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Document C2005/045/50

Sentencia del Tribunal de Primera Instancia, de 14 de diciembre de 2004, en el asunto T-332/02, Nordspedizionieri di Danielis Livio & C. Snc, Livio Danielis y Domenico D'Alessandro contra Comisión de las Comunidades Europeas («Unión aduanera — Operación de tránsito comunitario — Fraude — Contrabando de cigarrillos — Condonación de derechos de importación — Reglamento (CEE) n° 1430/79 — Artículo 13: cláusula de equidad — Concepto de “situación especial”»)

DO C 45 de 19.2.2005, p. 22–22 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

19.2.2005   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 45/22


SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA

de 14 de diciembre de 2004

en el asunto T-332/02, Nordspedizionieri di Danielis Livio & C. Snc, Livio Danielis y Domenico D'Alessandro contra Comisión de las Comunidades Europeas (1)

(«Unión aduanera - Operación de tránsito comunitario - Fraude - Contrabando de cigarrillos - Condonación de derechos de importación - Reglamento (CEE) no 1430/79 - Artículo 13: cláusula de equidad - Concepto de “situación especial”»)

(2005/C 45/50)

Lengua de procedimiento: italiano

En el asunto T-332/02, Nordspedizionieri di Danielis Livio & C. Snc, con domicilio social en Trieste (Italia), Livio Danielis, con domicilio en Trieste, y Domenico D'Alessandro, con domicilio en Trieste, representados por el Sr. G. Leone, abogado, contra Comisión de las Comunidades Europeas (agentes: inicialmente, Sres. X. Lewis y R. Amorosi y, posteriormente, Sr. Lewis, asistido por el Sr. G. Bambara, abogado, que designa domicilio en Luxemburgo), que tiene por objeto, con carácter principal, la pretensión de que se anule la decisión de la Comisión REM 14/01, de 28 de junio de 2002, por la que se desestima la solicitud presentada por la República Italiana para que se condonen derechos de importación adeudados por los demandantes y, con carácter subsidiario, la pretensión de que se declare que ha de procederse a la condonación parcial de la deuda aduanera correspondiente a tales derechos, el Tribunal de Primera Instancia (Sala Quinta), integrado por la Sra. P. Lindh, Presidenta, y los Sres. R. García-Valdecasas y J.D. Cooke, Jueces; Secretario: Sr. J. Palacio González, administrador principal, ha dictado el 14 de diciembre de 2004 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:

1)

Desestimar el recurso.

2)

Las partes demandantes cargarán con sus propias costas y con las de la Comisión.


(1)  DO C 7, de 11.1.2003.


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