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Document 32008D0097R(01)

    Corrección de errores de la Decisión 2008/97/CE de la Comisión, de 30 de enero de 2008 , por la que se modifica la Decisión 93/52/CEE, en lo que respecta a la declaración de que determinadas regiones administrativas de Italia están oficialmente indemnes de brucelosis ( B. melitensis ), y la Decisión 2003/467/CE, en lo que respecta a la declaración de que determinadas regiones administrativas de Italia están oficialmente indemnes de tuberculosis bovina y brucelosis bovina y de que determinadas regiones administrativas de Polonia están oficialmente indemnes de leucosis bovina enzoótica ( DO L 32 de 6.2.2008 )

    DO L 281 de 24.10.2008, p. 35–35 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2008/97(1)/corrigendum/2008-10-24/oj

    24.10.2008   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 281/35


    Corrección de errores de la Decisión 2008/97/CE de la Comisión, de 30 de enero de 2008, por la que se modifica la Decisión 93/52/CEE, en lo que respecta a la declaración de que determinadas regiones administrativas de Italia están oficialmente indemnes de brucelosis (B. melitensis), y la Decisión 2003/467/CE, en lo que respecta a la declaración de que determinadas regiones administrativas de Italia están oficialmente indemnes de tuberculosis bovina y brucelosis bovina y de que determinadas regiones administrativas de Polonia están oficialmente indemnes de leucosis bovina enzoótica

    ( Diario Oficial de la Unión Europea L 32 de 6 de febrero de 2008 )

    En el anexo I de la Decisión 2008/97/CE:

    en lugar de:

    «En el anexo II de la Decisión 93/52/CEE, el párrafo segundo relativo a Italia se sustituye por el texto siguiente:

    “En Italia:

    región de Abruzos: provincia de Pescara,

    región de Cerdeña: provincias de Cagliari, Nuoro, Oristano y Sássari,

    región de Friul-Venecia Julia,

    región de Lacio: provincias de Latina y Roma,

    […]”.»

    léase:

    «En el anexo II de la Decisión 93/52/CEE, el párrafo segundo relativo a Italia se sustituye por el texto siguiente:

    “En Italia:

    región de Abruzos: provincia de Pescara,

    región de Cerdeña: provincias de Cagliari, Nuoro, Oristano y Sássari,

    región de Friul-Venecia Julia,

    región de Lacio: provincias de Latina, Rieti, Roma y Viterbo,

    […]”.»


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