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Document 52017IE4769

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «Las empresas de la economía social como motor de la integración de los migrantes» (Dictamen de iniciativa)

EESC 2017/04769

DO C 283 de 10.8.2018, p. 1–8 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

10.8.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 283/1


Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «Las empresas de la economía social como motor de la integración de los migrantes»

(Dictamen de iniciativa)

(2018/C 283/01)

Ponente:

Giuseppe GUERINI

Decisión del Pleno

21.1.2016

Fundamento jurídico

Artículo 29, apartado 2, del Reglamento interno

 

Dictamen de iniciativa

Sección competente

Mercado Único, Producción y Consumo

Aprobado en sección

27.4.2018

Aprobación en el pleno

23.5.2018

Pleno n.o

535

Resultado de la votación

(a favor/en contra/abstenciones)

186/1/2

1.   Conclusiones y recomendaciones

1.1.

La reciente evolución del fenómeno migratorio ha puesto a prueba el sistema de entrada en el territorio de la Unión Europea, dando lugar a una auténtica «prueba de resistencia» de las políticas migratorias, sociales y de seguridad pública, tanto de la Unión Europea como de sus Estados miembros.

1.2.

El CESE considera esencial que las instituciones europeas, junto con los gobiernos de los Estados miembros, promuevan unas políticas coordinadas, con modalidades más claras, sostenibles y eficaces, que permitan a las personas procedentes de terceros países entrar y establecerse en Europa, trabajar, convertirse en ciudadanos y obtener protección internacional. El Comité pide que se preste especial atención a los migrantes en riesgo de exclusión social, como las personas enfermas o con problemas mentales, las personas con discapacidad y las personas de edad avanzada.

1.3.

El CESE observa que las empresas de la economía social han afrontado el reto de la ayuda a los migrantes de forma proactiva, movilizando a sus comunidades y ciudadanos, porque han sido capaces de poner en práctica los principios comunes de su acción (1), integradora, subsidiaria y de protección de las personas más desfavorecidas.

1.4.

Las empresas de la economía social tienden a ser integradoras, por lo que deben ser objeto de un mayor reconocimiento. El CESE, por tanto, pide a la Comisión Europea que les dé prioridad a la hora de formular las políticas de la UE y de programar los fondos europeos, especialmente por lo que respecta al pilar europeo de derechos sociales. Esto es lo que se desprendió tanto de la Conferencia sobre economía social del 16 de noviembre de 2017 como de la Cumbre Europea del 17 de noviembre de 2017 celebrada en Gotemburgo.

1.5.

Las empresas de la economía social crean puestos de trabajo de calidad en sectores muy intensivos en mano de obra y con una gran proporción de mano de obra procedente de terceros países. En estas empresas la dimensión participativa es importante en términos de seguridad y protección en el momento en que se estructura la actividad económica, porque conduce a la disminución de la economía informal y el trabajo irregular.

1.6.

Así pues, las empresas de la economía social desempeñan un papel clave al intervenir en cuatro aspectos especialmente importantes para el proceso de integración de las personas migrantes: la salud y la asistencia, la vivienda, la formación y educación (que deben ir de la mano de la toma de conciencia de los derechos y obligaciones que se derivan del establecimiento en la Unión Europea), y el trabajo y la integración activa de las personas migrantes en la sociedad de acogida.

1.7.

El CESE considera que, dada su tendencia a operar en el sector del trabajo asistencial, la economía colaborativa y la economía circular, las empresas de la economía social pueden contribuir a promover y apoyar no solo la creación de empleo, sino también el espíritu empresarial y el acceso de los migrantes y refugiados a una actividad económica. Por lo tanto, la Unión Europea debe seguir promoviendo estas empresas, que son una de las palancas para el crecimiento y la inclusión social y laboral de los migrantes. Por ello, el Comité pide a las instituciones europeas que den prioridad a las políticas dirigidas a las empresas de la economía social, como ya lo reclamaba en su contribución al programa de trabajo de la Comisión Europea para 2018 (2).

