013 o a la legislación más reciente.

    Formula

     

    Tema detallado: Utilización de mano de obra

    Este punto se aplica a:

    i)

    los titulares de explotaciones de titular único y de agrupaciones de explotaciones;

    ii)

    los miembros de la familia de explotaciones de titular único, y

    iii)

    la mano de obra no familiar que trabaja regularmente en la explotación.

    En relación con las explotaciones de personas jurídicas no se recoge información a este respecto.

    MLFO 023

    Titular con otras actividades lucrativas (relacionadas con la explotación agrícola)

    El titular de la explotación de titular único o de la agrupación de explotaciones tiene otras actividades lucrativas relacionadas directamente con la explotación agrícola:

     

    P: actividad principal

     

    S: actividad secundaria

     

    N: ninguna

    Las actividades pueden realizarse dentro de la propia explotación agrícola (trabajo no agrícola en la explotación agrícola) o fuera de ella.

    MLFO 024

    Miembros de la familia que trabajan en la explotación agrícola y tienen otras actividades lucrativas (relacionadas con la explotación agrícola) que son su actividad principal.

    Número de miembros de la familia que desempeñan otras actividades lucrativas, relacionadas directamente con la explotación agrícola, que son su actividad principal.

    MLFO 025

    Miembros de la familia que trabajan en la explotación agrícola y tienen otras actividades lucrativas (relacionadas con la explotación agrícola) que son su actividad secundaria.

    Número de miembros de la familia que desempeñan otras actividades lucrativas, relacionadas directamente con la explotación agrícola, que son su actividad secundaria.

    MLFO 026

    Mano de obra no familiar que trabaja regularmente en la explotación agrícola y tiene otras actividades lucrativas (relacionadas con la explotación agrícola) que son su actividad principal.

    Número de personas que no son miembros de la familia y desempeñan otras actividades lucrativas, relacionadas directamente con la explotación agrícola, que son su actividad principal, en explotaciones de titular único o agrupaciones de explotaciones.

    MLFO 027

    Mano de obra no familiar que trabaja regularmente en la explotación agrícola y tiene otras actividades lucrativas (relacionadas con la explotación agrícola) que son su actividad secundaria.

    Número de personas que no son miembros de la familia y desempeñan otras actividades lucrativas, relacionadas directamente con la explotación agrícola, que son su actividad secundaria, en explotaciones de titular único o agrupaciones de explotaciones.

    Tema: Otras actividades lucrativas no relacionadas directamente con la explotación agrícola

    Se refiere al trabajo no agrícola realizado en la explotación agrícola y al trabajo fuera de esta. Incluye toda actividad remunerada (sueldo, jornal, beneficio u otros pagos, incluidos los pagos en especie) distinta de:

    i)

    el trabajo agrícola en la explotación agrícola, y

    ii)

    otras actividades lucrativas del titular relacionadas directamente con la explotación agrícola.

    Con otras actividades lucrativas no relacionadas directamente con la explotación agrícola se hace referencia a otras actividades lucrativas desempeñadas:

    a)

    en la explotación agrícola (trabajo no agrícola en la explotación agrícola), o

    b)

    fuera de la explotación agrícola.

     

    Tema detallado: Utilización de mano de obra

    MLFO 028

    Titular único que es también el jefe de la explotación agrícola de titular único y tiene otras actividades lucrativas (no relacionadas con la explotación agrícola)

    El titular tiene actividades lucrativas no relacionadas directamente con la explotación agrícola:

     

    P: actividad principal

     

    S: actividad secundaria

     

    N: ninguna

    Las actividades pueden realizarse dentro de la propia explotación agrícola (trabajo no agrícola en la explotación agrícola) o fuera de ella.

    MLFO 029

    Miembros de la familia del titular único (si el titular único es el jefe de la explotación agrícola) que trabajan en la explotación agrícola y tienen otras actividades lucrativas (no relacionadas con la explotación agrícola) que son su actividad principal.

    Número de miembros de la familia que desempeñan actividades lucrativas, no relacionadas con la explotación agrícola, que son su actividad principal.

