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Document 62016TN0187
Case T-187/16: Action brought on 22 April 2016 – Anton Riemerschmid Weinbrennerei und Likörfabrik v EUIPO – Viña y Bodega Botalcura (LITU)
Asunto T-187/16: Recurso interpuesto el 22 de abril de 2016 — Anton Riemerschmid Weinbrennerei y Likörfabrik/EUIPO — Viña y Bodega Botalcura (LITU)
Asunto T-187/16: Recurso interpuesto el 22 de abril de 2016 — Anton Riemerschmid Weinbrennerei y Likörfabrik/EUIPO — Viña y Bodega Botalcura (LITU)
DO C 243 de 4.7.2016, p. 37–37
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
4.7.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 243/37 |
Recurso interpuesto el 22 de abril de 2016 — Anton Riemerschmid Weinbrennerei y Likörfabrik/EUIPO — Viña y Bodega Botalcura (LITU)
(Asunto T-187/16)
(2016/C 243/40)
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés
Partes
Demandantes: Anton Riemerschmid Weinbrennerei y Likörfabrik GmbH & Co. KG (Erding, Alemania) (representante: P. Koch Moreno, abogado)
Demandada: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Viña y Bodega Botalcura SA (Las Condes, Chile)
Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO
Solicitante de la marca controvertida: Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso
Marca controvertida: Marca denominativa de la Unión «LITU» — Solicitud de registro n.o 12684833
Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de oposición
Resolución impugnada: Resolución de la Segunda Sala de Recurso de la EUIPO de 9 de febrero de 2016, en el asunto R 719/2015-2
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
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Dicte sentencia estimatoria del recurso y anule la resolución impugnada. |
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Ordene que se desestime la solicitud de marca de la Unión Europea para la marca denominativa LITU en relación con todos los productos. |
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Condene en costas a la parte demandada y/o a la otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso. |
Motivo invocado
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Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento n.o 207/2009. |