1.8.

A la luz de las pruebas que respaldan la validez de las empresas de la economía social para favorecer la inclusión laboral y social de los migrantes, el Comité pide a la Unión, a los Estados miembros y a la comunidad internacional que adopten incentivos para el empleo a los que puedan acceder las empresas de la economía social que se dedican a la inserción laboral.

1.9.

Visto el informe sobre el avance de las acciones, presentado en noviembre de 2017, el Comité confirma la necesidad de que la Unión y sus Estados miembros adopten un enfoque coordinado (3). Es evidente, en particular, que a falta de un sistema de entrada eficaz para los migrantes, continuará el recurso abusivo a las solicitudes de protección internacional observado en los últimos años. El Comité reitera enérgicamente que los casos de utilización abusiva del sistema de protección internacional no justifican la introducción por parte de algunos Estados miembros de restricciones a la posibilidad de que los nacionales de terceros países soliciten asilo en su territorio.

1.10.

El CESE anima a la Comisión y al Consejo a que establezcan una coordinación más estrecha con los países de origen y de tránsito de las migraciones, a fin de crear perspectivas de mejora de las condiciones de vida, en particular para las personas que se desplazan por razones económicas, de hambruna o de cambio climático. Paralelamente, convendría disponer de una política exterior europea más decidida hacia los países en los que la guerra, la dictadura y las persecuciones provocan la huida de sus habitantes.

1.11.

En particular, el Comité pide a la Unión que afronte el fenómeno migratorio a partir de las causas que provocan la necesidad de desplazamiento de las personas: pobreza, conflictos, discriminaciones, cambio climático. Esta acción pasa de forma inevitable por un compromiso renovado de la Unión Europea en el marco de la diplomacia y la cooperación internacional al desarrollo, así como por un auténtico plan extraordinario de inversión en la cooperación al desarrollo.

2.   Observaciones generales

2.1.

Las empresas de la economía social constituyen un actor clave de la economía y la sociedad europeas, en su diversidad representan una riqueza de la Unión y contribuyen al logro de los objetivos de la Estrategia Europa 2020, construyendo una Europa más inteligente, sostenible e inclusiva (4).

2.2.

Las empresas de la economía social han contribuido de forma significativa a afrontar los cambios registrados en la sociedad. Las empresas de la economía social están presentes en muchos sectores de la sociedad y han creado iniciativas innovadoras para responder a la necesidad creciente de asistencia y cuidado de las personas dependientes, en particular las personas mayores y personas con discapacidad. En muchos casos, lo han hecho incrementando la participación de las mujeres en el mundo laboral, no solo mediante su intervención directa en las empresas de la economía social, sino también prestando nuevos servicios para la infancia y las familias (5). Al mismo tiempo, las empresas de la economía social promueven la creación de oportunidades de empleo para las personas desfavorecidas, prestando especial atención a las personas en riesgo potencial de exclusión social grave, como las personas con discapacidad, las personas con problemas mentales o las personas que padecen alcoholismo o drogadicción. Las empresas de la economía social siguen siendo un actor clave en la promoción del modelo social europeo (6).

2.3.

Entre los retos que la Unión ha tenido que afrontar en los últimos años, ha adquirido especial importancia la gestión del creciente flujo migratorio, con millones de personas que cruzan las fronteras del continente para huir de las guerras, el hambre, las persecuciones y las condiciones de vida extremas provocadas por el cambio climático. Este fenómeno ha puesto a prueba el sistema de entrada de los Estados miembros y las políticas migratorias, sociales y de seguridad pública. En cierto sentido, las políticas migratorias de la Unión están pasando una «prueba de resistencia», y es importante aprovechar esta ocasión para analizar con atención las reacciones y señales que está generando el sistema, para favorecer intervenciones específicas y mejorar la eficiencia y la eficacia de las políticas de la UE.

