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Document 32017R0334

    Reglamento (UE) 2017/334 de la Comisión, de 27 de febrero de 2017, por el que se corrigen las versiones alemana, búlgara, estonia y neerlandesa del Reglamento (UE) n.° 1321/2014 sobre el mantenimiento de la aeronavegabilidad de las aeronaves y productos aeronáuticos, componentes y equipos y sobre la aprobación de las organizaciones y personal que participan en dichas tareas (Texto pertinente a efectos del EEE. )

    C/2017/1196

    DO L 50 de 28.2.2017, p. 13–14 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2017/334/oj

    28.2.2017   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 50/13


    REGLAMENTO (UE) 2017/334 DE LA COMISIÓN

    de 27 de febrero de 2017

    por el que se corrigen las versiones alemana, búlgara, estonia y neerlandesa del Reglamento (UE) n.o 1321/2014 sobre el mantenimiento de la aeronavegabilidad de las aeronaves y productos aeronáuticos, componentes y equipos y sobre la aprobación de las organizaciones y personal que participan en dichas tareas

    (Texto pertinente a efectos del EEE)

    LA COMISIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

    Visto el Reglamento (CE) n.o 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de febrero de 2008, sobre normas comunes en el ámbito de la aviación civil y por el que se crea una Agencia Europea de Seguridad Aérea, y se deroga la Directiva 91/670/CEE del Consejo, el Reglamento (CE) n.o 1592/2002 y la Directiva 2004/36/CE (1), y en particular su artículo 5, apartado 5,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    Se ha producido un error en la versión neerlandesa del Reglamento (UE) n.o 1321/2014 de la Comisión (2), modificado por el Reglamento (UE) 2015/1088 (3), más concretamente en el punto 145.A.55c)3) del anexo II (parte 145), con respecto al número de años cuyos registros de mantenimiento deben distribuirse. Por consiguiente, es necesario corregir dicha versión. Esta corrección no afecta a las demás versiones lingüísticas.

    (2)

    Se ha producido un error en las versiones alemana, búlgara y estonia del Reglamento (UE) n.o 1321/2014, modificado por el Reglamento (UE) 2015/1088, más concretamente en el punto 145.A.70a)6) del anexo II (parte 145), con respecto a la omisión del término «personal de apoyo». Por tanto, es necesaria una corrección de las versiones en lengua alemana, búlgara y estonia. Esta corrección no afecta a las demás versiones lingüísticas.

    (3)

    Procede, por tanto, corregir el Reglamento (UE) n.o 1321/2014 en consecuencia.

    (4)

    Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité creado en virtud del artículo 65, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 216/2008.

    HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

    Artículo 1

    Afecta únicamente a las versiones alemana, búlgara, estonia y neerlandesa.

    Artículo 2

    El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

    El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

    Hecho en Bruselas, el 27 de febrero de 2017.

    Por la Comisión

    El Presidente

    Jean-Claude JUNCKER


    (1)  DO L 79 de 19.3.2008, p. 1.

    (2)  Reglamento (UE) n.o 1321/2014 de la Comisión, de 26 de noviembre de 2014, sobre el mantenimiento de la aeronavegabilidad de las aeronaves y productos aeronáuticos, componentes y equipos y sobre la aprobación de las organizaciones y personal que participan en dichas tareas (DO L 362 de 17.12.2014, p. 1).

    (3)  Reglamento (UE) 2015/1088 de la Comisión, de 3 de julio de 2015, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 1321/2014 sobre la simplificación de los procedimientos de mantenimiento de las aeronaves de aviación general (DO L 176 de 7.7.2015, p. 4).


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