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Document 32017D2283

    Decisión (PESC) 2017/2283 del Consejo, de 11 de diciembre de 2017, en apoyo de un mecanismo mundial de información sobre armas pequeñas y armas ligeras ilícitas y otras armas y municiones convencionales ilícitas, a fin de reducir el riesgo de su comercio ilegal («iTrace III»)

    DO L 328 de 12.12.2017, p. 20–31 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2017/2283/oj

    12.12.2017   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 328/20


    DECISIÓN (PESC) 2017/2283 DEL CONSEJO

    de 11 de diciembre de 2017

    en apoyo de un mecanismo mundial de información sobre armas pequeñas y armas ligeras ilícitas y otras armas y municiones convencionales ilícitas, a fin de reducir el riesgo de su comercio ilegal («iTrace III»)

    EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 28, apartado 1, y su artículo 31, apartado 1,

    Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    La Estrategia Global sobre Política Exterior y de Seguridad de la Unión Europea de 2016 (en lo sucesivo, «Estrategia Global de la UE») hace hincapié en que la Unión fomentará la paz y garantizará la seguridad de sus ciudadanos y su territorio e intensificará su contribución a la seguridad colectiva.

    (2)

    La fabricación, el traslado y la circulación ilícitas de armas convencionales, como las armas pequeñas y armas ligeras (en lo sucesivo, «APAL»), así como su acumulación excesiva y su diseminación incontrolada, son el núcleo del presente desafío, tanto en Europa como fuera de ella. Estas actividades ilícitas fomentan la inseguridad en Europa y los países vecinos, así como en muchas otras zonas del mundo, al exacerbar el conflicto y socavar el establecimiento de la paz después de los conflictos, constituyendo así una seria amenaza a la paz y a la seguridad de Europa.

    (3)

    La Estrategia de la UE contra la acumulación y el tráfico ilícitos de armas pequeñas y ligeras y de sus municiones (en lo sucesivo, «Estrategia de la UE para las APAL»), de 16 de diciembre de 2005, que establece directrices para la actuación de la Unión en el ámbito de las APAL, destaca que las APAL contribuyen al agravamiento del terrorismo y de la delincuencia organizada y constituyen un factor de primera importancia en el desencadenamiento y la propagación de los conflictos y en el desmoronamiento de las estructuras estatales.

    (4)

    La Estrategia de la UE para las APAL declara asimismo que la Unión debe reforzar y apoyar el mecanismo para la supervisión de las sanciones, y respaldar el fortalecimiento de los controles a la exportación, así como el fomento de la Posición Común 2008/944/PESC del Consejo (1), entre otras cosas promoviendo medidas de aumento de la transparencia.

    (5)

    A tenor del Programa de Acción de las Naciones Unidas para prevenir, combatir y eliminar el tráfico ilícito de APAL en todos sus aspectos (en lo sucesivo, «Programa de Acción de las Naciones Unidas»), adoptado el 20 de julio de 2001, todos los Estados miembros de las Naciones Unidas se comprometieron a prevenir el tráfico ilegal de APAL o su desvío a receptores no autorizados y, en particular, a tener en cuenta el riesgo del desvío de estas armas al comercio ilegal a la hora de evaluar las solicitudes de licencias de exportación.

    (6)

    El 8 de diciembre de 2005, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó un instrumento internacional para permitir a los Estados identificar y rastrear de forma oportuna y fidedigna las APAL ilícitas.

    (7)

    En la segunda conferencia de revisión del Programa de Acción de las Naciones Unidas, en 2012, todos sus Estados miembros reiteraron su compromiso con la prevención del tráfico ilícito de APAL, incluido su desvío hacia receptores no autorizados, así como los compromisos que suscribieron con el Programa de Acción de las Naciones Unidas en relación con la evaluación de las solicitudes de licencias de exportación.

    (8)

    El 24 de diciembre de 2014 entró en vigor el Tratado sobre el Comercio de Armas (TCA). El objeto del TCA es fijar las más elevadas normas internacionales comunes para regular o mejorar la regulación del comercio internacional de armas convencionales, prevenir y erradicar el comercio ilícito de este tipo de armas y prevenir su diseminación. La Unión debe apoyar a todos los Estados miembros de las Naciones Unidas en la aplicación de controles eficaces para las transferencias de armas, a fin de garantizar que el Tratado sobre el Comercio de Armas, sea lo más eficaz posible, sobre todo en lo que se refiere a la aplicación de su artículo 11.

    (9)

    Anteriormente, la Unión ya había apoyado a la sociedad Conflict Armament Research Ltd. (CAR) mediante la Decisión 2013/698/PESC del Consejo (2) y la Decisión (PESC) 2015/1908 del Consejo (3) («iTrace I» e «iTrace II»).

    (10)

    La Unión desea financiar «iTrace III», la tercera fase de este mecanismo mundial de información sobre las APAL y otras armas y municiones convencionales ilícitas. Con ella se reducirá el riesgo del comercio ilegal de dichas armas y municiones y se contribuirá a que se alcancen los objetivos anteriormente expuestos, facilitándose también a las autoridades nacionales competentes en materia de exportaciones de armas información pertinente y oportuna sobre el tráfico ilícito de armas a fin de contribuir a la seguridad colectiva de Europa, como se pedía en la Estrategia Global de la UE.