2.4.

La integración de los recién llegados es un proceso dinámico y cambiante, que evoluciona en paralelo a la situación económica, social y cultural del país en el que se establecen. Este proceso plantea interrogantes a la Unión, los Estados miembros y la sociedad europea, esencialmente sobre la manera en que los ciudadanos de terceros países pueden entrar, establecerse, vivir y trabajar en la Unión Europea, así como obtener la protección internacional.

2.5.

Las empresas de la economía social, aunque con diversas articulaciones en los distintos contextos nacionales, han sabido desarrollar los principios comunes de su acción —integradora, subsidiaria y de protección de las personas más desfavorecidas— afrontando el reto de la ayuda a los migrantes de forma proactiva.

2.6.

Entre las principales características de las intervenciones llevadas a cabo por las empresas de la economía social, cabe destacar la capacidad de movilizar e implicar a las comunidades locales, activando redes y asociaciones que mejoran las relaciones con las administraciones centrales y locales para organizar itinerarios asistenciales y de inclusión que sean mejor aceptados por las poblaciones locales.

2.7.

Así pues, las empresas de la economía social desempeñan un papel clave al intervenir en cuatro aspectos especialmente importantes para el proceso de integración de las personas migrantes: la salud y la asistencia, la vivienda, la formación y educación (que deben ir de la mano de la toma de conciencia de los derechos y obligaciones que se derivan del establecimiento en la Unión Europea), y el trabajo y la integración activa de las personas migrantes en la sociedad de acogida. De esta forma, las empresas de la economía social y las organizaciones de la sociedad civil crean lugares de encuentro para los ciudadanos europeos y los recién llegados, fomentando el diálogo entre ellos y contribuyendo así a reducir los prejuicios y miedos.

3.   Las migraciones en Europa: encuadramiento en los últimos años

3.1.

El encuadramiento del fenómeno migratorio es una operación compleja, dado que se caracteriza por una evolución constante. Las guerras, los regímenes dictatoriales, el cambio climático y las condiciones de extrema pobreza y privación han creado las premisas para la situación que hoy vivimos.

3.2.

Según Naciones Unidas, en 2015, más de 244 millones de personas, es decir, el 3,3 % de la población mundial, cruzaron las fronteras de su país de origen en busca de refugio político, trabajo y unas condiciones económicas y climáticas más «hospitalarias» (7).

3.3.

En los últimos años, ha aumentado el número de personas que tratan de alcanzar Europa. En términos absolutos, los datos de Eurostat muestran que en 2015 entraron en la EU-28 2,7 millones de personas procedentes de terceros países, de los cuales un 56 % de hombres y un 44 % de mujeres.

3.4.

En este flujo extraordinario influye en especial la inestabilidad generada por la guerra, tanto en países en situación de conflicto, como Siria, como en países en los que el proceso de estabilización tras la guerra experimenta aún serias dificultades, como sucede en Irak y Afganistán. De hecho, de estos países procedieron en 2016 en torno al 54 % de los migrantes que buscaron refugio en países de la Unión (8).

3.5.

Además, sigue siendo importante la migración de personas que se encuentran en su país de origen en graves condiciones económicas o ambientales. Se trata en muchos casos de personas procedentes del continente africano, y en este flujo ha repercutido la creciente inestabilidad de los países de la costa meridional del Mediterráneo.

3.6.

En este contexto, se ha puesto de manifiesto la existencia de lagunas y dificultades en el sistema de normas de la Unión Europea, demostrando así la insuficiente gestión de las fronteras exteriores de la Unión y la inadecuada regulación de las entradas, así como la necesidad de revisar los principios y modalidades con que se orienta la acción de los Estados miembros.

3.7.

