Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 32006D0128

    2006/128/CE: Decisión de la Comisión, de 3 de febrero de 2006 , por la que se modifican la Directiva 2001/109/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y la Decisión 2002/38/CE relativa a las encuestas estadísticas agrícolas sobre las plantaciones de determinadas especies de árboles frutales [notificada con el número C(2005) 5963]

    DO L 51 de 22.2.2006, p. 21–26 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)
    DO L 118M de 8.5.2007, p. 232–237 (MT)

    Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (BG, RO, HR)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2006/128(1)/oj

    22.2.2006   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 51/21


    DECISIÓN DE LA COMISIÓN

    de 3 de febrero de 2006

    por la que se modifican la Directiva 2001/109/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y la Decisión 2002/38/CE relativa a las encuestas estadísticas agrícolas sobre las plantaciones de determinadas especies de árboles frutales

    [notificada con el número C(2005) 5963]

    (2006/128/CE)

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

    Vista la Directiva 2001/109/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de diciembre de 2001, sobre las encuestas estadísticas que han de efectuar los Estados miembros para determinar el potencial de producción de las plantaciones de determinadas especies de árboles frutales (1), y, en particular, su artículo 1, apartado 2, párrafo tercero, su artículo 2, apartado 2, y su artículo 4, apartado 2,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    La Directiva 2001/109/CE, que establece la lista de las especies objeto de encuesta en los Estados miembros, se aplica mediante la Decisión 2002/38/CE de la Comisión, de 27 de diciembre de 2001, por la que se establecen los parámetros de las encuestas y el código y las normas tipo relativas a la transcripción, en forma legible por máquina, de los datos de las encuestas sobre las plantaciones de determinadas especies de árboles frutales (2). En dicha Decisión se establecen los límites de las zonas de producción que van a fijarse y sus respectivos códigos, así como las especies frutales y las variedades.

    (2)

    Como resultado de la adhesión de los nuevos Estados miembros, es necesario adaptar los anexos respectivos a la Directiva 2001/109/CE y a la Decisión 2002/38/CE.

    (3)

    Por tanto, deben modificarse en consecuencia la Directiva 2001/109/CE y la Decisión 2002/38/CE.

    (4)

    Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de estadística agrícola, creado mediante la Decisión 72/279/CEE del Consejo (3).

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    El anexo de la Directiva 2001/109/CE se sustituye por el texto que figura en el anexo I de la presente Decisión.

    Artículo 2

    Los anexos I y III de la Decisión 2002/38/CE quedan modificados con arreglo a lo dispuesto en los anexos II y III, respectivamente, de la presente Decisión.

    Artículo 3

    Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

    Hecho en Bruselas, el 3 de febrero de 2006.

    Por la Comisión

    Joaquín ALMUNIA

    Miembro de la Comisión


    (1)  DO L 13 de 16.1.2002, p. 21. Directiva modificada por el Acta de adhesión de 2003.

    (2)  DO L 16 de 18.1.2002, p. 35.

    (3)  DO L 179 de 7.8.1972, p. 1.


    ANEXO I

    «ANEXO

    ESPECIES OBJETO DE ENCUESTA EN LOS DISTINTOS ESTADOS MIEMBROS

     

    Manzanas

    Peras

    Melocotones

    Albaricoques

    Naranjas

    Limones

    Pequeños cítricos

    Bélgica

    ×

    ×

     

     

     

     

     

    República Checa

    ×

    ×

    ×

    ×

     

     

     

    Dinamarca

    ×

    ×

     

     

     

     

     

    Alemania

    ×

    ×

     

     

     

     

     

    Estonia

    ×

     

     

     

     

     

     

    Grecia

    ×

    ×

    ×

    ×

    ×

    ×

    ×

    España

    ×

    ×

    ×

    ×

    ×

    ×

    ×

    Francia

    ×

    ×

    ×

    ×

    ×

    ×

    ×

    Irlanda

    ×

     

     

     

     

     

     

    Italia

    ×

    ×

    ×

    ×

    ×

    ×

    ×

    Chipre

    ×

    ×

    ×

    ×

    ×

    ×

    ×

    Letonia

    ×

    ×

     

     

     

     

     

    Lituania

    ×

    ×

     

     

     

     

     

    Luxemburgo

    ×

    ×

     

     

     

     

     

    Hungría

    ×

    ×

    ×

    ×

     

     

     

    Malta

     

     

    × (1)

     

     

     

     

    Países Bajos

    ×

    ×

     

     

     

     

     

    Austria

    ×

    ×

    ×

    ×

     

     

     

    Polonia

    ×

    ×

    × (1)

    × (1)

     

     

     

    Portugal

    ×

    ×

    ×

    ×

    ×

    ×

    ×

    Eslovenia

    ×

    ×

    × (1)

    × (1)

     

     

     

    Eslovaquia

    ×

    ×

    × (1)

    × (1)

     

     

     

    Finlandia

    ×

     

     

     

     

     

     

    Suecia

    ×

    ×

     

     

     

     

     

    Reino Unido

    ×

    ×

     

     

     

     

     


    (1)  No se realizan encuestas respecto a: la edad de los árboles, la densidad de plantación o la variedad frutícola.».


    ANEXO II

    Modificaciones del anexo I de la Decisión 2002/38/CE

    País

    Código país

    División territorial

    Código división territorial

    Referencias a NUTS

    1)

    Se inserta el cuadro siguiente entre Bélgica y Dinamarca:

    «República Checa

    16

    Stredni Cechy

    01

    Stredni Cechy

    Jihozapad

    02

    Jihozapad

    Severozapad

    03

    Severozapad

    Severovychod

    04

    Severovychod

    Jihovychod

    05

    Jihovychod

    Stredni Morava

    06

    Stredni Morava

    Moravskoslezsko

    07

    Moravskoslezsko».