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    Con miras a la aplicación de la Estrategia Global de la UE y la Estrategia de la UE para las APAL y al fomento de la paz y la seguridad, las actividades previstas por la Unión tendrán los objetivos específicos siguientes:

    seguir manteniendo un sistema mundial de gestión de la información accesible y fácil de utilizar sobre las APAL y otras armas y municiones convencionales que, según pruebas documentales recabadas en zonas afectadas por conflictos, sean desviadas u objeto de tráfico («iTrace»), a fin de que se proporcione a los responsables políticos, los expertos en control de armas convencionales y los funcionarios que controlan la exportación de armas convencionales información adecuada para desarrollar estrategias y proyectos eficaces y basados en datos probados, para luchar contra la diseminación ilícita de APAL y otras armas y municiones convencionales;

    la formación y tutoría de las autoridades nacionales de Estados afectados por conflictos a fin de desarrollar una capacidad nacional sostenible encargada de la identificación y el rastreo de armas ilícitas, fomentar la cooperación constante con el «proyecto iTrace», determinar mejor las prioridades en materia de seguridad física y gestión de arsenales (SFGA), articular las necesidades nacionales de asistencia respecto del control de armas y el control policial (en particular las iniciativas financiadas por la UE, como iARMS), y reforzar el diálogo con las misiones e iniciativas de la UE;

    el aumento de la frecuencia y la duración de las investigaciones sobre el terreno en materia de circulación de APAL y otras armas y municiones convencionales en las zonas afectadas por conflictos a fin de generar datos de iTrace en respuesta a solicitudes precisas formuladas por Estados miembros y delegaciones de la Unión;

    el apoyo directo a las autoridades de los Estados miembros responsables del control de las exportaciones de armas y a los responsables de las políticas de control de armas de los Estados miembros, por ejemplo con reiteradas visitas de consulta a las capitales de los Estados miembros por parte de miembros del personal del proyecto iTrace, un servicio de asistencia permanente las veinticuatro horas del día que asesore al instante sobre evaluación de riesgos y estrategias contra los desvíos, el desarrollo de aplicaciones informáticas seguras en forma de tablero de mandos para dispositivos de mesa y móviles que comuniquen de modo instantáneo el desvío posterior a la exportación, así como la facilitación a los Estados miembros que lo soliciten de verificación posterior al envío realizada por el personal del proyecto iTrace;

    incrementar la concienciación difundiendo los resultados del proyecto, promoviendo la finalidad y las funciones disponibles de iTrace para los responsables políticos internacionales y nacionales, los expertos en control de armas convencionales y las autoridades encargadas de las licencias de exportación de armas, así como mejorando la capacidad internacional de supervisión de la diseminación ilegal de APAL y otras armas y municiones convencionales y asistir a los responsables políticos en la determinación de los ámbitos prioritarios para la asistencia y la cooperación internacionales, así como a reducir el riesgo del desvío de APAL y otras armas y municiones convencionales.

    presentar informes sobre temas políticos clave, elaborados a partir de los datos obtenidos gracias a las investigaciones sobre el terreno y existentes en el sistema iTrace, en relación con ámbitos específicos que merezcan atención internacional, con inclusión de las pautas más importantes del tráfico de APAL y otras armas y municiones convencionales, así como la distribución regional de las armas y municiones objeto de tráfico.

    La Unión financiará este proyecto, cuya descripción detallada figura en el anexo de la presente Decisión.

    Artículo 2

    1.   La Alta Representante de la Unión para la Política Exterior y de Seguridad Común (en lo sucesivo, «Alta Representante») será responsable de la ejecución de la presente Decisión.

    2.   La sociedad Conflict Armament Research Ltd. («CAR») se encargará de la ejecución técnica del proyecto a que hace referencia el artículo 1.

    3.   CAR desarrollará sus funciones bajo la responsabilidad de la Alta Representante. A tal efecto, la Alta Representante celebrará los acuerdos necesarios con CAR.

    Artículo 3

    1.   El importe de referencia financiera para la ejecución del proyecto a que se refiere el artículo 1 será de 3 474 322,77 EUR. El presupuesto total estimado para el conjunto del proyecto será de 3 993 676,97 EUR, aportados por CAR y el Ministerio federal alemán de Asuntos Exteriores mediante cofinanciación.

    2.   Los gastos financiados mediante el importe indicado en el apartado 1 se gestionarán con arreglo a los procedimientos y normas aplicables al presupuesto general de la Unión.

    3.   La Comisión supervisará que se gestione adecuadamente el importe de referencia financiero indicado en el apartado 1. Para ello celebrará con CAR el acuerdo que sea necesario. El acuerdo estipulará que CAR deberá garantizar que la visibilidad de la contribución de la Unión sea adecuada respecto a la importancia de dicha contribución.

    4.   La Comisión se esforzará por celebrar el acuerdo contemplado en el apartado 3 tan pronto como sea posible una vez entrada en vigor la presente Decisión. Informará al Consejo de cualquier dificultad relacionada con este proceso, así como de la fecha de celebración del acuerdo.

    Artículo 4

    1.   La Alta Representante informará al Consejo de la aplicación de la presente Decisión, basándose en informes descriptivos elaborados por CAR y presentados con periodicidad trimestral. Estos informes servirán como base para la evaluación que llevará a cabo el Consejo. Para ayudar al Consejo a evaluar los resultados de la presente Decisión del Consejo, una entidad externa realizará una evaluación del proyecto.

    2.   La Comisión informará sobre los aspectos financieros del proyecto indicado en el artículo 1.

    Artículo 5

    1.   La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

    2.   La presente Decisión caducará a los veinticuatro meses de la fecha de celebración del acuerdo a que hace referencia el artículo 3, apartado 3. Sin embargo, caducará a los seis meses de su entrada en vigor si no se celebrase ningún acuerdo dentro de ese plazo.

    Hecho en Bruselas, el 11 de diciembre de 2017.

    Por el Consejo

    La Presidenta

    F. MOGHERINI


    (1)  Posición Común 2008/944/PESC del Consejo, de 8 de diciembre de 2008, por la que se definen las normas comunes que rigen el control de las exportaciones de tecnología y equipos militares (DO L 335 de 13.12.2008, p. 99).

    (2)  Decisión 2013/698/PESC del Consejo, de 25 de noviembre de 2013, en apoyo de un mecanismo mundial para la información sobre armas ligeras y de pequeño calibre y otras armas y municiones convencionales ilícitas, a fin de reducir el riesgo de su comercio ilegal (DO L 320 de 30.11.2013, p. 34).

