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Document 62016CN0567

    Asunto C-567/16: Petición de decisión prejudicial planteada por la High Court of Justice (Chancery Division) (Reino Unido) el 10 de noviembre de 2016 — Merck Sharp/Comptroller-General of Patents, Designs and Trade Marks

    DO C 22 de 23.1.2017, p. 14–14 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    23.1.2017   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 22/14


    Petición de decisión prejudicial planteada por la High Court of Justice (Chancery Division) (Reino Unido) el 10 de noviembre de 2016 — Merck Sharp/Comptroller-General of Patents, Designs and Trade Marks

    (Asunto C-567/16)

    (2017/C 022/20)

    Lengua de procedimiento: inglés

    Órgano jurisdiccional remitente

    High Court of Justice (Chancery Division)

    Partes en el procedimiento principal

    Recurrente: Merck Sharp

    Recurrida: Comptroller-General of Patents, Designs and Trade Marks

    Cuestiones prejudiciales

    1)

    ¿Debe considerarse equivalente a una autorización de comercialización concedida, a efectos del artículo 3, letra b), del Reglamento (CE) n.o 469/2009, de 6 de mayo de 2009, (1) relativo al certificado complementario de protección para los medicamentos (versión codificada) (en lo sucesivo, «Reglamento CCP»), de forma que un solicitante de un certificado complementario de protección en el Estado miembro de que se trate tiene derecho a solicitar y obtener dicho certificado sobre la base de la notificación de cierre del procedimiento, una notificación del cierre del procedimiento emitida por el Estado miembro de referencia antes de la caducidad de la patente de base, conforme al artículo 28, apartado 4, de la Directiva 2001/83/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de noviembre de 2001, (2) por la que se establece un código comunitario sobre medicamentos para uso humano?

    2)

    En caso de respuesta negativa a la primera cuestión prejudicial, en las circunstancias antes descritas en ella, ¿constituye la falta de concesión de una autorización de comercialización concedida en el Estado miembro de que se trate en la fecha de presentarse una solicitud de certificado complementario de protección en dicho Estado miembro una irregularidad subsanable conforme al artículo 10, apartado 3, del Reglamento CCP una vez que se otorgue la autorización de comercialización?


    (1)  DO 2009, L 152, p. 1.

    (2)  DO 2001, L 311, p. 67.


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