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Document 22007A0629(01)

Acuerdo entre la Comunidad Europea y el Gobierno de Canadá sobre la celebración de negociaciones en virtud del artículo XXIV, apartado 6, del GATT

DO L 169 de 29.6.2007, p. 55–57 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

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ELI: http://data.europa.eu/eli/agree_internation/2007/444/oj

Related Council decision

22007A0629(01)

Acuerdo entre la Comunidad Europea y el Gobierno de Canadá sobre la celebración de negociaciones en virtud del artículo XXIV, apartado 6, del GATT

Diario Oficial n° L 169 de 29/06/2007 p. 0055 - 0057


TRADUCCIÓN

Acuerdo

entre la Comunidad Europea y el Gobierno de Canadá sobre la celebración de negociaciones en virtud del artículo XXIV, apartado 6, del GATT

A RAÍZ de las negociaciones emprendidas entre la Comunidad Europea y el Gobierno de Canadá en virtud del artículo XXIV, apartado 6, y del artículo XXVIII del GATT de 1994, con el fin de modificar las concesiones previstas en las listas de la República Checa, la República de Estonia, la República de Chipre, la República de Letonia, la República de Lituania, la República de Hungría, la República de Malta, la República de Polonia, la República de Eslovenia y la República Eslovaca en el contexto de la adhesión de estos países a la CE, y de la notificación de la CE de 19 de enero de 2004 de conformidad con el artículo XXIV, apartado 6, del GATT de 1994.

LA COMUNIDAD EUROPEA (CE)

y

EL GOBIERNO DE CANADÁ (Canadá),

en lo sucesivo denominadas "las Partes",

HAN CONVENIDO EN LO SIGUIENTE:

1) La CE incluirá en su lista, aplicable al territorio aduanero de la CE de los 25, las concesiones que figuran en su lista CLX anterior para la CE de los 15.

2) Además, la CE incluirá en su lista, aplicable al territorio aduanero de la CE de los 25, las concesiones que figuran en el anexo del presente Acuerdo.

3) A más tardar el 1 de agosto de 2007, la CE reducirá sus aranceles y ajustará los contingentes arancelarios según se indica en el anexo.

4) El presente Acuerdo entrará en vigor en la fecha en que Canadá notifique que ha finalizado los procedimientos internos apropiados, a raíz de la firma del Acuerdo por las partes.

EN FE DE LO CUAL, los abajo firmantes, debidamente autorizados a dicho efecto, firman el presente Acuerdo.

HECHO en Bruselas, el veinticinco de junio de 2007, en dos ejemplares, en lenguas inglesa y francesa, cuyos textos son igualmente auténticos.

Por la Comunidad Europea

Por el Gobierno de Canadá

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ANEXO

- Contingente arancelario asignado al país (Canadá) de 4624 toneladas de carne de porcino (partidas arancelarias 02031211, 02031219, 02031911, 02031913, 02031915, ex02031955, 02031959, 02032211, 02032219, 02032911, 02032913, 02032915, ex02032955 y 02032959), con un derecho contingentario de 233-434 EUR/t.

- Aumento de 35 toneladas (erga omnes) en el contingente arancelario comunitario de trozos de carne de la especie porcina doméstica (partidas arancelarias 02031211, 02031219, 02031911, 02031913, 02031915, ex02031955, 02031959, 02032211, 02032219, 02032911, 02032913, 02032915, ex02032955 y 02032959), con un derecho contingentario de 233-434 EUR/t.

- Aumento de 1265 toneladas (erga omnes) en el contingente arancelario comunitario de piernas y chuleteros deshuesados congelados (ex02031955 y ex02032955), con un derecho contingentario de 250 EUR/t.

- Aumento de 49 toneladas (erga omnes) en el contingente arancelario comunitario de "canales de pollo frescas, refrigeradas o congeladas" (partidas arancelarias 02071110, 02071130, 02071190, 02071210 y 02071290), con un derecho contingentario de 131-162 EUR/t.