    (3)  Decisión (PESC) 2015/1908 del Consejo, de 22 de octubre de 2015, en apoyo de un mecanismo mundial de información sobre armas pequeñas y armas ligeras ilícitas y otras armas y municiones convencionales ilícitas, a fin de reducir el riesgo de su comercio ilegal («iTrace II») (DO L 278 de 23.10.2015, p. 15).


    ANEXO

    Mecanismo mundial de información sobre APAL y otras armas y municiones convencionales («iTrace»)

    1.   Antecedentes y razones para el apoyo de la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC)

    1.1.

    La presente Decisión se basa en sucesivas decisiones del Consejo para la lucha contra el impacto desestabilizador del desvío y tráfico de APAL y otras armas convencionales, concretamente las Decisiones 2013/698/PESC del Consejo (1), de 25 de noviembre de 2013, y (PESC) 2015/1908 del Consejo (2), de 22 de octubre de 2015, que establecieron y mejoraron el mecanismo mundial de información iTrace sobre APAL ilícitas y otras armas y municiones convencionales ilícitas.

    La proliferación ilícita de APAL y otras armas y municiones convencionales es un factor importante de menoscabo de la estabilidad de los Estados y de exacerbación de los conflictos, lo que constituye una seria amenaza para la paz y la seguridad. Como se destaca en la Estrategia de la UE contra la acumulación y el tráfico ilícitos de armas pequeñas y ligeras y de sus municiones (en lo sucesivo, «Estrategia de la UE para las APAL»), las armas y municiones ilícitas contribuyen al agravamiento del terrorismo y de la delincuencia organizada y constituyen un factor de primera importancia en el desencadenamiento y la propagación de los conflictos y en el desmoronamiento de las estructuras estatales. Datos recientes del proyecto iTrace sobre Irak, Libia, Siria y otros conflictos complejos situados cerca de las fronteras exteriores de la UE confirman las aseveraciones de la Estrategia de la Unión para las ALPC.

    Las medidas adoptadas a tenor de la Decisión (PESC) 2015/1908 establecieron iTrace, una iniciativa mundial de seguimiento de las armas en los conflictos. Está activa en veintisiete Estados afectados por conflictos, en particular en África, Oriente Medio, Asia meridional y oriental y, en los últimos tiempos, en América Latina. iTrace es el mayor depósito público de armas convencionales desviadas del mundo para apoyar a los Estados en sus esfuerzos por detectar los desvíos y responder a ellos, de conformidad con los compromisos contraídos con arreglo al artículo 11 del Tratado sobre el Comercio de Armas («TCA») y al criterio 7 de la Posición Común 2008/944/PESC del Consejo (3). iTrace proporciona informes precisos sobre el abastecimiento de armas y municiones para las fuerzas insurgentes y terroristas que amenazan la seguridad de la Unión, en particular Al Qaeda del Magreb Islámico y el Daesh/Estado Islámico; alerta a las autoridades de control de las exportaciones de los Estados miembros de manera confidencial, y rápidamente, sobre los riesgos de desvío posteriores a la exportación; facilita, en tiempo real, información clave sobre tráfico de armas y dinámicas de los conflictos a las Delegaciones de la Unión y a las misiones diplomáticas de los Estados miembros en regiones afectadas por conflictos; y extiende la concienciación sobre las medidas de control del armamento y de lucha contra el desvío a través de una utilización muy frecuente e impactante de los medios de comunicación a escala mundial.

    1.2.

    No obstante, cada vez con mayor frecuencia, los Estados miembros solicitan al proyecto iTrace que proponga sesiones informativas en persona a las autoridades nacionales encargadas de las licencias de exportación de armas (en particular a través de visitas frecuentes a las capitales), así como un abanico más amplio de recursos a los responsables políticos en materia de control de las exportaciones de armas.

    La presente Decisión pretende así continuar y ampliar los trabajos del proyecto realizados al amparo de la Decisión (PESC) 2015/1908, al seguir facilitando a responsables políticos, expertos en control de armas y funcionarios de control de las exportaciones de armas de la Unión una información compilada sistemáticamente y pertinente que será un apoyo a la hora de desarrollar estrategias eficaces, basadas en datos probados, contra el desvío y la difusión ilícita de armas convencionales y sus municiones, a fin de mejorar la seguridad internacional y regional. Así pues, seguirá ayudándolos a combinar el éxito de una estrategia reactiva con la acción preventiva adecuada para hacer frente a la oferta y la demanda ilegales y a garantizar el control eficaz de las armas convencionales en terceros países.

    1.3.

    La presente Decisión establece que se siga manteniendo y mejorando el sistema en línea iTrace accesible al público. La lista de proyectos que figura en la Decisión (PESC) 2015/1908 se verá reforzada por: 1) el aumento de la frecuencia y la duración de las misiones para recopilar datos sobre los suministros de armas convencionalesen regiones afectadas por conflictos; 2) el suministro de paquetes de ayuda adaptados a las necesidades de los Estados miembros, compuestos por consultas directas, datos e informes por encargo, un servicio de asistencia disponible las 24 horas y tareas de verificación posterior los envíos; y 3) la formación y tutoría de las autoridades nacionales en Estados afectados por conflictos, a fin de desarrollar capacidades de lucha contra los desvíos, mejorar la gestión de las armas e impulsar la recopilación de datos de iTrace.

