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Document 62022TN0063

    Asunto T-63/22: Recurso interpuesto el 1 de febrero de 2022 — Brooks England / EUIPO — Brooks Sports (BROOKS ENGLAND)

    DO C 148 de 4.4.2022, p. 33–34 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
    DO C 148 de 4.4.2022, p. 25–26 (GA)

    4.4.2022   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 148/33


    Recurso interpuesto el 1 de febrero de 2022 — Brooks England / EUIPO — Brooks Sports (BROOKS ENGLAND)

    (Asunto T-63/22)

    (2022/C 148/44)

    Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

    Partes

    Recurrente: Brooks England Ltd (Smethwick, Reino Unido) (representante: S. Feltrinelli, abogado)

    Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

    Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Brooks Sports, Inc. (Seattle, Washington, Estados Unidos)

    Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

    Solicitante de la marca controvertida: Parte recurrente ante el Tribunal General

    Marca controvertida: Solicitud de marca figurativa de la Unión BROOKS ENGLAND — Solicitud de registro n.o 3298321

    Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de oposición

    Resolución impugnada: Resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 22 de noviembre de 2021 en el asunto R 2432/2020-4

    Pretensiones

    La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

    Estime su recurso.

    Anule íntegramente la resolución impugnada y, en consecuencia, declare que procede registrar el signo controvertido para todos los productos de que se trata.

    Con carácter subsidiario, anule parcialmente la resolución impugnada y declare que procede registrar el signo controvertido para —como mínimo— los bienes de la clase 18 de que se trata.

    Condene a la EUIPO a cargar con todas las costas en que haya incurrido la parte recurrente en el presente procedimiento y en el procedimiento previo.

    Motivos invocados

    Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo por haber incurrido en error al examinar el riesgo de confusión entre el signo controvertido y la marca anterior.

    Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo por haber incurrido en error al valorar la prueba de uso de la marca anterior.

    Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo por haber incurrido en error al comparar los productos.

    Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo por haber incurrido en error al comparar los signos y apreciar el riesgo de asociación.


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