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European Economic and Social Committee (EESC)
Comité Económico y Social Europeo (CESE)
Comité Económico y Social Europeo (CESE)
Reglamento interno del Comité Económico y Social Europeo: mayo de 2022
Artículo 301 del TFUE (antiguo artículo 258 TCE): el Comité Económico y Social Europeo
Artículo 302 del TFUE (antiguo artículo 259 TCE): el Comité Económico y Social Europeo
Artículo 303 del TFUE (antiguo artículo 260 TCE): el Comité Económico y Social Europeo
Artículo 304 del TFUE (antiguo artículo 262 TCE): el Comité Económico y Social Europeo
Artículo 13 del Tratado de la Unión Europea (TUE): disposiciones sobre las instituciones
El Comité está compuesto por los siguientes órganos.
El CESE también puede crear comisiones consultivas integradas por miembros del CESE y delegados de los ámbitos de la sociedad civil que el CESE desee involucrar en su labor. La Comisión Consultiva de las Transformaciones Industriales examina los cambios en la industria en una amplia gama de sectores. Es un órgano distinto dentro del CESE y su mandato se extiende a todos los sectores de la industria, tanto en la manufactura como en los servicios. La disparidad entre el estatuto de las secciones legislativas del CESE y la comisión se ha abordado en el Reglamento interno de 2022, proporcionando más transparencia sobre sus funciones y objetivos.
El CESE también tiene:
El CESE cuenta con el apoyo de una secretaría permanente, dirigida por un secretario general que es nombrado por la Mesa. El CESE comparte algunos de sus servicios (traducción, informática, logística) con el Comité Europeo de las Regiones.
El presente Reglamento interno está en vigor desde el .
El CESE tiene su sede en Bruselas.
Para más información, véase:
Reglamento interno y Código de conducta de los miembros del Comité Económico y Social Europeo (Mayo de 2022) (DO L 149 de , pp. 1-54).
Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea — Sexta parte — Disposiciones institucionales y financieras — Título I — Disposiciones institucionales — Capítulo 3 — Órganos consultivos de la Unión — Artículo 300 (DO C 202 de , p. 177).
Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea — Sexta parte — Disposiciones institucionales y financieras — Título I — Disposiciones institucionales — Capítulo 3 — Órganos consultivos de la Unión — Sección 1 — Comité Económico y Social:
Artículo 301 (antiguo artículo 258 TCE) (DO C 202 de , p. 177).
Artículo 302 (antiguo artículo 259 TCE) (DO C 202 de , p. 178).
Artículo 303 (antiguo artículo 260 TCE) (DO C 202 de , p. 178).
Artículo 304 (antiguo artículo 262 TCE) (DO C 202 de , p. 178).
Versión consolidada del Tratado de la Unión Europea — Título III: Disposiciones sobre las instituciones — Artículo 13 (DO C 202 de , p. 22).
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