    2.   Objetivos generales

    La acción que se describe a continuación seguirá apoyando a la comunidad internacional en la lucha contra el impacto desestabilizador del desvío y el tráfico de APAL y otras armas y municiones convencionales. Seguirá facilitando a responsables políticos, expertos en control de armamento y funcionarios de control de las exportaciones de armas información pertinente que será un apoyo a la hora de desarrollar estrategias eficaces, basadas en datos probados, contra el desvío y la difusión ilícita de armas convencionales y sus municiones, a fin de mejorar la seguridad internacional y regional. Concretamente, la acción:

    a)

    facilitará información concreta sobre el tráfico de APAL y otras armas convencionales necesaria para supervisar más eficazmente la aplicación del Programa de Acción de las Naciones Unidas sobre el comercio ilegal de APAL;

    b)

    fortalecerá la aplicación del Instrumento Internacional de Localización;

    c)

    sacará a la luz las principales rutas y entidades implicadas en el desvío de armas y municiones convencionales hacia regiones afectadas por conflictos u organizaciones terroristas internacionales, y aportará pruebas sobre los grupos y personas dedicados al comercio ilegal, en apoyo de las actuaciones judiciales nacionales;

    d)

    reforzará la cooperación entre los órganos y las misiones pertinentes de las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales en el ámbito de la localización de las APAL y otras armas convencionales, y de la facilitación de información para apoyar directamente los mecanismos de control existentes, entre ellos el Sistema de INTERPOL para la Gestión de los Registros y el Rastreo de Armas Ilícitas (iARMS), que complementa iTrace y con el que se garantizará una coordinación;

    e)

    proporcionará información pertinente para determinar los ámbitos prioritarios de cooperación internacional y de ayuda a la lucha eficaz contra el desvío y el tráfico de APAL y otras armas y municiones convencionales, como la financiación de proyectos relacionados con la seguridad de los arsenales o la gestión de fronteras;

    f)

    propondrá un mecanismo para ayudar a supervisar la aplicación del Tratado sobre el Comercio de Armas, concretamente para detectar el desvío de armas convencionales transferidas y para ayudar a los gobiernos a valorar el riesgo de desvío antes de la exportación de armas convencionales, y en especial el riesgo de desvío en el país comprador o la reexportación en condiciones no deseadas. y

    g)

    proporcionará apoyo adaptado a las necesidades de los Estados miembros para colaborar en la evaluación y la mitigación del riesgo de desvío.

    3.   Sostenibilidad y resultados del proyecto a largo plazo

    La acción proporcionará un marco duradero para la supervisión continua de la diseminación ilícita de APAL y otras armas y municiones convencionales. Básicamente se espera aumentar de manera sustancial la información existente en materia de armas y ayudar significativamente al desarrollo de políticas específicas de control eficaz de armas convencionales y de su exportación. Concretamente, el proyecto:

    a)

    seguirá alimentando el sistema de gestión de la información iTrace, que garantizará la obtención y análisis a largo plazo de los datos sobre armas convencionales ilícitas;

    b)

    facilitará a los responsables políticos y expertos en materia de control de armas convencionales un instrumento para definir estrategias más eficaces y ámbitos prioritarios para la ayuda y la cooperación (por ejemplo, determinando qué mecanismos de cooperación, coordinación e intercambio de información subregionales o regionales es necesario establecer o reforzar; determinando los arsenales nacionales inseguros, la gestión inadecuada de inventarios, las rutas de traslado ilícitas, los controles fronterizos vulnerables y las capacidades policiales insuficientes);

    c)

    dispondrá de la flexibilidad interna necesaria para generar información pertinente a efectos de elaboración de medidas, con independencia de la rapidez de los cambios de los requisitos de las actuaciones;

    d)

    aumentará significativamente la eficacia de las organizaciones internacionales y personas encargadas de la supervisión de armamento, facilitando un mecanismo de intercambio de información de cada vez mayor alcance; y

    e)

    creará en los Estados afectados por conflictos una capacidad nacional sostenible para identificar y localizar armas ilícitas y para cooperar en los procesos internacionales de control de armamento y de aplicación de la ley de manera más eficaz.

    4.   Descripción de la acción

    4.1.   Proyecto n.o 1: Formación y tutoría de las autoridades nacionales en Estados afectados por conflictos en identificación de armas y localización internacional.

    4.1.1.   Objetivo del proyecto

    El proyecto proporcionará formación «a la demanda» en identificación, localización y gestión de armas a los socios locales y, en caso necesario, al personal de apoyo a la paz (en particular a las misiones de las Naciones Unidas y la Unión y a los grupos o paneles para el control de las sanciones). Esta formación se basará en una serie de servicios que el CAR ofrece desde 2014 — aunque presupuestados fuera de los proyectos iTrace I y II — que han demostrado ser esenciales para facilitar los proyectos.

    4.1.2.   Actividades del proyecto

    El proyecto desplegará personal de sus equipos de investigación sobre el terreno para que proporcione una formación cada vez más técnica compuesta, entre otras cosas, por:

    a)

    una introducción a la recopilación de datos sobre las armas, con referencia a casos específicos;

    b)

    técnicas básicas de identificación de armas y técnicas eficientes de documentación de armas;

    c)

    procedimientos operativos normalizados de recopilación de pruebas y la cadena de custodia de las mismas;

    d)

    los requisitos de las investigaciones a largo alcance, regionales e internacionales;

    e)

    la aplicación del Instrumento Internacional de Localización;

    f)

    la localización internacional de armas y los sistemas de localización de armas (en particular Interpol y Europol);

    g)

    la utilización de macrodatos y del análisis de tendencias; y

    h)

    los cauces para la asistencia técnica (internacional) y la intervención de la policía.

    Dichas actividades se realizarán en paralelo a las investigaciones sobre el terreno iTrace, en particular a las investigaciones conjuntas (tutorías) llevadas a cabo con las autoridades gubernamentales nacionales.

    4.1.3.   Resultados del proyecto

    El proyecto:

    a)

    animará a las autoridades nacionales a conceder un mayor acceso a los equipos de investigación sobre el terreno de iTrace, en respuesta a peticiones reiteradas de que los equipos de iTrace proporcionen asistencia técnica y una capacidad conjunta de investigación, lo que se traducirá en una mayor cantidad de datos iTrace;

    b)

    proporcionará ayuda concreta en materia de capacidad a los gobiernos nacionales que, pese a sufrir los efectos del desvío de armas, carecen de las herramientas necesarias para identificar las armas desviadas utilizadas en conflictos e informar sobre ellas; este paso suele anteceder a una gestión nacional de las armas más eficaz y, como tal, supone un apoyo a la aplicación del TCA, el Programa de Acción y el Instrumento Internacional de Localización, a una programación en materia de seguridad física y gestión de arsenales (SFGA) y al enlace con fuerzas o cuerpos de seguridad internacionales, en particular Interpol (iARMS) y Europol;

    c)

    favorecerá el refuerzo del diálogo, especialmente a través de la identificación de partes interesadas fundamentales para otras iniciativas apoyadas por la Unión (por ejemplo, las relaciones de las misiones de la Unión con los gobiernos anfitriones) y del impulso de iniciativas, como la programación en materia de SFGA (por ejemplo, proyectos de gestión de arsenales apoyados por la Unión).

