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Document 62015CN0136

    Asunto C-136/15 P: Recurso de casación interpuesto el 20 de marzo de 2015 por Mohammad Makhlouf contra la sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) dictada el 21 de enero de 2015 en el asunto T-509/11, Makhlouf/Consejo

    DO C 311 de 21.9.2015, p. 14–15 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    21.9.2015   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 311/14


    Recurso de casación interpuesto el 20 de marzo de 2015 por Mohammad Makhlouf contra la sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) dictada el 21 de enero de 2015 en el asunto T-509/11, Makhlouf/Consejo

    (Asunto C-136/15 P)

    (2015/C 311/19)

    Lengua de procedimiento: francés

    Partes

    Recurrente: Mohammad Makhlouf (representante: G. Karouni, abogado)

    Otra parte en el procedimiento: Consejo de la Unión Europea

    Pretensiones de la parte recurrente

    Que se anule la sentencia recurrida.

    Que se declare que las decisiones y los reglamentos del Consejo de la Unión Europea a que se refiere el presente recurso son nulos e inexistentes en la medida en que afectan a la recurrente.

    Que se condene al Consejo a abonar las costas en que incurrió la recurrente en el procedimiento de casación y en el seguido ante el Tribunal General.

    Motivos y principales alegaciones

    En apoyo de su recurso de casación, la recurrente invoca un motivo único basado en un error de Derecho en que incurrió el Tribunal General al aplicar las normas relativas a la obligación que recae sobre el Consejo.

    En particular, la recurrente critica que el Tribunal General se basara en una motivación del Consejo que considera incompleta y abstracta, lo que no le permitió identificar las razones específicas y concretas de su inclusión en la lista. Alega que, como consecuencia de ello, no pudo defenderse adecuadamente, puesto que ignoraba qué se le reprochaba, tanto en relación con la represión de los manifestantes, como con el apoyo al régimen o incluso con los supuestos beneficios obtenidos de éste.

    Asimismo, considera que el Tribunal General alteró la naturaleza de su obligación de motivación al intentar paliar la omisión del Consejo alegando, erróneamente y por primera vez en su sentencia, que ella «se había beneficiado de las políticas del régimen».

    Según la recurrente, la falta de mención clara y precisa en la motivación del Consejo del hecho que se le imputa, generador de la medida restrictiva, menoscabó seriamente el ejercicio de su derecho de defensa.


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