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Document 32008D0145

2008/145/CE: Decisión de la Comisión, de 12 de septiembre de 2007 , relativa a la ayuda estatal C 54/2006 (ex N 276/2006) que Polonia tiene intención de conceder a Bison Bial SA [notificada con el número C(2007) 4145] (Texto pertinente a efectos del EEE)

DO L 46 de 21.2.2008, p. 41–49 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2008/145/oj

21.2.2008   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 46/41


DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 12 de septiembre de 2007

relativa a la ayuda estatal C 54/2006 (ex N 276/2006) que Polonia tiene intención de conceder a Bison Bial SA

[notificada con el número C(2007) 4145]

(El texto en lengua polaca es el único auténtico)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2008/145/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 88, apartado 2, párrafo primero,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y, en particular, su artículo 62, apartado 1, letra a),

Después de haber emplazado a los interesados para que presentaran sus observaciones (1), de conformidad con los citados artículos,

Considerando lo siguiente:

1.   PROCEDIMIENTO

(1)

Con fecha 4 de mayo de 2006, Polonia notificó la ayuda de reestructuración que tenía la intención de conceder a Bison-Bial SA (en adelante «BB»).

(2)

Mediante escrito de 13 de junio de 2006, la Comisión se dirigió a las autoridades polacas para solicitarles que le enviasen la información que faltaba, que éstas remitieron con fecha de 13 de julio de 2006. Por carta de 29 de agosto de 2006, la Comisión solicitó información adicional. Las autoridades polacas respondieron mediante cartas de 18 de septiembre, 20 de octubre y 3 de noviembre de 2006.

(3)

Mediante escrito de 20 de diciembre de 2006, la Comisión informó a Polonia de que había decidido incoar el procedimiento contemplado en el artículo 88, apartado 2, del Tratado CE en relación con la ayuda antes mencionada. La decisión de la Comisión de incoar el procedimiento contemplado en el artículo 88, apartado 2, del Tratado CE se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea  (2). La Comisión invitó a los interesados a presentar sus observaciones a propósito de las medidas de ayuda.

(4)

Las autoridades polacas presentaron sus observaciones mediante carta de 23 de enero de 2007. No se recibieron observaciones de terceros.

(5)

El 28 de marzo se organizó una reunión entre representantes de las autoridades polacas y BB. Posteriormente, la Comisión solicitó información adicional por carta de 17 de abril de 2007. Las autoridades polacas respondieron por carta de 15 de mayo de 2007.

2.   DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LAS MEDIDAS DE AYUDA

2.1.   La empresa

(6)

BB es una gran empresa que produce mandriles para máquina, herramienta tales como mandriles para tornos, herramientas de fresado, elementos de serrado y de embridado y portaherramientas. Se creó en 1948 como empresa estatal. En 1997 el Estado vendió el 53 % del capital en acciones de BB a la empresa privada Metalexport sp. z o.o., que en 2004 cambió su nombre por el de Mex-Holding sp. z o.o. A finales de 2006 el Tesoro Público era propietario del 18 % de las acciones de BB, mientras que el resto de las acciones estaba en manos privadas. En el periodo 2000-2006, BB pasó de tener 1 680 empleados a 950.

(7)

En 2004 la empresa poseía un 17 % del mercado polaco de equipos para máquina herramienta, lo que representaba sólo el 20 % de la producción de BB, dado que la empresa produce fundamentalmente para la exportación (en 2004 el 30 % de la producción se exportó a los Estados Unidos, el 15 % a Italia, el 7 % a los países de Europa Oriental, incluido Rusia, y el 5 % al Reino Unido). La empresa distribuye la mayoría de sus productos exportados a través de empresas del grupo Mex-Holding, tales como Toolmex Corporation (Estados Unidos), Mexpol GmbH (Alemania), Toolmex Polmach (Reino Unido) o Italmex SA (Italia).

(8)

Se estima que la cuota de BB en el mercado europeo es del 1,3 %. En cuanto al ámbito geográfico, el mercado de los productos fabricados por BB es al menos europeo y posiblemente mundial. El sector de la producción de elementos para máquina herramienta, como los fabricados por BB, se caracteriza por el exceso de capacidad tanto a escala europea como mundial.

(9)

La empresa está situada en una región que puede beneficiarse de ayuda regional de conformidad con el artículo 87, apartado 3, letra a), del Tratado CE.

2.2.   Dificultades de la empresa

(10)

BB empezó a atravesar dificultades en 2001, con pérdidas que ascendían a 24 millones de PLN. A modo de explicación de estas dificultades las autoridades polacas han señalado las principales razones siguientes:

la apreciación del zloty en relación con el dólar USA (el 30 % de las ventas de la empresa se destinaban a los Estados Unidos);

la difícil situación financiera de todo el grupo y el impago de un crédito de 16 millones de PLN por parte de la matriz;

el descenso de las ventas de exportación como resultado del estancamiento en los Estados Unidos y Europa Occidental después de septiembre de 2001.