    MLFO 030

    Miembros de la familia del titular único (si el titular único es el jefe de la explotación agrícola) que trabajan en la explotación agrícola y tienen otras actividades lucrativas (no relacionadas con la explotación agrícola) que son su actividad secundaria.

    Número de miembros de la familia que desempeñan actividades lucrativas, no relacionadas con la explotación agrícola, que son su actividad secundaria.

    MÓDULO 2. DESARROLLO RURAL

    DESCRIPCIÓN DE LAS VARIABLES DE DESARROLLO RURAL

    Tema: Explotaciones agrícolas apoyadas por medidas de desarrollo rural

    Se considera que la explotación agrícola se ha beneficiado en los últimos tres años de las medidas de desarrollo rural establecidas en el título III, capítulo I, del Reglamento (UE) n.o 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, de acuerdo con determinadas normas y reglas especificadas en la legislación más reciente, con independencia de que el pago se haya efectuado en el período de referencia, siempre y cuando se haya tomado una decisión favorable a la concesión de la medida (por ejemplo, se ha aceptado la solicitud de subvención).

    MRDV 001

    Servicios de asesoramiento, de gestión y de sustitución en las explotaciones

    La explotación agrícola se ha beneficiado de medidas de desarrollo rural con arreglo al artículo 15 del Reglamento (UE) n.o 1305/2013.

    MRDV 002

    Sistemas de calidad para los productos agrícolas y los productos alimenticios

    La explotación agrícola se ha beneficiado de medidas de desarrollo rural con arreglo al artículo 16 del Reglamento (UE) n.o 1305/2013.

    MRDV 003

    Inversión en activos físicos

    La explotación agrícola se ha beneficiado de medidas de desarrollo rural con arreglo al artículo 17 del Reglamento (UE) n.o 1305/2013.

    MRDV 004

    Restablecimiento del potencial de producción agrícola afectado por desastres naturales y catástrofes e introducción de medidas de prevención adecuadas

    La explotación agrícola se ha beneficiado de medidas de desarrollo rural con arreglo al artículo 18 del Reglamento (UE) n.o 1305/2013.

     

     

    Desarrollo de explotaciones y empresas

    Medidas de desarrollo rural con arreglo al artículo 19 del Reglamento (UE) n.o 1305/2013 y, en el caso de Croacia, también con arreglo a su artículo 40.

    MRDV 005

    Ayuda destinada a la creación de empresas para jóvenes agricultores

    La explotación agrícola se ha beneficiado de medidas de desarrollo rural con arreglo al artículo 19, letra a), inciso i), del Reglamento (UE) n.o 1305/2013.

    MRDV 006

    Ayuda destinada a la creación de empresas para el desarrollo de pequeñas explotaciones

    La explotación agrícola se ha beneficiado de medidas de desarrollo rural con arreglo al artículo 19, letra a), inciso iii), del Reglamento (UE) n.o 1305/2013.

    MRDV 007

    Pagos directos nacionales complementarios para Croacia

    La explotación agrícola se ha beneficiado de medidas de desarrollo rural con arreglo al artículo 40 del Reglamento (UE) n.o 1305/2013.

    MRDV 008

    Inversiones en el desarrollo de zonas forestales y mejora de la viabilidad de los bosques

    La explotación agrícola se ha beneficiado de medidas de desarrollo rural con arreglo al artículo 21 del Reglamento (UE) n.o 1305/2013.

     

     

    Pagos agroambientales y climáticos

    MRDV 009

    Agroambiente y clima

    La explotación agrícola se ha beneficiado de medidas de desarrollo rural con arreglo al artículo 28 del Reglamento (UE) n.o 1305/2013.

    MRDV 010

    Servicios silvoambientales y climáticos y conservación de los bosques

    La explotación agrícola se ha beneficiado de medidas de desarrollo rural con arreglo al artículo 34 del Reglamento (UE) n.o 1305/2013.

    MRDV 011

    Agricultura ecológica

    La explotación agrícola se ha beneficiado de medidas de desarrollo rural con arreglo al artículo 29 del Reglamento (UE) n.o 1305/2013.

