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Document C2006/143/07

Asunto C-408/03: Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 23 de marzo de 2006 — Comisión de las Comunidades Europeas/Reino de Bélgica (Incumplimiento de Estado — Infracción de la normativa comunitaria en materia de derecho de residencia de los ciudadanos de la Unión — Legislación y práctica administrativa nacionales en relación con el requisito de disponer de recursos personales suficientes y la adopción de órdenes de abandonar el territorio del Estado miembro de que se trate)

DO C 143 de 17.6.2006, p. 3–4 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

17.6.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 143/3


Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 23 de marzo de 2006 — Comisión de las Comunidades Europeas/Reino de Bélgica

(Asunto C-408/03) (1)

(Incumplimiento de Estado - Infracción de la normativa comunitaria en materia de derecho de residencia de los ciudadanos de la Unión - Legislación y práctica administrativa nacionales en relación con el requisito de disponer de recursos personales suficientes y la adopción de órdenes de abandonar el territorio del Estado miembro de que se trate)

(2006/C 143/07)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: M. Condou-Durande y D. Martin, agentes)

Demandada: Reino de Bélgica (representante: E. Dominkovits, agente)

Parte coadyuvante: Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (representantes: C. Jackson, agente, asistida por E. Sharpston, QC)

Objeto

Incumplimiento de Estado — Infracción de la normativa comunitaria en materia de derecho de residencia de los ciudadanos de la Unión — Legislación y práctica administrativa nacionales en relación con el requisito de disponer de recursos personales suficientes y la adopción de órdenes de abandonar el territorio

Fallo

1)

a)

Declarar que el Reino de Bélgica ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 18 CE y de la Directiva 90/364/CEE, al excluir, en la aplicación de dicha Directiva al nacional de un Estado miembro que desea disfrutar de los derechos que derivan de ésta y del artículo 18 CE, los ingresos de una persona que es su pareja, residente en el Estado miembro de acogida, a falta de un contrato celebrado ante notario en el que se incluya una cláusula de alimentos.

b)

Declarar que el Reino de Bélgica ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 2 de la Directiva 90/364, del artículo 4 de la Directiva 68/360/CEE, del artículo 4 de la Directiva 73/148/CEE, del artículo 2 de la Directiva 93/96/CEE y del artículo 2 de la Directiva 90/365/CEE, al prever la posibilidad de notificar automáticamente una orden de abandonar el territorio nacional a los ciudadanos de la Unión que no hayan presentado, en un plazo determinado, los documentos requeridos para la obtención de una autorización de residencia.

2)

Condenar en costas al Reino de Bélgica.

3)

El Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte soportará sus propias costas.


(1)  DO C 275, de 15.11.2003.


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