(11)

Estas circunstancias, junto al elevado coste de los créditos en el mercado, causaron graves problemas de liquidez. Las dificultades financieras provocaron retrasos en el pago de las deudas. En 2002 cuatro bancos exigieron el reembolso inmediato de los créditos. BB no pudo hacer frente a sus obligaciones corrientes, incluido el pago de los salarios, lo que condujo al cierre de la planta de producción por espacio de cuatro meses. Las ventas se redujeron a la mitad (de 91 millones de PLN en 2001 a 48 millones en 2002) y el ejercicio finalizó con unas pérdidas netas de 74,8 millones de PLN.

(12)

Las dificultades de BB reflejaban la situación de deterioro de su matriz, Mex-Holding Sp. z o.o. En 2002 el grupo en su conjunto registró pérdidas por valor de 75,8 millones de PLN. Aunque la situación ha experimentado una mejoría desde entonces, el grupo sigue registrando pérdidas y su capital propio es negativo.

(13)

En 2003 la empresa consiguió reducir sus pérdidas a 8,5 millones de PLN y en 2004 obtuvo beneficios por importe de 5,1 millones de PLN. Según las autoridades polacas, ello se debió a que se había iniciado la reestructuración de BB. La ejecución de las primeras medidas de reestructuración tuvo como consecuencia el incremento de las ventas, la disminución de los costes y la reducción parcial de la deuda. En consecuencia, en 2005 y 2006 la empresa generó unos beneficios que ascendieron a 20 millones y 12,5 millones de PLN, respectivamente.

(14)

A pesar de generar beneficios, BB sigue en una situación difícil. Las pérdidas acumuladas en las actividades operativas desde 2001 han llevado a un endeudamiento considerable. En 2004 el valor de sus activos se estimó en unos 57 millones de PLN y el pasivo en unos 115,7 millones de PLN. Dicho de otro modo, el capital propio era negativo. A finales de 2006, el capital propio seguía siendo negativo y ascendía a – 26 millones de PLN. El análisis remitido a la Comisión muestra que, si no se conceden ayudas, la empresa se declarará insolvente en un futuro próximo, al no poder reembolsar algunas deudas a las que ha de hacer frente inmediatamente.

(15)

BB concibió un plan de reestructuración para el periodo 2003-2009. El plan se centra principalmente en la reestructuración financiera y la reestructuración de los activos y la plantilla. La reestructuración financiera, que se inició en 2003, incluía el reembolso de viejas deudas de conformidad con acuerdos celebrados con los acreedores privados, la condonación de parte de la deuda privada y pública y el reembolso de la deuda pública restante empleando el crédito que ha de conceder la Agencja Rozwoju Przemysłu (Agencia pública de Desarrollo Industrial, en adelante «ARP»).

(16)

En 2004, la empresa firmó acuerdos relativos al reembolso de las deudas contraídas con los bancos y sus empleados, así como un acuerdo judicial con otros acreedores privados.

(17)

La reestructuración operativa se inició en 2001. La empresa procedió a reducir la plantilla desde los 1 680 trabajadores que tenía en 2000 a 1 144 en 2001 y a 925 en 2005. Al término del periodo de reestructuración la empresa deberá contar con 800 trabajadores. Dicho de otro modo, cuando finalice el periodo de reestructuración la plantilla se habrá reducido en un 52 % en relación con el año 2000 y en un 30 %, si se comparan las cifras con las de 2001.

(18)

En cuanto a la reestructuración de los activos, BB tiene la intención de vender sus activos redundantes, trasladarse a otro emplazamiento y vender los terrenos en los que tiene su sede en la actualidad. De acuerdo con la evaluación presentada, el valor de mercado de los terrenos es de […] (3) millones de PLN. Con arreglo a la información facilitada originalmente por las autoridades polacas, los terrenos tenían que venderse en 2009, pero antes es preciso trasladar al nuevo emplazamiento la totalidad de la maquinaría y demás equipos. Además, los bienes inmuebles puestos en venta se encuentran hipotecados. A raíz de la decisión de la Comisión de incoar el procedimiento de investigación formal, Polonia indicó que la venta podría retrasarse hasta 2010.