- Aumento de 4070 toneladas (erga omnes) en el contingente arancelario comunitario de "trozos de pollo frescos, refrigerados o congelados" (partidas arancelarias 02071310, 02071320, 02071330, 02071340, 02071350, 02071360, 02071370, 02071420, 02071430, 02071440 y 02071460), con un derecho contingentario de 93-512 EUR/t.

- Aumento de 1605 toneladas (erga omnes) en el contingente arancelario comunitario de "trozos de gallo o gallina" (partida arancelaria 02071410), con un derecho contingentario de 795 EUR/t.

- Aumento de 201 toneladas (erga omnes) en el contingente arancelario comunitario de "carne de pavo (gallipavo) fresca, refrigerada o congelada" (partidas arancelarias 02072410, 02072490, 02072510, 02072590, 02072610, 02072620, 02072630, 02072640, 02072650, 02072660, 02072670, 02072680, 02072730, 02072740, 02072750, 02072760 y 02072770), con un derecho contingentario de 93-425 EUR/t.

- Aumento de 2485 toneladas (erga omnes) en el contingente arancelario comunitario de "trozos de pavo congelados" (partidas arancelarias 02072710, 02072720 y 02072780), con un derecho contingentario del 0 %.

- Aumento de 537 toneladas (erga omnes) en el contingente arancelario comunitario de leche desnatada en polvo (partida arancelaria 04021019), con un derecho contingentario de 475 EUR/t.

- Apertura de un contingente arancelario de 20000 hl (erga omnes) para el vino (partidas arancelarias 22042965 y 22042975), con un derecho contingentario de 8 EUR/hl.

- Apertura de un contingente arancelario de 40000 hl (erga omnes) para el vino (partidas arancelarias 22042179 y 22042180), con un derecho contingentario de 10 EUR/hl.

- Apertura de un contingente arancelario de 13810 hl (erga omnes) para el vino (partida arancelaria 22059010), con un derecho contingentario de 7 EUR/hl.

- Apertura de un contingente arancelario de 2838 toneladas (erga omnes) de piñas (ananás), cítricos, peras, albaricoques, cerezas, melocotones y fresas conservados, (partidas arancelarias 20082011, 20082019, 20082031, 20082039, 20082071, 20083011, 20083019, 20083031, 20083039, 20083079, 20084011, 20084019, 20084021, 20084029, 20084031, 20084039, 20085011, 20085019, 20085031, 20085039, 20085051, 20085059, 20085071, 20086011, 20086019, 20086031, 20086039, 20086060, 20087011, 20087019, 20087031, 20087039, 20087051, 20087059, 20088011, 20088019, 20088031, 20088039 y 20088070), con un derecho contingentario del 20 %.

- Aumento de 6215 toneladas (erga omnes) en el contingente arancelario comunitario de cebada (partida arancelaria 100300), con un derecho contingentario de 16 EUR/t.

- Incremento de 853 toneladas en el contingente arancelario comunitario ya asignado a Canadá para el trigo blando (partida arancelaria 10019099), con un derecho contingentario de 12 EUR/t.

- Apertura de un contingente arancelario de 242074 toneladas (erga omnes) para el maíz (partidas arancelarias 10059000 y 10051090), con un derecho contingentario del 0 %.

- Apertura de un contingente arancelario de 2058 toneladas (erga omnes) de alimentos para perros y gatos (partidas arancelarias 23091013, 23091015, 23091019, 23091033, 23091039, 23091051, 23091053, 23091059 y 23091070), con un derecho contingentario del 7 %.

- Aumento de 2700 toneladas (erga omnes) en el contingente arancelario de preparaciones del tipo de las utilizadas para la alimentación de los animales (partidas arancelarias 23099031, 23099041, 23099051, 23099095 y 23099099), con un derecho contingentario del 7 %.

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