    MRDV 012

    Pagos al amparo de Natura 2000 y de la Directiva marco del agua

    La explotación agrícola se ha beneficiado de medidas de desarrollo rural con arreglo al artículo 30 del Reglamento (UE) n.o 1305/2013.

    MRDV 013

    Pagos a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas

    La explotación agrícola se ha beneficiado de medidas de desarrollo rural con arreglo al artículo 31 del Reglamento (UE) n.o 1305/2013.

    MRDV 014

    Bienestar de los animales

    La explotación agrícola se ha beneficiado de medidas de desarrollo rural con arreglo al artículo 33 del Reglamento (UE) n.o 1305/2013.

    MRDV 015

    Gestión del riesgo

    La explotación agrícola se ha beneficiado de medidas de desarrollo rural con arreglo al artículo 36 del Reglamento (UE) n.o 1305/2013.

    MÓDULO 3. ESTABULACIÓN Y GESTIÓN DEL ESTIÉRCOL

    DESCRIPCIÓN DE LAS VARIABLES DE ESTABULACIÓN Y GESTIÓN DEL ESTIÉRCOL

    Tema: Estabulación

    Plazas de estabulación para bovinos, porcinos y aves de corral. El término plazas se refiere al número habitual de animales presentes en los establos durante el año de referencia. Esto significa que el número de animales debe corregirse el día de referencia si las condiciones no son normales (sobreocupación, infraocupación, vaciado sanitario, sistemas de producción especiales, etc.). Solo deben consignarse los establos en uso durante el período de referencia. También se consigna el número de plazas temporalmente vacías en los establos durante el período de referencia.

    Los animales se definen en la sección básica III, VARIABLES RELATIVAS AL GANADO.

     

    Tema detallado: Estabulación de bovinos

    MAHM 001

    Vacas lecheras

    Número medio de vacas lecheras en el año de referencia.

    MAHM 002

    Vacas lecheras en establos trabados (estiércol líquido)

    Número de plazas para vacas lecheras en establos trabados con gestión del estiércol líquido.

    MAHM 003

    Vacas lecheras en establos trabados (estiércol sólido)

    Número de plazas para vacas lecheras en establos trabados con gestión del estiércol sólido.

    MAHM 004

    Vacas lecheras en establos libres/cubículos (estiércol líquido)

    Número de plazas para vacas lecheras en establos libres/cubículos con gestión del estiércol líquido.

    MAHM 005

    Vacas lecheras en establos libres/cubículos (estiércol sólido)

    Número de plazas para vacas lecheras en establos libres/cubículos con gestión del estiércol sólido.

    MAHM 006

    Vacas lecheras en otros tipos de estabulación (estiércol líquido)

    Número de plazas para vacas lecheras en otros tipos de estabulación, no clasificados en otra parte, con gestión del estiércol líquido.

    MAHM 007

    Vacas lecheras en otros tipos de estabulación (estiércol sólido)

    Número de plazas para vacas lecheras en otros tipos de estabulación, no clasificados en otra parte, con gestión del estiércol sólido.

    MAHM 008

    Vacas lecheras siempre al aire libre

    Número de plazas para vacas lecheras siempre al aire libre.

    MAHM 009

    Vacas lecheras parcialmente al aire libre (mientras pacen)

    Meses que pasan las vacas lecheras pastando al aire libre.

    MAHM 010

    Vacas lecheras con acceso a espacios de ejercicio

    Presencia de espacios de ejercicio para vacas lecheras.

    MAHM 011

    Otros bovinos

    Número medio de otros bovinos en el año de referencia.

    MAHM 012

    Otros bovinos en establos trabados (estiércol líquido)

    Número de plazas para otros bovinos en establos trabados con gestión del estiércol líquido.

    MAHM 013

    Otros bovinos en establos trabados (estiércol sólido)

    Número de plazas para otros bovinos en establos trabados con gestión del estiércol sólido.

    MAHM 014

    Otros bovinos en establos libres/cubículos (estiércol líquido)

    Número de plazas para otros bovinos en establos libres/cubículos con gestión del estiércol líquido.