    2)

    Se inserta el cuadro siguiente entre Alemania y Grecia:

    «Estonia

    17

    Constituye una zona geográfica

    00

    Estonia».

    3)

    Se inserta el cuadro siguiente entre Italia y Luxemburgo:

    «Chipre

    18

    Distrito de Nicosia

    01

     

    Distrito de Limassol

    02

     

    Distrito de Papros

    03

     

    Distrito de Larnaca

    04

     

    Distrito de Famagusta

    05

     

    Letonia

    19

    Constituye una zona geográfica

    00

    Letonia

    Lituania

    20

    Constituye una zona geográfica

    00

    Lituania».

    4)

    Se inserta el cuadro siguiente entre Luxemburgo y los Países Bajos:

    «Hungría

    21

    Közép-Magyarország (Hungría Central)

    01

    Kozep-Magyarorszag

    Közép-Dunántúl (Transdanubio Central)

    02

    Kozep-Dunantul

    Nyugat-Dunántúl (Transdanubio Occidental)

    03

    Nyugat-Dunantul

    Dél-Dunántúl (Transdanubio Meridional)

    04

    Del-Dunantul

    Észak-Magyarország (Hungría Septentrional)

    05

    Eszak-Magyarorszag

    Észak-Alföld (Llanura Septentrional)

    06

    Eszak-Alfold

    Dél-Alföld (Llanura Meridional)

    07

    Del-Alfold

    Malta

    22

    Constituye una zona geográfica

    00

    Malta».

    5)

    Se inserta el cuadro siguiente entre Austria y Portugal:

    «Polonia

    23

    Łódzkie

    01

    Łódzkie

    Mazowieckie

    02

    Mazowieckie

    Małopolskie

    03

    Małopolskie

    Śląskie

    04

    Śląskie

    Lubelskie

    05

    Lubelskie

    Podkarpackie

    06

    Podkarpackie

    Świętokrzyskie

    07

    Świętokrzyskie

    Podlaskie

    08

    Podlaskie

    Wielkopolskie

    09

    Wielkopolskie

    Zachodniopomorskie

    10

    Zachodniopomorskie

    Lubuskie

    11

    Lubuskie

    Dolnośląskie

    12

    Dolnośląskie

    Opolskie

    13

    Opolskie

    Kujawsko-pomorskie

    14

    Kujawsko-pomorskie

    Warmińsko-mazurskie

    15

    Warmińsko-mazurskie

    Pomorskie

    16

    Pomorskie».

    6)

    Se inserta el cuadro siguiente entre Portugal y Finlandia:

    «Eslovenia

    24

    Constituye una zona geográfica

    00

    Eslovenia

    Eslovaquia

    25

    Constituye una zona geográfica

    00

    Eslovaquia».


    ANEXO III

    Nuevas variedades que deberán añadirse al anexo III de la Decisión 2002/38/CE

    Códigos por especies y por variedades que se utilizarán al transmitir, a la Comisión, los resultados de las encuestas estadísticas sobre las plantaciones de determinadas especies de árboles frutales

    Especies/Variedades

    Código de especie

    Código de variedad

    1)

    En el punto 1. Manzanos, entre «Early gold» y «Otras variedades (especificadas por el Estado miembro)», se inserta el cuadro siguiente:

    «Melodie

     

    081

    Rubin

     

    082

    Champion/Šampion (CZ) Szampion (PL)

     

    083

    Rubinola

     

    084

    Ligol (PL)

     

    085

    Cortland (PL)

     

    086

    Štaris (Staris) (LT)

     

    087

    Aldas (LT)

     

    088

    Auksis (LT)

     

    089

    Orlovskoje polosatoje (LT)

     

    090

    Isbranica (LT)

     

    091

    Sinap Orlovskij (LT)

     

    092».

    2)

    En el punto 2. Perales, entre «Boscs Flaschenbirne» y «Otras variedades (especificadas por el Estado miembro)», se inserta el cuadro siguiente:

    «Beurré Diel

     

    057

    Glou Morceau

     

    058

    Kieffer

     

    059

    Bohemica

     

    060

    Dicolor

     

    061

    Erika

     

    062

    Grosdemange

     

    063

    Lukasowka (PL)

     

    064

    Alka (LT)

     

    065

    Alsa (LT)

     

    066

    Mramornaja (LT)

     

    067».

    3)

    En el punto 3. Melocotoneros (Melocotoneros que producen frutos de pulpa blanca), entre «Otros» y «Nectarinas», se inserta el cuadro siguiente:

    «Champion (HU)

     

    570».

    4)

    En el punto 3. Melocotoneros (Melocotoneros que producen frutos de pulpa amarilla), entre «Otros» y «Nectarinas», se inserta el cuadro siguiente:

    «Burbank July Elberta (SK)

     

    620

    Flamingo (SK)

     

    621

    Sunhaven (SK)

     

    622».

    5)

    En el punto 4. Albaricoqueros, entre «Vitillo» y «Otras variedades (especificadas por el Estado miembro)», se inserta el cuadro siguiente:

    «Ceglédi Bíbor

     

    044

    Ceglédi óriás

     

    045

    Gönci magyar kajszi

     

    046

    Magyar kajszi

     

    047

    Magyar kajszi C.235

     

    048

    Pannónia

     

    049

    Szegedi mammut

     

    050

    Karola

     

    051

    Velkopavlovická

     

    052

    Veharda

     

    053

    Maďarská

     

    054».


    Top