(19)

En el periodo 2003-2005, BB invirtió 1,4 millones de PLN y las inversiones previstas para el periodo 2006-2009 ascienden a 14,2 millones de PLN. Se trata sobre todo de inversiones de sustitución, es decir, destinadas a la compra de maquinaria y equipos más eficaces y respetuosos con el medio ambiente. Además, el plan prevé que hasta después de 2009 se retrasará todo incremento significativo de las inversiones ante los escasos recursos financieros disponibles. La mayor parte de las inversiones se realizará en 2010 e irá ligada al traslado previsto de la empresa a su nuevo emplazamiento.

(20)

En un principio, Polonia sugirió que la reducción de la plantilla y de la superficie de producción de la empresa debían ser consideradas como medidas suficientes para mitigar las consecuencias adversas de la ayuda. No obstante, las autoridades polacas también confirmaron que los resultados de estas reducciones se verían compensados por las inversiones previstas en equipos más productivos, con lo que la capacidad de producción de BB sería la misma. Las autoridades polacas afirmaron que el mantenimiento de la capacidad en los niveles actuales (en lugar de incrementarla) ya se debería considerar en sí mismo como una medida compensatoria.

(21)

El plan de reestructuración notificado asumía que los costes de reestructuración para el periodo 2003-2009 ascenderían a 138 millones de PLN, siendo la partida más cuantiosa la destinada a los costes de reestructuración financiera, que asciende a 122,6 millones de PLN. Los 15,6 millones de PLN restantes son costes de inversión.

(22)

El plan parte de la base de que la reestructuración financiera consistirá en el reembolso de las deudas a los bancos por un importe de 65,6 millones de PLN sobre la base de concordatos, el reembolso de otras deudas privadas por importe de 17,5 millones de PLN y el reembolso de las deudas públicas por importe de 39,5 millones de PLN. La totalidad del importe de la ayuda estatal prevista se destinará al reembolso de las deudas públicas. Una parte de los costes de reestructuración se financiarán mediante los ingresos procedentes de la venta de los activos, una vez que la empresa se traslade a su nuevo emplazamiento.

(23)

La ayuda estatal destinada a la reestructuración de BB se basa en dos actos legislativos: la Ley relativa a la reestructuración de determinadas deudas públicas de las empresas, de 30 de agosto de 2002, (en adelante «la Ley de 30 de agosto de 2002») y la Ley relativa a las ayudas estatales concedidas a empresas de especial importancia para el mercado laboral, de 30 de octubre de 2002, (en adelante «la Ley de 30 de octubre de 2002») modificada por la Ley de 14 de noviembre de 2003.

(24)

La Ley de 30 de agosto de 2002 incorporó en el ordenamiento jurídico polaco la posibilidad de que las empresas en crisis reestructurasen sus deudas públicas mediante condonación. La empresa interesada tenía que presentar una solicitud junto con un plan de reestructuración a cada entidad pública cuyas deudas tuvieran que ser reestructuradas (en lo sucesivo «entidad de reestructuración»). Tras verificar que el plan de reestructuración propuesto podía mejorar la situación financiera de la empresa, la entidad de reestructuración emitía una decisión sobre las condiciones de reestructuración en la que se enumeraban las deudas cubiertas por la reestructuración. Si la empresa reunía las condiciones impuestas por la decisión, la entidad de reestructuración estaba obligada legalmente a dictar una resolución de condonación de las deudas enumeradas en la decisión relativa a las condiciones de reestructuración.

(25)

Posteriormente la Ley de 30 de octubre de 2002 centralizó este sistema y facultó al presidente de la ARP a dictar un equivalente de la resolución antes mencionada en relación con las condiciones de reestructuración, denominada resolución de reestructuración (artículo 10.1.4, en relación con el artículo 19). La resolución de reestructuración incluye una evaluación del plan de reestructuración e indica cómo se deberían reestructurar las deudas públicas a que se hace referencia en el mismo. A continuación las entidades de reestructuración en cuestión están obligadas por ley a dictar resoluciones individuales para condonar las deudas públicas enumeradas en la resolución de reestructuración.

(26)

Por último, la Ley de 14 de noviembre de 2003, por la que se modifica la Ley de 30 de octubre de 2002, supeditó la reestructuración de las deudas publicas a la cesión de activos correspondientes a al menos el 25 % del importe total de la deuda que se ha de reestructurar a un tercero, denominado Operador (una empresa propiedad al 100 % de la ARP o del Tesoro Público). El producto de la venta de estos activos por parte del Operador se destinaba a cubrir al menos parcialmente las deudas públicas en cuestión, condonándose el resto una vez culminada la reestructuración.

(27)

BB solicitó la reestructuración de las deudas públicas de conformidad con las Leyes de 30 de agosto de 2002 y 30 de octubre de 2002. El valor nominal total de la ayuda estatal prevista es de 31,43 millones de PLN (4) (8,2 millones de euros). Estas medidas incluyen un crédito preferencial y la condonación de las deudas públicas. En el cuadro siguiente figura una descripción detallada de las medidas de ayuda estatal.

