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Document 32018D1582
Council Decision (EU) 2018/1582 of 15 October 2018 on the position to be taken on behalf of the Union within the Joint Committee established by the Framework Agreement on Comprehensive Partnership and Cooperation between the European Union and its Member States, of the one part, and the Socialist Republic of Viet Nam, of the other part, as regards the adoption of the rules of procedure of the Joint Committee, and the establishent of subcommittees and specialised working groups and the adoption of their terms of reference
Decisión (UE) 2018/1582 del Consejo, de 15 de octubre de 2018, relativa a la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión en el seno del Comité Mixto establecido por el Acuerdo Marco Global de Asociación y Cooperación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República Socialista de Vietnam, por otra, en lo que respecta a la adopción del reglamento interno del Comité Mixto y el establecimiento de subcomités y grupos de trabajo especializados y la adopción de sus mandatos
Decisión (UE) 2018/1582 del Consejo, de 15 de octubre de 2018, relativa a la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión en el seno del Comité Mixto establecido por el Acuerdo Marco Global de Asociación y Cooperación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República Socialista de Vietnam, por otra, en lo que respecta a la adopción del reglamento interno del Comité Mixto y el establecimiento de subcomités y grupos de trabajo especializados y la adopción de sus mandatos
ST/11867/2018/INIT
DO L 263 de 22.10.2018, pp. 61–70
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
|
22.10.2018 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 263/61 |
DECISIÓN (UE) 2018/1582 DEL CONSEJO
de 15 de octubre de 2018
relativa a la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión en el seno del Comité Mixto establecido por el Acuerdo Marco Global de Asociación y Cooperación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República Socialista de Vietnam, por otra, en lo que respecta a la adopción del reglamento interno del Comité Mixto y el establecimiento de subcomités y grupos de trabajo especializados y la adopción de sus mandatos
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular sus artículos 207 y 209 en relación con su artículo 218, apartado 9,
Vista la propuesta de la Comisión Europea,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El Acuerdo Marco Global de Asociación y Cooperación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República Socialista de Vietnam, por otra (1) (en lo sucesivo, «Acuerdo»), entró en vigor el 1 de octubre de 2016. |
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(2) |
El artículo 52, apartado 1, del Acuerdo establece un Comité Mixto cuyas funciones incluyen garantizar el buen funcionamiento y la aplicación del Acuerdo. |
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(3) |
El artículo 52, apartado 5, del Acuerdo establece que el Comité Mixto debe adoptar su reglamento interno, y el artículo 52, apartado 3, dispone que podrá crear subcomités y grupos de trabajo especializados. |
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(4) |
Con el fin de garantizar la aplicación efectiva del Acuerdo, el reglamento interno del Comité Mixto debe adoptarse lo más pronto posible. |
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(5) |
La posición de la Unión en el Comité Mixto en lo que respecta a la adopción del reglamento interno del Comité Mixto y el establecimiento de subcomités y grupos de trabajo especializados y la adopción de sus mandatos debe basarse en los proyectos adjuntos de decisiones del Comité Mixto. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
La posición que debe adoptarse en nombre de la Unión en la primera reunión del Comité Mixto establecido en virtud del artículo 52 del Acuerdo Marco entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República Socialista de Vietnam, por otra, en lo que se refiere a la adopción del reglamento interno del Comité Mixto y a la creación de subcomités especializados y la adopción de sus mandatos, se basará en los proyectos de decisiones del Comité Mixto adjuntos a la presente Decisión.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Luxemburgo, el 15 de octubre de 2018.
Por el Consejo
La Presidenta
F. MOGHERINI
ANEXO 1
DECISIÓN N.o 1/… DEL COMITÉ MIXTO UE-VIETNAM
de …
por la que se adopta su reglamento interno
EL COMITÉ MIXTO UE-VIETNAM,
Visto el Acuerdo Marco Global de Asociación y Cooperación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República Socialista de Vietnam, por otra (el «Acuerdo»), y en particular su artículo 52,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El Acuerdo entró en vigor el 1 de octubre de 2016. |
|
(2) |
Con el fin de contribuir a la aplicación efectiva del Acuerdo, debe adoptarse el reglamento interno del Comité Mixto. |
DECIDE:
Artículo único
Queda adoptado el reglamento interno del Comité Mixto, tal y como se establece en el anexo A.