    MAHM 015

    Otros bovinos en establos libres/cubículos (estiércol sólido)

    Número de plazas para otros bovinos en establos libres/cubículos con gestión del estiércol sólido.

    MAHM 016

    Otros bovinos en otros tipos de estabulación (estiércol líquido)

    Número de plazas para otros bovinos en otros tipos de estabulación, no clasificados en otra parte, con gestión del estiércol líquido.

    MAHM 017

    Otros bovinos en otros tipos de estabulación (estiércol sólido)

    Número de plazas para otros bovinos en otros tipos de estabulación, no clasificados en otra parte, con gestión del estiércol sólido.

    MAHM 018

    Otros bovinos siempre al aire libre

    Número de plazas para otros bovinos siempre al aire libre.

    MAHM 019

    Otros bovinos parcialmente al aire libre (mientras pacen)

    Meses que pasan esos otros bovinos pastando al aire libre.

    MAHM 020

    Otros bovinos con acceso a espacios de ejercicio

    Presencia de espacios de ejercicio para otros bovinos.

     

    Tema detallado: Estabulación de porcinos

    MAHM 021

    Porcinas reproductoras

    Número medio de porcinas reproductoras en el año de referencia.

    MAHM 022

    Porcinas reproductoras en suelos totalmente enrejillados

    Número de plazas para porcinas reproductoras en alojamientos de suelos totalmente enrejillados.

    MAHM 023

    Porcinas reproductoras en suelos parcialmente enrejillados

    Número de plazas para porcinas reproductoras en alojamientos de suelos parcialmente enrejillados.

    MAHM 024

    Porcinas reproductoras en alojamiento de suelo sólido (excepto cama profunda)

    Número de plazas para porcinas reproductoras en alojamientos de suelo sólido, excepto cama profunda.

    MAHM 025

    Porcinas reproductoras en superficie cubierta íntegramente de cama profunda

    Número de plazas para porcinas reproductoras en alojamientos con cama profunda.

    MAHM 026

    Porcinas reproductoras en otros tipos de alojamientos

    Número de plazas para porcinas reproductoras en otros tipos de alojamientos.

    MAHM 027

    Porcinas reproductoras al aire libre (camperas)

    Número de plazas para porcinas reproductoras en sistemas camperos.

    MAHM 028

    Porcinas reproductoras al aire libre (camperas)

    Meses que las porcinas reproductoras pasan comiendo al aire libre, en sistemas camperos.

    MAHM 029

    Otros porcinos

    Número medio de otros porcinos en el año de referencia.

    MAHM 030

    Otros porcinos en suelos totalmente enrejillados

    Número de plazas para otros porcinos en alojamientos de suelos totalmente enrejillados.

    MAHM 031

    Otros porcinos en suelos parcialmente enrejillados

    Número de plazas para otros porcinos en alojamientos de suelos parcialmente enrejillados.

    MAHM 032

    Otros porcinos en alojamiento de suelo sólido (excepto cama profunda)

    Número de plazas para otros porcinos en alojamientos de suelo sólido, excepto cama profunda.

    MAHM 033

    Otros porcinos en superficie cubierta íntegramente de cama profunda

    Número de plazas para otros porcinos en alojamientos con cama profunda.

    MAHM 034

    Otros porcinos en otros tipos de alojamientos

    Número de plazas para otros porcinos en otros tipos de alojamientos.

    MAHM 035

    Otros porcinos al aire libre (camperos)

    Número de plazas para otros porcinos al aire libre en sistemas camperos.

    MAHM 036

    Otros porcinos con acceso a espacios de ejercicio

    Presencia de espacios de ejercicio para otros porcinos (excepto sistemas camperos).

     

    Tema detallado: Estabulación de gallinas ponedoras

    MAHM 037

    Gallinas ponedoras

    Número medio de gallinas ponedoras en el año de referencia.

    MAHM 038

    Gallinas ponedoras en alojamientos con cama profunda

    Número de plazas para gallinas ponedoras en alojamientos con cama profunda.

    MAHM 039

    Gallinas ponedoras en aviario (sin cama)

    Número de plazas para gallinas ponedoras en aviario.