El Comité ha abordado el tema de las políticas migratorias en numerosas ocasiones (9), y acoge con satisfacción la iniciativa de la Comisión Europea de adoptar la Agenda Europea de Migración. En particular, en su informe de noviembre de 2017, la Comisión intervino para promover una mejor coordinación entre los países de la Unión y relanzar el diálogo con los Estados de origen y tránsito de los migrantes (10). El Comité espera que, dadas las dificultades en su aplicación, el mecanismo de cuotas se revise.

3.8.

Es importante revisar, por tanto, el sistema de normas que permite a los migrantes tomar vías legales de entrada en la Unión, tanto sabiendo proteger a los solicitantes de asilo como dando a quienes huyen de unas condiciones climáticas y económicas adversas la oportunidad de encontrar en Europa un lugar de destino y contribuir al crecimiento de la Unión, garantizando sus derechos. Esta acción aplicaría las recomendaciones de Naciones Unidas en favor de un fenómeno migratorio que a todos interesa «que se produzca de manera segura, legal y regulada» (11).

3.9.

El Comité acoge favorablemente las conclusiones de la cumbre informal de Jefes de Estado o de Gobierno de Gotemburgo celebrada el pasado 17 de noviembre, en la que se abordó el tema de la construcción del futuro de Europa reservando un lugar central a la equidad del trabajo y el crecimiento. El Comité subraya asimismo la importancia del acto paralelo sobre «El papel de la economía social en el futuro del trabajo», con el que se inauguraron los trabajos de la reunión de Gotemburgo, destacando la contribución de la economía social al acompañamiento de las políticas de la UE.

3.10.

Es alentador también que el acuerdo alcanzado entre el Consejo y el Parlamento Europeo sobre el presupuesto de la Unión para 2018 reconozca entre las prioridades de intervención «el impulso del crecimiento económico y la creación de empleo, el refuerzo de la seguridad y la respuesta a los desafíos que plantea la migración» (12).

3.11.

El Comité alienta a las instituciones europeas a abordar los problemas registrados al aplicar el Reglamento de Dublín. El Parlamento Europeo adoptó el 16 de noviembre de 2017 una Resolución en la que propone algunas líneas de trabajo para revisar dicho Reglamento, con una importante referencia a la participación de todos los Estados miembros en el mecanismo automático y permanente de reubicación.

4.   Transformar los problemas en oportunidades: las empresas de la economía social como motor de la ayuda y la inclusión

4.1.

Uno de los elementos que impide a los recién llegados emprender una vía de inclusión y contribuir así a la vida económica y social de la comunidad en la que se establecen reside en la incertidumbre sobre su situación y la demora en el tiempo del examen de las solicitudes de asilo.

4.2.

Confinar a los recién llegados a la asistencia humanitaria durante años, sin acceso a la educación, la formación profesional y las oportunidades de renta, impide el desarrollo de su capital humano y limita su capacidad para contribuir positivamente a la economía y la sociedad del país que las acoge (13). En este contexto, el Comité ha subrayado recientemente el papel esencial que desempeñan las empresas de la economía social en la prevención del radicalismo y la promoción de los valores compartidos, la paz y la no violencia (14).

4.3.

El Comité espera que el debate aborde la necesidad de controlar la eficacia de los mecanismos actuales que permiten a ciudadanos de terceros países presentar solicitudes de entrada para establecerse en la Unión Europea por motivos de trabajo.

4.4.

Del mismo modo, es esencial que la Unión afronte el fenómeno migratorio a partir de las causas que provocan la necesidad de desplazamiento de las personas: pobreza, conflictos, discriminaciones, cambio climático. Esta acción pasa de forma inevitable por un compromiso renovado de la Unión Europea en el marco de la diplomacia y la cooperación internacional al desarrollo.

4.5.

