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Document C2007/269/13

    Asunto C-304/05: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 20 de septiembre de 2007 — Comisión de las Comunidades Europeas/República Italiana (Incumplimiento de Estado — Directiva 92/43/CEE — Conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres — Directiva 79/409/CEE — Conservación de las aves silvestres — Evaluación del impacto medioambiental de las obras de acondicionamiento de pistas de esquí)

    DO C 269 de 10.11.2007, p. 7–7 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    10.11.2007   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 269/7


    Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 20 de septiembre de 2007 — Comisión de las Comunidades Europeas/República Italiana

    (Asunto C-304/05) (1)

    (Incumplimiento de Estado - Directiva 92/43/CEE - Conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres - Directiva 79/409/CEE - Conservación de las aves silvestres - Evaluación del impacto medioambiental de las obras de acondicionamiento de pistas de esquí)

    (2007/C 269/13)

    Lengua de procedimiento: italiano

    Partes

    Demandante: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: M. van Beek y D. Recchia, agentes)

    Demandada: República Italiana (representantes: I.M. Braguglia y G. Fiengo, agentes)

    Objeto

    Incumplimiento de Estado — Infracción del artículo 6, apartados 2 a 4, en relación con el artículo 7 de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (DO L 206, p. 7) — Infracción del artículo 4, apartados 1 y 2, de la Directiva 79/409/CEE del Consejo, de 2 de abril de 1979, relativa a la conservación de las aves silvestres (DO L 103, p. 1; EE 15/02, p. 125) — Ampliación de la zona de esquí de Santa Caterina Valfurva situada en el Parque Nacional de Stelvio (zona de protección especial IT 2040044) sin llevar a cabo la evaluación del impacto medioambiental del proyecto — No adopción de las medidas necesarias para evitar las alteraciones y el deterioro del hábitat de las especies que motivaron la designación de la zona de protección especial.

    Fallo

    1)

    Declarar que la República Italiana ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 6, apartados 2 a 4, en relación con el artículo 7, de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, y en virtud del artículo 4, apartados 1 y 2, de la Directiva 79/409/CEE del Consejo, de 2 de abril de 1979, relativa a la conservación de las aves silvestres:

    al haber autorizado que se adopten medidas que pueden tener un efecto apreciable sobre la zona de protección especial IT 2040044, Parco Nazionale dello Stelvio, sin haberlas sometido a una evaluación adecuada de sus repercusiones en lo que respecta a los objetivos de conservación de esta zona;

    al haber autorizado tales medidas sin haber respetado las disposiciones que únicamente permiten realizar un proyecto, a pesar de que al evaluar sus repercusiones se lleguen a conclusiones negativas y a falta de soluciones alternativas, por razones imperiosas de interés público de primer orden y sólo después de haberse adoptado cuantas medidas compensatorias sean necesarias para garantizar que la coherencia global de Natura 2000 quede protegida y después de haber notificado dichas medidas a la Comisión de las Comunidades Europeas, y

    al no haber adoptado medidas para evitar el deterioro de los hábitats naturales y de los hábitats de especies, así como las alteraciones que repercutan en las especies que motivaron la designación de la zona de protección especial IT 2040044, Parco Nazionale dello Stelvio.

    2)

    Desestimar el recurso en todo lo demás.

    3)

    Condenar en costas a la República Italiana.


    (1)  DO C 229 de 17.9.2005.


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