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Document 32006R1623

Reglamento (CE) n o  1623/2006 del Consejo, de 17 de octubre de 2006 , que deroga el Reglamento (CE) n o  7/2005 por el que se adoptan medidas de carácter autónomo y transitorio para abrir un contingente arancelario comunitario para determinados productos agrícolas originarios de Suiza

DO L 302 de 1.11.2006, p. 1–2 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)
DO L 352M de 31.12.2008, p. 547–548 (MT)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2006/1623/oj

1.11.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 302/1


REGLAMENTO (CE) N o 1623/2006 DEL CONSEJO

de 17 de octubre de 2006

que deroga el Reglamento (CE) no 7/2005 por el que se adoptan medidas de carácter autónomo y transitorio para abrir un contingente arancelario comunitario para determinados productos agrícolas originarios de Suiza

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 133,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando lo siguiente:

(1)

Tras la ampliación de la Unión Europea el 1 de mayo de 2004, la Comunidad y Suiza acordaron adaptar las concesiones arancelarias establecidas en el Acuerdo de 21 de junio de 1999 entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el comercio de productos agrícolas (1) (en lo sucesivo denominado el «Acuerdo»), que había entrado en vigor el 1 de junio de 2002. El objetivo de esa adaptación era modificar los anexos 1 y 2 del Acuerdo, que contienen las listas de concesiones, a fin de ampliar un contingente arancelario comunitario libre de derechos para dar cabida en él a un nuevo producto, la endibia «witloof» del código NC 0705 21 00.

(2)

En espera de la modificación oficial de dichos anexos, la Comunidad y Suiza convinieron en que las concesiones adaptadas se aplicaran ya desde el 1 de mayo de 2004 con carácter autónomo y transitorio.

(3)

Para garantizar que el producto de código NC 0705 21 00 pudiera beneficiarse del contingente desde el 1 de mayo de 2004, el Reglamento (CE) no 7/2005 del Consejo, de 13 de diciembre de 2004, por el que se adoptan medidas de carácter autónomo y transitorio para abrir un contingente arancelario comunitario para determinados productos agrícolas originarios de Suiza (2), estableció, por un período transitorio, un contingente arancelario comunitario autónomo limitado a esos productos.

(4)

El anexo 2 del Acuerdo, en la versión adaptada por la Decisión no 3/2005 del Comité mixto de agricultura creado por el Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el comercio de productos agrícolas, de 19 de diciembre de 2005, referente a la adaptación de los anexos 1 y 2 como consecuencia de la ampliación de la Unión Europea (3), establece contingentes arancelarios más amplios para cubrir los productos del código NC 0705 21 00.

(5)

El Reglamento (CE) no 1630/2006 de la Comisión, de 31 de octubre de 2006, por el que se modifica el Reglamento (CE) no 933/2002 relativo a la apertura y modo de gestión de contingentes arancelarios comunitarios para determinados productos agrícolas originarios de Suiza (4), aplica, con efecto a partir del 1 de septiembre de 2006, el anexo 2 del Acuerdo.

(6)

Es preciso, pues, que el Reglamento (CE) no 7/2005 quede derogado con efecto desde esa misma fecha.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Queda derogado el Reglamento (CE) no 7/2005.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Será aplicable a partir del 1 de septiembre de 2006.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Luxemburgo, el 17 de octubre de 2006.

Por el Consejo

El Presidente

E. TUOMIOJA


(1)  DO L 114 de 30.4.2002, p. 132.

(2)  DO L 4 de 6.1.2005, p. 1.

(3)  DO L 346 de 29.12.2005, p. 33.

(4)  DO L 302 de 1.11.2006, p. 43.


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