Pese a que su utilización ha sido bastante limitada, una revisión del sistema de tarjeta azul puede responder también a las exigencias de nuevas posibilidades legales de entrada en la Unión. En efecto, el Comité ha recordado que es necesaria una estrategia europea para atraer mano de obra de fuera de Europa y garantizar así el crecimiento y la prosperidad de la Unión. Al hacerlo, se deben tener en cuenta los efectos de las migraciones en los países de origen de los migrantes, a los que se debe prestar apoyo para su desarrollo posterior, así como para el desarrollo de sus sistemas de enseñanza (15). El Comité sugiere que se estudie la posibilidad de aumentar el número de beneficiarios potenciales de la tarjeta azul, teniendo en cuenta, en particular, a los que tienen la intención de crear una empresa, y fomentando la atención al emprendimiento social.

4.6.

En muchos casos, la sociedad civil se ha movilizado para promover vías legales y transparentes, colaborando con instituciones locales, nacionales e internacionales y proporcionando señales alentadoras. El proyecto «Corridoi umanitari» (corredores humanitarios) llevado a cabo en Italia por la Comunità Sant’Egidio, la Federazione delle chiese evangeliche in Italia, la Tavola valdese y el Gobierno italiano constituye un importante ejemplo de acción piloto. De este modo, más de 1 000 personas desde febrero de 2016 hasta hoy han podido solicitar un itinerario de protección internacional y recibir ayuda para la gestión de las solicitudes antes de emprender su viaje a un país de la Unión (16).

4.7.

Sería deseable tener en cuenta estas intervenciones piloto al elaborar las futuras políticas en materia de inmigración. En particular, convendría que las instituciones internacionales se coordinasen mejor entre sí, por un lado para llevar a cabo una gestión no episódica de estas formas de entrada y, por otro, para evitar discriminaciones entre los «pocos elegidos» que pueden beneficiarse de los corredores humanitarios, con una amplia protección también durante el itinerario posterior a la fase de «acogida» y para los muchos excluidos de estos itinerarios, que siguen siendo víctimas de los traficantes y de canales caracterizados por la ilegalidad.

4.8.

El papel de las empresas de la economía social es decisivo por la acción de inclusión social y laboral que pueden desempeñar, activando así las potencialidades de la persona migrante, que, en la mayoría de los casos, ha abandonado su país de origen para buscar mejores condiciones de vida y oportunidades de trabajo.

4.9.

Se ha reconocido en muchos casos la importante función desempeñada por los migrantes en la Unión, expresando, por ejemplo, el deseo de que se refuerce su creatividad y capacidad de innovación. El logro de este objetivo es una condición para el crecimiento de los puestos de trabajo pero, al mismo tiempo, mejora la internacionalización de los sectores productivos y favorece el establecimiento de vínculos, también comerciales, con los países de origen de los migrantes (17). Por lo tanto, reforzar la capacidad integradora del tejido económico y social europeo de las personas migrantes también es esencial para mejorar la eficacia de las políticas europeas en favor de las pymes y, en particular, su capacidad para afrontar la competencia en unos mercados cada vez más globalizados, como ya subrayó el CESE en su dictamen sobre este tema (18).

4.10.

En muchos casos, las empresas de la economía social han desempeñado un papel importante en el reconocimiento del papel económico y social positivo de los migrantes, que crean puestos de trabajo de calidad tanto en los sectores de gran intensidad de mano de obra como en los ámbitos de la innovación tecnológica y la digitalización. Entre las actividades más importantes se encuentran sin duda las consagradas al cuidado de las personas, al garantizar el acceso a servicios sociales, servicios a la infancia y, en general, a la asistencia a las personas dependientes y en riesgo de exclusión social. En muchos casos, estos sectores son los que registran la proporción más alta de trabajadores procedentes de terceros países.

4.11.

Sin embargo, siguen existiendo en algunos sectores muchos focos de empleo ilegal, por ejemplo en los de la asistencia, el trabajo agrícola y la construcción y restauración, por lo que es importante promover la presencia de empresas de la economía social, que han demostrado ser capaces de desempeñar un importante papel de integración y regularización de los contratos de trabajo, valorizando el papel de las personas migrantes y garantizando los derechos de los trabajadores en estos sectores, en consonancia con las políticas europeas en este ámbito y combatiendo el recurso abusivo al estatuto de trabajador autónomo (19).