    4.1.4.   Indicadores para la aplicación del proyecto

    Hasta treinta visitas sobre el terreno con fines de formación y tutoría, con especial insistencia en la repetición de visitas para apoyar a las autoridades nacionales en la creación de capacidad de localización.

    El proyecto se aplicará durante todo el período bienal del proyecto iTrace.

    4.1.5.   Beneficiarios del proyecto

    Las actividades de formación y tutoría de iTrace tendrán beneficios directos para las partes interesadas nacionales en Estados afectados por conflictos, también para los fiscales y las fuerzas o cuerpos de seguridad. El programa ofrecerá apoyo indirecto a los diálogos nacionales a través de las iniciativas de control de armas, también de aquellas financiadas por la Unión, fomentando la utilización de mecanismos internacionales de localización (en particular del sistema iARMS de Interpol y de Europol) y facilitando la implicación en proyectos de gestión de los arsenales y en otros proyectos de control de APAL financiados por la Unión.

    4.2.   Proyecto n.o 2: Investigaciones sobre el terreno ampliadas, necesarias para una mayor alimentación del sistema iTrace con pruebas documentales en tiempo real sobre desvío y tráfico de APAL y otras armas y municiones convencionales y demás información pertinente.

    4.2.1.   Objetivo del proyecto

    El proyecto ampliará la frecuencia y la duración de las investigaciones sobre el terreno en materia de circulación de APAL y otras armas y municiones convencionales en las zonas afectadas por conflictos. El proyecto dará prioridad a los países que preocupan especialmente a los Estados miembros, entre ellos Irak, Libia, Mali, Sudán del Sur, Somalia, Siria y Yemen.

    El establecimiento de acuerdos oficiales de intercambio de información con misiones de la Unión y de las Naciones Unidas y con una serie de organizaciones facilitará el proyecto, al igual que el envío selectivo de peticiones oficiales de localización a los gobiernos nacionales. Además, el proyecto seguirá llevando a cabo trabajos de documentación y verificación (mediante investigaciones sobre el terreno) de la información existente sobre los traslados de que se trate obtenida de organizaciones distintas de CAR, a fin de incorporarlas al sistema iTrace.

    4.2.2.   Actividades del proyecto

    En el marco de este proyecto se emprenderán las actividades siguientes:

    a)

    despliegue de expertos en armas cualificados para llevar a cabo análisis sobre el terreno de las APAL y otras armas y municiones convencionales ilícitas y material conexo recuperados en los Estados afectados por los conflictos;

    b)

    análisis, revisión y comprobación de las pruebas documentales sobre APAL y otras armas y municiones convencionales ilícitas y sus usuarios, incluyendo, entre otros, fotografías de las armas, las piezas que las compongan y las marcas interiores y exteriores, los embalajes, la documentación correspondiente sobre el envío y los resultados de las investigaciones sobre el terreno (usuarios, proveedores y rutas de traslado);

    c)

    revisión y comprobación de pruebas adicionales recientes sobre APAL y otras armas y municiones convencionales ilícitas, obtenidas por organizaciones distintas de CAR, con inclusión de los informes de los grupos de las Naciones Unidas encargados de supervisar las sanciones, las organizaciones de la sociedad civil y los medios de comunicación internacionales;

    d)

    carga de todas las pruebas recabadas y revisadas en el sistema de gestión de la información iTrace y en el portal cartográfico en línea;

    e)

    determinación y apoyo de los interlocutores locales para garantizar la obtención continua de datos en respaldo de iTrace, tanto durante la acción propuesta como después;

    f)

    enlace permanente con los gobiernos nacionales a fin de definir previamente los puntos de contacto nacionales y un mecanismo de coordinación, con objeto de aclarar el alcance de las investigaciones de CAR y paliar los posibles conflictos de interés antes de las investigaciones.

    El proyecto de aplicará escalonadamente a lo largo de todo el período bienal del proyecto iTrace.

    4.2.3.   Resultados del proyecto

    El proyecto:

    a)

    documentará sobre el terreno las pruebas físicas de las armas y municiones convencionales desviadas u objeto de tráfico en las regiones afectadas por conflictos;

    b)

    comprobará y desarrollará los casos de tráfico ilícito revelados por las pruebas obtenidas por CAR, por organizaciones que tengan acuerdos de intercambio de información vigentes con CAR y, en su caso, por otras organizaciones, relativos a armas y municiones convencionales desviadas u objeto de tráfico en todas las regiones;

    c)

    aportará pruebas visuales concretas de las armas y municiones convencionales desviadas u objeto de tráfico, entre otras, fotografías de los objetos, números de serie, marcas de fabricación, cajas, listas de embalajes, documentos de transporte y certificados de usuarios finales;

    d)

    generará inventarios textuales de las actividades ilegales, con inclusión de las rutas de tráfico, los agentes implicados en el desvío o traslados ilegales y valoraciones de los factores que han contribuido a ellos (entre otros, la ineficacia en la gestión y la seguridad de los arsenales, así como las redes ilegales de suministro deliberadamente organizadas por los Estados);

    e)

    cargará las citadas pruebas en el sistema de gestión de la información iTrace y en el portal cartográfico en línea, para su divulgación al público y a los Estados miembros a través de plataformas seguras móviles y fijas.

    4.2.4.   Indicadores de aplicación del proyecto

    Cincuenta despliegues sobre el terreno como máximo (incluidos los despliegues prorrogados cuando sean necesarios) durante el período bienal, para generar las pruebas destinadas a ser cargadas en el sistema de gestión de la información iTrace y en el portal cartográfico en línea.

