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Document 32007G0630(01)
Council Resolution of 25 June 2007 on a new Community strategy on health and safety at work (2007-2012)
Resolución del Consejo, de 25 de junio de 2007 , sobre una nueva estrategia comunitaria de salud y seguridad en el trabajo (2007-2012)
Resolución del Consejo, de 25 de junio de 2007 , sobre una nueva estrategia comunitaria de salud y seguridad en el trabajo (2007-2012)
DO C 145 de 30.6.2007, p. 1–4
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
30.6.2007 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 145/1 |
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO
de 25 de junio de 2007
sobre una nueva estrategia comunitaria de salud y seguridad en el trabajo (2007-2012)
(2007/C 145/01)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Vista la Comunicación de la Comisión, de 21 de febrero de 2007, «Mejorar la calidad y la productividad en el trabajo: estrategia comunitaria de salud y seguridad en el trabajo (2007-2012)», que responde a uno de los puntos incluidos en la Agenda Social Europea;
Considerando lo siguiente:
1. |
El artículo 137 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea ha permitido disponer de un importante acervo legislativo comunitario en materia de seguridad y salud en el trabajo. |
2. |
La calidad en el trabajo tiene una considerable dimensión no sólo humana, sino también económica, y en el marco de la Estrategia de Lisboa los Estados miembros han reconocido que la política de salud y seguridad contribuye notablemente al crecimiento económico y al empleo. |
3. |
El modelo social europeo se basa en un buen funcionamiento de la economía, en un alto nivel de educación y protección social y en el diálogo social, y de este modo implica mejorar los aspectos cualitativos del trabajo, en particular la salud y la seguridad en el trabajo |
4. |
La Unión Europea debe incrementar la competitividad de las empresas con vistas a la continua evolución demográfica, teniendo en cuenta las conclusiones del Consejo Europeo de Estocolmo de 23 y 24 de marzo de 2001, el Consejo Europeo de Barcelona de 15 y 16 de marzo de 2002 y el Consejo Europeo de Bruselas de marzo de 8 y 9 de marzo de 2007. |
5. |
La nueva estrategia comunitaria de salud y seguridad en el trabajo (2007-2012) (en lo sucesivo la «Estrategia comunitaria») debe fomentar un mayor progreso a partir del impulso creado por la anterior estrategia comunitaria de salud y seguridad en el trabajo (2002-2006), que se basaba en un enfoque global del bienestar en el trabajo y permitió reactivar las políticas de prevención y mejoras significativas. |
6. |
La aplicación de la legislación vigente sigue siendo una de las obligaciones más importantes de todos los Estados miembros para estimular la creación de un entorno laboral sano y seguro. |
7. |
Las cifras de los accidentes laborales y la incidencia de las enfermedades profesionales, que difieren entre Estados miembros, aún son demasiado elevadas en términos absolutos en determinados sectores y para algunas categorías de trabajadores y, por consiguiente, es importante que la nueva estrategia remedie esta situación. |
ADOPTA LA PRESENTE RESOLUCIÓN:
I.
1. |
El Consejo toma nota de la opinión de la Comisión según la cual, para lograr una reducción continua, duradera y coherente de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, los agentes implicados deben perseguir una serie de objetivos, entre los que se encuentran:
|
2. |
El Consejo toma nota de la opinión de la Comisión según la cual, para alcanzar estos objetivos, se debe seguir desarrollando un enfoque global que tenga en cuenta los siguientes ámbitos de actuación:
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II.
El Consejo:
1. |
Acoge con satisfacción la Comunicación de la Comisión sobre una nueva estrategia comunitaria de salud y seguridad en el trabajo (2007-2012). |
2. |
Considera que dicha Comunicación constituye un marco útil para que continúe la aplicación eficaz del artículo 137 del Tratado CE a nivel comunitario. |
3. |
Comparte la opinión de la Comisión según la cual la salud y la seguridad en el trabajo no sólo preservan la vida y la salud de los trabajadores y aumentan su motivación, sino que también desempeñan un papel fundamental para incrementar la competitividad y la productividad de las empresas y contribuir a la viabilidad de los sistemas de protección social, mediante la reducción de los costes sociales y económicos de los accidentes, de los incidentes y de las enfermedades profesionales. |
4. |
Pone de relieve que las medidas de protección colectivas y la lucha contra los riesgos en su origen son principios fundamentales de prevención. |
5. |
Considera que el propósito de la política comunitaria de salud y seguridad en el trabajo basada en un enfoque global del bienestar en el trabajo debe ser la reducción continua, duradera y coherente de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales. |
6. |
Respalda a la Comisión en su intento por reducir en un 25 % el índice de incidencia de los accidentes de trabajo a escala comunitaria de la UE, teniendo en cuenta las experiencias, circunstancias y posibilidades de los Estados miembros. |
7. |
Hace hincapié en la necesidad de:
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8. |
Insta a los Estados miembros a que:
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9. |
Insta a la Comisión a que:
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10. |
Insta a los interlocutores sociales a que:
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(1) DO L 183 de 29.6.1989, p. 1. Directiva modificada por el Reglamento (CE) no 1882/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 284 de 31.10.2003, p. 1).