4.12.

En el sector de la asistencia a domicilio, donde predominan las mujeres empleadas directamente en las familias que desempeñan labores de cuidados, se dan a menudo condiciones que impiden el crecimiento profesional. Un estudio reciente sobre los determinantes de la iniciativa empresarial de las mujeres migrantes demuestra que la falta de reconocimiento de sus competencias es uno de los elementos que conduce a la creación de la propia empresa (20). En estos sectores, las empresas de la economía social pueden desempeñar un papel importante de regularización del trabajo y potenciación de las oportunidades de crecimiento de las personas migrantes, si se las apoya con unas políticas públicas adecuadas.

4.13.

Muchas empresas de la economía social que se ocupan de la inserción laboral de personas desfavorecidas trabajan en sectores pertenecientes a la denominada economía circular: recogida y tratamiento diferenciado de residuos, recuperación y reutilización de materiales, agricultura social, mantenimiento de espacios verdes públicos, etc. Estos sectores constituyen una cuenca de empleo importante y la metodología de las empresas de inserción laboral parece especialmente eficaz también para la inclusión laboral de las personas migrantes.

4.14.

El empleo de las personas migrantes permite en muchos casos invertir procesos de exclusión social y empobrecimiento cultural de la Unión, revitalizando así oficios tradicionales y artesanales en contextos de dificultad de relevo generacional (21). De hecho, los ciudadanos migrantes crean muchas empresas artesanales y pequeñas empresas.

4.15.

En los proyectos de acogida de personas migrantes, muchas organizaciones de la economía social han promovido acuerdos con las instituciones centrales y las administraciones locales para solventar los problemas que plantea el sistema y favorecer la distribución de los recién llegados por el territorio, introduciendo el concepto de «acogida difusa» con el objetivo de facilitar mecanismos equitativos de asunción por parte de las comunidades locales (22).

4.16.

En estos proyectos se ha dado prioridad a la puesta en marcha de procesos de inclusión de las personas migrantes, organizando cursos de idiomas, itinerarios de evaluación de las competencias, y cursos de formación profesional. De este modo, se favorecen los mecanismos de reconocimiento de los programas de estudios o la experiencia profesional anterior, lo que mejora las posibilidades de empleo de los recién llegados.

4.17.

Algunas de estas experiencias de «acogida difusa» están contribuyendo a repoblar zonas territoriales marginales, sobre todo en los territorios de montaña, donde la presencia de migrantes contribuye al mantenimiento de actividades económicas y de servicios (empezando por las escuelas), lo que limita el riesgo de despoblación de las mismas. En cualquier caso, para que estas iniciativas tengan éxito deben ir acompañadas de políticas de empleo y de vivienda.

4.18.

En estos contextos, las empresas de la economía social pueden actuar en red con el mundo de la iniciativa empresarial tradicional, y permitir a las personas migrantes introducirse en el mundo laboral a través de itinerarios formativos y de aprendizaje creados especialmente para ellas (23).

4.19.

En este sentido, el modelo creado por las empresas cooperativas ha sido sin duda el que ha recibido más atención por parte de la investigación, que ha analizado en profundidad el papel de las cooperativas con respecto a las personas migrantes. En estas empresas de la economía social, la dimensión participativa tiene importancia en términos de seguridad y protección en el momento en que se estructura la actividad económica, porque conduce a la disminución de la economía informal y el trabajo irregular.

4.20.

Un análisis específico realizado por la Organización Internacional del Trabajo ha determinado los ámbitos en los que la intervención de las cooperativas repercute de forma positiva en la inclusión de migrantes y refugiados: inserción laboral; cuidado y asistencia; educación y formación; apoyo a la vida cotidiana y a la autonomía; acceso al mercado; acceso a las finanzas; asistencia jurídica y asesoramiento; asistencia para necesidades básicas (24).