Cuadro 2

Ayuda estatal prevista

(PLN)

No

Autoridad que concede la ayuda

Forma de la ayuda

Importe nominal de la ayuda

Ayuda con arreglo a la Ley de 30 de agosto de 2002

1.

ZUS, Bialystok

Condonación

933 474,51

2.

ZUS, Bielsk Podlaski

Condonación

113 884,66

3.

ZUS, Zambrów

Condonación

144 934,88

4.

Alcalde de Białystok

Condonación

1 448 108,90

5.

Fondo Nacional para la Rehabilitación de los Discapacitados (PFRON)

Condonación

519 591,35

6.

Agencia tributaria II de Bialystok

Condonación

217 590,00

Ayuda total con arreglo a la Ley de 30 agosto 2002

3 377 584,30

(con intereses a partir del 31 de diciembre de 2005:

6 171 774,74)

Ayuda con arreglo a la Ley de 30 octubre 2002

7.

ZUS, Bialystok

Condonación

3 019 362,90

8.

Alcalde de Białystok

Condonación

1 505 534,12

9.

Fondo Nacional para la Rehabilitación de los Discapacitados (PFRON)

Condonación

539 650,70

10.

Agencia tributaria, Bialystok

Condonación

71 516,60

11.

Oficina del voivodato, Bialystok

Condonación

25 064,81

12.

Distrito de Grajewo

Condonación

12 133,80

13.

Distrito de Kolno

Condonación

17 224,60

14.

Alcalde de Kolno

Condonación

248 648,09

15.

ZUS, Zambrów

Condonación

626 625,15

16.

ZUS, Bialystok

Condonación

398 029,30

Total de condonaciones con arreglo a la Ley de 30 de octubre de 2002

6 463 790,07

(con intereses a partir del 31 de diciembre de 2005:

9 259 229,92)

17.

Agencia de Desarrollo Industrial

Crédito preferencial

16 000 000

Total

31 431 004,66

3.   DECISIÓN DE INCOAR EL PROCEDIMIENTO CONTEMPLADO EN EL ARTÍCULO 88, APARTADO 2, DEL TRATADO CE

(28)

La Comisión decidió incoar el procedimiento de investigación formal porque albergaba dudas de que la ayuda de reestructuración fuera compatible con las normas del mercado común.

(29)

En primer lugar, la Comisión dudaba de que el plan de reestructuración pudiese restablecer la viabilidad a largo plazo de la empresa. La Comisión sospechaba que los beneficios obtenidos en 2004 y 2005 se habían debido a elementos puntuales (por ejemplo, condonaciones de deudas) y, como tales, no eran un indicio de mejoras reales en la empresa. Además, como el plan se centró en el reembolso de deudas antiguas, la inversión prevista en él no bastaría para garantizar unos medios de producción competitivos al término del periodo de reestructuración.

(30)

En segundo lugar, la Comisión dudaba de la validez de las medidas compensatorias propuestas. La empresa tenía previsto reducir la superficie de la planta, pero ello no habría reducido su capacidad de producción. La plantilla ya se había reducido significativamente, pero parece que ello ha sido necesario por motivos de viabilidad.

(31)

Por último, parece que no todas las medidas indicadas por las autoridades polacas como contribución propia de la empresa podrían considerarse ajustadas a lo dispuesto en las Directrices. Por tanto, no estaba claro si la contribución propia era realmente suficiente o, dicho de otro modo, si la ayuda se limitaba al mínimo necesario.

4.   OBSERVACIONES DE LAS AUTORIDADES POLACAS

(32)

A raíz de la decisión de la Comisión de incoar el procedimiento de investigación formal con respecto a la ayuda prevista a BB, las autoridades polacas facilitaron información detallada sobre la estrategia de la empresa.

(33)

Las autoridades polacas explicaron que la actividad productiva de la empresa en Białystok se localizaba en dos emplazamientos, uno de los cuales se encontraba en el centro de la ciudad (sito en la calle […]). BB tiene la intención de vender este bien inmueble y trasladar su producción al segundo emplazamiento o adquirir un tercer lugar, trasladar toda su producción allí y vender los dos emplazamientos que posee en la actualidad. Con arreglo a las previsiones facilitadas, BB tiene previsto invertir […] millones de PLN en 2010, una vez que se haya vendido el emplazamiento sito en la calle […]. Si la empresa decide vender ambos emplazamientos y mudarse a un nuevo lugar, el importe de la inversión será aún mayor.