    El proyecto se aplicará durante todo el período bienal del proyecto iTrace.

    4.2.5.   Beneficiarios del proyecto

    iTrace seguirá facilitando información cada vez más completa explícitamente dirigida ante todo a los responsables políticos de los Estados miembros en materia de control de armamento, a las autoridades encargadas de las licencias de exportación de armas así como a las instituciones, agencias y misiones de la Unión. Dichos beneficiarios de la Unión tendrán también acceso a información confidencial a través de plataformas seguras móviles y fijas proporcionadas por iTrace.

    Todos los beneficiarios de la Unión seguirán teniendo acceso a la información pública, al igual que los beneficiarios que no pertenecen a la Unión, en particular los responsables políticos en materia de control de armamento y las autoridades encargadas de las licencias de exportación de armas en terceros países. También podrán aprovechar la información publicada por iTrace las organizaciones regionales e internacionales (entre otras, los grupos de las Naciones Unidas encargados de supervisar las sanciones, las misiones de mantenimiento de la paz de la ONU, UNODC, la Oficina de Asuntos de Desarme e Interpol); las organizaciones de investigación no gubernamentales, entre otras, el Centro Internacional para la Conversión de Bonn (BICC, por sus siglas en inglés), el Grupo de investigación y de información sobre paz y seguridad (GRIP, por sus siglas en inglés), el Instituto Internacional de Estocolmo para la Investigación de la Paz (SIPRI), y Small Arms Survey (encuesta sobre armas ligeras), las organizaciones de defensa de causas (entre ellas, Amnistía Internacional y Human Rights Watch) y los medios de comunicación internacionales.

    4.3.   Proyecto n.o 3: Apoyo directo a las autoridades responsables del control de las exportaciones de armas y a los responsables políticos en materia de control de armamento de los Estados miembros.

    4.3.1.   Objetivo del proyecto

    El personal del proyecto iTrace trabajará en estrecha cooperación con las autoridades nacionales encargadas de las licencias de exportación de armas de los Estados miembros. Se tratará la información proporcionada por las autoridades nacionales encargadas de las licencias de exportación de los Estados miembros con la debida confidencialidad. Se mantendrá el contacto entre iTrace y diversas autoridades nacionales encargadas de las licencias de exportación de armas de terceros países. Estas relaciones permitirán apoyar varios aspectos fundamentales de los esfuerzos internacionales para hacer frente al desvío y al tráfico de armas convencionales y reforzarán medidas internacionales de lucha contra el desvío, entre las cuales:

    a)

    el suministro de datos y pruebas detallados sobre desvíos documentados a las autoridades encargadas de las licencias de exportación de armas;

    b)

    la provisión a los Estados miembros, tras una petición oficial por parte de las autoridades nacionales encargadas de las licencias de exportación de armas de los Estados miembros, de capacidad de verificación posterior al envío o a la entrega, o apoyo a la misma.

    4.3.2.   Actividades del proyecto

    En el marco de este proyecto se emprenderán las actividades siguientes:

    a)

    la repetición de visitas por parte de los equipos de iTrace a las autoridades pertinentes en las capitales de los Estados miembros para transmitirles información acerca de cuestiones relativas a la lucha contra el desvío e informarlos acerca de las investigaciones internacionales;

    b)

    un servicio de asistencia disponible las veinticuatro horas del día para proporcionar asesoramiento al instante sobre lucha contra el desvío o sobre afirmaciones potencialmente negativas publicadas en la prensa, que retoma información de terceros no contrastada;

    c)

    el desarrollo a medida para las autoridades nacionales encargadas de las licencias de exportación de los Estados miembros de cuadros de mandos en línea que retransmitirán datos seguros procedentes del sistema iTrace; emitiendo alertas sobre partes con un historial de desvío de armas, determinando los destinos de alto riesgo e informando, en tiempo real, de los desvíos de armas de fabricación nacional; y

    d)

    realización por parte de los equipos de investigación sobre el terreno de iTrace a los Estados miembros, tras una petición oficial por parte de las autoridades nacionales encargadas de las licencias de exportación de armas, de comprobaciones sobre el uso final hecho con posterioridad a la entrega, o apoyo a su realización.

    El proyecto se aplicará durante todo el período bienal del proyecto iTrace.

    4.3.3.   Resultados del proyecto

    El proyecto:

    a)

    responderá a las solicitudes de ayuda de las autoridades responsables del control de las exportaciones de armas de los Estados miembros en lo que respecta a la identificación de desvíos posteriores a la exportación;

    b)

    proporcionará información para apoyar los análisis completos de riesgo de desvío de las autoridades responsables del control de las exportaciones de armas de los Estados miembros (en consonancia con el TCA y la Posición Común 2008/944/PESC del Consejo) que preceden a la concesión de licencias de exportación;

    c)

    a petición de las autoridades responsables del control de las exportaciones de armas de los Estados miembros, les proporcionará la capacidad de realizar verificaciones posteriores a los envíos;

    d)

    respaldará a los responsables políticos en materia de control de armamento de los Estados miembros de la UE con información en tiempo real sobre desvíos y tendencias del tráfico a fin de apoyar la implicación nacional en los procesos políticos internacionales; y

    e)

    ayudará a las fuerzas o cuerpos de seguridad nacionales de los Estados miembros de la UE en las investigaciones penales, cuando proceda y a petición de estas.

    4.3.4.   Indicadores de aplicación del proyecto

    La concepción y el desarrollo por parte de los diseñadores actuales del sistema iTrace de cuadros de mandos por encargo, fijos y móviles, que retransmitirán información en vivo procedente de particiones seguras dentro del sistema iTrace a las autoridades nacionales de los Estados miembros. Un servicio de asistencia, del que se encargará el personal del proyecto iTrace, para proporcionar un apoyo completo a las autoridades responsables del control de las exportaciones de armas y a los responsables de las políticas de control de armas de los Estados miembros. Previa solicitud, hasta treinta visitas a las capitales de los Estados miembros.