4.21.

En la primera y segunda jornadas europeas de las empresas de la economía social, organizadas por el Comité en 2016 y 2017, los estudios de casos presentados acreditaron la atención prestada al tema de los migrantes (25), poniendo de relieve la organización de itinerarios de formación profesional y de inserción profesional dirigidos en particular a las mujeres migrantes.

4.22.

La Comisión Europea también ha reconocido la importancia de las empresas de la economía social para afrontar el reto de las migraciones, dedicando el Concurso sobre innovación social 2016 a ideas para la acogida y la integración de los refugiados (26). El Comité espera que la atención prestada por la Comisión a las iniciativas relacionadas con las migraciones tenga continuidad en el tiempo y sea prioritaria en el enfoque de las políticas de la UE.

4.23.

Junto al importante papel desempeñado en los ámbitos de la integración laboral, la educación y la formación y la asistencia, muchas empresas de la economía social también participan activamente en proyectos destinados a facilitar el acceso a la vivienda a muchos migrantes, en particular refugiados y solicitantes de asilo. Este modelo de gestión inmobiliaria por parte de las empresas de la economía social ha alcanzado una importante dimensión económica en países como Italia, en el que miles de viviendas se han puesto a disposición de proyectos de inclusión, que a menudo también sirven para regenerar distritos o zonas marginales.

4.24.

Por último, las empresas de la economía social y la sociedad civil en su conjunto desempeñan un papel decisivo al facilitar el acceso a la asistencia y los servicios de salud y reducir de manera significativa las dificultades de acceso a la atención sanitaria. El Comité pide a los Estados miembros que garanticen el pleno acceso de las personas migrantes a los servicios sanitarios y sociales, sin discriminación por razón de su estatuto.

5.   Nuevas consideraciones del Grupo de Estudio Permanente sobre las Empresas de la Economía Social del CESE

5.1.

Las empresas de la economía social tienen especial propensión a intervenir en los sectores de los cuidados a las personas, la gestión de los bienes culturales y medioambientales, y las actividades de la economía compartida y la economía circular, y son especialmente sensibles a estos ámbitos. Estas empresas pueden ser un válido aliado para promover políticas de «transición ecológica» del modelo de desarrollo europeo, y encontrar en estos ámbitos de actividad una importante cuenca de nuevo empleo.

5.2.

Las empresas de la economía social apoyan y favorecen la propensión a la iniciativa empresarial de las personas y su acceso a las actividades económicas, independientemente de que dispongan de un capital inicial para emprender una actividad. Esto es especialmente cierto por lo que respecta a las empresas de tipo cooperativo, por lo que sería útil e importante que, en los programas de cooperación al desarrollo realizados por la Unión en los países en desarrollo, se introdujesen programas de fomento de las empresas de la economía social.

5.3.

A la luz de las pruebas que respaldan la validez de las empresas de la economía social para favorecer la inclusión laboral y social de los migrantes, se debería pedir a los Estados miembros que adopten incentivos para el empleo a los que puedan acceder las empresas de la economía social consagradas a la inserción laboral. Esos incentivos podrían ser válidos durante dos años a partir del reconocimiento del estatuto de beneficiario de protección internacional.

5.4.

Hay que considerar que en los próximos años aumentarán sin duda los migrantes que se pondrán en marcha debido a las graves consecuencias del cambio climático, que está provocando un aumento de la desertización, hambre y catástrofes medioambientales. Este fenómeno obliga a revisar la distinción artificial y discriminatoria entre refugiados y solicitantes de asilo y migrantes económicos, al menos en los casos en que estos últimos huyan del hambre y de los desastres medioambientales.

5.5.

Por ello deben proseguir las acciones en favor de un desarrollo sostenible y de la transición ecológica, que también podrían tener consecuencias positivas para la economía, valorizando al máximo la contribución de las empresas de la economía social al fomento del crecimiento, la inclusión y el bienestar, como se ha subrayado ya en varios dictámenes recientes del Comité (27).