Hecho en …, el xxxx.
Por el Comité Mixto UE-Vietnam
El Presidente
ANEXO A
Reglamento interno del Comité Mixto
Artículo 1
Funciones y composición
1. El Comité Mixto realizará las tareas establecidas en el artículo 52 del Acuerdo Marco Global de Asociación y Cooperación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República Socialista de Vietnam, por otra (el «Acuerdo»).
2. El Comité Mixto estará compuesto por representantes de ambas Partes al más alto nivel posible.
Artículo 2
Reuniones
1. En condiciones normales, el Comité Mixto se reunirá una vez al año. Las reuniones del Comité Mixto serán convocadas por la presidencia. Las reuniones se celebrarán en Hanói y Bruselas, alternativamente, en una fecha fijada de mutuo acuerdo. Si las Partes así lo acuerdan, previa petición de cualquiera de ellas, el Comité Mixto podrá reunirse de forma extraordinaria.
2. Si las Partes así lo acuerdan, las reuniones del Comité Mixto podrán celebrarse, con carácter excepcional, mediante videoconferencia o teleconferencia.
3. Las reuniones del Comité Mixto se celebrarán a puerta cerrada, a menos que la presidencia, de acuerdo con las Partes, decida que la reunión sea pública.
Artículo 3
Presidencia
1. El Comité Mixto estará presidido alternativamente, durante un período de un año natural, por la Parte anfitriona de la reunión en el año natural de que se trate. La alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad o el viceprimer ministro y ministro de Asuntos Exteriores de la República Socialista de Vietnam presidirán el Comité Mixto establecido en el artículo 52 del Acuerdo. Cada una de las Partes podrá delegar la autoridad para presidir la totalidad o parte de las reuniones del Comité Mixto en un alto funcionario.
2. La Parte anfitriona de la primera reunión del Comité Mixto ejercerá la presidencia desde la fecha de dicha reunión hasta el 31 de diciembre del año de que se trate.
Artículo 4
Participantes
1. Antes de cada reunión, cada una de las Partes comunicará a la presidencia la composición prevista de su delegación.
2. Cuando resulte conveniente y de mutuo acuerdo entre las Partes, la presidencia podrá invitar a expertos o representantes de otros organismos a asistir a las reuniones en calidad de observadores o a proporcionar información sobre un tema concreto.
Artículo 5
Secretaría
Un representante del Servicio Europeo de Acción Exterior y un representante del Gobierno de la República de Vietnam ejercerán conjuntamente las funciones de secretarios del Comité Mixto. Todas las comunicaciones destinadas a la presidencia o procedentes de la misma serán enviadas a los secretarios. La correspondencia destinada a la presidencia o procedente de ella podrá cursarse por cualquier medio escrito, incluido el correo electrónico.
Artículo 6
Orden del día de las reuniones
1. La presidencia establecerá el orden del día provisional de cada reunión. El orden del día provisional se enviará a las Partes, por cualquier medio escrito y junto con los documentos pertinentes, a más tardar treinta días antes del inicio de la reunión. De acuerdo con las Partes, la presidencia podrá fijar un plazo diferente para una determinada reunión.
2. Cualquiera de las Partes podrá, por cualquier medio escrito, solicitar de la presidencia que incluya un punto en el orden del día. El orden del día provisional incluirá los puntos respecto a los cuales la presidencia haya recibido esa solicitud de inclusión a más tardar veintiún días antes de la fecha de la reunión.
3. Al comienzo de cada reunión, el Comité Mixto adoptará el orden del día. Previo acuerdo de las Partes, será posible añadir en el orden del día provisional puntos adicionales.
4. Ambas Partes podrán intercambiar información acerca del diálogo sobre derechos humanos Vietnam-UE en la reunión del Comité Mixto.
Artículo 7
Actas
1. Después de cada una de sus reuniones, la presidencia deberá resumir las conclusiones alcanzadas por el Comité Mixto. Los dos secretarios redactarán conjuntamente un proyecto de acta sobre la base de dichas conclusiones, en un plazo de treinta días a partir de la fecha de la reunión.
2. Las Partes aprobarán el proyecto en un plazo de sesenta días tras la fecha de la reunión o en la fecha que acuerden las Partes. Una vez se llegue a un acuerdo sobre el proyecto de acta, dos copias originales serán firmadas por la presidencia. Cada una de las Partes recibirá un original.