(34)

Las autoridades polacas han confirmado que la modernización de la empresa tendrá lugar esencialmente en 2010, después de su traslado. Entre 2010 y 2014, BB tiene la intención de invertir 43 millones de PLN, de los cuales […] millones de PLN deberían realizarse antes de finales de 2010, cuando está prevista la mudanza.

(35)

Las autoridades polacas han indicado que las inversiones previstas para 2010-2014 han sido concebidas con vistas a modernizar el sistema de gestión del diseño y la producción, automatizar el proceso de ensamblaje de los elementos estándar, mejorar la calidad de los productos, optimizar los procesos tecnológicos de producción y el tratamiento térmico y químico de los productos y mejorar los métodos de medición y control. Las autoridades polacas también han confirmado que el cambio de emplazamiento y las inversiones que se realizarán posteriormente constituyen la aplicación de la estrategia a largo plazo de la empresa.

(36)

En cuanto a la necesidad de evitar el falseamiento indebido de la competencia, las autoridades polacas y la empresa han propuesto tres opciones alternativas como posibles medidas compensatorias que han de ser aplicadas por esta última:

a)

limitar la capacidad de producción de BB mediante la reducción del 5 % en el número de productos en relación con su capacidad prevista en el futuro, o

b)

reducir la capacidad de producción vendiendo el 5 % de las máquinas herramienta de BB, o

c)

reducir la capacidad de producción mediante la venta de la división de producción de BB en […] que en 2006 supuso el 13 % del volumen de negocios de la empresa y generó un beneficio de 1,2 millones de PLN.

(37)

La realización de la tercera variable, es decir, la venta de la división de producción en […], llevaría a una reducción del 46 % en la gama de productos de BB y a una disminución del 12 % en el número de máquinas herramienta. No obstante, la división de producción de […] está en parte cargada de deudas, cuya reestructuración se supone que se ha de financiar con la ayuda estatal notificada. Además, los activos de […] se encuentran hipotecados o constituyen garantías para el reembolso de las deudas comerciales de BB. Por tanto, las autoridades polacas alegan que el problema del endeudamiento de […] se ha de resolver en primer término y que la división no se podrá vender hasta 2009, como muy pronto. BB se ha comprometido a tomar todas las medidas necesarias para completar la venta antes de que finalice 2009, si la Comisión decide que la venta sería una medida compensatoria adecuada.

(38)

Por lo que se refiere a la financiación del proceso de reestructuración, las autoridades polacas han indicado que, habida cuenta del reciente incremento de los precios de los bienes inmobiliarios en la región y de la situación de los terrenos en venta (en el centro de la ciudad de Białystok), los ingresos que se espera obtener de la venta ascienden a […] millones de PLN. La cuantía que se espera obtener de la venta de la división de producción de […] es de […] millones de PLN. Por último, de conformidad con la base legal en que se fundamenta el régimen de ayuda estatal previsto, BB está obligada a ceder activos al ente público (el Operador) por importe de 2,795 millones de PLN a cambio de la condonación de las deudas

5.   EVALUACIÓN DE LAS MEDIDAS DE AYUDA

5.1.   Ayuda estatal en el sentido del artículo 87, apartado 1, del Tratado CE

(39)

Según el artículo 87, apartado 1, del Tratado CE, son incompatibles con el mercado común, en la medida en que afectan a los intercambios comerciales entre Estados miembros, las ayudas otorgadas por los Estados o mediante fondos estatales, bajo cualquier forma, que falseen o amenacen falsear la competencia, favoreciendo a determinadas empresas o producciones.

(40)

Tanto la condonación prevista de las deudas públicas, incluidos los intereses acumulados, como el crédito de la agencia estatal incluyen recursos públicos. Estas soluciones confieren también una ventaja a la empresa al reducir sus costes. En cuanto a la segunda medida, dado que BB es una empresa en crisis cuyo pasivo supera ampliamente a sus activos, no habría obtenido este tipo de financiación en condiciones de mercado. Por tanto, puede considerarse que el elemento de ayuda es toda la cuantía del crédito.

(41)

Las anteriores decisiones de reestructuración que prometían la condonación de las deudas públicas y por las que se suspendía la ejecución de los reembolsos de las deudas también pueden ser constitutivas de ayuda. No obstante, la Comisión estima que en este caso el elemento de ayuda de estos «aplazamientos» se refleja en la ayuda notificada, es decir, en los intereses acumulados a lo largo de todo el periodo y añadidos al importe total de las deudas que se han de condonar.

(42)

Los mandriles para herramientas metálicas producidos por BB se venden en el mercado del EE. BB también compite con otros productores europeos en otros mercados terceros. Por tanto, la posición más fuerte de que BB goza como resultado de la ayuda estatal puede incidir en la competencia en Europa, lo que implica que se cumple el criterio de falseamiento en la Comunidad.