    MAHM 040

    Gallinas ponedoras en jaulas con cintas de gallinaza

    Número de plazas para gallinas ponedoras en jaulas con cintas de gallinaza.

    MAHM 041

    Gallinas ponedoras en jaulas con fosas profundas

    Número de plazas para gallinas ponedoras en jaulas con fosas profundas.

    MAHM 042

    Gallinas ponedoras en jaulas sobre zancos

    Número de plazas para gallinas ponedoras en jaulas sobre zancos.

    MAHM 043

    Gallinas ponedoras en otros tipos de alojamientos

    Número de plazas para gallinas ponedoras en otros tipos de alojamientos.

    MAHM 044

    Gallinas ponedoras al aire libre (camperas)

    Número de plazas para gallinas ponedoras en sistemas camperos.

    Tema: Uso de nutrientes y de estiércol en la explotación

     

    Tema detallado: SAU fertilizada

    MAHM 045

    SAU total fertilizada con fertilizantes minerales

    Hectáreas de superficie agrícola utilizada fertilizada con fertilizantes minerales.

    MAHM 046

    SAU total fertilizada con estiércol

    Hectáreas de superficie agrícola utilizada fertilizada con estiércol.

     

    Tema detallado: Estiércol exportado e importado por la explotación agrícola

    Cantidad neta de estiércol exportado o importado por la explotación agrícola.

     

     

    Exportación neta de estiércol de la explotación

    Cantidad neta de estiércol transportado fuera de la explotación agrícola o introducido en ella.

    MAHM 047

    Exportación neta de estiércol líquido de la explotación

    Metros cúbicos de estiércol líquido importado o exportado por la explotación agrícola, para uso directo como fertilizante o destinado a una trasformación industrial, con independencia de si se vende, se compra o se trueca gratuitamente. También incluye el estiércol líquido utilizado para la producción de energía que se reutilizará después en la agricultura.

    MAHM 048

    Exportación neta de estiércol sólido de la explotación

    Toneladas de estiércol sólido importado o exportado por la explotación agrícola, para uso directo como fertilizante o destinado a una trasformación industrial, con independencia de si se vende, se compra o se trueca gratuitamente. También incluye el estiércol sólido que se ha utilizado para la producción de energía y se reutilizará después en la agricultura.

     

    Tema detallado: Fertilizantes orgánicos y de residuos distintos del estiércol

    MAHM 049

    Fertilizantes orgánicos y de residuos distintos del estiércol utilizados en la explotación agrícola

    Toneladas de fertilizantes orgánicos y de residuos distintos del estiércol utilizados en la agricultura en la explotación agrícola.

    Tema: Técnicas de aplicación de estiércol

    Técnicas de aplicación del estiércol

     

    Tema detallado: Tiempo de incorporación por tipo de esparcimiento

     

     

    Difusión

    El estiércol se esparce por la superficie de una parcela de tierra o de cultivos, sin usar técnicas de esparcimiento en surcos o inyección.

    MAHM 050

    Incorporación en cuatro horas

    Tramo de porcentajes del total de estiércol aplicado que se ha incorporado mecánicamente al suelo en un plazo de cuatro horas tras la difusión.

    MAHM 051

    Incorporación después de cuatro horas

    Tramo de porcentajes del total de estiércol aplicado que se ha incorporado mecánicamente al suelo en un plazo de cuatro a veinticuatro horas tras la aplicación.

    MAHM 052

    Sin incorporación

    Tramo de porcentajes del total de estiércol aplicado sin incorporación al suelo, o si el estiércol no se ha incorporado en un plazo de veinticuatro horas tras la difusión.

     

     

    Esparcimiento en surcos

    Se aplica estiércol líquido en una zona en surcos paralelos sin estiércol entre ellos, utilizando un dispositivo (esparcidor en surcos) fijado al extremo de una cisterna o un tractor para la descarga del estiércol líquido en el suelo.

    MAHM 053

    Latiguillo trasero

    Tramo de porcentajes de estiércol líquido aplicado con un esparcidor de latiguillo trasero.