Artículo 8
Decisiones y recomendaciones
1. Previo acuerdo de las Partes, el Comité Mixto podrá adoptar decisiones y recomendaciones únicamente dentro de sus funciones y cometidos conforme a lo dispuesto en el artículo 52 del Acuerdo.
2. Las decisiones o recomendaciones adoptadas por el Comité Mixto se denominarán «Decisión» o «Recomendación» e irán seguidas de un número de serie, la fecha de su adopción y la descripción de su objeto. En cada decisión se especificará la fecha de su entrada en vigor.
3. El Comité Mixto podrá decidir adoptar decisiones o recomendaciones mediante procedimiento escrito. En tales casos, las Partes acordarán un límite temporal para la duración del procedimiento. Si al expirar dicho plazo, ninguna de las Partes ha manifestado su oposición a la decisión o recomendación propuesta, la presidencia del Comité Mixto declarará la decisión o recomendación adoptada de común acuerdo.
4. Las decisiones y recomendaciones adoptadas por el Comité Mixto se realizarán en dos copias auténticas firmadas por la presidencia del Comité Mixto.
5. Cada una de las Partes podrá publicar las decisiones y recomendaciones del Comité Mixto en sus respectivas publicaciones oficiales.
Artículo 9
Gastos
1. Cada una de las Partes se hará cargo de los gastos contraídos por su participación en las reuniones del Comité Mixto, tanto los relativos a personal, viaje y estancia como los de correo y telecomunicaciones.
2. Cada una de las Partes se hará cargo de los gastos contraídos en concepto de interpretación en las reuniones y de traducción.
3. La Parte anfitriona se hará cargo de los gastos relacionados con la organización de las reuniones y la reproducción de documentos.
Artículo 10
Subcomités y grupos de trabajo especializados
1. De conformidad con el artículo 52, apartado 3, del Acuerdo, el Comité Mixto podrá crear subcomités y grupos de trabajo especializados para que le asistan en la realización de sus tareas. Los subcomités y los grupos de trabajo especializados presentarán sus informes al Comité Mixto después de cada una de sus reuniones.
2. El Comité Mixto podrá decidir suprimir cualquiera de los subcomités y de los grupos de trabajo especializados existentes, establecer o modificar su mandato o crear nuevos subcomités y grupos de trabajo especializados para que le asistan en la realización de sus tareas.
3. Dichos subcomités y grupos de trabajo especializados carecerán de poderes decisorios.
ANEXO 2
DECISIÓN N.o 2/… DEL COMITÉ MIXTO UE-VIETNAM
de …
por la que se establecen cuatro subcomités y grupos de trabajo especializados y se adoptan sus mandatos
EL COMITÉ MIXTO UE-VIETNAM,
Visto el Acuerdo Marco Global de Asociación y Cooperación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República Socialista de Vietnam, por otra (el «Acuerdo»), y en particular su artículo 52, apartado 3, así como el artículo 10 del reglamento interno del Comité Mixto,
Considerando lo siguiente:
|
(1) |
Para permitir discusiones a nivel de expertos sobre los principales temas que entran en el ámbito de aplicación del Acuerdo, deben crearse subcomités y grupos de trabajo especializados. Previa petición, las Partes también podrán acordar la modificación de la lista de subcomités o grupos de trabajo especializados y/o del ámbito de sus atribuciones respectivas. |
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(2) |
Con arreglo al artículo [8] de su reglamento interno, el Comité Mixto podrá decidir adoptar decisiones mediante procedimiento escrito. [Si se utiliza el procedimiento escrito en este caso] |
|
(3) |
La presente Decisión debe adoptarse con el fin de que los subcomités y los grupos de trabajo especializados sean rápidamente operativos. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo único
Se crean los subcomités y grupos de trabajo especializados enumerados en el anexo A. Los mandatos de los subcomités y grupos de trabajo especializados se fijarán tal como se establece en el anexo B.
