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Acuerdo de colaboración entre la Unión Europea y Filipinas

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Acuerdo marco de Colaboración y Cooperación entre la Unión Europea y Filipinas

Decisión 2012/272/UE del Consejo relativa a la firma del Acuerdo

Decisión (UE) 2017/2414 del Consejo relativa a la celebración del Acuerdo

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE ACUERDO Y ESTAS DECISIONES?

  • El Acuerdo crea una base jurídica nueva y mejorada que permite que la Unión Europea (UE) y Filipinas refuercen su relación, en particular en asuntos políticos, sociales y económicos, incluidos los derechos humanos.
  • La Decisión 2012/272/UE del Consejo aprueba la firma de la Unión Europea (UE) del Acuerdo de Colaboración.
  • La Decisión del Consejo (UE) 2017/2414 aprueba el propio Acuerdo.

PUNTOS CLAVE

El Acuerdo compromete a las partes a entablar un diálogo global y lograr la cooperación sobre una serie de asuntos, entre ellos:

  • asuntos políticos, sociales y económicos en todos los foros y organizaciones regionales e internacionales pertinentes;
  • la lucha contra el terrorismo y los delitos transnacionales;
  • los derechos humanos y el diálogo sobre la lucha contra los delitos graves de alcance internacional;
  • la lucha contra la proliferación de armas de destrucción masiva, armas pequeñas y ligeras, y el fomento del proceso de paz y la prevención de conflictos;
  • todos los ámbitos de interés mutuo relacionados con el comercio y la inversión;
  • el ámbito de la justicia y la seguridad, que abarca:
  • los ámbitos de la migración y las relaciones laborales marítimas;
  • todos los demás sectores de interés mutuo, particularmente:
  • el incremento de la participación de ambas partes en los programas de cooperación subregionales y regionales abiertos a la participación de la otra parte;
  • la mejora del papel y el perfil de Filipinas y la UE;
  • la promoción de la comprensión interpersonal y el diálogo efectivo y la interacción con la sociedad civil organizada.

Medios de cooperación

  • Cada parte debe poner a disposición los recursos apropiados, incluidos los medios financieros, en la medida que sus respectivos recursos y normativas lo permitan, con el fin de cumplir los objetivos de cooperación.
  • Las partes exhortarán al Banco Europeo de Inversiones a que continúe sus actividades en Filipinas, con arreglo a sus procedimientos y sus criterios de financiación.

Comité Mixto

Un comité mixto integrado por representantes de ambas partes:

  • garantizará el buen funcionamiento y la aplicación del Acuerdo;
  • establecerá prioridades en relación con los objetivos del Acuerdo;
  • formulará recomendaciones para promover los objetivos del Acuerdo.

FECHA DE ENTRADA EN VIGOR

Entró en vigor el 1 de marzo de 2018.

ANTECEDENTES

Para más información, véase:

DOCUMENTOS PRINCIPALES

Acuerdo marco de Colaboración y Cooperación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Filipinas, por otra (DO L 343 de 22.12.2017, pp. 3-32).

Las modificaciones sucesivas del Acuerdo marco se han incorporado al texto jurídico. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

Decisión 2012/272/UE del Consejo, de 14 de mayo de 2012, relativa a la firma, en nombre de la Unión, del Acuerdo marco de Colaboración y Cooperación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Filipinas, por otra (DO L 134 de 24.5.2012, p. 3).

Decisión (UE) 2017/2414 del Consejo, de 25 de septiembre de 2017, relativa a la celebración, en nombre de la Unión, del Acuerdo marco de Colaboración y Cooperación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Filipinas, por otra (DO L 343 de 22.12.2017, pp. 1-2).

DOCUMENTOS CONEXOS

Información relativa a la entrada en vigor del Acuerdo Marco de Colaboración y Cooperación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Filipinas, por otra (DO L 78 de 21.3.2018, p. 1).

última actualización 16.01.2023

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