    El proyecto se aplicará durante todo el período bienal del proyecto iTrace.

    4.3.5.   Beneficiarios del proyecto

    Todos los Estados miembros interesados; las visitas a las capitales y las verificaciones posteriores a los envíos se realizarán a petición de estos.

    4.4.   Proyecto 4: Difusión a partes interesadas y coordinación internacional

    4.4.1.   Objetivo del proyecto

    El proyecto mostrará los beneficios de iTrace a los responsables políticos, los expertos en control de armamento convencional y las autoridades encargadas de las licencias de exportación de armas nacionales e internacionales. También se elaborarán iniciativas de difusión para una mayor coordinación del intercambio de información y para establecer asociaciones sostenibles con las personas y organizaciones que puedan generar información que se incorpore al sistema iTrace.

    4.4.2.   Actividades del proyecto

    En el marco de este proyecto, prestando la debida atención para evitar el solapamiento con otras acciones, por ejemplo la actividad de divulgación del TCA, se llevarán a cabo las actividades siguientes:

    a)

    presentaciones del personal del proyecto iTrace en las conferencias internacionales pertinentes que aborden el tema del comercio ilegal de armas convencionales, en todos sus aspectos. Las presentaciones por parte del personal estarán concebidas para presentar iTrace, haciendo hincapié en: 1) sus beneficios concretos a la hora de ayudar a supervisar la aplicación del Programa de Acción de las Naciones Unidas, el Tratado sobre el Comercio de Armas y otros instrumentos internacionales pertinentes; 2) su utilidad para determinar los ámbitos prioritarios de la ayuda y la cooperación internacionales; y 3) su utilidad como mecanismo de determinación y evaluación de riesgo destinado a las autoridades encargadas de las licencias de exportación de armas;

    b)

    presentaciones del personal de iTrace dirigidas a los gobiernos nacionales y a las operaciones de mantenimiento de la paz. Las presentaciones por parte del personal estarán concebidas para presentar iTrace a los departamentos de las misiones pertinentes, y para alentar y desarrollar acuerdos oficiales de intercambio de información que permitan generar información susceptible de introducirse en el sistema iTrace, así como para ayudar a los responsables políticos a determinar los ámbitos prioritarios de la ayuda y la cooperación internacionales.

    El proyecto se aplicará durante todo el período bienal del proyecto iTrace.

    4.4.3.   Resultados del proyecto

    El proyecto:

    a)

    mostrará la utilidad de iTrace y la idea de documentar y recopilar datos sobre el desvío y de compartirlos con los responsables políticos nacionales e internacionales que trabajan en la aplicación de acuerdos sobre control de armas convencionales y sobre control de las exportaciones de armas (Programa de Acción de las Naciones Unidas, Tratado sobre el Comercio de Armas y otros instrumentos internacionales pertinentes) y en la evaluación de su aplicación;

    b)

    facilitará información pertinente para ayudar a los responsables políticos y a los expertos en control de armas convencionales a la hora de determinar los ámbitos prioritarios de la ayuda y la cooperación internacionales y de elaborar estrategias eficaces contra el desvío;

    c)

    facilitará a las autoridades encargadas de las licencias de exportación de armas información exhaustiva sobre iTrace y su herramienta de evaluación del riesgo, además de ser un medio de retroalimentación y mejora adicionales del sistema;

    d)

    facilitará el intercambio de información entre los gobiernos nacionales y las operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas, incluidos el tratamiento y análisis de los datos utilizando el sistema iTrace;

    e)

    facilitará la creación de redes a un grupo creciente de expertos en control de armas convencionales que llevan a cabo investigaciones sobre el terreno en relación con el desvío y el tráfico de armas y municiones convencionales;

    f)

    mejorará el perfil público de la localización de armas y municiones convencionales como medio para ayudar a supervisar la aplicación del Programa de Acción de las Naciones Unidas, el Instrumento Internacional de Localización, el Tratado sobre el Comercio de Armas y de otros instrumentos internacionales y regionales de control de armas y de las exportaciones de armas.

    4.4.4.   Indicadores de aplicación del proyecto

    Un máximo de veinte conferencias externas con asistencia de personal de iTrace. Todas ellas incluirán presentaciones de iTrace. En el informe definitivo constarán los órdenes del día de las conferencias y un breve resumen.

    El proyecto se aplicará durante todo el período bienal del proyecto iTrace.

    4.4.5.   Beneficiarios del proyecto

    Véase la sección 4.2.5 anterior, donde figura una lista completa de beneficiarios idéntica a la de los beneficiarios de este proyecto.

    4.5.   Proyecto 5: informes políticos de iTrace

    4.5.1.   Objetivo del proyecto

    El proyecto presentará informes sobre cuestiones políticas clave, elaborados a partir de los datos generados por las investigaciones sobre el terreno y existentes en el sistema iTrace. Los informes estarán pensados para destacar ámbitos específicos de preocupación internacional, entre ellos las características principales del tráfico de armas y municiones convencionales, la distribución regional de las armas y municiones objeto de tráfico y las zonas prioritarias de atención internacional.

    4.5.2.   Actividades del proyecto

    Análisis exhaustivo para la compilación, revisión, edición y publicación de como máximo diez informes de actuación de iTrace.

    4.5.3.   Resultados del proyecto

    El proyecto:

    a)

    elaborará un máximo de diez informes, cada uno de los cuales tratará específicamente un aspecto de interés internacional;

    b)

    garantizará la distribución de los informes de actuación de iTrace a todos los Estados miembros;

    c)

    diseñará una estrategia de difusión definida con el objetivo de garantizar la máxima cobertura mundial;

    d)

    apoyará la visibilidad de la acción en la esfera política y en los medios de comunicación internacionales a través, entre otras cosas, de la presentación de información sobre las armas ilegales que susciten preocupación en ese momento; facilitando análisis pertinentes a efectos de elaboración de una política en apoyo de los procesos de control de armas en curso y adaptando los informes para que tengan máximo interés para los medios de comunicación internacionales.