(43)

Por tanto, se considera que las medidas antes mencionadas son ayudas estatales de conformidad con el artículo 87, apartado 1, del Tratado CE.

5.2.   Excepciones con arreglo al artículo 87, apartados 2 y 3, del Tratado CE

(44)

Las excepciones contempladas en el artículo 87, apartado 2, del Tratado CE no se aplican al presente caso. En cuanto a las excepciones del artículo 87, apartado 3, del Tratado CE, dado que el principal objetivo de la ayuda es restablecer la viabilidad a largo plazo de una empresa en crisis, sólo se puede aplicar la excepción establecida en el artículo 87(3)(c), que autoriza las ayudas estatales destinadas a fomentar el desarrollo de determinadas actividades económicas siempre que no afecten negativamente a las condiciones comerciales en sentido contrario al interés común. Por tanto, la ayuda sólo puede considerarse compatible con arreglo al artículo 87(3)(c) del Tratado CE si se cumplen las condiciones establecidas en las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y reestructuración de empresas en crisis (5) (en lo sucesivo «las Directrices»).

5.3.   Elegibilidad de la empresa a la ayuda

(45)

De conformidad con las Directrices, una empresa está en crisis si es incapaz de recuperarse usando sus propios recursos, mediante fondos obtenidos de sus accionistas o de fuentes de mercado, y si, sin intervención de las autoridades, es casi seguro que se vería obligada a desaparecer del mercado. En las Directrices también se enumeran algunas de las características típicas de estas empresas, tales como endeudamiento creciente y valor neto de los activos cero o decreciente. Con arreglo al punto 13 de las Directrices, las empresas que pertenezcan a un grupo no suelen poder acogerse a las ayudas de reestructuración, salvo que se pueda demostrar que las dificultades por las que atraviesa la empresa le son propias, que no son simplemente el resultado de la asignación arbitraria de costes dentro del grupo y que son demasiado complejas para ser resueltas por el propio grupo.

(46)

Se ha de considerar a BB «empresa en crisis» con arreglo a las Directrices. Su capital propio es negativo. La empresa está reembolsando deudas antiguas a sus acreedores privados en cumplimiento de acuerdos suscritos (los últimos plazos se han de hacer efectivos en 2009). Si la empresa no saldase sus deudas públicas (mediante reembolso o condonación), serán ejecutables inmediatamente. La ejecución de estas deudas hará imposible el reembolso de los plazos a los acreedores privados y con toda probabilidad la empresa se declarará insolvente. BB no puede recibir créditos en condiciones de mercado para reembolsar sus deudas públicas dado que su situación financiera es muy endeble y todos sus activos se encuentran hipotecados.

(47)

La existencia de beneficios no modifica la evaluación de la elegibilidad de la empresa, ya que el capital propio de BB sigue siendo negativo. Asimismo, se ha de tener en cuenta que sólo pudo obtener beneficios porque las autoridades públicas suspendieron la ejecución ante la condonación prevista de la deuda.

(48)

La matriz de BB también está en crisis, arroja pérdidas y acumula deudas, por lo que no puede resolver los problemas de su filial. Las dificultades de la matriz comenzaron poco después de 2000. Su incapacidad para reembolsar un crédito concedido por BB, que es una de las razones de las dificultades por las que atraviesa la filial, refleja las dificultades financieras de la matriz. No se trataba de una forma de incrementar los beneficios de una parte del grupo o un agravamiento deliberado de las dificultades de BB.

5.4.   Restablecimiento de la viabilidad

(49)

En la decisión de incoar el procedimiento de investigación formal, la Comisión expresó dudas sobre la operación de reestructuración, señalando que era esencialmente financiera y que no tenía suficientemente en cuenta la reestructuración industrial. A raíz de la decisión de incoar el procedimiento de investigación formal, las autoridades polacas facilitaron información adicional y despejaron las anteriores dudas de la Comisión en cuanto a la posibilidad de que se restableciera la viabilidad.

(50)

Un análisis detenido de la contabilidad de BB apunta a una mejora real de las operaciones de la empresa desde 2004-2005, a la que determinados acontecimientos puntuales sólo han contribuido de forma limitada. Otros acontecimientos puntuales, como las condonaciones de deuda, incidieron positivamente en los resultados de la empresa, si bien la principal fuente de beneficios de BB procede de sus actividades operativas.

(51)

El análisis de la reestructuración del producto demuestra que la empresa se concentra de forma creciente en productos de mayor valor añadido (en 2001 BB produjo 709 000 piezas con un volumen de negocios de 84,9 millones de PLN, mientras que en 2006 produjo 377 000 con un volumen de negocios de 93,8 millones de PLN).

