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Document 62009CA0009

    Asunto C-9/09: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 22 de septiembre de 2009 — Comisión de las Comunidades Europeas/Reino de Bélgica (Incumplimiento de Estado — Salud pública — Directiva 2004/23/CE — Establecimiento de normas de calidad y de seguridad para la donación, la obtención, la evaluación, el procesamiento, la preservación, el almacenamiento y la distribución de células y tejidos humanos — No adaptación del Derecho interno dentro del plazo señalado)

    DO C 282 de 21.11.2009, p. 16–16 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    21.11.2009   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 282/16


    Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 22 de septiembre de 2009 — Comisión de las Comunidades Europeas/Reino de Bélgica

    (Asunto C-9/09) (1)

    (Incumplimiento de Estado - Salud pública - Directiva 2004/23/CE - Establecimiento de normas de calidad y de seguridad para la donación, la obtención, la evaluación, el procesamiento, la preservación, el almacenamiento y la distribución de células y tejidos humanos - No adaptación del Derecho interno dentro del plazo señalado)

    2009/C 282/30

    Lengua de procedimiento: francés

    Partes

    Demandante: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: C. Cattabriga y J. Sénéchal, agentes)

    Demandada: Reino de Bélgica (representante: D. Haven, agente)

    Objeto

    Incumplimiento de Estado — No adopción ni comunicación, dentro del plazo señalado, de las disposiciones necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Directiva 2004/23/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, relativa al establecimiento de normas de calidad y de seguridad para la donación, la obtención, la evaluación, el procesamiento, la preservación, el almacenamiento y la distribución de células y tejidos humanos (DO L 102, p. 48).

    Fallo

    1)

    Declarar que el Reino de Bélgica ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 2004/23/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, relativa al establecimiento de normas de calidad y de seguridad para la donación, la obtención, la evaluación, el procesamiento, la preservación, el almacenamiento y la distribución de células y tejidos humanos, al no haber adoptado, dentro del plazo señalado, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la citada Directiva.

    2)

    Condenar en costas al Reino de Bélgica.


    (1)  DO C 69, de 21.3.2009.


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