Bruselas, 23 de mayo de 2018.

El Presidente del Comité Económico y Social Europeo

Luca JAHIER


(1)  Sobre el papel de las empresas de la economía social, véase asimismo DO C 117 de 26.4.2000, p. 52.

(2)  Contribución del CESE al programa de trabajo de la Comisión para 2018, en particular, punto 2.4.6 y siguientes.

(3)  Informe sobre los progresos realizados en la Agenda Europea de Migración

(4)  DO C 318 de 23.12.2009, p. 22.

(5)  En muchos contextos, estas actividades hubieran sido desempeñadas en el ámbito familiar casi exclusivamente por mujeres, impidiendo así su participación en el mercado laboral.

(6)  DO C 24 de 28.1.2012, p. 1.

(7)  https://documents-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/N17/002/18/PDF/N1613205.pdf?OpenElement

(8)  Datos de Eurostat en «Rapporto sulla protezione internazionale» de ANCI, Caritas italiana, Cittalia, Fondazione Migrantes y Servizio centrale dello SPRAR, en colaboración con ACNUR, véase también http://ec.europa.eu/eurostat/web/asylum-and-managed-migration/data/main-tables

(9)  https://www.eesc.europa.eu/en/policies/policy-areas/migration-and-asylum/opinions.

(10)  Véase la nota a pie de página 2.

(11)  Informe del Representante Especial del Secretario General de las Naciones Unidas para la migración, 3 de febrero de 2017.

(12)  http://www.consilium.europa.eu/es/press/press-releases/2017/11/18/2018-eu-budget-agreement-reached/

(13)  ACNUR 2003, Framework for durable solutions for refugees and persons of concern, mayo, Ginebra.

(14)  DO C 129 de 11.4.2018, p. 11.

(15)  DO C 75 de 10.3.2017, p. 75.

(16)  http://www.santegidio.org/pageID/11676/Corridoi-umanitari.html.

(17)  DO C 351 de 15.11.2012, p. 16.

(18)  DO C 345 de 13.10.2017, p. 15.

(19)  Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la creación de una plataforma europea para reforzar la cooperación en materia de prevención y desincentivación del trabajo no declarado, COM(2014) 221 final; DO C 161 de 6.6.2013, p. 14; DO C 125 de 21.4.2017, p. 1.

(20)  Corsi, De Angelis, Frigeri, documento de trabajo The determinants of entrepreneurship for migrants in Italy. Do Italian migrants become entrepreneurs by «opportunity» or through «necessity»? Véase también Cooperatives and the world of work n. 2, «Cooperating out of isolation: domestic workers’ cooperatives», de la OIT.

(21)  DO C 351 de 15.11.2012, p. 16.

(22)  http://www.interno.gov.it/it/notizie/carta-buona-accoglienza-nuovo-modello-integrazione.

(23)  Trabajos internos, Consorcio «Veneto Insieme». Para más información, véase http://venetoinsieme.it/.

(24)  Revisión bibliográfica «Cooperatives and Refugees», OIT 2016 (no publicado).

(25)  Véanse, en particular, los proyectos Okus Doma en 2016 y Solidarity Salt en 2017 (véase también https://www.eesc.europa.eu/en/agenda/our-events/events/2nd-european-day-social-economy-enterprises).

(26)  http://ec.europa.eu/growth/content/4-social-innovators-win-%E2%82%AC200000-2016-european-social-innovation-competition-0_en; véase también: http://eusic-2016.challenges.org/how-is-europe-supporting-the-integration-of-refugees-and-migrants/.

(27)  Dictamen Impulsar las acciones por el clima por parte de los agentes no estatales, DO C 227 de 28.6.2018, p. 35 y Dictamen Nuevos modelos económicos sostenibles, DO C 81 de 2.3.2018, p. 57.


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