(52)

La inversión prevista en el periodo 2003-2009 asciende a 14,75 millones de PLN. De hecho, la empresa tiene la intención de llevar a la práctica en 2010 un programa de grandes inversiones adicionales por valor de […] millones de PLN que está relacionado con el traslado previsto de la planta a un nuevo emplazamiento. La Comisión estima que sólo se restablecerá la viabilidad de la empresa si se ejecuta la segunda parte del programa de inversión.

(53)

Por esta razón y teniendo en cuenta que se ha de posponer hasta 2010 la venta de los bienes inmuebles necesaria para financiar las inversiones, la Comisión considera que se debería prorrogar el periodo de reestructuración hasta finales de ese año y que las inversiones previstas por la empresa para 2010 deberían formar parte de las medidas de reestructuración. En consecuencia, las inversiones realizadas en el periodo 2003-2010 ascenderían a […] PLN (14,75 millones de PLN + […] millones de PLN), bastante por encima de la cuantía originalmente prevista de 15,6 millones de PLN.

(54)

La Comisión señala que en la actualidad no puede calcularse el rendimiento del capital propio de BB, por ser éste negativo. El capital de la empresa se reconstituirá gradualmente hasta el año 2010. Las cifras de 2011 pueden servir como valor a largo plazo. Ese año, el rendimiento del capital será del 9 % (beneficio neto de 4 millones de PLN sobre un capital propio de 44 millones de PLN). Aunque no sea demasiado alto, parece que este nivel se justifica a la luz del hecho de que BB opera en un mercado con gran competencia de Asia, donde se comprimen los márgenes.

(55)

Sobre la base de estos elementos, la Comisión concluye que la ejecución del plan de reestructuración restablecerá la viabilidad, siempre que la reestructuración incluya la realización de las inversiones previstas para 2010 y el periodo de reestructuración se prorrogue hasta finales de 2010.

5.5.   Prevención de falseamientos indebidos de la competencia

(56)

Tras la decisión de la Comisión con arreglo al artículo 88, apartado 2, del Tratado CE, las autoridades polacas propusieron tres medidas compensatorias alternativas que podrían ser aplicadas por BB.

(57)

Por lo que se refiere a la primera propuesta, a saber, una reducción del 5 % en el número de unidades producidas, la Comisión señala que BB va evolucionando de forma natural hacia una gama de productos más reducida, aunque con un mayor valor añadido. En consecuencia, la Comisión estima que es posible que esta medida no incida en la práctica en el comportamiento de la empresa y por tanto no garantizará que se reduzca la presencia de BB en el mercado.

(58)

La segunda opción prevé la venta del 5 % de la maquinaria de la empresa. Habida cuenta del hecho de que BB tiene la intención de llevar a la práctica un importante programa de modernización, que incluye la adquisición de maquinaria nueva y más eficiente, la Comisión no considera que esta opción sea una medida compensatoria válida, dado que la capacidad de producción de las máquinas vendidas podría ser compensada por la mayor capacidad de los nuevos equipos.

(59)

A la luz de lo anterior, la Comisión estima que estas dos opciones no garantizan que se limiten los efectos adversos de la ayuda sobre la competencia.

(60)

La tercera opción consiste en la venta de la división de producción de la empresa en […]. Esta venta reduciría la gama de productos de BB en un 46 %, su volumen de negocios en un 13 % y el número de máquinas herramienta en un 12 %. Esta opción incorpora las soluciones incluidas en las primeras propuestas, amén de elementos adicionales. Además, una vez que se ponga en venta la división de producción de […], los competidores potenciales de la empresa gozarán de la oportunidad de adquirir una parte organizada de las capacidades de BB, lo que podría mitigar las consecuencias negativas de la ayuda. Por último, la división de producción de […] es viable, ya que en 2006 generó beneficios por valor de 1,2 millones de PLN, y no es preciso venderla por razones de reestructuración.

(61)

En relación con lo anteriormente expuesto, la Comisión considera que la venta de la división de […] constituye una medida compensatoria válida y suficiente.

5.6.   Ayuda circunscrita al mínimo

(62)

En el apartado 45 de la decisión de incoar el procedimiento, la Comisión expresó sus dudas de que el reembolso previsto de determinadas deudas durante el periodo de reestructuración (6) pudiera incorporarse en los costes de reestructuración. Estas dudas no se han despejado. La Comisión señala que estos fondos se tomaron prestados formando parte de la financiación normal de las operaciones de la empresa y que pueden ser reembolsados con los recursos existentes de la empresa.

(63)

No obstante, a raíz de la ampliación del periodo de reestructuración hasta 2010 con el fin de incluir las inversiones que tendrán lugar ese año, éstas han de incluirse en la lista de costes de reestructuración.

