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Document 31985L0405
Commission Directive 85/405/EEC of 11 July 1985 adapting to technical progress Council Directive 79/113/EEC on the approximation of the laws of the Member States relating to the determination of the noise emission of construction plant and equipment
Directiva 85/405/CEE de la Comisión, de 11 de julio de 1985, por la que se adapta al progreso técnico la Directiva 79/113/CEE del Consejo, referente a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros relativas a la determinación de la emisión sonora de las máquinas y materiales utilizados en las obras de construcción
Directiva 85/405/CEE de la Comisión, de 11 de julio de 1985, por la que se adapta al progreso técnico la Directiva 79/113/CEE del Consejo, referente a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros relativas a la determinación de la emisión sonora de las máquinas y materiales utilizados en las obras de construcción
DO L 233 de 30.8.1985, pp. 9–10
(DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
(ES, PT, FI, SV)
No longer in force, Date of end of validity: 03/01/2002
Directiva 85/405/CEE de la Comisión, de 11 de julio de 1985, por la que se adapta al progreso técnico la Directiva 79/113/CEE del Consejo, referente a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros relativas a la determinación de la emisión sonora de las máquinas y materiales utilizados en las obras de construcción
Diario Oficial n° L 233 de 30/08/1985 p. 0009 - 0010
Edición especial en español: Capítulo 13 Tomo 19 p. 0013
Edición especial en portugués: Capítulo 13 Tomo 19 p. 0013
Edición especial en finés : Capítulo 15 Tomo 7 p. 0048
Edición especial sueca: Capítulo 15 Tomo 7 p. 0048
DIRECTIVA DE LA COMISIÓN de 11 de julio de 1985 por la que se adapta al progreso técnico la Directiva 79/113/CEE del Consejo , referente a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros relativas a la determinación de la emisión sonora de las máquinas y materiales utilizados en las obras de construcción ( 85/405/CEE ) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS , Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea , Vista la Directiva 79/113/CEE del Consejo , de 19 de diciembre de 1978 , referente a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros relativas a la determinación de la emisión sonora de las máquinas y materiales utilizados en las obras de construcción (1) , modificada en último lugar por la Directiva 81/1051/CEE (2) y , en particular , por sus artículos 3 , 4 y 5 , Considerando que , gracias a la experiencia adquirida y teniendo en cuenta el estado actual de la técnica , en estos momentos es necesario adaptar las prescripciones de los Anexos I y II de la Directiva 79/113/CEE a las condiciones reales de prueba ; Considerando que las medidas que establece la presente Directiva se ajustan al dictamen del Comité para la adaptación al progreso técnico de la Directiva relativa a la determinación de la emisión sonora máquinas y materiales utilizados en las obras de construcción , HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA : Artículo 1 Los Anexos I y II de la Directiva 79/113/CEE quedan modificados de acuerdo con el Anexo de la presente Directiva . Artículo 2 Los Estados miembros adoptarán y publicarán , antes del 26 de marzo de 1986 , las disposiciones necesarias para cumplir la presente Directiva e informarán de ello inmediatamente a la Comisión . Artículo 3 Los destinatarios de la presente Directiva serán los Estados miembros . Hecho en Bruselas , el 11 de julio de 1985 . Por la Comisión Stanley CLINTON DAVIS Miembro de la Comisión (1) DO n º L 33 de 8 . 2 . 1979 , p. 15 . (2) DO n º L 376 de 30 . 12 . 1981 , p. 49 . ANEXO MODIFICACIONES DEL ANEXO I DE LA DIRECTIVA 79/113/CEE 5 . APARATOS DE MEDICIÓN El número 5.2 quedará reemplazado por el texto siguiente : 5.2 . Aparatos de medición Para cumplir la anterior condición , se podrá utilizar : a ) un sonómetro que satisfaga al menos las condiciones de la publicación CEI 651 , primera edición , 1979 , para el tipo de aparatos de la clase 1 . El aparato se utilizará en respuesta « 5 » . La letra b ) no sufrirá modificaciones . Allí donde aparezcan las palabras « CEI 179 , segunda edición , 1973 » , en los puntos 5.2 , 5.3 y 5.4 , se sustituirán por « CEI 651 , primera edición , 1979 » . 7 . REALIZACIÓN DE LAS MEDICIONES 7.3.1 . Detección de los ruidos de carácter impulsivo Las palabras « publicación CEI 179 A/1973 » , situadas entre paréntesis a medias entre la segunda y tercera líneas , se sustituirán por « publicación CEI 651 , primera edición , 1979 » . MODIFICACIÓN DEL ANEXO II DE LA DIRECTIVA 79/113/CEE 3 . DEFINICIONES 3.2 . Nivel continuo equivalente de presión acústica L Aeq ( t1 , t2 ) Las palabras « CEI 179 , segunda edición , 1973 » se sustituirán por « CEI 651 , primera edición , 1979 » .