    4.5.4.   Indicadores de aplicación del proyecto

    Un máximo de diez informes de actuación de iTrace en línea, elaborados a lo largo de todo el período de la acción propuesta y distribuidos a escala mundial.

    4.5.5.   Beneficiarios del proyecto

    Véase la sección 4.2.5 anterior, donde figura una lista completa de beneficiarios idéntica a la de los beneficiarios de este proyecto.

    5.   Localización

    Los proyectos n.o 1 y 2 necesitarán un amplio despliegue sobre el terreno de expertos en armas convencionales en regiones afectadas por conflictos. Estos despliegues se evaluarán individualmente y se tendrán en cuenta a la seguridad, el acceso y la disponibilidad de la información. CAR ya ha establecido contactos o tiene proyectos en curso en muchos de los países en cuestión. El proyecto n.o 3 se llevará a cabo en las capitales de los Estados miembros (los viajes dentro de los países se realizarán en función de las necesidades de los Estados miembros). El proyecto n.o 4 se llevará a cabo en las conferencias internacionales y en coordinación con los gobiernos nacionales y las organizaciones pertinentes, a escala mundial para garantizar la máxima visibilidad del proyecto. El proyecto n.o 5 se compilará en Bélgica, Italia, Francia y el Reino Unido.

    6.   Duración

    La duración total estimada de los proyectos combinados es de veinticuatro meses.

    7.   Entidad de aplicación y visibilidad de la Unión

    CAR asocia a pequeños equipos de investigación con fuerzas locales de seguridad y de defensa, personal de mantenimiento de la paz y de apoyo a la paz y otros agentes poseedores de mandatos de seguridad. Cuando dichas fuerzas o misiones protegen o zonas de recopilación de pruebas, los equipos de CAR recopilan todas las pruebas disponibles sobre armas, material conexo y grupos de usuarios. Tras ello, CAR localiza todos los objetos que pueden ser identificados de manera unívoca y lleva a cabo investigaciones a largo alcance sobre traslados de armas, suministros de material militar y apoyo a partes que amenazan la paz y la estabilidad.

    En colaboración con las autoridades nacionales encargadas de las licencias de exportación, CAR reconstruye las cadenas de suministro responsables de suministrar armas a los conflictos armados, a través de la detección de actividades ilícitas y de desvíos de armas de los mercados legales a los ilícitos. CAR registra toda la información en su sistema mundial de vigilancia de armas iTrace que, con más de 100 000 entradas sobre armas en los conflictos, es el mayor registro del mundo de datos sobre las armas en los conflictos.

    CAR utiliza esta información para a) alertar a los Estados miembros del desvío de armas y municiones y, b) propiciar iniciativas específicas de lucha contra el desvío, en particular medidas revisadas de control de las exportaciones y acción diplomática internacional.

    Se ha demostrado que este método permite detectar casi inmediatamente los desvíos, puesto que los equipos de CAR sobre el terreno han informado a los Estados miembros acerca de armas desviadas mientras aún seguían desplegados en zonas afectadas por conflictos (por ejemplo, cuando estaban todavía sobre el terreno en Mosul, Irak). En algunos casos, los equipos de CAR han descubierto nuevos traslados no autorizados de armas menos de dos meses después de que estas salieran de la fábrica.

    El 22 de octubre de 2015, la Decisión (PESC) 2015/1908 apoyó que CAR prolongara y ampliara el proyecto iTrace creado por la Decisión 2016/698/PESC. Los proyectos — llamados iTrace I y II, respectivamente — han hecho de iTrace una importante iniciativa mundial de seguimiento de las armas en los conflictos y han proporcionado apoyo directo a las autoridades encargadas de las licencias de exportación de armas y a los responsables políticos en materia de control de armas de los Estados miembros.

    Además, el 2 de diciembre de 2015, el Plan de Acción de la Unión contra el tráfico ilícito y el uso de armas de fuego y explosivos pidieron «ampliar la utilización de iTRACE» y recomendaron a todos los cuerpos y fuerzas de seguridad nacionales que detectaran desvíos cotejar sus hallazgos con los datos de iTrace.

    CAR tomará todas las medidas necesarias para dar a conocer al público el hecho de que la acción ha sido financiada por la Unión. Dichas medidas se llevarán a cabo de acuerdo con el Manual de comunicación y visibilidad de la Unión Europea en la acción exterior de la Comisión, elaborado y publicado por dicha institución.

    De ese modo, CAR garantizará la proyección pública de la contribución de la Unión con la marca y la publicidad adecuadas, subrayando el papel desempeñado por la Unión, garantizando la transparencia de sus acciones y dando a conocer las razones de la Decisión y del apoyo de la Unión a la Decisión y los resultados de este apoyo. El material producido por el proyecto exhibirá de manera prominente la bandera de la Unión de conformidad con las directrices de la Unión relativas a la utilización y reproducción precisas de la bandera.

    8.   Informes

    CAR elaborará informes descriptivos periódicos trimestrales.


    (1)  Decisión 2013/698/PESC del Consejo, de 25 de noviembre de 2013, en apoyo de un mecanismo mundial para la información sobre armas ligeras y de pequeño calibre y otras armas y municiones convencionales ilícitas, a fin de reducir el riesgo de su comercio ilegal (DO L 320 de 30.11.2013, p. 34).

    (2)  Decisión (PESC) 2015/1908 del Consejo, de 22 de octubre de 2015, en apoyo de un mecanismo mundial de información sobre armas pequeñas y armas ligeras ilícitas y otras armas y municiones convencionales ilícitas, a fin de reducir el riesgo de su comercio ilegal («iTrace II») (DO L 278 de 23.10.2015, p. 15).

    (3)  Posición Común 2008/944/PESC del Consejo, de 8 de diciembre de 2008, por la que se definen las normas comunes que rigen el control de las exportaciones de tecnología y equipos militares (DO L 335 de 13.12.2008, p. 99).


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