(64)

En los apartados 46 y 47 de la decisión de incoar el procedimiento, la Comisión manifestó ciertas dudas de que algunas medidas notificadas por Polonia pudieran considerarse una contribución del beneficiario con arreglo a los apartados 43 y 44 de las Directrices. Estas dudas no se han despejado. Por tanto, estas medidas no se considerarán contribución del beneficiario en el análisis siguiente.

(65)

Como consecuencia de ello, la lista de los costes de reestructuración, la contribución del beneficiario y la ayuda estatal son como sigue:

(miles de PLN)

 

2003-2009

2010

2003-2010

Costes de reestructuración

Reestructuración de la deuda pública

31 431

 

31 431

Inversiones

14 754

[…]

[…]

Total

46 185

[…]

[…]

Contribución propia

Venta de activos (bien inmueble sito en la calle […])

 

[…]

[…]

Cesión de activos

2 795

 

2 795

Venta de la división de producción de […]

[…]

 

[…]

Total

[…]

[…]

[…]

Ayuda estatal

31 431

 

31 431

Contribución propia/costes de reestructuración: 50,4 %

(66)

La contribución propia de BB para cubrir los costes totales de reestructuración equivale, por tanto, al 50,4 %, lo que está en consonancia con las Directrices sobre ayudas de salvamento y reestructuración.

(67)

El apartado 45 de las Directrices afirma lo siguiente: «Para limitar el falseamiento de la competencia, conviene evitar que la ayuda se conceda de forma que lleve a la empresa a disponer de una liquidez excedentaria». La Comisión observa que la actividad de la empresa vuelve a ser rentable. No obstante, su viabilidad se ve amenazada por el importe de sus deudas con vencimiento inmediato. En este contexto, el hecho de que la mitad de la ayuda se conceda en forma de crédito contribuye a garantizar que se limita al mínimo necesario. Ello se debe a que el crédito facilita a BB recursos inmediatos para reembolsar sus deudas atrasadas. Al mismo tiempo, BB tendrá que reembolsar este crédito en el futuro. Ello será posible gracias a los ingresos regulares y garantizará que la empresa no acumula liquidez excedentaria en el sentido de lo dispuesto en las Directrices.

(68)

Por tanto, la Comisión considera que la ayuda se limita al mínimo necesario.

6.   CONCLUSIÓN

(69)

La Comisión concluye que la ayuda estatal notificada en favor de Bison Bial puede ser declarada compatible con el mercado común, siempre que se cumplan las condiciones impuestas.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Las medidas de ayuda de un importe de 31,43 millones de PLN notificadas por Polonia y destinadas a Bison Bial son compatibles con el mercado común, siempre que se cumplan las obligaciones y condiciones que se establecen en el artículo 2.

Artículo 2

1.   El periodo de reestructuración se ampliará hasta finales de 2010 y el plan de reestructuración se ejecutará en su totalidad.

2.   El bien inmueble sito en la calle […] se venderá antes de que finalice 2010.

3.   Se llevarán a cabo inversiones de al menos 41,61 millones de PLN antes de que finalice el periodo de reestructuración, es decir, antes de finales de 2010.

4.   La división de producción de […] se venderá antes de finales de 2009 a un comprador independiente de BB. Las autoridades polacas velarán por que, con anterioridad a la venta, se gestione correctamente la actividad empresarial de la división de producción de […], se le dote de los medios adecuados para permitir su normal desarrollo y el beneficiario no tome medidas que disminuyan intencionadamente su valor, a saber, la cesión de activos intangibles, personal, clientes o capacidad de ventas a otras plantas de Bison Bial.

Artículo 3

Las autoridades polacas remitirán informes semestrales sobre el proceso de reestructuración.

Artículo 4

La destinataria de la presente Decisión será la República de Polonia.

Hecho en Bruselas, el 12 de septiembre de 2007.

Por la Comisión

Neelie KROES

Miembro de la Comisión


(1)  DO C 23 de 1.2.2007, p. 20.

(2)  Véase la nota a pie de página no 1.

(3)  Información confidencial.

(4)  Las autoridades polacas sugirieron que, con el fin de calcular el elemento de ayuda de la medida, el valor de los activos que se cederían al Operador a cambio de la condonación de la deuda se deducirían del valor nominal de la ayuda. Básicamente, la cesión de estos activos representa la contribución de la empresa a la ayuda de reestructuración y no incide en el valor de la medida de ayuda. Por tanto, en este caso el elemento de ayuda equivale al importe nominal de la ayuda.

(5)  DO C 244 de 1.10.2004, p. 2.

(6)  Véase el cuadro 1 de la decisión de incoar el procedimiento.


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