    MAHM 054

    Zapata trasera

    Tramo de porcentajes de estiércol líquido aplicado con un esparcidor de zapata trasera.

     

     

    Inyección

    Se aplica estiércol líquido metiéndolo en ranuras practicadas en el suelo a una profundidad variable en función del tipo de inyector.

    MAHM 055

    Ranuras poco profundas (ranuras abiertas)

    Tramo de porcentajes de estiércol líquido aplicado en ranuras poco profundas (normalmente de unos 50 mm de profundidad), con independencia de que estas se dejen abiertas o cerradas tras la aplicación.

    MAHM 056

    Ranuras profundas (ranuras cerradas)

    Tramo de porcentajes de estiércol líquido aplicado en ranuras profundas (normalmente de unos 150 mm de profundidad), que se cierran tras la aplicación.

    Tema: Instalaciones para estiércol

     

    Tema detallado: Instalaciones y capacidad para el almacenamiento del estiércol

    Instalaciones destinadas al almacenamiento del estiércol

    La capacidad de las instalaciones de almacenamiento del estiércol se define como el número de meses que pueden guardar el estiércol producido en la explotación agrícola sin riesgo de que se derrame y sin que se produzca un vaciado accidental.

    MAHM 057

    Almacenamiento del estiércol en montones

    Porcentaje de estiércol que se almacena en pilas o rimeros no confinados o en una zona confinada abierta, normalmente durante varios meses.

    MAHM 058

    Estiércol almacenado en pilas de compost

    Porcentaje de estiércol almacenado en pilas de compost confinadas, aireadas o mixtas.

    MAHM 059

    Estiércol almacenado en fosas bajo el alojamiento de los animales

    Porcentaje de estiércol almacenado con poca agua añadida, o sin agua añadida, normalmente debajo de un suelo enrejillado, en una instalación de estabulación cerrada, por lo general por períodos de menos de un año.

    MAHM 060

    Estiércol almacenado en sistemas con cama profunda

    Porcentaje de estiércol que se acumula durante un ciclo de producción, que puede durar de seis a doce meses.

    MAHM 061

    Almacenamiento de estiércol líquido sin cubierta

    Porcentaje de estiércol almacenado en depósitos sin cubierta o en estanques, por lo general por un período de menos de un año.

    MAHM 062

    Almacenamiento de estiércol líquido con cubierta permeable

    Porcentaje de estiércol almacenado en depósitos o estanques, por lo general por un período de menos de un año, tapado con una cubierta permeable (como barro, paja o costra natural).

    MAHM 063

    Almacenamiento de estiércol líquido con cubierta impermeable

    Porcentaje de estiércol almacenado en depósitos o estanques, por lo general por un período de menos de un año, tapado con una cubierta impermeable (como cubiertas de polietileno de alta densidad o de presión negativa).

    MAHM 064

    Estiércol almacenado en otras instalaciones n.c.o.p.

    Porcentaje de estiércol (sólido o líquido) almacenado en otras instalaciones no clasificadas en otra parte.

    MAHM 065

    Esparcimiento diario

    Porcentaje de estiércol que se retira habitualmente de una instalación de estabulación y se aplica a la tierra cultivada o los pastos en las veinticuatro horas siguientes a su excreción.

    MAHM 066

    Estiércol almacenado en pilas de compost

    Número de meses que el estiércol sólido puede almacenarse en pilas de compost confinadas.

    MAHM 067

    Almacenamiento del estiércol en fosas bajo el alojamiento de los animales

    Número de meses que pueden almacenar el estiércol las fosas de estiércol líquido de la explotación.

    MAHM 068

    Almacenamiento del estiércol en sistemas con cama profunda

    Número de meses que puede almacenarse el estiércol en sistemas con cama profunda.

    MAHM 069

    Almacenamiento de estiércol líquido

    Número de meses que puede almacenarse el estiércol en instalaciones de almacenamiento de estiércol líquido, con independencia de la cubierta.

    MAHM 070

    Estiércol almacenado en otras instalaciones n.c.o.p.

    Número de meses que puede almacenarse el estiércol (sólido o líquido) en otras instalaciones no clasificadas en otra parte.


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