Hecho en …, el …
Por el Comité Mixto UE-Vietnam
El Presidente
ANEXO A
Comité Mixto UE-Vietnam
Subcomités y grupos de trabajo especializados
|
(1) |
Subcomité de [asuntos políticos]; |
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(2) |
Subcomité de [Comercio e Inversiones]; |
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(3) |
Subcomité de [Desarrollo Sostenible]; |
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(4) |
Subcomité de [buena gobernanza, Estado de Derecho y derechos humanos]. |
ANEXO B
Mandato
de los subcomités y grupos de trabajo especializados establecidos en virtud del Acuerdo Marco Global de Asociación y Cooperación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República Socialista de Vietnam, por otra
Artículo 1
1. En sus reuniones, cada subcomité y grupo de trabajo especializado podrá analizar la aplicación del Acuerdo en los ámbitos que este abarca. El Subcomité de buena gobernanza, Estado de Derecho y derechos humanos podrá desarrollar la cooperación en materia de Estado de Derecho, buena gobernanza e intercambio de información sobre cooperación en materia de derechos humanos conforme al orden del día acordado, pero no abordará las cuestiones debatidas en el marco del diálogo sobre derechos humanos Vietnam-UE.
2. Los subcomités y los grupos de trabajo especializados podrán analizar asimismo temas o proyectos concretos relacionados con el ámbito de cooperación bilateral de que se trate.
Artículo 2
Los subcomités y los grupos de trabajo especializados desarrollarán su labor bajo la autoridad del Comité Mixto. Informarán y enviarán sus actas y conclusiones a la presidencia del Comité Mixto en el plazo de treinta días naturales después de cada reunión.
Artículo 3
1. Los subcomités y los grupos de trabajo especializados estarán compuestos por representantes de ambas Partes.
2. Previo acuerdo de las Partes, los subcomités y los grupos de trabajo especializados podrán invitar a expertos a sus reuniones para recabar su opinión sobre puntos concretos del orden del día, según se considere oportuno.
Artículo 4
Los subcomités y los grupos de trabajo especializados estarán copresididos/presididos alternativamente por la Parte que ejerza la presidencia del Comité Mixto.
Artículo 5
Un representante de la Unión Europea y otro del Gobierno de la República Socialista de Vietnam ejercerán conjuntamente las funciones de secretarios de los subcomités y los grupos de trabajo especializados.
Artículo 6
1. Los subcomités y los grupos de trabajo especializados se reunirán siempre que las circunstancias lo requieran de mutuo acuerdo entre las Partes, a petición escrita de cualquiera de ellas, y como mínimo una vez al año. El lugar y la fecha de cada reunión serán fijados por acuerdo de ambas Partes.
2. Si una Parte solicita la reunión de un subcomité o un grupo de trabajo especializado, el secretario de la otra Parte responderá en el plazo de veinte días hábiles tras la recepción de dicha solicitud. En casos de especial urgencia, podrá convocarse una reunión de los subcomités y los grupos de trabajo especializados con menor antelación, previo acuerdo de las Partes.
3. Las reuniones de los subcomités y los grupos de trabajo especializados serán convocadas conjuntamente por los dos secretarios.
4. Antes de cada reunión, cada una de las Partes comunicará a la presidencia la composición prevista de su delegación.
Artículo 7
1. Cualquiera de las Partes podrá solicitar de la presidencia que incluya un punto en el orden del día de la reunión de un subcomité o un grupo de trabajo especializado. Los puntos que se deban incluir en el orden del día se presentarán a los secretarios como mínimo veinte días hábiles antes de la fecha de la reunión en cuestión. Toda la documentación necesaria se proporcionará a los secretarios, como mínimo veinte días hábiles antes de la reunión.
2. Los secretarios comunicarán a las Partes el orden del día provisional a más tardar diez días hábiles antes de la reunión. El orden del día será ultimado previo acuerdo de ambas Partes. En circunstancias excepcionales, previo acuerdo de las Partes, podrán añadirse puntos al orden del día con poca antelación.
Artículo 8
1. Los secretarios redactarán conjuntamente un proyecto de acta de cada reunión.
2. Las reuniones de los subcomités y de los grupos de trabajo especializados no serán públicas, a menos que se decida lo contrario.
Artículo 9
1. Cada una de las Partes se hará cargo de los gastos contraídos por su participación en las reuniones de los subcomités y los grupos de trabajo especializados, tanto los relativos a personal, viaje y estancia como los de correo y telecomunicaciones.
2. Cada una de las Partes se hará cargo de los gastos contraídos en concepto de interpretación en las reuniones y de traducción.
3. La Parte anfitriona se hará cargo de los gastos relacionados con la organización de las reuniones y la reproducción de documentos.